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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1873-10-31_Ordinaria. Acta de sesión 1873/10/31_Ordinaria
Acta de sesión 1873/10/31_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/4.1873-10-31_Ordinaria
Título Acta de sesión 1873/10/31_Ordinaria
Data(s) 1873-10-31 (Creación)
Volume e soporte Follas, 467-471
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Abierta la sesión a la hora señalada se leyó el acta de la anterior y fue aprobada. Dado cuenta de una comunicación del Señor Gobernador preguntando si había asuntos pendientes de resolución que hiciesen necesaria la reunión de la Diputación se acuerda contestarle que si bien los hay de más o menos interés, que no constituyen sin embargo una imprescindible necesidad de que se reúna aquella el día 2 del mes próximo. Enterada de una comunicación del Ingeniero Jefe sobre el expediente de expropiación de terrenos en el camino de Sanxenxo a Caldas cuyas obras están paralizadas por falta de dicho expediente que se halla hace dos años en el Juzgado de Cambados, se acuerda trasladar el oficio del Ingeniero a dicho Juez. Visto un oficio de la Señora Directora de la Inclusa provincial a la que acompaña un estado de las ropas existentes, por cuyo documento se evidencia la escasez de estas para satisfacer las necesidades de la Inclusa, se acuerda aumentarlas hasta el número de 90 piezas de cada clase con cargo a la partida aprobada para este servicio en el presupuesto y con la de 802 pesetas que estaban presupuestadas para pagar a la Hacienda el descuento que había de satisfacer las amas, del cual están exentas lo cual se comunicará a la Directora de la citada Inclusa, encargándole forme y remita una relación detallada y valorada de las ropas que sea necesario adquirir. Se pasa a informe de la sección de caminos el oficio del Ingeniero sobre los precios que por asimilación deba abonarse al contratista general por las fábricas hidráulicas o en cachadas no comprendidas en las condiciones de la subasta. Queda enterada la Comisión de un oficio del Señor Gobernador trasladando otro del Señor Presidente de la Audiencia del Secretario participando que ha lugar a proceder contra D. José Figueiras y D. Francisco Souto Domínguez, Alcaldes de Ponteareas por atropello cometido con un delegado del Gobierno de provincia, declarándose también suspenso en sus cargos a dichos funcionario, si los estuviesen desempeñando. Vistas las comunicaciones que el Alcalde de Cangas ha dirigido al de Bueu para que satisfaga lo que el último distrito está adeudando a aquel por el tiempo que las parroquias de Aldán e Hío pertenecieron a Bueu, se acuerda prevenir a este que en el plazo de cuatro días satisfaga lo que adeuda a Cangas y en el caso de no verificarlo, se expedirá contra el comisionado de apremio, diciéndole además al de Canga que por su parte procure satisfacer el descubierto en que se halla con los fondos de la provincia. Se pasa al Ayuntamiento de Poio para su resolución una instancia de Domingo López en queja de su convecino Ramón Martínez por haberse permitido construir su cercado con el que angosta ilegalmente una vía municipal y encargándole que de la providencia que llegue a dictar, que entere a los interesados para que usen de su derecho se les convienen en la forma que proceda. Toda vez el Ayuntamiento de Xeve no ha satisfecho la multa últimamente impuesta apremiable según lo previene la ley. Dado cuenta de una instancia de varios vecinos de la parroquia de San Isidro de Montes en el distrito de Campo en la cual se quejan de que sin causa justificada, se ha suprimido el colegio electoral que en dicho pueblo había para Diputados provinciales y de Cortes, con lo que se les causa una grave extensión porque no pueden ejercitar el derecho electoral hallándose como se hallan a nuestra distancia del Colegio designado y visto el último párrafo del articulo 45 de la ley electoral, se acuerda remitir la instancia al Ayuntamiento para que establezca una Sección en el punto más céntrico de la citada parroquia en el caso de ser cierta la distancia y demás inconvenientes de que hacen mérito en ellas. Siendo pasadas las horas señaladas, se levantó la sesión cuya acta firman los vocales presentes.
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Nota