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Acta de sesión 1910/08/02_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.119/1.1910-08-02_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1910/08/02_Extraordinaria

  • Data(s) 1910-08-02 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 36 1. Presidencia del Sr. Nine. Señores que asistieron, López de Neira, Areal, Sampedro y Vázquez. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió cuenta de comunicación del Sr. Gobernador convocando a sesión extraordinaria a fin de emitir informe con urgencia en el expediente instruido en virtud de recurso de alzada interpuesto por el empresario de coches de Caldas de Reis D. Bernardino Pereira contra providencia de la alcaldía que le impuso a un dependiente de aquel la multa de 2.50 pesetas por haber transitado con un carruaje por las calles de la villa citada con velocidad peligrosa para los transeúntes y penada en las ordenanzas municipales. Resultando que el art. 18 de dichas ordenanzas prohiben la circulación de coches a la velocidad indicada. Considerando que por el Sr. Gobernador Cviil se publicó en el Boletín Oficial correspondiente al 12 de mayo último circular en la que se establece que los carruajes no podrán entrar en las poblaciones sino con la velocidad más moderada. Considerando que según el art. 72 de la vigente Ley municipal es de la exclusiva competencia de los ayuntamientos cuanto afecta a Policia urbana y rural y seguridad de las personas. Considerando que a tenor de lo que determina el art. 114 de la repetida ley corresponde a la alcaldía hacer cumplir los acuerdos del ayuntamiento pudiendo imponer multas las cuales han de sujetarse en su cuantía de lo prevenido en el art. 77 de la tan repetida ley. Considerando que la multa de 2.50 pesetas está dentro de la cifra que señala el repetido art. 77, la Comisión por unanimidad acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede desestimar el recurso interpuesto por D. Bernardino Pereira y en su consecuencia conformar la procedencia de la Alcaldía que le impuso la multa de 2,50 pesetas. Se levantó la sesión. ------

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