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Acta de sesión 1913/05/03_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.125/1.1913-05-03_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1913/05/03_Ordinaria

  • Data(s) 1913-05-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 15 1. En el salón de sesiones de la Excma. Comisión provincial y siendo la una de la tarde, se constituyó el expresado organismo que actuará hasta fin de abril de 1914, estando representados los distritos de la provincia por los Señores Diputados siguientes: Distrito electoral de Ponteareas, A Cañiza por el Sr. D. Carlos Casas Medrano. Distrito electoral de Pontevedra por el Sr. D. Manuel Sequeiros Matos. Distrito electoral de Vigo, Tui por el Sr. D. Ricardo Senra. Distrito electoral de Caldas, Cambados, por el Sr. Prudencio Otero Sánchez. Distrito electoral de A Estrada, Lalín por el Sr. Amalio Taboada Bugallo. Distrito electoral de Redondela, Ponte Caldelas por el Sr. José López Boullosa. Seguidamente teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 94 de la vigente ley provincial y R.-D. de 12 de mayo de 1899 acordó fijar en 9 el número de sesiones que han de celebrarse en el corriente mes, las cuales además de la correspondiente a la fecha tendrán lugar a las 11 de la mañana en los días 9 - 10 - 16 - 17 - 23 - 24 - 30 y 31. ------ Folla: 15,16 2. Por último se dió cuenta de un oficio de la Comisaría de Guerra de Vigo, remitiendo la nota de precios para señalamiento del tipo a que deben abonarse los suministros durante el mes de abril último por los pueblos de esta provincia a las fuerzas del Ejército y Guardia Civil, y aceptaron la propuesta por el negociado, en consonancia con lo dispuesto en el articulo 3º de la Instrucción de 9 de agosto de 1877, acuerda fijar los que han de constituir el tipo aludido, debiendo publicarse en el Boletín Oficial: Pan, 0,650 kilogramos, 0,22 ptas.; Cebada, 4 kilogramos, 1,30 pesetas; Centeno, 4 kilogramos, 0,96 pesetas; Maiz, 4 kilogramos, 0,96 ptas.; Paja, 6 kilogramos, 0,90 ptas.; Herba seca, 12 kilogramos, 1,50 ptas.; Carbón, 1 kilogramo, 0,15 ptas.; Leña, 1 kilogramo, 0,05 ptas.; Petróleo, 1 litro, 0,90 ptas. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

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