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Acta de sesión 1929/01/11_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.155/1.1929-01-11_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1929/01/11_Ordinaria

  • Data(s) 1929-01-11 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 3 1. Presidencia del Sr. Daniel de la Sota Valdecilla con asistencia de los Vocales Sres. D. César Lois Vidal, Espinosa Orrea, Massó García y Pimentel Abeleira. Abierta la sesión a las doce horas de éste día, se dió lectura al acta de la anterior de 29 de diciembre de 1928 que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial, adoptó los acuerdos siguientes. ------ Folla: 3 2. Suministros al Ejército en Enero. Cumpliendo lo dispuesto en el articulo 3º de la Instrucción de 9 de agosto d e1879, se acuerda de conformidad con el Jefe Administrativo de la provincia y plaza Don Francisco de Ledesma presente en este acto, fijar los precios de los suministros que los pueblos de esta provincia hayan facilitado a las fuerzas del Ejército y Guardia Civil en la cuantía siguiente: Pan, 0,630 kg, 0,43 ptas; Cebada para caballos del Ejército, 4,50 kg, 2,37 ptas; Cebada para mulos y caballos de la Guardia Civil, 4 kg, 2,11 ptas; Centeno, 4 kg, 1,82 ptas; Maiz, 4 kg, 1,32 ptas; Paja, 6 kg, 1 peseta; Herba seca o heno, 1 kg, 0,19 ptas; Aceite, 1 litro, 2,18 ptas; Carbón, 1 kg, 0,35 ptas; Leña, 1 kg, 0,08 ptas; Petróleo, 1 litro, 0,78 ptas. Los anteriores precios corresponden a este mes. ------ Folla: 3 3. Abono estancias de asilados del mes Diciembre. Declarar de abono a las Sras. Superioras de los asilos de Hermanitas de los pobres de Pontevedra, Tui, Caldas y Vigo las cuentas importantes 2.137,50 - 620 - 542,50 y 512,50 pesetas respectivamente por estancias de ancianos en aquellos establecimientos durante el mes de Diciembre último, librándose su importe en cuantía total de tres mil ochocientas doce pesetas cincuenta céntimos con cargo a la consignación del capitulo 8º, articulo 4º del presupuesto de gastos. ------ Folla: 3 4. Ingreso en la Inclusa del niño Jaime Estévez. Decretar el ingreso en la Inclusa provincial del niño Jaime Estévez Fernández, nacido el 17 de noviembre último en el Hospital de esta ciudad, hija de Obdulia Estévez Fernández de 28 años soltera, natural del Ayuntamiento de Carbia, vecina de la parroquia de Lourizán (Estribela) Pontevedra, pobre de solemnidad sin más recursos que los que le proporciona su ocupación de jornalera, e imposibilitada de amamantar y cuidar a su citado hijo, por tener que atender a su propia subsistencia. ------ Folla: 3 5. Abono cuenta cena extraordinaria a asilados del Hospicio. Declarar de abono a la Sra. Superiora de la Casa Hospicio de esta ciudad la cuenta justificada importante novecientas setenta y dos pesetas cuarenta céntimos a que ascendió la cena extraordinaria dada en la tradicional Noche Buena a los asilados de aquel establecimiento y concedida por esta Comisión en sesión de 14 de diciembre último, librándose con cargo a la consignación del presupuesto de gastos que se cita en el expresado acuerdo. ------ Folla: 3 6. Ingreso definitivo en la Inclusa de Julia Verde y que la lacte su madre. Se acuerda se de ingreso definitivo en la Inclusa provincial a la niña Julia Verde, que nació en el Gran Hospital provincial el 16 de diciembre próximo pasado, a la que lactará su madre Dolores Verde, natural y vecina del Ayuntamiento de Carbia, dándole para tal efecto alojamiento y manutención en dicho establecimiento e incluyéndola en la nómina de nodrizas internas del mismo, siéndole de abono en dicha nómina el importe de su manutención. El ingreso provisional fue ordenado por el Sr. Delegado del Hospital citado, con fecha 4 del corriente habiendo justificado su pobreza y no padecer enfermedad mental ni contagiosa. ------ Folla: 3 7. Designando a D. Ricardo González para revisar padrón cédulas de Lavadores. Habiéndose observado en el examen del padrón de cédulas personales de 1928 formado por el Ayuntamiento de Lavadores, muchos errores de clasificación e irregularidades de criterio que lo hacen inaceptable; se acuerda designar al Agente Recaudador de Vigo, D. Ricardo González Carrera, para que proceda a la revisión del mismo. ------ Folla: 3,4 8. Abono cuenta a D. Generoso Lagarejos. Declarar de abono a D. Generoso Lagarejos Rivas, la cuenta importante trescientas ochenta y ocho pesetas cincuenta céntimos, por cinco colmenas estilo "Layens" con sus alzas y demás accesorios, diez láminas de cera estampada y portes adquiridas con destino a la Granja agrícola provincial de Salcedo, debiendo satisfacerse estos gastos de primer establecimiento, con cargo al capitulo 4º, articulo 2º del presupuesto vigente. ------ Folla: 4 9. Desestimando solicitud de D. Jesús Román. Vista la instancia que suscribe D. Jesús Román Veiga natural de Bouzas y domiciliado en Madrid, calle de San Bernardo número 37 "pensión" en súplica de que se le conceda una beca; en súplica de que se le conceda una beca para dedicarse a la carrera de canto para la que tiene aptitudes y siente decidida vocación; esta comisión acuerda significar al solicitante que anualmente se anuncia por esta Diputación la beca para estudios de música que se otorga al aspirante que más condiciones de aptitud reúna a juicio de un Tribunal calificador y no existiendo consignación ni beca para el estudio de canto, es forzoso desestimar la instancia, lamentando no poder ayudar en sus aspiraciones al solicitante. ------ Folla: 4 10. Enterándose de R.D. Ley incluyendo en el plan del Estado carretera de Guillarei a Baños de Caldelas. Quedar enterada de R.D - Ley inserto en la Gaceta de Madrid de 30 de diciembre último, incluyendo en le plan general de carreteras del Estado y entre las de la provincia de Pontevedra con la clasificación de 3º orden, la provincia de Guillarei a los baños de Caldelas, de longitud 6,120 kilómetros, cuyo incautación se llevará a cabo por la Jefatura de Obras públicas, siempre que las obras de reparación realizadas por esta Diputación estén en condiciones de ser admitidas; se acuerda designar al Sr. Presidente, D. Daniel de la Sota Valdecilla, para que represente a esta Corporación en el acto de la incautación, levantándose acta en la que conste aquella circunstancia y haciéndose entrega de los planos y cuantos antecedentes tengan relación con dicha Vía y terrenos pertenecientes a la misma, que pasarán a ser propiedad del Estado. ------ Folla: 4 11. Aprobando Reglamento del "Museo Arqueológico". Prestar conformidad al Reglamento confeccionado por el Patronato del Museo Arqueológico de Pontevedra, en el que se puntualizan las normas para su constitución funcionamiento y obligaciones de su personal técnico y subalterno, debiendo el citado Patronato someterlo a la aprobación definitiva del Señor Gobernador. ------ Folla: 4 12. Enterándose de oficio de la Junta del Hospicio dando gracias por donativos. Quedar enterada de comunicación del Sr. Presidente de la Junta Superior de la Casa Hospicio dando gracias a esta Corporación por el donativo de 5.000 ptas concedido para adquisición de mantas y camas y por la cena extraordinaria dada a los asilados de aquel establecimiento en la tradicional Noche Buena según acuerdos de esta Comisión de 7 y 14 de diciembre último, respectivamente. ------ Folla: 4 13. Designación del Sr. Lois para recepción del camino nº 314. Terminadas las obras del camino vecinal número 314 de Longares a Piñeiro (Mondariz) y fijada por la Jefatura de Obras públicas su recepción para el día 31 del actual a las 9 de la mañana; se acuerda designar al Diputado Vocal D. César Lois Vidal para que represente a esta Corporación en el acto de aquella recepción en cumplimiento de lo que determina el articulo 19 del Reglamento de Vías y Obras provinciales. ------ Folla: 4 14. Repoblación forestal. Encomendar proyecto y presupuesto zonas 3, 4 y 5 (Véase acuerdo 1º- 5 vuelto). Con el fin de desarrollar el plan de Repoblación Forestal de esta provincia, se acuerda encomendar al Personal Técnico del Servicio Forestal de ésta Diputación la formación del proyecto y presupuesto correspondiente a las zonas III, IV y V abarcando una extensión aproximada de 6.000 hectáreas. ------ Folla: 4 15. Modificación de las hojas padrón cédulas de 1929. Visto el escrito del jefe de la sección del servicio de cédulas personales, interesando se solicite la correspondiente autorización para modificar, como lo han hecho en otras Diputaciones, el tamaño del modelo oficial de hojas declaratorias, sustituyéndolas por otras de tamaño más manejable, y se proceda al anuncio del concurso para la confección y tirada de las que han de regir para el año actual de 1929; se acuerda que el expresado Jefe de sección, presente con urgencia el modelo que habrá de acompañarse a la solicitud e instruya el oportuno expediente de concurso para la adjudicación de las mismas, después de concedida que sea tal autorización para que los concurrentes puedan examinar el modelado, clase del papel y demás circunstancias que habrán de determinar la cuantía o precio de las expresadas hojas. ------ Folla: 4 16. Aprobación liquidación cédulas de 1926 de Rodeiro. Visto el expediente de liquidación de la cuenta de recaudación del impuesto de cédulas personales que rinde el Ayuntamiento de Rodeiro correspondiente al año de 1926 y resultando de su exámen que las partidas que lo integran se hallan debidamente justificadas, esta Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado acuerda prestarle su aprobación quedando definitivamente saldada dicha cuenta con un saldo a favor del Ayuntamiento de 679 ptas 40 céntimos comunicándolo así a la Intervención con devolución de los antecedentes, a los efectos que procedan. ------ Folla: 4 17. Abono estancias dementes en Conjo de Diciembre. Declarar de abono al Sr. Director del Manicomio de Conjo, la cuenta importante dieciséis mil sesenta y dos pesetas veinticinco céntimos por estancias de dementes pobres hijos de esta provincia en aquel establecimiento durante el mes de diciembre último, librándose con cargo al capitulo 8º, articulo 5º del presupuesto vigente. ------ Folla: 4,5 18. Aprobación de distribución de 230.000 pesetas para conservación de caminos provinciales en 1929. Prestar conformidad a la propuesta de la Dirección de Vías y Obras, sobre distribución de las 230.000 ptas que figuran en presupuesto votado por la Diputación, para conservación y reparación de caminos provinciales durante el año de 1929 debiendo ser sometido a aprobación los presupuestos de las obras que a continuación se expresan a fin de proceder a la correspondiente subasta. Presupuesto de distribución para contrata de acopios durante el año de 1929. Pesetas Ponteareas a As Neves ................................................................................. 30.000 Paradela a Cuntis .......................................................................................... 30.000 A Cañiza a Arbo ............................................................................................ 40.000 Lalín a Puente San Justo ............................................................................... 50.000 Callobre a Puente Ledesma. .......................................................................... 20.000 A Cañiza a Pousa .......................................................................................... 30.000 Gándara a Troncoso. Riego asfáltico ............................................................. 5.000 Noalla a Caldas............................................................................................... 20.000 Ramal a la Toxa. Riego asfáltico ...................................................................... 5.000 Total 230.000 ------ Folla: 5 19. Camino vecinal nº 261 a la playa de Canido (Vigo). Condiciones para su ejecución. Vista la certificación de acuerdo adoptado por la Comisión municipal permanente de Vigo, en sesión de 9 del actual, en la que se expresa que con el fin de que esta Diputación proceda con urgencia a la construcción del camino de enlace de la carretera de Pontevedra a Camposancos en la playa de Canido, ingresara en la Depositaría provincial 20.000 ptas en el concepto de anticipo reintegrable y los Sres. D. Tomás Mirambell y D. Martín Echegaray depositarán la parte correspondiente a la Diputación de 17.421,60 pesetas en la misma forma y por igual concepto. Considerando que entre los caminos del Plan provincial, figura con el número 261, el de Cornejo kilómetro 40 de la carretera de Pontevedra a Camposancos a la playa de Canido cuyo proyecto, redactado por la Dirección de Vías y Obras de esta Diputación está a informe del Ingeniero Jefe de Obras Públicas para ser sometido después a la aprobación de esta Comisión tramite que señala el articulo 26 del Reglamento de Vías y Obras y como una de las bases aprobadas por esta Corporación para la construcción de caminos, determina que las únicas entidades que con la Diputación han de realizar el plan sean los Ayuntamientos, puede el de Vigo admitir la oferta de los Sres. Mirambell y Echegaray y hacer a su nombre el total ingreso en la Depositaría provincial, siendo reintegrable tan solo el 48% que es la parte que adelanta de la Diputación, por lo que ésta Comisión acuerda acceder a la rápida construcción de la expresada vía, siempre sobre la base del proyecto confeccionado por la Dirección de Vías y Obras y con sujeción a las condiciones siguientes. ------ Folla: 5 20. Modificadas estas condiciones (Véase las del folio 6 que son las que forman parte de éste acuerdo). 1ª. El Ayuntamiento de Vigo, ingresará en Depositaría provincial el importe del coste total del camino o sean 36.264 pesetas 98 céntimos reintegrándole la Diputación al Ayuntamiento en su día, cuando formalice el empréstito el 48% del coste total a que ascienda y 2ª. Las obras serán construidas por la Diputación mediante subasta o concurso, reservándose el derecho de tanteo al contratista que de antemano fije al Ayuntamiento ya que éste adelanta el coste de la obra. ------ Folla: 5 21. Resolviendo reclamación de cédula de D. Carlos Romay de Sanxenxo. Dada cuenta de la reclamación interpuesta por el vecino de Sanxenxo, D. Carlos Romay García sobre su clasificación en el padrón de cédulas personales de aquel Ayuntamiento correspondiente al año de 1928. La Comisión por las consideraciones que constan en el expediente tramitado y visto el Estatuto provincial y la Instrucción de 4 de noviembre de 1925 acuerda desestimar la reclamación por entender se halla bien clasificado el reclamante y comuníquese al mismo por conducto de la Alcaldía con la advertencia de que puede alzarse para ante el Tribunal Económico administrativo en el plazo de quince días. ------ Folla: 5 22. "Repoblación forestal". Ayuntamientos incluidos en las zonas III - IV y V complemento acuerdo 1º 4 vto (Véase acuerdo 1º febrero 1º 16 vto). Como complemento del acuerdo que consta al folio 4 vuelto de esta acta, sobre repoblación forestal de 6.000 hectáreas en las zonas III - IV y V se hace constar que estas afectan a los Ayuntamientos que a continuación se citan en la forma siguiente: Zona III. Tomiño - Rosal - Oia - A Guarda. Zona IV. Nigrán - Gondomar - Vigo - Baiona. Zona V. Mos - Lavadores - O Porriño y parte de Redondela. A Cuyo efecto se interesa de los Ayuntamientos indicados, la cesión de sus derechos en la misma forma que se viene realizando desde el comienzo de la repoblación forestal en esta provincia. ------ Folla: 5 23. Desestimando reclamación contra su cédula de Emilia Costas, de Noalla. Vista la reclamación interpuesta por Emilia Cobas Piñeiro viuda vecina de la parroquia de Noalla contra la clasificación de su cédula en el padrón de cédulas de Sanxenxo de 1928 en que se le hace figurar en la tarifa 2ª, clase 12ª de 8 pesetas y el informe del Jefe de la sección de este servicio Estatuto provincial e Instrucción de 4 de noviembre de 1925, se acuerda por las consideraciones que constan en la misma desestimar dicha reclamación por estar bien clasificada con la cédula que se le asigna en el padrón y comuníquese por conducto de la Alcaldía a la interesada con la advertencia de que puede alzarse ante el Tribunal Económico administrativo dentro del plazo de 15 días. ------ Folla: 5 24. Desestimando reclamación contra su cédula de D. Ramón Orge, de Sanxenxo. Dado cuenta de la reclamación formulada por D. Ramón Orge Pérez, casado, vecino de Sanxenxo contra la clasificación que se le hace figurar en el padrón de aquel Ayuntamiento y año de 1928 con la cédula de clase 7ª de la tarifa 3ª por valor de 70 ptas. Vistos el Estatuto provincial y la Instrucción de 4 de noviembre de 1925, la Comisión, por las consideraciones que constan en el expediente, acuerda desestimar esta reclamación por estar bien clasificado en la clase 7ª, tarifa 3ª y cédula de 70 ptas, comunicándose por conducto de la Alcaldía al interesado con la advertencia de que puede alzarse ante el Tribunal Económico administrativo provincial en el plazo de 15 días. ------ Folla: 5 25. Desestimando reclamación contra su cédula de Bernardo Novas de Noalla. Se dió cuenta de reclamación que interpuso Bernardo Novas Lores, casado de Noalla en el Ayuntamiento de Sanxenxo contra la cédula con que se le hace figurar en el padrón de 1928 de 8 ptas. Vistos el Estatuto provincial y la Instrucción de 4 de noviembre de 1925, la Comisión, por las consideraciones que constan en el expediente, acuerda desestimar esta reclamación por estar bien clasificado, comunicándose por conducto de la Alcaldía al interesado con la advertencia de que puede alzarse ante el Tribunal Económico administrativo provincial en el plazo de 15 días. ------ Folla: 5,6 26. Desestimando reclamación contra su cédula de Dª. Ramona Laredo de Sanxenxo. Vista la reclamación de Dª. Ramona Laredo Gómez, viuda vecina de Sanxenxo que interpone contra la clasificación con que se le hace figuran en el padrón de aquel Ayuntamiento del año de 1928, imponiéndole una cédula de la tarifa 3ª, clase 7ª y precio de 70 pesetas. Vistos el Estatuto provincial y la Instrucción de 4 de noviembre de 1925 y los informes respectivos, la Comisión, por las consideraciones que constan en el expediente, acuerda desestimar esta reclamación por estar bien clasificada con la cédula que se le asignó a la Dª Ramona Laredo, a la que se le comunicará esta resolución por mediación de la Alcaldía, con la advertencia de que puede alzarse de la misma para ante el Tribunal Económico administrativo provincial en el plazo de 15 días. ------ Folla: 6 27. Complemento del acuerdo del folio 5 (camino nº 261 de la playa de Canido) Vigo. Como complemento del acuerdo que aparece al folio 5 de esta sesión, respecto a la construcción urgente del camino a que hace referencia se entenderá que la Comisión provincial accede a dicha construcción sobre la base del proyecto confeccionado por la Dirección de Vías y Obras con sujeción expresa a las condiciones que a continuación se consignan quedando así modificadas las que por error aparecen al final del mismo. Primera. El Ayuntamiento de Vigo ingresará en Depositaría provincial el importe del coste total del camino, o sean 36.264,98 pesetas reintegrando la Diputación al Ayuntamiento en su día, cuando formalice el empréstito el 48% del coste total a que asciende la liquidación de las obras. Y respecto al 52% que adelanta el Ayuntamiento para poder llevar a cabo la ejecución de las obras la Diputación reintegrará las anualidades que no hayan vencido, con arreglo a los compromisos contraídos con anterioridad. Segunda. Las obras serán construidas por la Diputación, mediante subasta o concurso reservándose el derecho de tanteo al contratista que de antemano fije el Ayuntamiento, ya que éste adelanta el coste de la obra. Se levantó la sesión. ------

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