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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1936-10-21_Ordinaria. Acta de sesión 1936/10/21_Ordinaria
Acta de sesión 1936/10/21_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.162/1.1936-10-21_Ordinaria
Título Acta de sesión 1936/10/21_Ordinaria
Data(s) 1936-10-21 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 62 1. La Presidencia en uso de las facultades que le han sido conferidas por el Excmo. Señor Gobernador Civil, en oficio de fecha 23 de julio transcripto en el libro de actas del pleno, para gestión y despacho de los asuntos propios de la Corporación provincial, acordó adoptar en el día de hoy ante el Secretario autorizante las resoluciones siguientes. ------ Folla: 62 2. A propuesta del Servicio de cédulas, la Presidencia acordó prorrogar el período voluntario para pago de cédulas personales de 1936. A propuesta de la Jefatura del Servicio de cédulas la Presidencia adoptó la resolución que sigue: "Las generosas aportaciones que para las necesidades de la defensa nacional han hecho con muy diversos motivos y en ocasiones repetidas así en metálico como en provisiones de viveres y ropas para los defensores de España los habitantes de esta provincia; la paralización que en nuestra economía agrícola y campesina producen las operaciones de esta reconquista por falta de exportaciones de los productos del campo y del mar junto con la crisis mercantil que hacen sentir las circunstancias anormales que pasamos como la escasa potencialidad económica de los contribuyentes que precisan atender las exigencias de la vida familiar y de sus deberes para con la Patria; han movido esta Presidencia por comprensión clara de tales necesidades y por el convencimiento que tienen de la buena fe demostrada en los primeros días de cobranza de cédulas respecto del pago de aquel impuesto, a la adopción de la resolución ampliatoria que sigue y que espera ver correspondida por los contribuyentes con igual considerada atención provistándose de sus cédulas en el plazo que de modo improrrogable se señala. Queda por tanto en virtud de este acuerdo presidencial prorrogado el período voluntario para el pago de cédulas personales de 1936 sin recargo alguno hasta el ocho de noviembre próximo y se advierte que pasada dicha fecha y sin ninguna otra ampliación ni concesión, se procederá a su cobranza por la vía ejecutiva de apremio y con el recargo del cien por cien según determina la instrucción de cuatro de noviembre de 1925. Espera esta Presidencia de los contribuyentes como hayan adquirido sus cédulas lo hagan dentro del término ampliatorio fijado respondiendo a la consideración que se les muestra con esta prórroga para el pago", y publíquese en el Boletín Oficial para general conocimiento. ------ Folla: 62,63 3. Aprobando cuentas 1ª quincena Septiembre y 1ª Octubre que produce el Servicio de Repoblación. Prestar aprobación y declarar de abono a las cuentas de la 1ª quincena de Septiembre que produce el Servicio de Repoblación por jornales y gastos de adquisición de dinamita que importan mil ciento cincuenta y nueve pesetas con diez céntimos y la correspondiente a la primera quincena de octubre por jornales de la 1ª zona a la que también corresponde la cuenta anterior que importa ochocientas cuarenta y siete pesetas con noventa y cinco céntimos, debiendo satisfacerse el total importe que es de dos mil siete pesetas con cinco céntimos con cargo a la subvención para obras de dicha zona correspondiente a proyectos aprobados por la Junta de Consorcio y Comisión Gestora y por cuenta del Capitulo Articulo de la parte de gastos del presupuesto. Y para que conste extiendo la presente que firmo en unión del Señor Presidente en Pontevedra a veintiuno de octubre de mil novecientos treinta y seis, de todo lo que como Secretario doy fe. ------
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