ATOPO
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Acta de sesión 1836/07/27_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/1.1836-07-27_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1836/07/27_Ordinaria

  • Data(s) 1836-07-27 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 94 Reunidos los Sres que al margen se expresan ; Vega, Sarabia Duque Patiño, Maceira, Fontano, Varela, Araujo, y leída el acta anterior fue aprobada. 1. Se dio cuenta de oficio del Sr. Gobernador Civil en 25 de junio anterior remitiendo los presupuesto de gastos que para el presente año formaron los Jueces de 1ª Instancia de Redondela, Ponteareas, Cambados, Tabeirós, A Lama, Caldas y Tui y le dirigen consiguiente a la Real Orden de 2 de abril anterior, a fin de que la Comisión los examine y devuelva con lo que se le ofrezca y parezca acerca de cuanto presuponen aquellos. La Diputación a fin de regular la variación de los que se presentaron acordó formar una base general clasificando los juzgados por entrada, ascenso y término rebajando a cada uno arreglado a ella de lo que pide y concediéndoselo siempre que no llegue, en los términos siguientes. Presupuesto general para todos los Juzgados de 1ª Instancia de la Provincia: - Para papel común y de oficio, tinta, arenilla, obleas y plumas: 300 reales. - Un Alguacil en los Juzgados de entrada que son Cambados, A Cañiza, Caldas, Lalín, A Lama, Tabeirós, Ponteareas y Redondela a razón de 2 reales diarios: 730 reales. - Dos Alguaciles en los de ascenso que son Tui y Vigo a los mismos 2 reales diarios: 1.470 reales. - Tres Alguaciles en los de término, que en la provincia solo es el de esta capital [Pontevedra] a los mismos 2 reales diarios: 2.230 reales. - Un Alcaide carcelero en los Juzgados que se proponga y cobrando los derechos de carcelaje señalados en el arancel de 3 reales diarios: 1.100 reales. - Ídem en donde no se exijan derechos de carcelaje, se le señalan 6 reales diarios que importan anualmente 2.200 reales. A ningún Juez se le concede mas que lo que se presupone en esta arreglo y si alguno designase menor cantidad que las expresadas, se aprobarán. Se acordó abonar al Juez de 1ª Instancia de Tui 613 reales que manifiesta tener suplidos para la correspondencia oficial justificándolo con los comprobantes del porte de correo. Con lo cual se cerró la sesión de este día. ------

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