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Acta de sesión 1884/12/16_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.004/2.1884-12-16_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1884/12/16_Ordinaria

  • Data(s) 1884-12-16 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 372 (Vicepresidente Losada. Taboada, Guerra, Sanchez) 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 372 2. Teniendo conocimiento esta Comisión de no haberse resuelto la propuesta que la misma había hecho por virtud de acuerdo de 24 de septiembre último para el nombramiento de profesor auxiliar de la escuela normal de maestras de esta provincia, vacante por fallecimiento del que la desempeñaba a excitación de comunicación de la directora de dicho establecimiento de fecha 11 del propio septiembre, reiterando otra de 15 de julio anterior fundándose en la necesidad de atender a su provisión a fin de que la enseñanza no se resintiesa por falta de dicho profesor. Visto que después del tiempo transcurrido la Dirección General de Instrucción Pública aún no se ha servido prestarle su superior aprobación. Visto las Reales Órdenes de 24 de febrero de 1858 y la de 14 de marzo de 1877 en su disposición 10ª. Considerando que la demora en la resolución por parte de la superioridad, produce naturalmente algún retraso en la enseñanza, tanto más sensible cuanto que en la actualidad hallándose vacante la plaza debe gravar su desempeño sobre alguna de las profesoras que tendrán necesidad de regentarla con mas las que tengan a su cargo. Considerando que con arreglo a la disposición décima de la RO citada el nombramiento de profesores auxiliares corresponde a la Dirección General de Instrucción Pública a propuesta de la Diputación Provincial. Considerando que fundado en la RO de 24 de febrero citado los profesores de otros establecimientos públicos análogos son los llamados a desempeñar las plazas de auxiliares de la Escuela Normal de Maestras. Se acuerda en virtud de las facultades que concede a esta Comisión el párrafo 3º del art. 98 de la Ley Provincial nombrar con el carácter de interino para desempeñar dicha plaza al profesor de la Escuela normal de maestros de esta provincia Victoriano Encinas y Reyes, sin perjuicio de lo que resuelva la Dirección General del ramo sobre la propuesta de que queda hecho mérito. Comuniquese al gobernador para su conocimiento el del rector de la Universidad de Santiago directora interesado y ordenación de pagos. ------ Folla: 372,373 3. Se dio cuenta de una certificación remitida por el ingeniero jefe de caminos provinciales en la que se acredita el importe de 2.758 pesetas 64 céntimos valor de las obras ejecutadas en los trozos 6º y 7º del camino provinciales de Vilapouca a Ponte Vea durante el mes de septiembre último. Visto lo informado por la Contaduría del que aparece se ha agotado por completo el crédito consignado para esta clase de obras. Considerando lo cercano de la época de la formación del presupuesto adicional . Considerando que no se siguen perjuicios por el aplazamiento en el pago de la certificación presentada, ni al contratista, por que es una de las condiciones pactadas, que si a los 2 meses de ejecutada una obra no se satisface sin importe tendría derecho al percibo de un 6% anual, ni a la provincia por que los intereses de la demora serán en todo caso insignificantes. Considerando que los créditos consignados para los respectivos servicios de la provincia no pueden distraerse de su objeto sin causa justificada de urgente necesidad lo que tendría que suceder, girando en suspenso por no constar existan sobrantes de otros capítulos, ni del presupuesto cuyo período de ampliación esta a terminar, habiéndose por la razón expresada diferido los pagos de otras atenciones. Considerando que el camino de que se trata dio margen a varias operaciones en la ejecución del presupuesto, de modo que, de autorizar otros nuevos parecería disfrutar del singular previlegio de absorver la mente de los encargados de la administración de la provincia en daño de los demás asuntos que les están encomendados, y produciría trastornos en la contabilidad. La Comisión acuerda se aplace el pago de la mencionada certificación para el día en que aprobado el presupuesto adicional haya consignado crédito suficiente para satisfacerlo. Se levantó la sesión. ------

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