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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1900-09-10_Extraordinaria. Acta de sesión 1900/09/10_Extraordinaria
Acta de sesión 1900/09/10_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.012/2.1900-09-10_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1900/09/10_Extraordinaria
Data(s) 1900-09-10 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 142 Señores: Martínez Vicepresidente, Fraga, Estévez, Garrido, Areal. 1. Convocados a sesión extraordinaria por el Sr. Gobernador los Sres. vocales designados al margen, se leyó el acta de la anterior y fue aprobada. ------ Folla: 142 2. Vista la relación de estancias causadas por los alineados pobres de esta provincia en el Manicomio de Conxo, durante el mes de julio último, importante 4.557 pesetas; se acuerda aprobarla y líbrese su importe con cargo a lo consignado en presupuesto a tal objeto. ------ Folla: 142 3. Examinadas las cuentas municipales del ayuntamiento de Ponte Sampaio, correspondientes al año económico de 1898-99, que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión; y Visto que se hallan arregladas a las prescripciones legales sin que durante el tiempo que estuvieron expuestas al público, se hubiese interpuesto reclamación alguna contra las mismas; se acuerda proponer al Sr. Gobernador, con devolución de las mencionadas cuentas, que procede la aprobación definitiva de las mismas. ------ Folla: 142,143 4. Vista la certificación expedida por dos licenciados en Medicina, visada por el subdelegado del ramo, en virtud de la cual se acredita que Emilio Estévez Álvarez, vecino de Baiona, padece enajenación mental. Visto que el alcalde informa de su pobreza y que el padre solicita su reclusión. Se acuerda pase de observación por cuenta de fondos provinciales, al Manicomio de Conxo, encargándose al Sr. Director de dicho establecimiento benéfico, que en el término prefijado por el Real Decreto de 19 de mayo de 1885, remita al Sr. Juez de 1ª Instancia de Vigo el correspondiente certificado informativo por si hay méritos para acordar su reclusión definitiva. Comuníquese al Sr. Gobernador para su conocimiento, el de la Ordenación de pagos, Dirección de dicho establecimiento y alcalde de Baiona, por si la familia del presunto demente se presta a conducirlo o espera venga a recogerlo un empleado de dicho establecimiento. Se levantó la sesión. ------
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