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Acta de sesión 1886/04/08_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.005/2.1886-04-08_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1886/04/08_Ordinaria

  • Data(s) 1886-04-08 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 6 (Cobián presidente, Besada, Sanchez, Rodriguez Cadabal, Gomez Parcero, Prada, Taboada, Fraga, Sequeiros, Losada, Neira, Guerra, Lois, García Temes, Nine, Perez de Castro) 1. Abierta la sesión a las 12 de la mañana se leyó el acta de la última celebrada y se aprobó. Evaristo Perez de Castro, ha tomado en este acto posesión de su cargo de diputado provincial. ------ Folla: 6 2. Leído el dictamen de la Comisión de Fomento que propone la aprobación de los acuerdos tomados por la Comisión Provincial desde 1 de noviembre de 1885 a 31 de marzo [1886] último en lo relativo a este ramo; la Diputación aprobó el mencionado dictamen y en su consecuencia los acuerdos a que se refiere el extracto. ------ Folla: 6,7 3. Igualmente fue aprobado el dictamen de la Comisión de Hacienda relativo a la impresión del BOP y listas electorales en el año económico venidero sirviendo de tipo para la subasta respecto al BOP 4.962 ptas 50 céntimos por cada pliego de las listas. El dictamen es como sigue: "A la Diputación provincial: Formado con estricta sujección a lo prevenido en la Real Orden de 4 de enero de 1883 el pliego de condiciones para la publicación del BOP e impresión de listas electorales que la contaduría somete a la Diputación Provincial, siendo exactamente igual al anterior, esta Comisión es de dictamen puede aprobarse sirviendo de tipo para la subasta la cantidad de 4.962 ptas para el BOP y 50 ptas cada pliego de impresión de listas electorales, en que se halla contratado este servicio en el año económico actual. Palacio de sesiones 7 de abril de 1886, Ramón G. Parcero, Losada.· ------ Folla: 7 4. Fue también aprobadao el dictamen de la misma Comisión [Hacienda] relativo a la subasta del servicio de bagajes en dicho año económico cuyo dictamen dice: "A la Diputación provincial: Ajustado al pliego de condiciones para el suministro de bagajes a los que regieron en los años anteriores y habiendo demostrado la experiencia la inutilidad de la rebaja en el tipo para la subasta del en que está contratado este servicio, la Comisión propone se apruebe el formado por la contaduría y se anuncie por la cantidad de 9.900 ptas en que se adjudicó el actual. Palacio de sesiones 7 de abril de 1886, Ramón G. Parcero, Losada." ------ Folla: 7 5. También se aprobó otro dictamen de la misma Comisión de Hacienda que propone se conceda como socorro 100 pesetas a cada una de las familias de los náufragos Manuel Otero Montenegro y Manuel Bea Galiñanes, de O Grove. ------ Folla: 7 6. Leído el dictamen de dicha Comisión de Hacienda proponiendo se desestime la solicitud de Sor Pilar de San Juan de la Cruz, superiora de las Hermanitas de los Ancianos Pobres y Desvalidos de [Pontevedra] esta ciudad en que pedía se le adquiriese una casa para cobijarlos [asilo], la Diputación aprobó dicho dictamen. ------ Folla: 7 7. Se aprobó también el dictamen de la Comisión de Beneficencia que propone la aprobación de los acuerdos tomados por la Comisión Provincial desde 1 de noviembre [1885] a 31 de marzo último [1886] que refiere el extracto que al mismo acompaña. ------ Folla: 7,8 8. Vista una solicitud de Augusto Losada, médico de la cárcel de este partido [Pontevedra] solicitando una gratificación por la asistencia que presta a los presos a disposición de la Audiencia de lo Criminal y el dictamen favorable que respecto a la misma emitió la Comisión de Hacienda fue aprobado. El dictamen es como sigue: "A la Diputación: La Comisión de Hacienda se ha enterado de la instancia promovida por Augusto Losada Vázquez, vecino de esta capital y médico encargado de prestar asistencia facultativa a los presos de la cárcel del partido, en solicitud de que se le conceda una gratificación en compensación del mayor servicio que tiene que prestar con motivo de la creación de la cárcel de Audiencia. Es incuestinable que el aumento de presos ha de imponer aumento de trabajo al solicitante, y que a los fondos provinciales corresponde recompensarle como lo dispone el Real Decreto de 11 de marzo último que creó dicha cárcel de Audiencia. La Comisión reconoce que la exigencia está bien justificada y en su consecuencia, se cree en el caso de proponer a la Diputación que se conceda al reclamante la gratificación anual de 750 ptas en justa compensación de la asistencia facultativa que preste a los presos de la cárcel de Audiencia. VE, no obstante, se servirá resolver lo que crea más justo. Palacio de sesiones 7 de abril de 1886. Rafael G. Besada, Antonio López de Neira." ------ Folla: 8 9. Se aprobó el dictamen de la Comisión de Hacienda que propone se desestime una solicitud de Ignacio Gil, de Marín, solicitando en ella alguna cantidad por haberle naufragado sus 2 hijos Ignacio y Juan en atención a que es de suponer fue ya socorrido anteriormente. ------ Folla: 8,9 10. Dado cuenta del dictamen de la Comisión de Cuentas que propone la aprobación de las de caudales, de presupuesto y de propiedades correspondientes al ejercicio económico de 1883-84 rendidas la 1ª por el depositario provincial y las 2 últimas por la Ordenación de pagos, la Diputación presta a las mismas su favorable censura, por hallarlas legalmente formadas y comprobadas y que se remitan al Tribunal de Cuentas para su examen y aprobación. ------ Folla: 9 11. Vista una solicitud del secretario de la Junta de Instrucción Pública en súplica de que se restablezca la partida de 1.000 ptas para gastos de material en la oficina de su cargo, y el dictamen favorable que respecto a la misma emite la Comisión de Presupuestos, la Diputación acordó estimarla y que la consignación por tal concepto sea de las 1.000 pesetas. ------ Folla: 9 12. Se desestimó una pretensión de Ramona Valenzuela por la que solicitaba se le transfiriese la pensión que venía percibiendo su hermana Consuelo [por Antonio Valenzuela Ozores, profesor del Instituto], de conformidad con el dictamen de la Comisión de Hacienda. ------ Folla: 9,10 13. Se concedieron 250 ptas de gratificación anual al director de la cárcel de este partido [Pontevedra] con motivo del mayor trabajo y responsabilidad que tenía por los presos a disposición de la Audiencia de lo Criminal, de conformidad con el dictamen emitido por la Comisión de Hacienda que es como sigue: "A la Diputación: La Comisión de Hacienda se ha enterado de la instancia promovida por Manuel Rodriguez Iborra, director de la cárcel de Pontevedra, en solicitud de que se le conceda una gratificación sobre el sueldo de 1.000 ptas que disfruta, fundándose en que la concurrencia de presos procedentes de los 10 partidos judiciales de la provincia, con motivo de la creación de las audiencias de lo criminal, no solo aumenta su trabajo sino también su responsabilidad. El Real Decreto de 11 de marzo próximo pasado, dispone que las diputaciones provinciales sufraguen los gastos que se originen en las cárceles de Audiencia, y forme su presupuesto con vista del cálculo que debe remitir el presidente de la Audiencia de los penados que durante el año pueden ingresar en ella. Basta la publicación de esta superior resolución, para comprender que el director de la cárcel de esta capital, no está en las mismas condiciones que tenía antes de que existiesen las audiencias de lo criminal, por que es evidente que ellas han de acrecentar su trabajo y su responsabilidad. La Comisión entiende que la reclamación de la gratificación que se pretende, está bien justificada; y entre que el cálculo facilitado por el presidente de la Audiencia no grava el presupuesto provincial más que en la cantidad de 825 ptas, por que lo fija en 9.825 y ya venian figurando para esta atención 9.000 en años anteriores, se cree en el deber de proponer que se le conceda al recurrente una gratificaión de 250 pesetas anuales. La Diputación, no obstante, se servirá resolver lo que considere más oportuno. Palacio de sesiones 7 de abril de 1886. Antonio López de Neira, Rafael G. Besada.E ------ Folla: 10,11 14. Leída el dictamen de la Comisión de Beneficencia relativo al manicomio de Conxo se aprobó dicho dictamen que dice: "A la Diputación: La Comisión de Beneficencia se ha enterado de la proposición hecha por la CP de la Diputación al director del manicomio de Conxo para preparar los medios de recluir en él a los dementes pobres de la provincia, y de la contestación dada por dicho director, y entre una y otros hay la diferencia de 50 céntimos de ptas que se piden sobre lo ofrecido, por cada una de las estancias que devengue el alienado, y la circunstancia de que tiene que ser la provincia quien se cuide de la conducción de los enfermos hasta entregarlos en Conxo, por que aún no tiene el manicomio personal apropósito para este servicio. Grande es la diferencia que existe entre lo que se pagaba en San Baudilio por estancia, y lo que pretende Conxo que se le acredite por igual concepto, pero el director ofrece rebajar la cuota de dichas estancias tan pronto como lo permite la situación económica del establecimiento que tiene a su cargo por que hoy por hoy es imposible hacerlo por el reducido número de los asilados, a quienes no puede sostenérseles por menos de 2 ptas diarias, no solo por lo que consumen, sino por lo que destruyen. Confiada en este ofrecimiento, cree la Comisión que debiera declararse manicomio oficial de la provincia, el de Conxo y abandonar el de San Baudilio, tan pronto como desaparezcan los dementes que hoy sostiene allí la provincia, no solo por la mayor comodidad que este cambio proporciona, sino por que ha de redundar en beneficio de los intereses de la Región Gallega. Cree, pues, la Comisión que podría autorizarse a la Comisión permanente para que celebre un contrato con el director del manicomio de Conxo, bajo las bases consignadas en su memoria, con la modificación que el último pretende de que se paguen 2 ptas por estancia en lugar de una, 50 que se le ha ofrecido, a reserva de que sea esta última cantidad la que se pague tan pronto como el estado del establecimiento lo permita. VE, no obstante, acordará como siempre lo que juzgue más oportuno. Palacio de sesiones 7 de abril de 1886, Sanchez, Taboada, Baltasar Fernandez Prada." ------ Folla: 11,12 15. Se desestimó la pretensión de María Rodriguez, Antonia Freire y Manuela Meira, vecinas de Bueu, en que solicitaban se les socorriese con alguna cantidad por la pérdida de su marido, hijo e hija respectivamente, en un naufragio, de conformidad con el dictamen de la Comisión de Hacienda que indica, se les socorrió ya en el año último. ------ Folla: 12 17. Dado cuenta del dictamen presentado por la Comisión Provincial en que propone la reparación de la casa edificio Audiencia de lo Criminal y del mobiliario de la misma en virtud de excitación del presidente de dicho Tribunal, fue aprobado dicho dictamen y que en su consecuencia se consiguen en el presupuesto provincial 783 ptas para el objeto indicado. ------ Folla: 12 18. Igualmente se aprobó el dictamen de la Comisión de Presupuestos que propone la aprobación de los acuerdos tomados por la Comisión Provincial desde 1 de noviembre 1885 a 31 de marzo 1886 últimos en virtud de las facultades que le concede el párrafo 3º art. 98 de la Ley Provincial quedando en su consecuencia aprobado. ------ Folla: 12,19 19. Se dio cuenta del dictamen emitido por la Comisión de Presupuestos en que propone la rebaja y supresión de algunas partidas de las consignadas en el proyecto del que ha de regir en el año económico de 1886-87 y a la vez del voto particular que los individuos de dicha Comisión Fraga y Sequeiros han consignado a continuación del mismo. Fraga, como uno de los actores de dicho voto, usó de la palabra apoyando en todas sus partes los fundamentos en el mismo expuestos y pidiendo a la Diputación que con modificaciónes que hacía, podía aprobarse el dictamen. Parcero sin combatir abiertamente el voto particular dijo que el estao aflictivo de los fondos provinciales y la imposibilidad que había de gravar a los pueblos con mayores impuestos reconocía la necesidad de que el dictamen emitido por la mayoría de la Comisión fuese aprobado. Salió del salón Parcero. Puesto a votación nominal el voto particular por si se tomaba en consideración resultó desechado por 11 votos contra 4 en la siguiente forma: Señores que dijeron SI Señores que dijeron NO Fraga Taboada Sequeiros Nine Guerra Gomez Parcero García Temes Lopez Neira Losada Perez de Castro Sanchez Rodriguez Cadabal Lois Gonzalez Besada Presidente García Temes llamó la atención de la mesa sobre si el proyecto de presupuesto debiera discutirse y aprobarse por capítulos y no en conjunto, y habiendo terciado respecto a esto una ligera discusión, se propuso por el presidente a la Diputación se sirviese tomar acuerdo respecto a ello y hecha la pregunta de si se votaba en conjunto en votación nominal resultó lo siguiente: Señores que dijeron SI Señores que dijeron NO Taboada Sequeiros Parcero Fraga Lopez Neira Nine Losada Guerra Lois García Temes Perez de Castro Sanchez Rodriguez Cadabal Besada Presidente. Quedó por lo tanto acordado por 10 votos contra 5 que se votase en conjunto. Al querer ponerse a votación el dictmaen pidió la palabra García Temes protestando contra algunas de las reformas que ha indicado. Fraga pidió a la mesa que se leyesen los art. 17 y 35 del Reglamento por que se rige la Corporación verificándolo el secretario Rodriguez Cadabal. Fraga pidió el cumplimiento del art. 35 mencinado. En este estado salió del salón García Temes. Rodriguez Cadabal expuso no ser de aplicación el art. 35 citado. Y al querer ponerse a votación el dictamen Fraga protestó por la infracción del referido art. 35. Puesto a votación nominal el dictamen ha sido aprobado por 11 votos contra 3 en la forma siguiente: Señores que dijeron SI Señores que dijeron NO Taboada Fraga Nine Sequeiros Gomez Parcero Guerra Lopez de Neira Losada Lois Perez de Castro Sanchez Rodriguez Cadabal Besada Presidente El dictamen y voto particular son del tenor siguiente: "Diputación: La Comisión ha estudiado con el detenimeinto que la importancia del asunto requiere y las circunstancias económicas por que atraviesa la provincia exige el presupuesto proyecto que la Ordenación de pagos somete a la aprobación de la Diputación. Los crecidos tributos que pesan sobre el contribuyente, impone a la Comisión el ineludible deber de inspirarse en los más severos principios de economía, evitando en lo posible recargar las cuotas ya por demás onerosas que gravan al propietario y al industrial y para obtener este propósito, forzoso es reducir ciertos gastos y suprimir otros servicios, sin lo cual el repartimiento, único recurso con que cuenta la provincia para subvenir a sus atenciones, tendría que aumentarse de un modo sensible que agotaría las fuerzas expuestas por la Comisión permanente en su memoria, cree que sin perjudicar los intereses generales de la provincia que la DP está llamada a fomentar y proteger, pueden suprimirse la Escuela de Artes y Oficios y la Escuela Práctica de Agricultura, produciendo una rebaja en el presupuesto que unida a la de otras partidas que no merecen especial mención, significan una baja en el presentado de 78.234 ptas 25 céntimos, consiguiendo con la disminución de esta cifra no se aumente el tipo de imposición que vienen rigiendo en el año anterior al de que se trata. He aquí las partidas que se rebajan o suprimen: Instituto provincial Gastos obligatorios Capítulo 5º Artículo 2º Ptas Del sueldo de Conserje 250 De gastos de conservación del edificio 125 Idem de correo y escritorio 125 Artículo 3º Escuela Normal de maestros De las suscripciones y libros para biblioteca 125 De gastos de secretaría y reparación del edificio 200 De alumbrado del establecimiento 125 Escuela Normal de Maestras Del alumbrado 40 Indemnización de secretaría 250 De material de Escuela Práctica 200 Artículo 6º Se suprime la Escuela de Artes y Oficios siendo su consignación de 3.325 Capítulo 6º Artículo 1º De lo consignado al secretario de la Junta Provincial de Beneficencia 150 Artículo 2º Se reduce a 75 céntimos de peseta diarios las estancias de los incluseros del Hospicio resultando la economía de 3.250 De la subvención a la casa de la caridad de Vigo se rebajan 1.625 Idem al Hospital de Tui 1.250 De la subvención a la casa de la caridad de Pontevedra se rebaja 1.250 Idem al de Baiona 500 Idem al de Cuntis 187,50 Capítulo 2º Artículo 5º De gastos de calamidades 2.000 Capítulo 5º Artículo 7º Para adquisición de libros de la Biblioteca se rebajan 1.000 Gastos voluntarios Capítulo 2º Artículo 2º De las obras proyectadas y no subastadas. Lo consignado para reparación y terminación de la sección de Noalla a Touticeira nº 8 del plan 10.000 Idem sección de Portarés a Rabuña, nº 8 15.000 Idem para expropiaciones y obras trozos 1º, 2º y 3º camino de Lalín a Ponte San Xusto, nº 7 10.000 Idem idem sección de Vilanoviña camino de Noalla nº 8º 10.000 Capítulo 4º Artículo único Se rebaja en totalidad lo consignado para la Escuela Práctica de Agricultura por supresión 17.255,75 Pontevedra 7 de abril de 1886, Taboada, Antonio López de Neira, Losada." "A la Diputación los diputados que suscriben, individuos de la Comisión de presupuestos, aunque reconocen el laudable propósito que ha impulsado a sus dignísimos compañeros a disminuir en alto grado los gastos obligatorios y voluntarios que gravan sobre el presupuesto de la Diputación; no pueden aceptar en todas sus partes las supresiones hechas de establecimientos de enseñanza, creados a costa de grandes sacrificios y que aunque lentamente, prestan conocido beneficio y son un elemento de progreso en la provincia que los sostiene. Es verdad que, gravados los pueblos con crecidos impuestos no debemos nosotros, diputados que somos sus genuinos representantes, contribuir a hacer más aflictiva su situación en cuanto lo permitan las exigencias del siglo en que vivimos, que nos impone como necesidad imperiosa, la ley del progreso, si no hemos de quedar rezagados en la senda que tiene que conducirnos a un bien esta futuro. Los pueblos como los niños necesitan en su infancia, de mayor atención, de mayor celo, e imponen por lo tanto gastos, que es necesario suplir para su desarrollo. La provincia de Pontevedra se encuentra en la infancia de su progreso y exige sobre todo particular atención para el desarrollo de la agricultura que es la base de su riqueza, y de las industrias que son su complemento. No debe sorprenderse la Diputación del enorme déficit con que aparece el presupuesto actual, se halla previsto para aquellos que hubiesen fijado antes su atención, en las obligaciones contraídas y en las cargs que nos hemos ido imponiendo quizás algunas veces con prodigalidad, debido al aparente bienestar en que nos encontramos; pero tampoco asustaros el déficit indicado, que no es más que consecuencia de compromisos contraídos, y que con previsión, teniendo en cuenta la enseñanza recibida, puede evitarse en los años sucesivos. Examinando ahora al detalle el dictamen de nuestros dignisimos compañeros se permiten hacer en las siguientes modificaciones. Capítulo 5º Artículo 6º La Comisión propone la supresión de la Escuela de Artes y Oficios y nosotros nos atrevemos a pedir a la DP que conserve la cátedra de dibujo, cuya gratificación importa 500 ptas, consignando 200 más para gastos de material. Si la Escuela de Artes y Oficios ha demostrado la experiencia que no produce por ahora prácticos resultados, en cambio la clase de dibujo a la que pueden asistir en las horas de la noche, todos aquellos que se dedican a las artes o a la industria, es de importante necesidad ni una capital de provincia, porque el dibujo es la base esencial para el desarrollo y progreso de la mayor parte de las artes. Capítulo 4º Artículo único Se rebaja en totalidad lo consignado para la Escuela Práctica de Agricultura, o lo que es lo mismo, se suprime este establecimiento de instrucción. Importa el sostenimiehto de la indicada Escuela no 17.000 ptas y pico como equivocadamente se consigna en el dictamen, sino 14.000 y pico, por que de aquella cantidad hay que deducir las 3.000 a que proximamente alcanzan sus productos. Grandes han sido los sacrificios que la DP se impuso para crear este establecimiento, y son ya cuantiosos los intereses allí acumulados, que ahora de una sola plumada vendrían a resultar perdidos y lo que es peor a resultar también perdida la esperanza de los beneficios que pudiese reportar. Que la agricultura es la fuente de la riqueza de un país y con especialidad de aquellos que como esta provincia cuentan como principal elemento productor el que el hombre arranca de la tierra con el sudor de su frente, no lo desconocen los diputados. Que la Escuela Agricola necesita quizás reformas, y que la DP dedique a ella con preferencia su atención, tampoco pasa desapercibido para ninguno de vosotros; pero al suprimirla de un golpe, hace desaparecer ese centro de enseñanza, solo porque cuesta 14.000 ptas, porque es necesario hacer económicas, y porque no se ven de una manera latente los beneficios que reporte, es excesivamente radical y está en oposición con los buenos principios que deben regir par ala instrucción y desarrollo de los pueblos. Háganse economías en los gastos que ocasiona, si esto es posible, estudiese su reglamento y modifiquese para que realice un fin más práctico; vigilese la enseñanza que allí debe darse, y en una palabra, pongamos de nuestra parte cuanto sea preciso para que la Escuela sea una verdad sin remontarnos a teorías estremas, de manera que tienda a dar la enseñanza precisa para que el labrador, que es el elemento productor en nuestro suelo, arranque de la tierra la mayor utilidad, con el menor trabajo. Los diputados que suscriben no se extienden a otros detalles que consideran innecesarios ante la ilustración de sus compañeros, y terminan proponiendo a la DP que apruebe el dictamen de la Comisión, con las modificaciones que se indican en este voto particular. Palacio de sesiones, 8 de abril de 1886, Fraga, Sequeiros. Se suspendió la sesión hasta la noche. ------ Folla: 12 16. Pasó a la Comisión de Hacienda la solicitud de Manuel Botana Barbeito pidiendo se le apodere para gestionar el cobro de varios créditos que el Estado debe a esta provincia. ------

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