ATOPO
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Acta de sesión 1874/12/15_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.101/1.1874-12-15_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1874/12/15_Ordinaria

  • Data(s) 1874-12-15 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 350,352

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta de la anterior, fue aprobada. Visto el oficio dirigido por el Alcalde de Vilagarcía en 10 del actual, solicitando que por cuenta de subvención concedida para la construcción del camino de dicha villa al lugar de Castro de Agudín, se libre la suma de mil doscientas cincuenta pesetas, para cuya percepción autoriza al depositario de los fondos municipales D. Ignacio del Río. Considerando que dicho ayuntamiento adeuda a la caja provincial por el presupuesto de 1870 a 71, una cantidad igual a la que cuyo pago pide; se acuerda se expida el libramiento de dicha suma, a condición de que su importe se formalice a la vez, como ingreso para pago de dicho débito, sin perjuicio de que, cuando hayan de satisfacérsele las setecientas cincuenta pesetas restantes al completo de la subvención concedida, justifique dicho ayuntamiento, en la forma conveniente, la inversión total de la misma. Dado cuenta del expediente instruido por el Alcalde de Arbo con motivo de la separación, por unanimidad, de D. Antonio Almansa del cargo de secretario de aquel ayuntamiento, al que se ordenó en 20 de octubre último entregase a su sucesor D. Antonio Pérez Barreira la documentación que existe en el archivo municipal. Vistos los artículos 117 y 119 de la ley municipal. Visto el 375 del código penal; se acuerda se diga al ayuntamiento, conceda a dicho Almansa el plazo que conceptúe necesario para que verifique la entrega del archivo su palé y si no lo efectúa, remita al Juzgado de 1ª Instancia del partido, las diligencias instruidas, a fin de que proceda a lo que haya lugar. Visto el expediente remitido por el Alcalde de Xeve sobre derribo de obras que se han empedado a construir a la margen del camino que de esta capital pasa al Campo, y sitio o lugar de Couso; se acuerda se remita el expediente al Ingeniero jefe para que se sirva informar, con vista de lo que resulte de la inspección de la localidad. En virtud de queja de D. Guillermo Rueda Suárez, se acuerda prevenir al Alcalde de O Carril, que remita a correo vuelto, el expediente sobre petición de línea y licencia para construir los murallas de la fabrica de tecidos sito en las afueras de la villa de O Carril, toda vez sea exacto que se ha alzado de la providencia dictada por el ayuntamiento, el solicitante, advirtiéndole que incurrirá en responsabilidad por no cumplir lo que le ordena el artículo 133 de la ley municipal. Vista la comunicación del Juez de 1ª instancia de este Partido, remitiendo un presupuesto para adquisición de servicio indispensable en las habitaciones del tribunal del jurado, importante doscientas sesenta y cuatro reales; se acuerda que se pase al facultativo D. Ricardo Arostegui para que disponga la adquisición de dichos efectos, bajo el concepto de que no exceda al facultativo D. Ricardo Arostegui para que disponga la adquisición de dichos efectos, bajo el concepto de que no exceda su costo del indicado presupuesto, y que su importe se abone con cargo al capítulo de imprevistos, según la contaduría propone. Y no habiendo mas asuntos de que tratar, se levantó la sesión de que yo secretario accidental certifico.

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