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Acta de sesión 1931/04/25_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.157/1.1931-04-25_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1931/04/25_Ordinaria

  • Data(s) 1931-04-25 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 44,45 1. Presidencia del señor Fernández Osorio Tafall, vicepresidencia del señor Loredo Martínez y vocales señores Villaverde Rey, Otero Sestelo, Casanovas Rodríguez y Ferreiro Panadeiro. Reunidos en el Salón de Actos de la Excma. Diputación Provincial, los señores diputados que al margen se expresan, bajo la Presidencia del señor Fernández Osorio Tafall. Se dio lectura por el secretario de esta Corporación, don José Ramos Cerviño, al acta de la sesión anterior de 20 del actual, siendo por unanimidad aprobada, debiendo firmarlas los señores presidente y vocales que cesan en el día de la fecha. Seguidamente se adoptaron los siguientes acuerdos: Que se celebre sesión, además de la de este día, el 30 del actual, quedando ya convocados para ella. ------ Folla: 45 2. Dada cuenta de la renuncia que presento del cargo de director de la Caja de Ahorros Provincial, don Marcial Cadilla Fernández, la Comisión acuerda aceptarla, debiendo cesar en el cumplimiento de sus funciones en esta fecha, y expresar a dicho señor su reconocimiento por las facilidades que da para el mejor desenvolvimiento de su vida. ------ Folla: 45 3. Aceptada la renuncia del director de la Caja de Ahorros Provincial, la Comisión acuerda quede constituido el Consejo de Administración de la misma, bajo la Presidencia del que lo es de esta Diputación, don Bibiano Fernandez Osorio Tafall, con los señores diputados, don Augusto Loredo Martínez, don Elpidio Villaverde Rey, don Benito Casanovas Rodríguez y don Manuel Ferreiro Panadeiro, y en concepto de vecinos, don Joaquín Maquieira Fernández que ya fue designado por la anterior Comisión, y teniendo en cuenta la renuncia hecha por don Manuel Ferreiros, se designan a los señores don Cándido Barros Martínez y don Diego Montes Peón, viviendo a formas la totalidad del consejo 8 señores, habiendo de desempeñar el cargo de director gratuitamente el consejo en turno, auxiliado por el interventor en la misma forma que se ejercía al presentar larenuncia el director que también fue de la misma y a que hace relación el acuerdo de 30 de junio de 1930. ------ Folla: 45 4. Decretar el ingreso, por cuenta de fondos provinciales en el asilo de ancianos de Vigo, de la indigente Carmen Hermida Morreira, de 75 años de edad, soltera, vecina de dicho Vigo, pobre de solemnidad, sin familiares que la sustenten y que no padece enfermedad mental ni contagiosa. ------ Folla: 45 5. Decretar el ingreso definitivo en la Inclusa provincial de los siguientes niños que tuvo efecto con carácter provincial por orden del inspector de los establecimientos benéficos provinciales con fechas 5, 13, 21 y 30 de marzo próximo pasado: Obdulia Sánchez Novoa, que nació en 27 de febrero, José Barreiro Barrio, nacido el 1º de marzo, Pilar y María Teresa Abal Balo, nacidas el 23 de febrero y Rosa Rodríguez Díaz, que nació en 17 de marzo del corriente año, según consta de las certificaciones expedidas por el Registro Civil de este término [Pontevedra], que se hallan unidas a los expedientes respectivos, acreditativos de la pobreza y su imposibilidad. ------ Folla: 45 6. Decretar el ingreso en el manicomio de Conxo, por cuenta de fondos provinciales de los dementes Manuel Louzán Corredoira, natural de Campañó, en este ayuntamiento, de 18 años, soltero, de Eloy Amil Soto, de 38 años, natural de Pontevedra, de igual estado y de Cándido Casal de los Santos, de 25 años, también soltero, natural y vecino de San Xulián de Marín, ayuntamiento de Marín, de cuyos expedientes resulta que se cumplieron los requisitos de la circular de 27 de febrero de 1926, probadas las enfermedades, necesidad de la reclusión y pobreza de los mismos y sus familiares, debiendo por el Negociado de Beneficencia remitirse al director del citado sanatorio la filiación de los mismos, que ingresan en concepto de observación a los efectos del R. Decreto de 19 de mayo de 1885 al comunicarse este acuerdo oficiándose a su vez a los alcaldes de Pontevedra y Marín para que ordenen sean trasladados a aquel establecimiento los tres enfermos de referencia. ------ Folla: 45 7. Declarar de abono a las señoras superioras de los asilos de Hermanitas de Ancianos Desamparados de Pontevedra, Tui, Caldas de Reis y Vigo, las cuentas de estancias devengadas por los ancianos que sostiene en aquellos establecimientos esta Diputación, durante el mes de marzo último, importantes 2.583,75.-, 1.162,50.-, 626,25.- y 540,00.- pesetas respectivamente, debiendo librarse dichas sumas en cuantía total de cuatro mil novecientas doce pesetas cincuenta céntimos, según propone en sus informes el señor interventor de fondos provinciales, con cargo al capítulo 8º, artículo 4º de la parte de gastos del presupuesto vigente. ------ Folla: 45 8. Declarar de abono al conserje de esta Diputación, ocho pesetas veinticinco céntimos, por 700 piñas utilizadas desde marzo hasta el 11 del actual en las estufas de estas dependencias, librándose dicha suma con cargo al capítulo 1º, artículo 11º del vigente presupuesto. ------ Folla: 45 9. De conformidad con lo informado por el secretario de la Inclusa provincial: se acuerda decretar el ingreso en dicho establecimiento del niño Ramón Cacavelos Pérez, natural de O Grove, que nació el día 15 de febrero último, por haberse comprobado la pobreza de sus familiares y hallarse gravemente enferma su madre y por lo tanto imposibilitada de prestarle sus cuidados. ------ Folla: 45 10. Declarar de abono al droguero de esta capital, don Ramiro Lino, la factura importante ochenta y una pesetas cuarenta y cinco céntimos por útiles para limpieza y otros efectos para esta Diputación, adquiridos desde el 14 de septiembre al 9 de febrero próximo pasado, debiendo librarse dicha suma con cargo al artículo 10º, capítulo 11º de la parte de gastos del actual presupuesto. - Declarar igualmente de abono a dicho droguero, don Ramiro Lino, la factura de efectos facilitados para esta Diputación durante el mes de marzo, que se detallan en la misma, importante cuarenta y ocho pesetas noventa céntimos, librándose dicha suma con cargo al artículo 10º, capítulo 11º del presupuesto en vigor. ------ Folla: 45 11. Dado cuenta de las solicitudes suscritas por los funcionarios de esta Diputación, don Álvaro Berasategui, don Eliseo Mosquera y don Ángel Novás, en súplica de que le sean facilitadas dos mensualidades de su haber en concepto de anticipo reintegrable, acogiéndose a lo dispuesto en el R.D. de 16 de diciembre de 1929; y vistos los informes favorables emitidos por los señores depositario y secretario de esta Corporación, se acuerda acceder a lo solicitado y conceder a dichos interesados el anticipo que interesan en consonancia con lo que regula la disposición citada. ------ Folla: 45,46 12. Visto el informe del señor arquitecto provincial, fecha 11 del corriente, manifestando haber reconocido las obras que están ejecutándose en el edificio del Asilo de Ancianos y Desamparados de esta capital subvencionadas por esta Diputación, son 7.000 pesetas, de las cuales fueron ya abonadas 3.500, faltando hacer efectivas las otras 3.500 restantes y resultando del mismo que la obra se encuentra en la totalidad casi terminada y teniendo en cuenta que el presupuesto íntegro de la ampliación que se realiza es de 14.000 pesetas, o sea, el doble de la subvención concedida, de conformidad con lo propuesto por dicho técnico; se acuerda declarar de abono a la señora superiora de referido asilo, las citadas tres mil quinientas pesetas, resto al completo de la subvención de que se trata, cuyo importe se librará con cargo a la consignación que para tales obras figura en el presupuesto vigente. Y se levantó la sesión, que comenzó a las once. ------

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