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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1933-02-09_Ordinaria. Acta de sesión 1933/02/09_Ordinaria
Acta de sesión 1933/02/09_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.159/1.1933-02-09_Ordinaria
Título Acta de sesión 1933/02/09_Ordinaria
Data(s) 1933-02-09 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 15 1. Presidencia del Sr. García Temes, con asistencia de los Vocales Sres: Gil Santostegui, Rodríguez Seijo, Casasnovas Rodríguez, Rey Juncal, Martínez Orge, Maquieira Fernández y Villaverde Rey. Abierta la sesión a las dieciséis, de orden de la Presidencia, se dio lectura por el Secretario autorizando al acta de la anterior que fue aprobada. Y en uso de las atribuciones que le están conferidas, adoptó la Comisión Gestora los siguientes acuerdos. ------ Folla: 15 2. Cédulas. Resolviendo reclamación de D. Juan A. Nogueira, Tui. Vista la instancia de D. Juan Antonio Nogueira de Tui, contra su clasificación en el padrón de cédulas de 1932, se acuerda desestimar esta reclamación por tratarse de un defraudador de los intereses provinciales y por error de clasificación en el padrón debe anularse esta y clasificarlo de nuevo en la tarifa 3ª, clase 9ª comunicándolo al interesado y Gestor. ------ Folla: 15 3. Otra de D. Manuel Pereira, Tui. Estimar la reclamación de D. Manuel Pereira González, de Tui como beneficiario del régimen de subsidio de familia numerosa acordándose la anulación de la cédula de la tarifa 3ª, clase 14 con que figura en el padrón de 1932 y clasificarlo de nuevo en la tarifa 1ª, clase 16. ------ Folla: 15 4. Otra de D. José Barreiro y esposa de Vilagarcía. Estimar la de D. José Barreiro Meiro, Notario de Vilagarcía clasificando al reclamante en la tarifa 1ª, clase 8ª y a su esposa en la 3ª clase 13, anulando las con que figuran en el padrón de cédulas. ------ Folla: 15 5. Otra de Dª. Josefa Chan, Forcarei. Vista la de Dª. Josefa Chan Ortigueira Maestra en Forcarei se acuerda anular la cédula con que figura en el padrón de 1932 y clasificarla de nuevo en la tarifa 1ª, clase 16. ------ Folla: 15 6. Otra de D. Antonio Arenosa, Vigo. Y vista la de D. Antonio Arenosa Rodríguez obrero parado de Vigo contra la cédula que se le asigna en el padrón de 1932 se acuerda desestimarla por haber sido presentada fuero de plazo y sin timbre. Notifíquense en la forma reglamentaria por conducto de las Alcaldías. ------ Folla: 15 7. Aprobación de propuesta de Agentes de cédulas en los Ayuntamientos que se citan. Prestar aprobación a las siguientes propuestas del Gestor de los distritos de Caldas, Cambados y A Estrada dando de baja como Agentes a D. Jacinto Mosquera Trapote designados para los Ayuntamientos de Valga, Catoira y Pontecesures y nombrando en su sustitución para el de Catoira a D. José Carril y para los de Valga y Pontecesures a Don Antonio Davila Pérez. Dando de baja a D. Manuel Torres Villar con el de Cuntis. Nombrando para el de Caldas a D. Manuel Barreiro, dando de baja al mismo Sr. Torres Villar en el de Cerdedo y proponiendo a D. José Alonso Arena, por último designando Agente Auxiliar del de Vilagarcía a D. José Fernández. Prestar igual aprobación a la propuesta del citado Gestor de Cambados, designando como Auxiliar de Recaudación del Ayuntamiento de Sanxenxo a Don Sebastián Bernadal. Comuníquese estos acuerdos al Servicio de cédulas para que lo haga a los Gestores proponentes a los Agentes que cesan y los nuevamente designados, publicándose además en el Boletín Oficial para conocimiento de los respectivos Ayuntamientos y contribuyentes. ------ Folla: 15 8. Abono fluido eléctrico del mes de Diciembre. Declarar de abono a la Empresa Eléctrica Pontevedra Marín, S.A. las facturas importantes 98,34 y 33,45 pesetas respectivamente, por suministro de energía eléctrica facilitada a las dependencias de este Palacio y jardines del mismo, durante el mes de Diciembre próximo pasado, debiendo librarse dichas sumas en cuantía total de ciento treinta y una pesetas ochenta céntimos con cargo al capitulo articulo de la parte de gastos del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 15 9. Repoblación forestal. Aprobación de cuentas por locomoción, Diciembre; Jornales 2ª quincena, Enero; Apicultura 2ª quincena, Enero. Prestar aprobación a las tres cuentas justificadas que rinde el Sr. Ingeniero Jefe del Servicio de Repoblación foresta de esta Diputación correspondientes a la 2ª quincena de Diciembre de 1932, por gastos de locomoción y a la 2ª quincena de Enero por jornales de vivero y zonas y apicultura y cuyos trabajos vienen realizándose en virtud de lo dispuesto en el Decreto de 12 de Diciembre de 1926. Real Orden del Ministerio de Fomento de 10 de Abril de 1928 y acuerdos de la Comisión y Diputación provincial de 27 y 31 de Diciembre del citado año de 1926 detallándose a continuación los conceptos y cuantías de las mismas 1ª relación. Locomoción De la 2ª quincena de Diciembre Pesetas Cts Vivero. Locomoción de todo el mes de Diciembre ...................................................... 52 92 Zona 1ª id id id ....................................................... 86 80 Zonas 2ª, 6ª y 9ª id id ....................................................... 331 94 Total ............................................ 471 66 Importan estas cuentas, la cantidad de cuatrocientas setenta y una pesetas sesenta y seis céntimos. 2ª relación Jornales De la 2ª quincena de Enero Pesetas Cts 1. Vivero. Jornales ............................................................................................ 559 05 2. Zona 1ª. Capataces ....................................................................................... 160 " 3. Zona 1ª. Vigilantes de pastoreo ...................................................................... 128 " 4. Zona 1ª. Jornales en el perímetro 2º ............................................................... 64 " 5. Zona 2ª. Jornales en el perímetro 4º, sección 1ª .............................................. 52 " 6. Zona 2ª. Jornales en el perímetro 4º, sección 1ª ................................................ 367,65 7. Zona 6ª. Jornales de un capataz...................................................................... 160 " 8. Zonas 2ª y 9ª. Encargados del cultivo de viveros volantes .................................. 128 " 9. Zonas 2ª, 6ª y 9ª (encargados) Vigilantes de pastoreo ....................................... 640 " 10. Zona 3ª (Sta. Tecla) Jornales de vigilancia ........................................................... 112 " 11. Trabajos topográficos ........................................................................................ 70 " Total .......................... 2.440,70 Importan estas cuentas la cantidad de dos mil cuatrocientas cuarenta pesetas, setenta céntimos. 3ª relación Apicultura De la 2ª quincena de Enero Pesetas Cts Jornales de un apicultor ............................................................................................ 84 " Importa esta cuenta la cantidad de ochenta y cuatro pesetas. ------ Folla: 15,16 10. Moción del Diputado Sr. Maquieira, sobre la Biblioteca de la Diputación. Diose cuenta de moción suscrita por el Diputado Señor Maquieira y que copiada literalmente dice así: "Por acuerdo de la Comisión Gestora, ha sido jubilado el Jefe de Sección, Don Álvaro Berasategui, que además desempeñaba el cargo de Archivero-Bibliotecario de la Diputación". "En el acuerdo se indicaba que la jubilación se refiere a las funciones de Jefe de sección, pero continuará desempeñando las de Archivero-Bibliotecario". "El Sr. Berasategui en la actualidad tiene su residencia fuera de Pontevedra, usando de un perfecto derecho, por lo que aun haciendo frecuencia viajes a esta capital, no es posible pueda atender las funciones de la dependencia que oficialmente tiene a su cargo". "La intensa labor a desarrollar por la Diputación provincial y la gran cantidad de documentación procedente de la extinguida Comisión Mixta de Reclutamiento hacen potente la necesidad de colocar al frente del Archivo persona en la plenitud de sus facultades físicas para ordenar y catalogar la documentación, que es indispensable coleccionar". "Sobre este punto, los Sres. Diputados pueden apreciar la urgente e indispensable necesidad de proveer el cargo de Archivero de la Diputación provincial que regulen tal servicio, y más en el momento presente en el que se llegó a la implantación del Estatuto Regional, el Organismo que se cree tendrá necesidad de recibir con minucioso inventario los bienes procedentes de la Diputación Provincial y que constituya su patrimonio, función que se declarará afecta al Archivero cuando se provea el cargo en propiedad". "La Diputación provincial de Pontevedra, posee además del Palacio, en donde está instalada la Corporación el edificio del Museo provincial con objetos en el depositados, la Granja de Salcedo con sus correspondientes planos de los inmuebles y el inventario de los muebles para que la Corporación conozca en todo momento sus propiedades y derechos". "Por estas consideraciones el Vocal que suscribe propone a la Comisión Gestora que declare vacante el cargo y designe un ponente par que formule las condiciones en que debe proveerse la plaza de Archivero Bibliotecario; dotación de la misma y obligaciones además de las anejas al cargo". "Sin mermar en nada las facultades del Ponente, pudiera acordarse por la Comisión en el momento presente al aceptar esta moción, señalar de sueldo inicial al Archivero cuatro mil pesetas anuales, justificando esta premura para que la Ordenación de pagos disponga que por la Intervención se informe y proponga el medio de habilitar el crédito indispensable para el abono de dichos haberes". "Pontevedra 9 de Febrero de 1933. El Diputado - Vocal - J. Maquieira". La Comisión acuerda tomarla en consideración y que se formule expediente en averiguación de si existió Biblioteca de la Diputación provincial y en caso afirmativo a donde fue dicha Biblioteca. ------ Folla: 16 11. Estancias de los Asilos de Pontevedra y Tui en Enero, su abono. Declarar de abono a las Superioras de los Asilos de Hermanitas de los Ancianos desamparados de Pontevedra y Tui, las cuentas justificadas de estancias causadas durante el mes de Enero último por los ancianos acogidos en dichos establecimientos por cuenta y orden de esta Diputación, importantes 3.580,80 y 1171 pesetas respectivamente, debiendo librarse ambas sumas en cuantía total de cuatro mil setecientas cincuenta y una pesetas ochenta céntimos como propone la Intervención, con cargo al capítulo 4º del articulo 8º del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 16 12. Abono al Manicomio de Conjo estancias de dementes de Enero. Declarar de abono al Sr. Administrador del Manicomio de Conjo, la cuenta justificada de estancias de dementes causadas en aquel establecimiento durante el mes de Enero último reducidos por cuenta y orden de esta Diputación, importante veintidós mil ciento diez pesetas, debiendo librarse dicha suma como propone en sus informes la Intervención, con cargo al capitulo 8º, articulo 5º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 16 13. Abono de dietas a Vocales del Tribunal Contencioso en el 4º trimestre de 1932. Dada cuenta de la certificación de dietas por asistencias devengadas por los Vocales titulares del Tribunal provincial de lo Contencioso administrativo en las vistas y resoluciones de asuntos del mismo correspondientes al 4º trimestre de 1932, que comprende los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre que corresponden a los citados Vocales en las siguientes proporciones: D. José Feijoo Bermúdez, 20 asistencias - D. José del Río Roig otras 20 - D. Antonio Tapia Seoane, 18 y D. Olegario Bua Carou, 8. En total 66, que importan a razón de 25 pesetas cada una, mil seiscientas cincuenta pesetas. Vista la comunicación del Sr. Presidente del citado Tribunal en la que expone, contestando a la que le dirigió esta Comisión, trasladando el acuerdo de 19 de Enero último que no es procedente hacer la deducción de las 14 asistencias que se interesaban por no ser aplicable a este caso el articulo 11 del Decreto de 6 de marzo de 1924 en que hace relación a organismos en los que no pueden ser incluidos los Tribunales y el informe del Sr. Interventor de fondos provinciales y toda vez que la consignación presupuestada para esta atención es solo de 6.000 pesetas resultando una falta de 350 pesetas para satisfacer el total importe de estos devengos; se acuerda prestar aprobación a dicha cuneta, declarándola de abono y en su consecuencia se habilita el crédito extraordinario por valor de esta última partida que es necesaria para su completo, en el articulo 1º del capitulo 19 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente con anulación de igual cantidad en el capitulo 18 y parece estos antecedentes a dicha Intervención a fin de que practicadas que sean esas operaciones se abone a los referidos cuatro Vocales las cantidades a que tienen derecho en las cuantías que a cada uno les corresponde. ------ Folla: 16,17 14. Adjudicación definitiva a D. Antonio González Regueira de subasta del camino nº 111 y que constituya fianza. Adjudicada provisionalmente el día 24 de Enero último por la Mesa designada al efecto la subasta anunciada en el Boletín Oficial número 326 de 26 de Diciembre último, con un presupuesto de contrata de 61.546 pesetas 66 céntimos de las obras del camino vecinal número 111, de Redondela a Villar por Negros 1ª sección de Redondela a Negros, perfiles 1 al 177 del proyecto reformado en el Ayuntamiento de Redondela del 1º grupo del plan provincial al más beneficioso licitador D. Antonio González Regueira, vecino de Vilaboa, comprometiéndole a tomar a su cargo la ejecución de la obra por la cantidad de cincuenta y siete mil quinientas pesetas, con estricta sujeción al pliego de condiciones que la regula, según consta del acta de que dio fe el Notario D. Pedro Castiñeiras Teijeira; se acuerda elevar a definitiva la expresada subasta, por haber transcurrido con exceso el plazo de cinco días que previene el R.D. de 2 de Julio de 1924, sin haberse formulado reclamación alguna, ni contra la capacidad jurídica del rematante, ni contra la validez del contrato todo de conformidad con o que determina el apartado 4º del articulo 5º del Reglamento de contratación aprobado por dicha disposición, debiendo el contratista constituir previamente la fianza definitiva de 6.147 pesetas equivalente al 10% del presupuesto de contrata en el plazo de diez días a contar de la notificación de este acuerdo y otorgar seguidamente la correspondiente escritura de afianzamiento. ------ Folla: 17 15. Aprobación cuenta de fondos provinciales del 4º trimestre de 1932. Examinada la cuenta que a este efecto presenta la Depositaría de fondos provinciales de esta Diputación correspondiente al 4º trimestre del ejercicio del presupuesto del año 1932, comprensiva del saldo del trimestre anterior, operaciones realizada durante este trimestre y es total de las operaciones hasta el mismo, importantes respectivamente 1.698.392,01 - 519.941,32 y 2.218.333,33 pesetas; y toda vez que la Intervención certifica que está en un todo conforme con los asientos de los libros de la misma se acuerda prestarle su aprobación y devolver los tres ejemplares a aquella dependencia a los efectos procedentes. ------ Folla: 17 16. Incautándose la Diputación del ramal de "Belesar". Dada cuenta de la comunicación del Ingeniero Jefe de Obras públicas de la provincia informando sobre el expediente instruido por la Diputación provincial para incluir en el plan general de caminos vecinales el ramal construido en el Ayuntamiento de Baiona, partiendo del kilómetro número 1-400 del camino vecinal número 11 de Belesar al kilómetro 54 de la carretera de Pontevedra a Campo Sancos, por el barrio de Urgal y fundado en las consideraciones que expone, termina proponiendo que puede accederse a lo solicitado incluyendo en el plan provincial el camino indicado, incautándose del mismo la Diputación provincial libre de toda carga y encargándose de su conservación y reparación; la Comisión Gestora acuerda de conformidad con la propuesta incluir en el plan general de caminos vecinales el conocido con la denominación de "Belesar" incautándose de él, libre de toda carga y corriendo a cargo de esta diputación la conservación y reparaciones, comunicando este acuerdo a la Jefatura de Obras Públicas, a la de Obras y Vías y al Ayuntamiento de Baiona para conocimiento de los interesados. ------ Folla: 17 17. Denegando suscripción que interesa el Alcalde de Medina Sidonia. Dada cuenta de circular firmada por el Alcalde de Medina Sidonia, interesando de esta Diputación contribuya a la suscripción en favor de las víctimas de los sucesos de Casas Viejas, la Comisión acuerda con sentimiento participarle que el estado económico de la Diputación no permite contribuir a esta con cantidad alguna para fin tan humanitario. ------ Folla: 17 18. Admitiendo el ingreso de 1.000 ptas para ayuda del sostenimiento de la demente Dolores Manamá. Dada cuenta de instancia formulada por D. Antonio Ballesteros Lorenzo, vecino de Teis, en el Ayuntamiento de Lavadores, en súplica de que se le admita el remanente de la cantidad con que cuenta el Consejo de familia de la incapacitada Dolores Manamá Pérez, que está recluida en el Manicomio de Conjo pro cuenta de fondos provinciales, y que según consta en la certificación que une dicha cifra, alcanza la suma de mil pesetas liquidadas; la Comisión Gestora acuerda admitir las mil pesetas indicadas, que deberán ingresar en la Caja de esta Diputación como ayuda del sostenimiento de la dicha demente en el citado manicomio, firmando y entregando la correspondiente carta de pago de la cantidad que se reciba. ------ Folla: 17 19. Ingreso en el asilo de Tui de Germana Piña. Examinado el expediente para ingreso en el Asilo de ancianos desamparados tramitado en el Ayuntamiento de Crecente a favor de la anciana Germana Piña Araújo, de 60 años, soltera, natural y vecina de Quintela en aquel Ayuntamiento, pobre y abandonada, y certificándose que no padece enfermedad contagiosa; la Comisión acuerda decretar su ingreso por cuneta de fondos provinciales en el Asilo de Tui. ------ Folla: 17 20. Diferencia entre la Diputación y el Ayuntamiento con relación al Gran Hospital. Vista la comunicación del Alcalde accidental de Pontevedra, interesando que a la mayor brevedad se resuelva definitivamente las diferencias entre la Diputación y el Ayuntamiento de esta capital en relación con el Gran Hospital de Pontevedra; la Comisión acuerda ratificar la designación de los Vocales de esta Comisión Gestora Sres. Villaverde Rey Casasnovas Rodríguez, aumentando dicha representación con el Vocal Sr. Maquieira Fernández. Como elemento de juicio para que la representación de las Corporaciones, estudien lo referente a este asunto, se acuerda que por el Arquitecto provincial se haga una peritación del edifico en la forma que se encontraban en 1928 y rogar al Sr. Alcalde, que si lo juzga conveniente encargue al Arquitecto Municipal de igual servicio y una vez realizado, se convoque la representación de ambas Corporaciones para el estudio de los antecedentes y propuesta que considere adecuada. ------ Folla: 17 21. Telegramas sobre suspensión de apremio a socios del Sindicato sobre el Matadero de O Porriño. La Presidencia da cuenta de los telegramas cursados con fecha 6 del corriente a los Excmos. Sres. Presidente del Consejo de Ministros y Ministros de Agricultura, Hacienda y Gobernación que dicen así: "Dispuesto Ministro Agricultora, continúen expedientes apremios socios sindicatos garantizaron préstamo otorgado Caja Crédito Agrícola a matadero Rural Porriño, ruego V.E. interesa queda en suspenso ejecución daños causarían economía regional además de perjuicios que social y políticamente producirá al propio régimen" Comisión Gestora Diputación ruega V.E. suspendase telegráficamente embargo. También fueron cursados telegramas en igual sentido a Diputados por la provincia. La Comisión Gestora acuerda ratificar las disposiciones de la Presidencia y facilitar nota a la prensa de la situación actual de las gestiones. ------ Folla: 18 22. Ingreso en la Inclusa de los niños Justo y Perfecto Abalo. Visto el expediente instruido en el Ayuntamiento de Vilagarcía para ingreso en la Inclusa de los niños Justo y Perfecto Abalo Amigo, que carecen de ascendientes y familiares que soliciten su ingreso por cuya razón las actuaciones se han hecho de oficio y justificado su abandono y pobreza; la Comisión acuerda decretar el ingreso de los referidos niños en la Inclusa provincial por cuenta de fondos de esta Diputación. ------ Folla: 18 23. A informe de Obras y Vías, instancia sobre el ensanche del camino de Cuntis a Cequeril. Tratado nuevamente el asunto relacionado con la instancia suscrita por los vecinos de Cuntis y dirigida a aquel Ayuntamiento, sobre ensanche del camino de Cuntis a Cequeril, que está en construcción, la Comisión acuerda pasen todos los documentos relacionados con este asunto a la sección de Obras y Vías provinciales para que informe y proponga lo procedente. Se levantó la sesión. ------
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