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Acta de sesión 1927/08/12_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.153/1.1927-08-12_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1927/08/12_Ordinaria

  • Data(s) 1927-08-12 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 11 1. Presidencia del Sr. La Sota Valdecilla con asistencia de los Vocales Señores Espinosa Orrea, Lois Vidal, Sarmiento Gil, Massó García y Pimentel en sustitución del Sr. Trapote. Abierta la sesión a las diez y seis de este día se dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial, adoptó los acuerdos siguientes. ------ Folla: 11 2. Suministros al Ejército en Agosto. Cumpliendo lo prevenido en el articulo 3º de la Instrucción de 9 de agosto de 1879, se acuerda de conformidad con el Sr. Comisario de Guerra, D. Eladio Martínez fijar los precios de los suministros que los pueblos de la provincia hayan facilitado y faciliten a las fuerzas del Ejército y Guardia Civil en el actual mes de agosto en la siguiente forma: Pan, 0,630 kg, 0,42 ptas; Cebada para caballos del Ejército, 4,50 kg, 2,43 ptas; Cebada para mulos y caballos de la Guardia Civil, 4 kg, 2,16 ptas; Centeno, 4 kg, 2,02 ptas; Maiz, 4 kg, 1,65 ptas; Paja o Heno, 6 kg, 0,91 ptas; Herba seca, 1 kg, 0,21 ptas; Aceite, 1 litro, 2,87 ptas; Carbón, 1 kg, 0,41 ptas; Leña, 1 kg, 0,08 ptas; Petróleo, 1 litro, 0,80 ptas. ------ Folla: 11 3. Reciprocidad para el pago de estancias de Beneficencia con la Diputación de Ávila. Se dio cuenta de oficio del Sr. Presidente de la Diputación de Ávila, proponiendo a las demás de España, que el importe de las estancias que en los establecimientos de Beneficencia puedan causar en otras provincias los indigentes naturales de aquellas, no les sean reclamadas, comprometiéndose a su vez a no exigir a las demás que aceptan la reciprocidad las que causen los naturales de ellas; se acuerda hacer extensivo a dicha Diputación el acuerdo adoptado por éste organismo provincial en 22 de octubre de 1926, y aceptar su invitación, estableciendo con la misma la reciprocidad en el cambio de las aludidas estancias. ------ Folla: 11 4. Estudios e investigaciones científicas. Quedar enterada de comunicación del Sr. Vicepresidente de la Junta para ampliación de estudios e investigaciones científicas del Ministerio de Instrucción pública y Bellas Artes, dando gracias por el acuerdo que adoptó ésta Comisión en 22 de julio próximo pasado contribuyendo con 2.500 pesetas a los gastos de aquellas Misiones de Cultura. ------ Folla: 11 5. Licencia al Oficial Sr. D. Celso Marta de 30 días. Conceder treinta días de licencia al Oficial de Contaduría D. Celso S. Marta para poder ausentarse y atender a su salud. ------ Folla: 11 6. Sobre la mesa - Instancia de Dª. Pilar López. Vista la instancia de Dª Pilar López Pardo, de la parroquia de Tourón (Ponte Caldelas) exponiendo que su penosa situación económica impide que sus hijos Jaime y Daniel Quintela López, puedan utilizar el derecho que le concede la Fundación de Figueroa para cursar una carrera literaria por no pagar esta pensión hasta su presentación del certificado de haber aprobado el curso, por lo que ruega que a sus citados hijos se le permita ocupar una habitación, y se les facilite alimento en uno de los establecimientos benéficos que sostiene la Diputación durante el curso de 1927-28, se acuerda dejar sobre la mesa la instancia de referencia. ------ Folla: 11 7. Arreglo de la máquina "Yost" encomendado a D. José Baquero. Aceptar el presupuesto que en cuantía de 85 pesetas presenta D. José Baquero González, mecánico de precisión, con domicilio en la calle del Puente, número 16 de esta ciudad y encomendarle la reparación general de la máquina de escribir de Secretaria marca "Yost" abonándose por separado y a precio de factura el nuevo tampón que hay necesidad de colocar en la misma. ------ Folla: 11 8. Abono cuenta a Lorenzo Núñez. Declarar de abono al ebanista de esta ciudad D. Lorenzo Núñez, la cuenta importante nueve pesetas cincuenta céntimos por colocación de tres tablas para el piso de una de las habitaciones de la Inspección de vigilancia, librándose con cargo al capitulo 11, articulo 10º del presupuesto vigente. ------ Folla: 11 9. "Colonias Escolares". Abono de 2.000 ptas. Se acuerda sea librada a favor del Inspector de primera enseñanza, D. Juan Novas Guillán, la cantidad de tres mil pesetas que figuran consignadas en el capitulo 10 , articulo 10 del presupuesto provincial del ejercicio corriente para los gastos que causen las Colonias Escolares de niños pobres que se dirijan a puentes de altura y puertos de mar. ------ Folla: 11 10. Sobre la Mesa. Informe de la Intervención. Dejar sobre la Mesa para estudio informe de la Intervención de fondos de esta Diputación, en la que se propone las cantidades mínimas a que deben ascender los padrones de cédulas personales de los Ayuntamientos de esta provincia para el año actual de 1927. ------ Folla: 11 11. Sobre la Mesa. Instancia de Francisca Souto, para ingreso en la Inclusa de un niño. Dejar así mismo sobre la mesa, instancia de Francisca Souto Santiago de la parroquia de Bora (Pontevedra) en súplica de que se acuerde el ingreso en la Inclusa provincial de uno de sus hijos gemelos de tres meses de edad, a los que puso por nombres Dalmiro y Marina García Souto. ------ Folla: 11 12. Asilo. Ingreso de José Crespo. Abandonado en la vía pública implorando la caridad el anciano que dijo llamarse José Crespo Rojo, mayor de 60 años de edad, natural de Boiro (A Coruña), se acuerda decretarse su ingreso en el asilo de Hermanitas de los pobres de ésta ciudad, por carecer de familiares que le presten alimentos y cuidados, y ser vecino de la parroquia de Cerponzóns, Ayuntamiento de Pontevedra. ------ Folla: 11,12 13. Misión Biológica. Gastos de arrendamiento e indemnizaciones del campo. Siendo una necesidad inmediata e imprescindible a las funciones de la Misión Biológica de Galicia, establecida en ésta provincia, el arrendamiento de una finca que haya de servir de campo de experimentación de cultivos y no siendo suficiente a consignación que figura en el presupuesto provincial vigente para sostenimiento de dicha misión, a atender al referido arrendamiento y demás gastos que él origine, se acuerda que estos y la indemnización de mil pesetas a D. Santiago Sanmartín Valladares, por materiales, cosechas y abonos que quedan a favor de la Diputación se satisfagan con cargo a la partida que existe consignada en el mismo articulo que la de la Misión Biológica y destinada a la "Estación Biológica de Marín", que por no crearse en el corriente ejercicio, quedará sin inversión. Se levantó la sesión. ------

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