Fondos
1841-02-18_Ordinaria. Acta de sesión 1841/02/18_Ordinaria
Acta de sesión 1841/02/18_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.997/2.1841-02-18_Ordinaria
Título Acta de sesión 1841/02/18_Ordinaria
Data(s) 1841-02-18 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 40 1. Se dio cuenta de un expediente instruido en virtud de reclamación de D. Juan Antonio Alvarez y otros de Vilagarcía, para que se les satisfaga los bagajes que hicieron en 1838 y 1839 por todo el partido judicial de Cambados como está prevenido por circular de esta Diputación. Se ha tenido en consideración que cuando se verificó la Junta de apoderados en la capital del partido judicial, el de Vilagarcía se conformó en que los pueblos de su distrito harían los bagajes que le correspondiesen para este servicio de los demás pueblos de dicho partido. En consideración a todo los lo que resulta y al dictamen de la comisión, se acordó que el Ayuntamiento de Vilagarcía satisfaga por reparto a los reclamantes el importe de los bagajes, a que concurrirán todos los pueblos del distrito municipal; y en lo sucesivo que este servicio se haga por el método general, pues por ayuntamientos resulta un daño inmenso a Vilagarcía. ------ Folla: 40 2. La Comisión de Informes ha presentado su dictamen acerca del que se pide por el Ministerio de Gracia y Justicia, Audiencia Territorial y Sr. Jefe político de D. Carlos Calderón Collantes, Juez de primera instancia que ha sido de Vigo en septiembre del año próximo pasado, y del Promotor fiscal del mismo partido D. José Garrido. Conforme con la comisión se acordó aprobar el informe que presenta. ------ Folla: 41 14. Se dio cuenta del presupuesto de gastos municipales del año pasado de 1840 del ayuntamiento de Porriño. En conformidad del dictamen de la comisión se acordó aprobarlo. ------ Folla: 40 3. La Comisión de elección de concejales dio cuenta de un dictamen acerca de la de alcaldes 1º y 2º de Forcarei que fueron reelegidos: en su conformidad se acordó anular dicha elección. ------ Folla: 40 4. La Comisión de elección de concejales dio cuenta de la elección de Alcalde 1º de Soutomaior que se acordó aprobar. ------ Folla: 40 5. Se acordó igualmente en conformidad del dictamen de la Comisión de Elecciones, aprobar la de 2º Alcalde y Regidores de Redondela. ------ Folla: 40 6. En conformidad de dictamen de la Comisión de elección de ayuntamientos, se acordó anular la de Alcalde de Dozón. ------ Folla: 41 7. La Comisión de Elecciones es de dictamen que se apruebe la elección de concejales de Caldas, con cuyo dictamen se conformó. ------ Folla: 41 9. Dio cuenta Comisión de Elecciones de otro dictamen para que se le declare exonerado del cargo de regidor 3º de A Estrada, a D. José Juan Rodríguez: en su conformidad se acordó declararlo. ------ Folla: 41 10. También se acordó aprobar la elección de 1º y 2º Alcalde de Carbia, como así lo opina la Comisión. ------ Folla: 41 11. así mismo se aprobó la elección de Alcalde del Ponte Sampaio. ------ Folla: 41 12. Igualmente se aprobó la elección de concejales de Cerdedo. ------ Folla: 41 13. Se dio cuenta de un expediente instruido sobre la regulación de alquileres de la casa fuerte de Cruces de Besexos por su dueño D. Ramón Villar, vecino de Manduas: en vista del dictamen de la Comisión, se acordó que el Ayuntamiento cubra las formalidades prevenidas en la regla 4ª de la circular de esta Diputación sobre abono por la Intendencia Militar, de los alquileres de casas fuertes, y antes que proceda a rectificar el excesivo precio de seis reales tasado a dicha casa por alquiler; verificando nueva tasa por peritos nombrados por el procurador general y las parroquias de que se compone el distrito y el dueño de la misma casa. ------ Folla: 41 16. Se dio cuenta de un reparto del primer tercio de la cantidad en que los vecinos de la parroquia de Pedornes arrendaron el 4 pasado y primicia,que remite el Alcalde para la aprobación, sin cuyo requisito no puede cobrarse. La comisión que ha examinado dicho reparto opina que debe informar el Ayuntamiento, como verificó la parroquia dicho arriendo, y con que autorización y las bases para el reparto que se le devuelva para cobrar el primer tercio, bajo su responsabilidad, y fijándolo antes al público por 15 días; con cuyo dictamen se conformó. ------ Folla: 41 17. Los vecinos del distrito municipal de Salvaterra se quejan del agravio que algunas parroquias sufren, por seguirse en los repartos la antigua costumbre de fuegos y cáñamas, y no el de la riqueza de las mismas de que resulta una grave desproporción. En conformidad del dictamen de la Comisión, se acordó que se suprima la base de fuego y cáñamas se observe la de riqueza de cada parroquia valuada por peritos con deducción de pensiones, e ínterin se tome por tipo de valor de las mismas de los diezmos según quinquenio. ------ Folla: 41 18. Se dio cuenta del repartimiento de los seis meses del año próximo pasado de los bagajes de Caldas de Reis, que se aprobó. ------ Folla: 41 19. Se dio cuenta de un expediente instruido a solicitud de Juan Castillo, contratista de bagajes de A Cañiza, para que se mande abonarle varios recibos que desecho la Junta de apoderados del distrito por las enmiendas que tenían conforme al dictamen de la mesa fundado en la que informó el ayuntamiento cabeza de partido se acordó; que pasen a la Junta expresada para su abono como peculiar operación de sus atribuciones. ------ Folla: 41 20. Se dio cuenta de una solicitud de Jacobo Torres, miliciano nacional del partido de Tabeirós, pidiendo que como contratista de bagajes, en virtud de escritura otorgada para los que se necesitasen por razón de las circunstancias en dicho partido y conducir el pan a los destacamentos se le estaban debiendo mil trescientos treinta y cuatro reales que a pesar de haber mandado la Junta gubernativa que pagase el Ayuntamiento lo difiere en perjuicio de sus intereses: pide que se le prevenga que a la mayor brevedad satisfaga dicha cantidad. En vista de lo que informa la comisión, se acordó; que se ordene al Ayuntamiento de A Estrada, que sin dilación lleve a efecto la disposición de la Junta aprobada por esta Diputación y con arreglo a las bases que esta propuso abonando a los interesados sus alcances justos y legítimos a la mayor brevedad, a cuyo fin se le devuelvan los comprobantes que presentan. ------ Folla: 41 21. Se dio cuenta del expediente de contrata de bagajes de A Cañiza para el corriente año: en conformidad dicho que la comisión manifiesta, se acordó aprobarlo. ------ Folla: 41,42 22. Se dio cuenta de una solicitud de Francisco Sotelino y Juan Antonio Méndez del Viso Ayuntamiento de Redondela, quejándose de que han sido nombrados uno a falta de otro para servir el cargo de mayordomo, dejando atrás otros más antiguos. Informó el Ayuntamiento: en su virtud se acordó; que los que no lleguen a 70 años sirvan el cargo de Mayordomo teniendo la robustez necesaria. ------ Folla: 42 23. Se dio cuenta de una solicitud de Vicenta Blanco de Fornelos, Ayuntamiento de Soutomaior, quejándose de que por ausencia de un marido se la obliga a servir la Mayordomía de la parroquia habiendo otros dos de mayor edad. Se acordó que se le prevenga al Ayuntamiento que los cargos de mayordomo son personales y cuando los nombrados se hallen ausentes no puede obligársele a desempeñarlo como incompatible para su sexo. ------ Folla: 42 24. Se acordó, a petición del presente secretario, expedir a su favor un libramiento de dos mil y cien reales a buena cuenta para gastos de secretaria. ------ Folla: 42 25. Se acordó que el Sr. Jefe político, Presidente, al vencimiento del mes que firme la Nómina de empleados de la secretaria. ------ Folla: 42 26. A petición del presente secretario, se acordó expedir a su favor un libramiento de cinco mil reales cantidad en que esta en descubierto de sus sueldos por los meses de Junio, Julio, Agosto, Septiembre y Octubre del año próximo pasado a razón de mil de dotación mensual. ------ Folla: 42 27. Se dio cuenta de las solicitudes de D. Francisco Antonio Soto y de otro D. Francisco Antonio López, vecinos de San Martín de Portela y Queimadelos del ayuntamiento de Mondariz, solicitando con los documentos de certificado de practica y de la partida de bautismo, se le admita a examen para agrimensores: se acordó que tanto estos como a los demás que aspiren a lo mismo después de pedir al ayuntamiento informe de su conducta moral y política, providad y aptitud, resultando merecer buen concepto por estas cualidades, que el Sr. García Flores según está acordado señale el día para el examen. ------ Folla: 42 28. Se acordó a petición del Sr. Areal que se le libre por el presente secretario un certificado del reparto de 20.000 reales que se rebajaron al encabezado de la ciudad de Tui. ------ Folla: 42 29. Se dio cuenta de un oficio del Sr. Intendente remitiendo para la aprobación los repartos de los ayuntamientos de Meira, Bouzas, Salvaterra,Cangas, Moraña y Cuntis, de la cantidad que se les compartió por la Hacienda por el déficit de los 202680 reales que dejara de hacerlo la Diputación en la extraordinaria de guerra de los 600.000 millones por el concepto de consumos. Y en conformidad del dictamen de la comisión de contribuciones, se acordó aprobarlos y que se remitan a los pueblos para su cobranza. Así mismo también acordó probar los arbitrios impuestos por el Ayuntamiento de Baiona para pago de la misma cuotas previniendo al mismo Ayuntamiento que cuanto forme semejantes expedientes lo verifique con las formalidades debidas. ------ Folla: 41 15. Se dio cuenta de una solicitud de D. Ramón Baliño de san Miguel de Arca en el ayuntamiento de A Estrada, quejándose de que como apoderado del cabildo de Santiago procedió a cobrar en el partido de Tabeirós varias ventas arreglándose a los precios marcados: el ayuntamiento por acuerdo de la Junta gubernativa de A Estrada le previno lo verificase por otro precio señalado por la misma y de lo cobrado devolviese la diferencia. Pide que no habiéndose excedido del precio regulado por el ayuntamiento se le permita seguir cobrando por el mismo o por el que nuevamente se le señale según el que rija en los mercados, sin que se le obligue a la devolución que se le exige. En vista de lo que informa la comisión, se acordó; que se esté a lo dispuesto por la Junta gubernativa respecto al particular, y que el interesado desde la época aquella devuelva a los colonos el exceso, reservándoles el derecho contra el ayuntamiento por lo que anteriormente hubiesen pagado. ------ Folla: 41 8. Se acordó aprobar, como así lo opina la Comisión, la elección de Regidor 6º del ayuntamiento de Vigo. ------
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