ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.396
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.762

Acta de sesión 1923/04/03_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.144/1.1923-04-03_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1923/04/03_Ordinaria

  • Data(s) 1923-04-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 10 1. Presidencia del Sr. D. Francisco Javier Puig Llamas. Vocales Señores D. Manuel García Golmar, D. Antonio Casas Medrano, D. Prudencio Otero Sánchez, D. Benjamín Lois Lois y D. Vicente García Temos. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 10 2. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la concede el caso 3º del articulo 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia adoptó los siguientes acuerdos: Declarar de abono a la Superiora del asilo de Hermanitas de los pobres de Vigo, la cuenta importante ciento veintiséis pesetas por estancias de ancianos en dicho establecimiento, durante el mes de febrero último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para atenciones de Beneficencia. ------ Folla: 10 3. Dejar sobre la mesa para examen las cuentas importantes en ciento mil seiscientas setenta pesetas a que ascienden los gastos ocasionados por el funeral celebrado en la parroquial de Santa María la Mayor de esta ciudad el 27 de enero último en sufragio del Excmo. Sr. Marqués de Riestra, en virtud de acuerdo adoptado por esta Comisión en 17 de aquel mes, una vez que no existiendo en el presupuesto que rige consignación alguna con cargo a la cual pueda ser satisfecha, se hace necesario satisfacerla con cargo al capitulo correspondiente del presupuesto votado para el ejercicio de 1923-24 pendiente de aprobación de la Superioridad. ------ Folla: 10 4. Declarar de abono al industrial de esta ciudad Don Sebastián Santos Riveiro, la cuenta importante ciento diez y seis pesetas cincuenta céntimos, por obras de reparación, colocación de vidrios y demás arreglos realizados en distintas dependencias de este Palacio provincial debiendo librarse dicha suma contra la consignación del capitulo 13 , articulo único del presupuesto. ------ Folla: 10 5. Quedar enterado de oficio del ILtmo, Sr. Subsecretario del Ministro de la Gobernación participando haberse trasladado por aquel Departamento al de Gracia y Justicia, la moción de esta Diputación en súplica de que se conceda un amplio indulto a los condenados por delitos políticos y sociales. ------ Folla: 10 6. Quedar igualmente enterada de comunicación del citado Sr. Subsecretario, participando haberse trasladado por aquel Ministerio a los de Hacienda y Fomento, la petición formulada por esta Diputación relacionada con la libre introducción del maíz argentino en España. ------ Folla: 10 7. Visto el oficio del Sr. Alcalde de Vilanova de Arousa, interesando se declaren de abono a aquel Ayuntamiento las subvenciones de quinientas pesetas cada una concedidas por esta Comisión en 11 de julio de 1922 para obras de reparación en el camino de la Iglesia de Bayon, y de la fuente pública de aquella villa, se acuerda interesar del Sr. Director Jefe de caminos provinciales, gire visita e informe acerca del particular para en su vista acordar lo procedente acerca del pago de las expresadas subvenciones. ------ Folla: 10 8. Visto el oficio del Sr. Alcalde de Cangas, interesando se declare de abono a aquel Ayuntamiento la subvención de 1.146 pesetas concedidas por acuerdo de esta Comisión de 27 de julio de 1922, parra aplicarla en la proporción y obras siguientes: 646 para reparación de los caminos municipales de las parroquias de Hio y Aldán; y las 500 restantes para arreglo y cubiertas de dos fuentes públicas, una en el Iglesario de Hio y otra en el lugar de Nerga, en dicha parroquia, cuyas obras se hallan próximas a terminar; se acuerda significar a la expresada Alcaldía, que cuando las repetidas obras se hallen totalmente ejecutadas, lo participe a esta Comisión para en su día disponer sean reconocidas por facultativo competente al objeto de acordar lo que proceda acerca del pago de la aludida subvención. ------ Folla: 10 9. Dirigir respetuosa súplica al Excmo. Sr. Ministro de Fomento en el sentido que se incluya en el plan general de las carreteras del Estado, la provincial de Peniche a Bouzas y Alcabre, construída con fondos provinciales y de una longitud de 3.552 metros. Las razones en que fundan tal petición son, por ser hoy esa carretera de interés general, puesto que es la única comunicación entre los importantes puertos de Vigo y Bouzas. ------ Folla: 10,11 10. La creciente carestía de la vida en todas sus manifestaciones han elevado de algunos años acá, en el órden económico, un desequilibrio inquietante al presupuesto provincial en el que progresiva y automáticamente van elevándose sus gastos en forma considerable, sin que su fuente de ingresos, que sólo la constituye el contingente provincial, alcance a satisfacer sus múltiples necesidades. Constituye una de sus partidas de Cargo, la cifra de 3.000 pesetas que el Estado satisface a esta Diputación por arrendamiento de las oficinas que ocupa el Gobierno de provincia, según contrato estipulado a medio de escritura notarial otorgada por virtud de R.O. de 8 de noviembre de 1907. La elevación que desde entonces acá alcanzó la propiedad urbana y la carestía que desde entonces también se advierte en los jornales y materiales de construcción, hace que aquella exigua cantidad, no alcance hoy a llenar los gastos que exigen las obras de conservación y reparación que periódicamente se realizan para conservar en estado decoroso este palacio provincial. ------ Folla: 11 11. Por otro lado, esta Diputación al enterarse del edicto que el Gobernado de esta provincia publicó en el Boletín Oficial de 13 de marzo de 1911, abriendo un concurso con el fin de arrendar un local con destino a Prevención o Cuerpo de Seguridad en esta capital, acordó acudir al mismo y tramitado el expediente se envió al Ministerio de la Gobernación. Mientras se resolvía y defiriendo a ruegos de dicha autoridad gubernativa ésta Corporación provincial, cedió con carácter transitorio un local espacioso y adecuado en la planta baja de éste palacio provincial, mientras dicho concurso no tenía resolución definitiva; pero es el caso que van transcurridos catorce años sin conseguir que aquel centro tienen solución a tal concurso y sin que ésta Diputación percibiese ninguna cantidad por arrendamiento de un local que desde entonces facilita sin obligación alguna que a ello le sujete. Estas consideraciones obligan a esta Comisión provincial a dirigirse al Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación que con celo tan relevante vela por los intereses de los organismos dependientes de su Departamento, en demanda de que penetrándose de la justicia de ésta súplica, se digne disponer lo conveniente para que sea renovado y modificado el contrato de arriendo que ésta Diputación celebró con el Estado, elevando a doce mil pesetas la cuantía anual que por razón de arrendamiento satisface este por las dependencia que ocupa el Gobierno de provincia, incluyendo en ésta cifra el alquiler de las destinadas a habitaciones particulares del Sr. Gobernador, Inspecciones de los cuerpos de vigilancia y seguridad, sección de presupuestos y cuentas municipales, junta provincial de Beneficencia, Inspección provincial de Sanidad y la de Higiene pecuaria con el mobiliario correspondiente. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición