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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1892-03-16_Ordinaria. Acta de sesión 1892/03/16_Ordinaria
Acta de sesión 1892/03/16_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/2.1892-03-16_Ordinaria
Título Acta de sesión 1892/03/16_Ordinaria
Data(s) 1892-03-16 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 75 (Sres. G. Vidal-Vicep., Limeses, M. Casal, López Pérez, Otero D. P.,Otero D.G.). 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 75,76 2. Vista la instancia producida por D. Vicente Panteón, fecha 14 de este mes, manifestando que por padecer una equivocación al rendir las cuentas municipales del Ayuntamiento de Nigrán correspondientes al año económico de 1886-87 en que fue depositario del mismo, dejando de incluir en el cargo y data de las mismas partidas, cuyos justificantes acompaña, aparece en dichas cuentas un saldo erróneo contra él y a favor de aquel Ayto de 6.023.- ptas. 66 ctmos, y solicita que para reparar esa falta tan perjudicial a sus intereses se devuelvan aquellas al Ayto para su reforma. Visto que examinadas en su virtud dichas cuentas resulta efectivamente que en el cargo y data de las mismas correspondiente al período ordinario no se incluyen en el capítulo 9 del 1 - 4.277,50 ptas. retenidas por la Hacienda para atenciones de instrucción pública y en el 4º de la 2ª la misma cantidad para iguales atenciones, y como no se haya formado la cuenta del período de ampliación, dejarán de incluirse , como debiera en la data del mismo, 7.202.- ptas. 87 cts que había ingresado dicho Depositario por gastos provinciales, según todo ello constan además por los documentos que une el interesado a su instancia y que se tienen a la vista, adoleciendo del propio defecto las cuentas de presupuesto rendidas por el Alcalde; se acuerda de conformidad con lo propuesto por la Contaduría la anulación de dichas cuentas y que se remitan al Alcalde por conducto del Sr. Gobernador con todos sus justificantes de cargo y data dentro de sus respectivas relaciones, a fin de que con toda urgencia se proceda a su reforma por los cuentadantes. Se acuerda asimismo que en virtud de la alteración necesariamente han de sufrir los totales de las mismas cuentas de encargue al Alcalde de Nigrán se proceda también a la formación del expediente de examen y censura con arreglo a los artículos 161 al 64 inclusives de la ley municipal, cuyo testimonio del mismo debe acompañarse con las cuentas. Se levantó la sesión. ------
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Nota