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Acta de sesión 1836/02/18_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/1.1836-02-18_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1836/02/18_Ordinaria

  • Data(s) 1836-02-18 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 3 1. El Sr. Gobernador Civil dio cuenta y se leyó un oficio de el Sr. D. Antonio Pérez Rodríguez, Diputado por el partido de Lalín, de fecha 14 del actual manifestando a la Diputación las imposibilidades de poder desempeñar su encargo en su edad de setenta años y enfermedad habitual, que esta pronto a justificar. La Diputación acordó que sin embargo es merecer todo crédito cuanto explicaciones del Sr. Pérez Rodríguez, necesitan para las formalidades del expediente y declaración que solicita, documentarla con certificado de facultativo, se le ofreció para que así se sirvan hacerlo dando cuenta para la determinación correspondiente, verificado que sea. ------ Folla: 3,4 2. El Secretario hizo presente a la Diputación que estando próxima a concluirse la admisión de los pocos quintos que faltan al contingente de esta provincia, todos los que ofrecieron redimir sus suerte por 4.000 reales no habían entregado las cantidades anteriores, en atención a que la extinguida Comisión de Armamento se había opuesto a que lo hiciesen en A Coruña como lo había prevenido la Comisión de Guerra existente en esta Capital, el Sr. Ordenador de Ejército de este Reino, mas que en virtud de las reclamaciones que sobre los perjuicios que se iban a originar con esta medida que todo elevó dicha comisión al Excmo. Sr. Capitán General, a SM la Reina Gobernadora, Sres. Directores del Banco de San Fernando y Sr. Ordenador de Ejercito, había dispuesto éste recaudase dichas sumas el Comisario de Guerra de esta provincia, existente en esta ciudad, en vista de lo que la Excma. Diputación acordó se oficiase a los presidentes de los Ayuntamientos de la Provincia para que los quintos que han ofrecido redimir su suerte por 4.000 reales en sus respectivos distritos concurran a hacer la entrega los días que se dejarán en blanco y dispondrá en otra sesión señalar a cada uno de aquellos, la Diputación a quien se presentarán. ------ Folla: 4 3. Lectura por el Secretario de la exposición de D. Joaquín Rey Basadre, presentada al Sr. Gobernador Civil para que la Excma. Diputación se digne a elevarla a S.M. de quien solicita se le admita como Diputado por el partido judicial de Caldas, cuyo nombramiento se exceptuó por ejercer con Real título la Promotoría Fiscal de dicho Partido, y con vista de cuanto expone y ofensas dirigidas a la Diputación, acordó esta pase a la Comisión de Revisión de Credenciales y Actas de elecciones de Diputación compuesta de los Sres. Vega, Maceyra y Fontano, dando cuenta de cuanto expongan en la sesión más próxima que sea posible, para determinar en la misma lo que convenga. ------ Folla: 4 4. El Sr. Fontano manifestó que la Diputación debía noticiar a la provincia su instalación por medio de una alocución que manifiesta el objeto de su creación y los principios que la dirigen para corresponder a la confianza de los partidos que representa, presentando minuta de la que ha redactado, que ofrece a la consideración de la Diputación y hallándola conforme, acordó se imprima y se dirija por suplemento al Boletín Oficial de la Provincia BOP. ------ Folla: 4,5 5. Por la Excma. Diputación fue desaprobado el nombramiento de D. Joaquín Rey Basadre para Diputado por el partido de Caldas de Reis, careciendo de actitud legal, como Promotor Fiscal del mismo partido, y hallarse en igual circunstancia por el mismo destino D. José María Pesqueyra, suplente de Diputado por el Partido de Ponteareas, acordó la Diputación que el Sr. Gobernador civil, para que los Presidentes de los Ayuntamientos de Caldas de Reis y Ponteareas convoquen la Junta electoral, a quienes les hagan saber que la Excma. Diputación anuló las elecciones del Diputado de aquellas, suplente de esta por no tener las circunstancias legales señaladas en el Real Decreto del 21 de septiembre del año último, y en su consecuencia que procedan a nueva elección cada una por la nulidad de los primeros nombrados. ------ Folla: 5 6. Lectura de Real Orden del 27 del mes anterior, en la que se manda por SM que con acuerdo de la Diputación se informe sobre al integridad y pureza del Juez de 1ª Instancia de Vigo D. Antonio Arteaga y si es cierto que la Guardia Nacional quiso asesinarle por estafador, la Diputación acordó que por reservado se oficie a los Ayuntamientos de aquel partido para que digan cuanto sepan y les conste acerca de este funcionario. Con este motivo la Excma. Diputación en una de las facultades que le concede el art. 26 disposición 6ª de la Ley de 21 de septiembre, también acordó que con nota de reservado se expida circular a los Ayuntamientos de todos los partidos judiciales de que se compone la provincia, a fin de averiguar la integridad, pureza y sentimientos de los respectivos jueces de 1ª Instancia, así como de los de otros partidos inmediatos de quienes tengan noticias por casos positivos, haciéndoles extensivo igualmente a los demás dependientes para la administración de justicia. ------ Folla: 5 7. En cuanto a la falta de conclusión de la admisión de los quintos acordó esta Diputación nombrar una Comisión denominada de Armamento y Defensa, que formarán los Sres. Caballero, Fontano y Maceira como de secretario, dando cuentas de sus determinaciones reducidas solo a la conclusión de la quinta extraordinaria a la Diputación para la aprobación. ------ Folla: 5 8. Nombramiento para el arreglo de oficina y dotación de sus empleados a los Sres. Vega, Sarabia y Rubín, así como para el reglamento anterior de la Diputación. ------ Folla: 5,6 9. Hallándose el Convento de San Francisco de esta ciudad ocupado para cuartel de los quintos, siendo impropio que en este mismo edificio se reúna la Diputación para sus sesiones, que careciendo de otro local, usa de la sala en que la Comisión de Armamento tenía las suyas, acordó la Diputación que los Sres. Sarabia y Duque y Patiño proporcionen locales como sala suficientes y habitaciones para oficina provisionando a esta de lo necesario así como a aquella del adorno correspondiente, con lo que el Sr. Gobernador civil manifestó quedaba cerrada la sesión de hoy, que firma solamente con el Secretario (Lorenzo Besada), según previene el art. 20 del Real Decreto citado del 21 de septiembre del año pasado [1835]. ------

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