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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1896-10-10_Ordinaria. Acta de sesión 1896/10/10_Ordinaria
Acta de sesión 1896/10/10_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.010/2.1896-10-10_Ordinaria
Título Acta de sesión 1896/10/10_Ordinaria
Data(s) 1896-10-10 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 240 Señores: Neira, Álvarez, Iglesias, Otero, Garrido, Pereira. 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 240 2. Visto el presupuesto carcelario del Partido Judicial de Cambados correspondiente al actual ejercicio económico y la solicitud que dirige al Sr. Gobernador, el vigilante con destino a escribiente de la cárcel pública de dicho partido D. Aureliano Cornes Lema, en súplica de que se le aumente su sueldo de 750 pts a 999; y Considerando: que votado por la Junta de Partido dicho presupuesto, no se observa extralimitación legal y por lo que hace a la pretensión del Cornes una vez fijado por el art. 3 del Real Decreto de 16 de marzo de 1891 que los vigilantes de 2ª clase puedan disfrutar el sueldo anual de las 999 pts, viene a reconocérsele el derecho a la petición que formula, y teniendo también en consideración que ese pequeño aumento, en poco grava a los pueblos del referido partido; acuerda esta Comisión informar al Sr. Gobernador que procede aprobar dicho presupuesto, accediendo también a la pretensión de D. Aureliano Cornes Lema, a quien se le acredite por lo tanto el sueldo de 999 pts anuales. ------ Folla: 240,241 3. Vista la reclamación de agravio producida por Perfecto Ortega, contra la cuota de 60 pts que se le impuso en el repartimiento vecinal del distrito de Sanxenxo para el actual ejercicio económico; y Visto que habiéndosele impuesto a dicho interesado en el ejercicio anterior la cuota de 12 pts en un reparto menor del actual en más de dos terceras partes, y no habiendo mejorado de fortuna el reclamante, no existe hoy razón para la imposición de la cuota excesiva de que se queja, la Comisión acuerda quede reducida esta a 36 pts, que es la que en justicia y proporcionalmente le corresponde. ------ Folla: 241 4. Vista la reclamación de agravio producida por el farmacéutico D. José Quinteiro Pazos, contra la cuota que en el repartimiento vecinal del corriente ejercicio, le impuso el Ayuntamiento y Junta repartidora de Sanxenxo. La Comisión, teniendo en cuenta la cuota que paga un compañero de profesión D. Jacobo Rey García, establecido hace algunos años, y que el interesado lo hizo últimamente, sin que tenga casa abierta, ni persona alguna de familia, toda vez vive formando parte de la de D. Manuel Couto Pazos; acuerda que la cuota de que se queja, quede reducida a 12 pts. ------ Folla: 241 5. Visto que según certificación del arquitecto municipal de Vigo, se han ejecutado obras de la Iglesia parroquial de Santiago de aquel pueblo, por valor de más del importe de la subvención de 2.000 pts que la Comisión concedió para proseguir dichas obras con fecha 13 de julio último, por lo que el sr. Abad de la referida parroquia, solicita el pago de aquella. Esta Comisión considera atendible la pretensión indicada, más como quiera que el remanente de crédito que existe para pago de la referida subvención, es muy inferior al importe de las que se hallan pendientes de pago de la referida subvención, es muy inferior al importe de las que se hallan pendientes de pago, acuerda se pase la solicitud del recurrente a la Ordenación de pagos a fin de que la tenga presente y la atienda, si otras atenciones más importantes no lo impiden. Se levantó la sesión. ------
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