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Acta de sesión 1869/04/02_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.001/1.1869-04-02_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1869/04/02_Extraordinaria

  • Data(s) 1869-04-02 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 37 1. Reunidos los Sres. que al margen se expresan previa convocatoria del Sr. gobernador y bajo la presidencia del Sr. Quiroga, se leyó y aprobó el acta de la anterior. ------ Folla: 37 3. Igualmente acordó dispensar su aprobación al acta de elección de concejales del distrito de Ponte Sampaio, en consideración a las fundadas razones que en su informe emite la comisión de examen de actas, a cuyo fin se de conocimiento al alcalde para que disponga la pronta posesión de los individuos electos para dichos cargos. ------ Folla: 37,38 4. Vista una solicitud producida por D. José Antonio Montenegro, secretario que ha sido del ayuntamiento de Vilaxoán, quejándose de que el alcalde no le dio posesión de dicho cargo, según se le previno en comunicaciones de 16-2 y 11-3-1869, cuyo hecho califica de desobediencia a los mandatos superiores. Se acordó preguntar a dicho Ayuntamiento qué motivos tuvo para no dar posesión de la secretaría a dicho D. José Antonio Montenegro y anunciar su vacante en el BOP sin dar previamente cuenta documentada a esta Corporación, como lo previene el art. 103 de la ley municiapal vigente. Declarar desde luego en suspenso dicho anuncio de la cual hará la debida publicación en el mismo periodico, y ultimamente, oficiar al Sr. gobernador con remisión de antecedentes, para que imponga al expresado Ayuntamiento la corrección que haya lugar por su repetida desobediencia a su mandatos en este asunto. ------ Folla: 38 5. Enterada la Diputación de que no se hizo hasta ahora la variación proyectada en el tercer trozo del camino vecinal de Soutelo a Ponte Vea, para la cual se había autorizado a D. Manuel de Uceda, acordó que D. Benigno Losada, encargado hoy de las obras del partido de Tabeirós, proceda inmediatamente a estudiar la referida variación, dando cuenta del resultado como así bien del expediente de expropiación, a fin de que no se paralice por más tiempo la ejecución de las obras del expresado camino. ------ Folla: 38 6. Próximas a verificarse las nuevas elecciones municipales de Cambados, la Diputación acordó encarecer al Sr. gobernador la conveniencia de que pase a dicho punto con objeto de presidir la mesa interina y constituir la definitiva, segura de que su presencia contribuirá en gran parte a calmar las pasiones agitadas y evitará hechos que desnaturalizarían por completos la verdad del sufragio. ------ Folla: 38 7. Se dio cuenta de los presupuestos carcelarios para el año económico de 1869 á 1870 que remiten los Sres. alcaldes de los partidos judiciales de Pontevedra, Vigo, Tui y Tabeirós. Y, hallándose arreglados a instrucción, se acordó aprobarlos y que se publiquen en el BOP con los respectivos repartimientos de sus déficit según lo previene la Real Orden de 30-7-1849. ------ Folla: 38 8. Se dio cuenta asimismo cuenta de una certificación que remite el alcalde de Covelo comprensiva de las actas en que constan las rebajas que ha hecho la Corporación en varias partidas del presupuesto municipal para el actual año económico. Y la Diputación, considerando que son gastos propios de los presupuestos municipales todos aquellos que al formarse estos se preven como necesarios y convenientes, y que precisamente a esta clase pertenecen todos los que el ayuntamiento de Covelo pretende rebajar y suprimir, acordó desestimar la determinación de la municipalidad expresada y que al propio tiempo se diga al alcalde que, si en el ánimo de la misma está hacer rebajas, lo verifique al formar los presupuestos ordinarios, limitándose unicamente a gastos voluntarios. ------ Folla: 38,39 9. También se dio cuenta de una comunicación del Sr. alcalde de esta capital [Pontevedra] manifestando que el de Marín se niega a satisfacer en la depositaría de partido lo que á aquel ayuntamiento corresponde para gastos del alquiler de la casa audiencia del Juzgado de 1ª Instancia, fundando su negativa en que la Corporación municipal no ha autorizado a su Presidente para asistir a ninguna reunión de partido, así como por no haberse consignado en el presupuesto de aquel distrito cantidad alguna para esta atención y resultando que la Junta de alcaldes del partido de esta capital en sesión de 1-6-1869 acordó consignar en el presupuesto de corrección pública la cantidad de 300 escudos para el alquiler de la casa en que dicho Juzgado ha de celebrar sus actos, que el referido acuerdo ha sido aprobado por el Sr. gobernador de esta provincia en 15-6-1869 y por consiguiente que reunía los requisitos legales, puesto que había asistido la mayor parte de los alcaldes que componen la expresada Junta, que al Ayuntamiento de Marín le correspondieron 34 escudos 300 milésimas al año para el pago de la indicada atención. Se acordó que el alcalde de Marín satisfaga en la depositaría del partido la referida cantidad y que toda vez no hay partida consignada al objeto en el presupuesto municipal, se verifique de la de imprevistos. ------ Folla: 39 10. Se dio igualmente cuenta de un expediente instruido en la sección de Fomento de esta provincia relativa a la usurpación del pinar titulado "Penaverde" sita en la parroquia de Lois. Y vista la instancia que Juan Benito Mouriño y Cajide, vecino de San Vicente de Nogueira, elevó al Gobierno Civil en solicitud de que reformase o dejase sin efecto su providencia de 30-11-1868 ordenando al ayuntamiento de Ribadumia que reintegrase al suplicante en su finca de "Rego" o "Penaverde" con reserva de los derechos que tuviere el común de vecinos, visto también el informe emitivo sobre el particular por el ayudante encargado del distrito forestal, teniendo para ello a la vista los títulos de propiedad exibidos por el interesado, y considerando que de dichos títulos aparece ser de su propiedad el pinar en cuestión: Seacordó proponer al Sr. gobernador la revocación de su citada providencia de 30-11-1868, en uso de las atribuciones que le confiere el art. 83 de la ley de Gobierno de provincia vigente, declarando pertenencia de Juan Benito Mouriño, el pinar titulado "Penarverde", con reserva de los derechos que en demanda pudiera alegar el común de vecinos. ------ Folla: 39,40 11. A petición del Sr. Oca y considerando que en el camino de A Estrada pasa al Ponte Ulla, Ponte Ledesma y otros puntos empalmando en la carretera que de Ourense va a Santiago se ha construido el puente Riobó y sus avenidas, lo mismo que el trozo que de la plaza de Oca conduce dicha carretera, cuyas obras se hallan casi sin servicio por falta de estudio y ejecución de las relativas al otro trozo que existe entre dichas avenidas y la plaza mencionada. La Diputación acordó que, siendo una de las vías comprendidas en el plan general, proceda el Director D. Benigno Losada a su estudio, subvencionándola con la 3ª parte del importe de su presupuesto por cuenta de los fondos provinciales. ------ Folla: 40 12. Finalmente, a petición del mismo Sr. Oca, se acordó comisionar al Director D. Benigno Losada para formar los planos y presupuesto de los puentes nombrados "Cereixo", " Pernaviva", "Losvilas" y "Lamas", éste entre los parroquias de Riobó y Remesar, aquel en la de Rubín y los dos primeros en la de San Xurxo de Cereixo, todos en el ayuntamiento de A Estrada, mediante ser de gran utilidad reconocida y recomendada por aquel municipio en diferentes ocasiones sin que hasta ahora fuese atendido. ------ Folla: 37 2. Visto el informe emitido por la comisión de actas referente a la tercera elección de concejales correspondiente al Colegio de Fornelos, distrito de Soutomaior, en el cual se propone su aprobación. La Diputación, tomando en cuenta las razones en el mismo consignados, acordó dispensársela y que se dé de ella conocimiento al alcalde para que ponga en posesión a los concejales electos con arreglo a las prescripciones legales. ------

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