Fondos
1871-02-17_Constitutiva. Acta de sesión 1871/02/17_Constitutiva
Acta de sesión 1871/02/17_Constitutiva
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.001/3.1871-02-17_Constitutiva
Título Acta de sesión 1871/02/17_Constitutiva
Data(s) 1871-02-17 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 16 Sesión inaugural 1. En el salón de sesiones de la Excma. Diputación provincial de Pontevedra a 17/02/1871, reunidos bajo la presidencia del Sr. Fausto Garagarza gobernador de la provincia, los Sr. Barceló, Casares, Valenzuela, Bárcena, Buet, Tapias, Vidal, Nogueira, Barbeito, Anciles, Sabino González Besada, Benito González Besada, Limeses, Landa, García, Matos, Colmeiro, Lomba, Quiroga, Rubio, Portela, Patiño, Cobián, Goday, Sierra, Francisco Martínez González, José Benito Martínez González, Gándara, Alonso, Lariote, Moure, Ramón Araujo, Novoa, Piñeiro, Juan Araujo, Sito, Ramón Vidal, Goyanes, Sanmartín, Vales, Taboada, Pereira, Doval y Camiña y después de haber pronunciado SS un sentido y elocuente discurso, se ha constituido interinamente la Corporación bajo la presidencia del Sr. Castro Barceló como vocal de mas edad acompañado de los Sr. Casares y Valenzuela que como vocales mas jóvenes ejercen funciones de secretarios. Acto continuo se procedió a elegir tres vocales para la Comisión general de actas, y otros tres para la 1ª los Sr. Buet, Pereira y Alonso para la 2ª comisión los Sr. Taboada, García y Sierra. ------ Folla: 16 2. Seguidamente y después de haberse suspendido la sesión por un corto espacio de tiempo, la 2ª Comisión presentó dictamen acerca del acta de elección de los Sr. de la 1ª, y habiendo opinado por la aprobación de ellas, en razón de que tanto el acta del Sr. Buet como la de los Sr. Pereira y Alonso no habían sido presentadas ni contenían vicio alguno que pudiese invalidarlas, la Diputación de conformidad con la Comisión la aprobó. ------ Folla: 16 3. Se acordó que por ahora y sin perjuicio de tener dos sesiones diarias a lo sucesivo, si la Diputación lo conceptuase necesario, que se celebre una que principiará a las siete de la noche. ------
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