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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1887-09-23_Ordinaria. Acta de sesión 1887/09/23_Ordinaria
Acta de sesión 1887/09/23_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/1.1887-09-23_Ordinaria
Título Acta de sesión 1887/09/23_Ordinaria
Data(s) 1887-09-23 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 237 (Sres. Salgado Vicepresidente, Guerra, Prada, Lois, Alonso, Pardo). 1. Leída el acta anterior fue aprobada ------ Folla: 237 2. Se dio cuenta de la comunicación fecha 15 del actual que dirige a esta Comisión el vocal propietario de la misma D. Antonio López de Neira manifestando que por la imposibilidad de poder asistir a las sesiones por impedírselo el despacho de asuntos urgentes que le interesan y por otra parte no hallarse completamente restablecido de una indisposición, pide se le prorrogue la licencia que se halla disfrutando por 45 días más y en su vista se acuerda acceder a lo solicitado. continuando sustituyéndole en el desempeño del cargo el Diputado que le corresponde en turno D. José Mª Guerra, conforme a lo dispuesto en el art. 13 de la vigente ley provincial. ------ Folla: 237,238 3. El Sr. Gobernador contestando a la comunicación que se le dirigió por virtud del acuerdo de esta Comisión de 4 de Agosto último referente a la reclamación que se le hace al ex-Alcalde de A Cañiza D. Antonio Alonso por la falta de expedición de 400 cédulas personales del ejercicio 1879-880, remite otra del Sr. Delegado de Hacienda en la que manifiesta que no existen en la actualidad minutas de lo oficios dirigidos al Alcalde de A Cañiza en 14 de Marzo y 17 de Mayo de 1880 por la suprimida Administarción económica; y Resultando que lo que se le reclamaba no era certificación de las minutas referidas sino por el contrario, certificación de las comunicaciones que el mencionado Alcalde ha dirigido a la entonces Administración económica con fechas 14 de Marzo y 17 de Mayo del repetido año de 1880, se acuerda informar nuevamente al Sr. Gobernador, que siendo muy esencial tener a la vista de que queda hecho mérito dirigidas por el Alcalde de A Cañiza al Jefe económico procede oficiarse de nuevo al Sr. Delegado que en comunicación de 10 del actual no responde a lo que se le pedía puesto que manifiesta no existen las minutas dirigidas al Alcalde siendo así que lo que se desea es certificación de las comunicaciones dirigidas por éste a la Administración en las fechas citadas, sin cuyos antecedentes no puede esta Comisión emitir informe fundado, según se le pide sobre este asunto. ------ Folla: 238 4. Visto el recurso de alzada interpuesto por D. Ignacio Santoro y otros vecinos de Vigo contra un acuerdo del Ayuntamiento que les obliga al pago de 180 pesetas mensuales inquilinato de ocho puestos públicos de venta de carnes; y notándose la falta de certificación del acuerdo contra el cual se recurre, se acuerda manifestar al Sr. Gobernador que a esta Comisión no le es posible emitir el informe que sobre el asunto se sirve pedirle sin que venga al expediente aquel dato por lo que pudiera ordenar su reclamación si así lo cree conveniente. ------ Folla: 238 5. Visto el testimonio del auto dictado por el Juzgado de instrucción de este partido [judicial] acordando la reclusión definitiva del alienado Manuel García Fariña, vecino de esta Ciudad [Pontevedra]; y Considerando que por ante dicho Juzgado se ha justificado además de la clemencia de este desgraciado la pobreza del mismo, lo mismo que la de sus familiares; se acuerda que por cuenta de los fondos provinciales ingrese dicho enfermo en el manicomio de Conxo, siendo conducido por el agente del órden público D. Miguel Fernández Costa, previa la venia del Sr. Gobernador, para cuyos gastos se le abonan 25 pesetas. ------ Folla: 238 6. Visto el expediente de demencia y pobreza de José Ribadulla Vázquez, vecino de esta Capital; que se sirve remitir el Sr. Gobernador; y habiéndose justificado ambos extremos por ante el Juzgado de instrucción de este partido [Pontevedra], se acuerda que por cuenta de los fondos provinciales ingrese dicho demente en el manicomio de Conxo siendo allí conducido por el agente del orden público D. Miguel Fernández, si a ello no se opusiese el Sr. Gobernador, para cuyos gastos se le abonan 25 pesetas. ------ Folla: 238 7. Visto que ha fallecido la demente Manuela Barroso de Cambados, según participa el Sr. Gobernador y cuyo expediente le había dicho autoridad a esta Comisión; se acuerda sobreseer totalmente en el mismo. Se levantó la sesión. ------
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