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Acta de sesión 1890/09/20_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.007/2.1890-09-20_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1890/09/20_Ordinaria

  • Data(s) 1890-09-20 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 185 ( Álvarez Jiménez vicepresidente, Limeses, Ruza, Pereira, Pardo) 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 185 2. Vista la nota de precios medios a que deben satisfacerse las especies de suministros que se han facilitado y faciliten a tropas del ejército y Guardia Civil durante el corriente mes de septiembre, y hallándose arreglada al estado del precio medio que han tenido en la provincia los artículos de consumo; se acuerda aprobarla y que se le dé la publicidad acostumbrada a los efectos correspondientes. ------ Folla: 185,186 3. Se dio cuenta de la ampliación del expediente relativo a la demencia y pobreza de Román García Martínez, natural del término de Cotobade; Y hallándose acreditado la pobreza no solo del presunto alienado sino la de sus parientes obligados por la ley a prestarle alimentos; Se acuerda que por fondos provinciales se costeen las estancias que cause en el manicomio de Conxo dicho demente a donde será trasladado en la forma acostumbrada y conducido por el portero de esta Diputación D. Emilio Arias para cuyos gastos se le satisfarán 25 pesetas. ------ Folla: 186 4. Vista la comunicación del señor vicepresidente de la Comisión provincial de Huesca, manifestando que aquella Diputación había establecido con las demás de España; y la ofrecía asimismo a esta de Pontevedra la reciprocidad de sostener las estancias de los dementes de esta provincia a cambio de que la misma lo haga con los que sean naturales de aquella; Se acuerda que por contestación a dicho oficio, se dé conocimiento a la Diputación de Huesca, de lo resuelto en sesión de 16 de julio último respecto a una pretensión análoga de la Diputación de Murcia. ------ Folla: 186 5. La Comisión ha examinado nuevamente el expediente sobre rebaja de sueldo de la escuela de Gesta en el Ayuntamiento de Lalín, que el señor gobernador presidente de la junta provincial de instrucción pública vuelve a remitir a su informe, y debe manifestar; que si bien en otro anterior que ya había emitido sobre este mismo expediente en noviembre de 1888 indicaba que la dotación de la referida escuela debía fijarse en 750 pesetas de 1.000 que antes tenía, y concluía a que se ampliase tal expediente al extremo de conocer el número de vecinos asignados a la misma y otros particulares, hoy tiene que modificar un tanto su opinión en vista de haber variado las circunstancias legales de este asunto. El Ayuntamiento de Lalín ha creado en dicho período dos escuelas incompletas mas, que vinieron por consecuencia a reducir la importancia de la de que se trata disminuyendo su distrito escolar en una 3ª parte de población con que antes contaba; y apoyado en esa circunstancia pretende ahora el Ayuntamiento se limite a 500 pesetas dicha asignación. Mas como quiera que, dado aun el número de habitantes que queda a la de Gesta, la ley de instrucción pública impone él deber de sostenerla con el sueldo mínimum de 625 pesetas; de ahí que esta Comisión, de completa conformidad con lo informado por el señor inspector del ramo, acuerda emitir el suyo en el sentido de que se asigne a la escuela de Gesta el sueldo de 625 pesetas como legal y obligatorio. Se levantó la sesión. ------

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