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Acta de sesión 1881/07/02_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.003/2.1881-07-02_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1881/07/02_Ordinaria

  • Data(s) 1881-07-02 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 178 ( Romero vicepresidente, fraga, patiño). 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 178,180 2. Vista la solicitud elevada a SSI por los concejales del Ayuntamiento de O Porriño Don Juan Vicente Rodríguez Lorenzo, D. Vicente Iglesias Alonso, D. José González y González, D. Manuel Estévez Fernández, D. José Vila Abeleira, D. José González Lago, D. Manuel Domínguez Gil, D. Manuel Alonso Silva y D. Francisco Alfaro Correa y Vista el acta que acompaña a la indicada solicitud, autorizada por el notario d. José de Castro Míguez: Resultado: 1º: Que en el día de ayer 1 de julio el alcalde saliente D. Francisco Alfaro Correa recibió a los nuevos concejales y los instaló en sus cargos constituyendo el Ayuntamiento bajo la presidencia interina de d. Manuel Areal y Pereira, concejal que según se afirma, había obtenido mayor número de votos. 2º: Que acto seguido se procedió a la elección del que debía desempeñar las funciones de alcalde, a cuyo efecto fueron llamados uno a uno por su orden los concejales, que fueron entregando sus papeletas al presidente interino y depositándose por este en la urna. 3º: Que empezado el escrutinio, al colocar el presidente sobre la mesa la primera papeleta que leyó, el concejal d. Francisco Alfaro Correa quiso examinarla para lo cual pidió la venia a la presidencia, quien manifestó que no se lo permitía en aquel acto, prohibición que se vio obligado a respetar el Alfaro, aún que protestando de la infracción del artículo 55 de la ley municipal. 4º: Que dado cuenta del resultado del escrutinio, apareció haber obtenido 8 votos para alcalde d. Manuel Areal y Pereira y 6 d. Francisco Alfaro Correa y al proclamarse este resultado, el Correa suscitó discusión por no hallarse conforme con él, pidiendo que los concejales allí presentes manifestasen a quien habían emitido su voto; ante lo que el presidente interino le impuso silencio mandándole callar; y como insistiese el Alfaro Correa en sus observaciones, llamó aquel a los municipales y les ordenó verbalmente su arresto que se llevó a efecto dándose el Correa por arrestado y saliéndose del salón, en que la sesión tenía lugar con la fuerza municipal y 5º: Que después de procederse a la elección de los tenientes de Alcalde y síndico se extendió el acta y leída que fue por D. Juan Rey Rodríguez hijo del secretario, se negaron a autorizarla con sus firmas los 9 concejales anteriormente nombrados. Considerando que después de constituido el nuevo Ayuntamiento bajo la presidencia interna del concejal que hubiera obtenido mayor número de votos para proceder a la elección de alcalde, la votación tiene que hacerse por medio de papeletas que los concejales llamados por orden de votos irán depositando uno a uno en la urna destinada al efecto. Considerando que es indispensable que todos los concejales tienen derecho para examinar y reconocer en el acta las papeletas, derecho, cuyo ejercicio no está limitado a momento determinado, sino que pueden hacerlo de cada una de las papeletas o de todas ellas, cuando y en la forma que tengan por conveniente. Considerando que es por consiguiente indudable que el presidente interino ha coartado a D. Francisco Alfaro y correa un derecho legítimo, al impedirle examinar como considerase más oportuno las papeletas de votación, y que también se ha infringido lo que la ley dispone al no ser aquellas depositadas por los concejales, sino recogidas por el presidente que era quien las depositaba en la indicada urna. Considerando que al negarse a firmar el acta, 9 de los 14 concejales que intervinieron en aquel acto, los mismos que reclaman y protestan contra la validez de la elección afirmando que sus votos fueron a favor del expresado Sr. Alfaro Correa, se evidencia más y más que el presidente interino, no solo no ha procedido con la imparcialidad que debía a su puesto, sino que ha falseado la verdad de la elección en favor de su nombre. Considerando que corrobora mas la certeza de esto, la detención injustificada del concejal Sr. Alfaro Correa; y Considerando que aunque dentro del período electoral, no puede sin embargo permitirse continúe al frente de la administración municipal de un pueblo el que no ha sido legalmente elegido, no cabe además dejar de oírse, juzgarse y cumplirse las reclamaciones legítimas dadas contra la verdad de un acto electoral. Vistos los art. 53, 54 y 55 de la ley municipal vigente y los nº 2 y 3 del art. 176 de la ley electoral de diputados a Cortes de 28-12- de 1878. Esta Comisión se cree en él deber de informar a SSI el Sr. Gobernador que se está en el caso: 1º: Dejar sin efecto el nombramiento de alcalde de O Porriño que aparece hecho a favor de d. Manuel Areal Pereira. 2º: Que también deben declararse nulos todos los demás nombramientos que han tenido lugar en ese día por no haber presidido la elección la persona que estaba que estaba llamado a ello en virtud de la primera elección para alcalde. 3º: Que se está igualmente en el caso de nombrar un delegado de su autoridad, quien, convocando al Ayuntamiento, haga se proceda al nombramiento de alcalde, tenientes y síndico, y a lo demás que debiera haber tenido efecto el primero del corriente, sin tomar parte en la votación y solo velando por que la elección sea el reflejo de la voluntad de los concejales, y 4º: Que debe pasarse el tanto de culpa al Juzgado de 1ª Instancia para que proceda a la averiguación y corrección de los delitos de falsedad y detención arbitraria que resultan perpetrados por el presidente interino D. Manuel Areal Pereira. ------

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