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Acta de sesión 1893/08/03_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.009/1.1893-08-03_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1893/08/03_Ordinaria

  • Data(s) 1893-08-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 170 (Matos vicepresidente interino, Alfaya, Besada, Millán) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 170,171 2. Vistos los antecedentes que el gobernador se ha servido remitió a informe de esta Comisión en 24 de julio último, relativos al nombramiento de Gumersindo Miguez Freire, para el cargo de alcalde de barrio de Anseulle de Abaixo, en la parroquia de Reboreda del término de Redondela, de cuyo desempeño pretende excusarse, fundado en inutilidad física que acreditó a medio de competente certificación y dispuesto por orden del alcalde nuevo reconocimiento, le consideraron 2 facultativos útil para ejercer dicho cargo, y en este supuesto, el alcalde por providencia de 29 de junio último, dispuso no haber lugar a dejar sin efecto el nombramiento de alcalde de barrio hecho a favor de Gumersindo Miguez Freire de que fue notificado en 7 de julio, advirtiéndole que podía entablar recurso de alzada para ante el gobernador en el término de 30 días. Vista la instancia producida a dicho gobernador por el referido Miguez en 26 del citado mes de julio, en la que manifiesta fue ya alcalde del barrio de Anseulle de Abaixo, como le consta al ex-alcalde Pardo, y aún acaso, al actual Secretario, que también desempeñó aquel cargo, se le nombra de nuevo, cuando está rayando en los 60 años de edad, y no le es posible soportar con el impedimento de la cojera, por más que antes lo hubiese hecho con dificultades, por sus menos años, concluyendo a que se sirva tomar en consideración lo expuesto en la resolución de alzada por ser de Justicia. Vistos los art.os 57 y 58 de la vigente ley municipal. Considerando que el nombramiento de los alcaldes de barrio por los alcaldes tiene lugar después de posesionarse el nuevo Ayuntamiento, debiendo los nombrados desempañar el cargo hasta la próxima renovación, y no habiendo esta tenido aún efecto en el año actual, debe continuar ejerciendo dicho cargo el que le desempeña. Considerando que, aún prescindiendo de que los facultativos que de orden del alcalde reconocieron a Miguez lo declaran apto para el trabajo en contradicción con el que lo reconoció a su instancia, que afirma ser cojo y por no tener las piernas iguales, es lo cierto que la alcaldía de barrio es una carga concejil obligatoria pero nunca permanente, pues como gravamen debe turnarse entre todos los vecinos con capacidad para desempeñarla, y que una vez Miguez afirma ha servido ya de alcalde de barrio, nombrado por el alcalde Ramón Francisco Pardo y aún por el actual secretario del Ayuntamiento como ex-alcalde, hecho este que de comprobarse además de las otras razones que se oponen al nombramiento justificando su notoria improcedencia; es de opinión esta Comisión, y así acuerda manifestarlo al gobernador, que pudiera servirse pedir informe al ex-alcalde de Redondela Ramón Francisco Pardo para que manifieste si el apelante Gumersindo Miguez Freire, sirvió la alcaldía de barrio, nombrado por él y aún si lo fue también por otro alcalde. ------ Folla: 171 3. Vista la instancia de Gregorio Nieva contratista de la instalación de timbres eléctricos y telefónico en los departamentos de este Palacio provincial en súplica de que se le devuelva la fianza que ha constituido para garantir el cumplimiento de su compromiso; y visto que según informe el arquitecto provincial, dicho contratista ha cumplido su cometido, sin que diese lugar a reclamación alguna justificando además haber satisfecho la correspondiente contribución industrial; se acuerda la devolución de fianza indicada y constituida en la caja provincial con fecha 27 de mayo de 1891, consistente en un título de la deuda perpetua al 4% importante 500 pesetas nominales. Se levantó la sesión. ------

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