ATOPO
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Acta de sesión 1893/12/21_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.009/1.1893-12-21_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1893/12/21_Ordinaria

  • Data(s) 1893-12-21 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 273 (Sres. Otero Vicepresidente, Alfaya, Areal, Martinez Casal, Lema, Cobian). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 273 2. Se dió cuenta de la instancia producida por el Alcalde de Vilanova, D. Manuel Dominguez, en la que a nombre de dicho Ayuntamiento hace presente a esta Comisión las causas que impidió a aquel municipio solventar las 2.680,89 pesetas que adeuda a fondos provinciales por atrasos de 1889 - 90 y 1890 - 91 para lo que se le concediera ya una moratoria que termina en 26 de este mes, solicitando por último a que se amplie esta por dos años más. Y la Comisión, atendiendo las razones expuestas por dicho Alcalde, si bien lamenta que en el término de un año próximo a expirar no haya alcanzado a satisfacer más que 500.- pesetas a cuenta del indicado débito, acuerda de conformidad con lo propuesto por la Contaduría, prorrogar por dos años más la moratoria concedida, pero con prevención de que en este plazo ha de quedar totalmente extinguido el débito de los 2.680,85 pesetas de que aún está en descubierto, el cual se satisfará por octavas partes ingresando los 331,10 correspondientes a cada trimestre a la vez que se efectúe en dichas épocas lo que corresponde al cupo actual, y que de no verificarse así, quedará sin efecto esta moratoria exigiéndose el débito por la vía de apremio, haciéndose saber a la vez a dicho Alcalde que la entrega de la primera octava parte ha de ingresarse precisamente al propio tiempo que el importe del 3er. trimestre del corriente año económico. ------ Folla: 273,274 3. Vista la liquidación de las obras de los pararrayos instalados en el Palacio provincial, que remite para su aprobación el Arquitecto de la provincia, importante 1.880.- pesetas; y Considerando: que si bien esa suma excede de la presupuestada en más 109.- pesetas, es lo visto que no solo se halla justificada la necesidad de en mayor gasto sino que ha sido también autorizado, se acuerda aprobar dicha liquidación, y que se libren a favor del referido funcionario las 1.880.- pesetas indicadas con cargo a la partida de material extraordinario de Secretaría, sin perjuicio de que se complete la justificación en forma de los gastos consignados que aún carecen de este requisito. Se levantó la sesión. ------

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