ATOPO
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Acta de sesión 1888/03/03_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/2.1888-03-03_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1888/03/03_Ordinaria

  • Data(s) 1888-03-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 67 (Lois vicepresidente, Guerra, Mucientes, Nine, Otero) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 67,68 2. El comisionista de obras de la casa editorial de Barcelona Montanez y Simón, Eduardo Berdeque ofrece en venta las obras "Historia natural del doctor A.E. Brechm" en 9 tomos, e "Historia de las Cruzadas" en 2 tomos por M. Michaend por los precios la 1ª de 200 pesetas y la 2ª de 125; y reconocida su importancia; se acuerda la adquisición de las mismas para la Biblioteca provincial obteniéndose a la vez un beneficio de un 10% de su importe quedando por lo tanto la 1ª reducida a 180 pesetas y la 2ª al 112,5 que hacen un total de 292,50 pesetas que se satisfarán concargo de la partida consignada en el presupuesto corriente para adquisición de obras para la Biblioteca provincial. Comuníquese al gobernador para un conocimiento el de la ordenación de pagos y bibliotecario a quien se le remitan las expresadas obras. ------ Folla: 68 3. Se dio cuenta de la comunicación trasladada por el gobernador de la Delegación de Hacienda, fecha 9 de febrero último, contestando al acuerdo de esta Comisión de 23 de septiembre último, manifestando que en aquellas oficinas no existen otros antecedentes respecto a cédulas personales del ejercicio de 1879-80, que los libros de cuentas corrientes, de los que resulta que el Ayuntamiento de A Cañiza se hallaba en descubierto de 408 cédulas personales cuyo importe de 216 pesetas satisfizo en 25 de septiembre de 1886, no pudiendo por lo tanto expedir la certificación que se le reclamaba; y considerando que dicha comunicación nada aclara respecto al incidente que surge entre el Ayuntamiento de A Cañiza y el ex-alcalde Antonio Alonso Dominguez sobre pago de 235,50 pesetas procedentes de cédulas personales de los ejercicios de 1879-80 y 1880-81 supuesto no acredita la remisión de las sobrantes a la Administración económica de que hacen mérito las comunicaciones que ha citado de 14 de marzo y 17 de mayo de 1880, toda vez no existen en dicha Delegación más antecedentes que los libros de cuentas corrientes, por lo que no pueda venirse en conocimiento de si se han recibido o no en dicha Administración; se acuerda manifestar al gobernador por vía de informe que el ayuntamiento de A Cañiza está en el deber de exigir de dicho Alonso Dominguez la cantidad que por él ha satisfecho a la Hacienda toda vez no justifica la entrega en la Administración económica de las cédulas sobrantes que ha dejado de expender notificándose antes al interesado la resolución que dicte SS por si le conviene recurrir a Tribunal competente contra la forma adoptada por el Ayuntamiento en satisfacer una cantidad de que en 1º término era responsable Antonio Alonso Dominguez, puesto que el recibió la cédulas origen del incidente en vista de lo que dispone la regla 1ª del art.º 49 de la instrucción de 27 de mayo de 1884. Se levantó la sesión. ------

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