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1958-03-03_Ordinaria. Acta de sesión 1958/03/03_Ordinaria
Acta de sesión 1958/03/03_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.065/1.1958-03-03_Ordinaria
Título Acta de sesión 1958/03/03_Ordinaria
Data(s) 1958-03-03 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 81 Señores: Presidente; Sr. Suárez-Llanos Menacho. Vicepresidente: Sr. Pérez Crespo. Diputados: Sr. Bugallo Sineiro, Cerecedo Lapatza, Carballal Morgade, Fernández Alonso, Gonzalez Taboada, Massó García, Muiños Iglesias, Pousa Lamas, Romay Martínez, Vázquez de Silva. Secretario: Sr. Posse García. Interventor: Sr. García Alvarez. 1. Presidida por el Excmo. Sr. D. Luis Suarez-Llanos Menacho y con asistencia del Vice-Presidente Sr. Pérez Crespo y de los Diputados Sres: Bugallo Sineiro, Carballal Morgade, Cerecedo Lapatza, Fernández Alonso, González Taboada, Massó García, Muiños Iglesias, Pousa Lamas, Romay Martínez y Vázquez de Silva, celebra sesión el Pleno de esta Excma. Diputación en el Salón de Actos del Palacio Provincial, siendo las diecisite horas dle dia tres de marzo de mil novecientos cincuenta y ocho, actuando el Secretario de la Corporación, Sr. Posse García y el Interventor de Fondos Sr. García Alvarez. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuran en el Orden del dia, adoptándose los acuerdos siguientes: Se da lectura a las actas de las sesiones ordinaria de 13 de febrero y extraordinaria de 20 del mismo mes, las que han sido aprobadas por unanimidad. ------ Folla: 81 2. Devolver fianza a D. Marcial Peralba constituida por obras c.v. acceso al embarcadero de Goián. Vista la instancia suscrita por Don Marcial Peralba Cabaleiro, contratista de las obras de reparación del c.v. número 144-C, acceso al embarcadero de Goián, en súplica de que se le devuelva la fianza constituida para responder de las mencionadas obras; vistos asimismo los informes que sobre el particular emiten la Dirección de Vias y Obras e Intervención de Fondos, los cuales lo hacen en el sentido de que dichas obras han sido realizadas y recibidas en su día a satisfacción por haber sido ejecutadas de acuerdo con lo establecido en el contrato, sin que haya presentado reclamación alguna contra la devolución; el Pleno acuerda acceder a lo interesado por el Sr. Peralba Cabaleiro y que le sea devuelta la fianza constituida. ------ Folla: 81 3. Devolver fianza a D. Benigno López Claro constituida por obras c.v. de Cristiñade a Nogueira -trozo de Areas a Guillarei. Dada cuenta de instancia suscrita por Don Benigno López Claro, contratista de las obras de construcción del c.v. de Cristiñade a Nogueira -trozo de Areas a Guillarei- interesando le sea devuelta la fianza constituida para responder de las mencionadas obras, y vistos los informes favorables que sobre el particular emiten la Dirección de Vias y Obras e Intervención de Fondos provinciales, así como que no se ha presentado reclamación alguna contra dicha devolución; el Pleno, acuerda acceder a lo interesado por el Sr. López Claro, toda vez que las obras han sido realizadas en su dia y recibidas de acuerdo con lo establecido en el contrato, debiendo devolverse la fianza constituida. ------ Folla: 81 4. Devolver fianza a Dña. Palmira Pérez, constituida por suministro de leche al Hogar y Hospital Provincial. Vista la instancia suscrita por Dña. Palmira Pérez Freijeiro, en súplica de que le sea devuelta la fianza constituida para responder del suministro de leche al Hogar y Gran Hospital Provincial, y vistos asimismo los informes que sobre el particular los Administradores de los citados Establecimientos, así como la Intervención de Fondos provinciales favorables por haber cumplido la peticionaria los compromisos de la contrata; el Pleno acuerda acceder a la petición de la Sra. Pérez Freijeiro y que le sea devuelta la fianza, toda vez que no se ha presentado reclamación alguna, para lo cual se publicó el correspondiente edicto. ------ Folla: 81 5. Conceder a Construcciones Crespo 6 meses de prórroga para terminación del c.v. de Cruz de Maceira a Meira. Dada cuenta de instancia suscrita por Don Benito Crespo García, en nombre y representación de "Construcciones Crespo S.A." en súplica de que se le conceda una prórroga de seis meses para la total terminación de las obras de construcción del c.v. de Cruz de Maceira a Meira, alegando para ello dificultades surgidas por la escasez de mano de obra, y visto el informe de la Dirección de Vias y Obras, que dice ser ciertas las alegaciones del Sr. Crespo García, mostrándose conforme con lo solicitado; el Pleno acuerda conceder la prórroga citada para la total terminación de las obras. ------ Folla: 81 6. Devolver al Gremio Fiscal del Calzado, Cortes y Aparados la fianza depositada para responder del concierto de 1957. Se da cuenta de un escrito presentado por el Gremio Fiscal de "Fabricantes de Calzado, Cortes y Aparados", solicitando le sea devuelta la fianza depositada para responder del contrato de concierto del arbitrio sobre la riqueza provincial durante el año 1957. La Corporación vistos los informes del Jefe del Negociado de Arbitrios y de la Intervención provincial acuerda sea devuelta la fianza de 942,44 pesetas que el Gremio Fiscal de "Fabricantes de Calzado, Cortes y Aparados" tiene constituida en Arcas de la Diputación Provincial. ------ Folla: 81,82 7. Aprobar concierto para pago del arbitrio sobre la riqueza provincial con el Gremio Fiscal del Grupo de Materiales Plásticos con arreglo a las bases que se insertan. Visto el escrito producido por Don Fernando Curbera Suárez, Presidente del Grupo de "Materiales Plásticos" del Sindicato Provincial de Industrias Quimicas de Pontevedra, en representación de los industriales encuadrados en dicho Grupo, solicitando el Concierto para el pago del arbitrio sobre la riqueza provincial; el Pleno acordó prestar aprobación a dicho concierto conforme a las bases que a continuación se insertan, significando a los industriales comprendidos en el mismo, que se les concede un plazo que finalizará el dia 15 de marzo, para comunicar su aceptación, transcurrido el cual, si no hubiesen prestado su conformidad expresa, quedará sometidos automáticamente al régimen de Declaración Jurada. Bases del Concierto a celebrar por esta Excma. Diputación Provincial con los industriales que en el mismo se expresan encuadrados en el Sindicato de Industrias Quimicas de Pontevedra, constituidos en Gremio Fiscal de "Materiales Plásticos" Primera.- El Concierto se celebrará con el Gremio Fiscal constituido para este fin y en la forma que determina la Orden del Ministerio de la Gobernación de 21 de diciembre de 1954, que comprenderá a todos los indutriales cuyas actividades queden incluidas en el Grupo "Materiales Plásticos", del Sindicato Provincial de Industrias Químicas. Dicho Gremio se denominará "Gremio Fiscal de Materiales Plásticos". Segunda.- La cifra de concierto ha sido establecida en la cantidad de ciento treinta y siete mil quinientas cincuenta pesetas (137.550,00 ptas), para el año 1958. Esta cantidad concertada se entenderá liquida y no será objeto de deducción alguna por gastos de administración, fallidos o cualesquiera otra causa. Para cubrir los gastos que por este motivo debe sufragar el Gremio, puede recargar las cuotas a sus agremiados en la cuantía que en ningún caso, pueda exceder del 5 por 100 de la cifra concertada. La parte de la cifra de fallidos que no quede cubierta por el porcentaje de previsión señalado será distribuida por derrama complementaria entre los agremiados. La cifra del concierto podrá variarse durante la vigencia si la exacción experimentase alteraciones en los tipos impositivos o si variasen los precios sobre los que gira el concierto practicandose en estos casos, las rectificaciones que procedan en más o en menos. Para acordar estas rectificaciones será preciso que las expresadas variaciones supongan más de un 10 por 100 de las cifras primitivas. Tercera.- La distribución de los conciertos entre los agremiados se hará por la Junta de Reparto Gremial, que estará presidida por un Diputado Provincial, figurando como vocales: El Presidente del Gremio y dos contribuyentes de elección en Asamblea general convocada por el Sindicato, el Secretario e Interventor de la Diputación o funcionarios en quienes deleguen, actuando por mayoria de votos, y en caso de empate será de calidad el del Presidente de la misma. Cuarta.- El reparto se expondrá al público en el domicilio legal del Gremio (Diputación Provincial) y en el fiscal de la Organización Sindical, y los recursos se resolverán conforme a lo que disponen los articulos 245 al 247 del Reglamento de Haciendas Locales de 4-8-1952. Quinta.- El señalamiento de cuotas individuales se efectuará con arreglo a las bases acordadas, pero discriminandolas por centros o explotaciones radicadas en cada uno de los Municipios en que se obtengan los productos gravados, de tal forma, que pueda precisarse la participación que corresponde a cada Ayuntamiento en el rendimiento del arbitrio. Sexta.- El concierto entrará en vigor con fecha 1º de enero de 1958 y su duración será de un año, terminando, por tanto, el dia 31 de diciembre de 1958; no obstante puede ser prorrogado de año en año por la tácita, si no se avisa su revisión o rescisión por cualquiera de las partes, con un trimestre de antelación. Séptima.- El ingreso de las cuotas concertadas se efectuará por mensualidades anticipadas y dentro de los cinco primeros dias de cada mes. Octava.- Para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Concierto, el Gremio Fiscal depositará en la Caja Provincial el importe de una mensualidad, conforme determina el apartado g) del articulo 736 de la vigente Ley de Régimen Local. Novena.- La falta de pago de la cantidad concertada dentro del plazo señalado, para el ingreso de cada mensualidad lleva consigo la rescisión del Concierto. Décima.- La rescisión del Concierto por falta de pago es motivo de pérdida de la cantidad depositada en concepto de garantia la que será ingresada seguidamente en los fondos provinciales, sin perjuicio de que la Diputación proceda al cobro de las cuotas correspondientes al mes en que se haya producido el descubierto. Estas cuotas tendrán la consideración de débito de los contribuyentes y los documentos que sirvan al Gremio para el percibo de las mismas, tales como reparto de las cuotas asignadas, altas, bajas o fallidos, o cualesquiera otra que de lugar a modificaciones de aquellas, servirán de base para las certificaciones de descubierto y su realización por via ejecutiva. Undécima.- El Gremio recaudará directamente de sus agremiados las cuotas que les hubiera señalado pudiendo ejercer contra los morosos el procedimiento ejecutivo regulado en el Estatuto de Recaudación de 24 de diciembre de 1948 y disposiciones complementarias, respondiendo ante la Diputación del importe total de la cantidad concertada, siendo de su cuenta las partidas fallidas que pudieran resultar. El Gremio Fiscal podrá utilizar Agentes ejecutivos propios en el cobro por via de apremio a sus deudores morosos en aquellos casos que así convenga, a juicio del Presidente de la Diputación, con el favorable informe de la Organización Sindical. Duodécimo.- Como organismo auxiliar de la Diputación el Gremio Fiscal dependerá de la Corporación y responderá a su gestión ante ella, estando sujeto a la fiscalización directa del Interventor Provincial. Décimo-tercera.- Los contribuyentes agremiados serán subsidiariamente responsables de la cantidad concertada. Décimo-cuarta.- Serán de aplicación los conceptos de la Ordenanza del Arbitrio, y la Orden del Ministerio de la Gobernación de 21 de diciembre de 1954, y en su defecto, las disposiciones contenidas en la vigente Ley de Régimen Local y demás legislación complementaria para todo cuanto no sea previsto en las presentes Bases. Igualmente se acuerda declarar firme la cifra establecida como importe del Concierto, no volviendo este Pleno a considerar contrapropuesta alguna modificativa de la cantidad señalada. ------ Folla: 82 8. Adjudicar a la Sta Marina Besada Paisa, la beca de Estudios Superiores "Calvo Sotelo". Vista el acta del Tribunal que examinó los expedientes de los solicitantes a la beca de estudios superiores, denominada "Calvo Sotelo", dotada en Presupuesto con la consignación de 7.500 pesetas, se acuerda conceder el disfrute de la misma a la única aspirante Sta. Marina Besada Paisa, de esta capital, que reune todas las condiciones estipuladas en las correspondientes bases de la convocatoria. ------ Folla: 82 9. Aprobar las propuestas que se relacionan del Centro de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias de Lourizán. Prestar aprobación a las cuentas que rinde el Sr. Ingeniero D. Fernando Molina del Centro Regional de Enseñanzas, Investigaciones y Experiencias Forestales de Lourizán, "de Praderas permanentes" y años 1956 y 1957, que importan la de 1956, 13.021,41 pesetas y la de 1957, 25.886,21 pesetas; la de "Construcción de 500 metros de camino" del 2º semestre de 1956 y año 1957, que importa 13.709,31 pesetas; la de "Repoblación de 5 Ha. en el Arboreto" que importa 18.355,45 pesetas; la de "Reparación de armazones de hierro" del 2º semestre de 1956 e importa 11.748,92 pesetas, y la de "Reparación de armazones de hierro" correspondientes al año 1957 por pesetas 23.172,24. También se aprueba la de "Conservación de caminos del Arboreto" del año 1957 por un total de 6.201,05 pesetas. Debiendo elevarse al Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 82 10. Declarar admitidos al concurso de provisión de la plaza de Arquitecto Provincial a los señores que se relacionan. Examinado el expediente tramitado para cubrir en propiedad, mediante concurso la plaza vacante de Arquitecto Provincial, cuya convocatoria se anunció en los B.B.O.O. de la Provincia y del Estado de 9 y 18 de diciembre del pasado año, respectivamente; el Pleno acuerda declarar admitidos a los aspirantes siguientes: Don Enrique Alvarez-Sala y Moris. Don Jesús Jaraiz Cendón. Don Rafael Mélida Poch. La lista de aspirantes admitidos habrá de publicarse en los B.B.O.O. de la Provincia y del Estado para general conocimiento, conforme a lo que se dispone en la Base sexta de Oposiciones y Concursos de 10 de mayo de 1956. ------ Folla: 82 11. Aprobar propuesta sobre el precio del trabajo de cubrición de recibos y matrices. Aprobar propuesta de la Jefatura del Servicio de Contribuciones sobre cubrición de recibos y matrices del Arbitrio Muncipal de Rústica y Urbana, así como de arbitrios provinciales que se efectuan para aquellos Ayuntamientos acogidos a la fórmula B) de la cobranza por mediación de esta Diputación, y disponer se abonen por el total servicio de cubrición de recibos 115 pesetas el millar completo de recibos y matrices, señalando el precio del millar de recibos en 65 pesetas y el de matrices en 50 pesetas. también se resuelve que este trabajo se distribuya entre todas las Dependencias para que los funcionarios que lo deseen pudan obtener de este modo un pequeño beneficio económico, entendiéndose en este sentido modificado el acuerdo que se adoptara en 17 de diciembre de 1955, como ya también se dispuso en sesión de 26 de diciembre de 1926. ------ Folla: 82 12. Enterarse de oficio del Consejo Superior de I.C. comunicando haber hecho constar en acta el sentimiento por el fallecimiento del Sr. La Sota. Queda enterado el Pleno de oficio del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, participando que el Consejo Ejecutivo en sesión de 15 de febrero acordó hacer constar en acta el sentimiento que le produjo el fallecimiento del Excmo. Sr. Don Daniel de la Sota Valdecilla, Vocal del Patronato Alonso Herrera, y Presidente de la Misión Biológica de Galicia. ------ Folla: 82 13. Enterarse de Oficio del Ayuntamiento de Pontevedra trasladando acuerdo sobre propuesta de dar el nombre del Sr. La Sota a una calle. Queda enterado el Pleno de oficio núm. 2016 de 25 de febrero último, en el que el Ayuntamiento de Pontevedra traslada acuerdo de la Comisión Municipal Permanente relacionado con el fallecimiento del ex-Presidente Honorario de esta Excma. Diputación, Excmo. Sr. Don Daniel de la Sota y Valdecilla, y de la propuesta al Pleno a fin de que se dé el nombre de tan preclaro señor a la nueva prolongación de la calle de Cobián Roffignac. ------ Folla: 82,83 14. Aceptar propuesta del Jefe del Servicio de Cultura sobre la creación de un Centro de "Selección y Orientación Profesional" con arreglo a las bases que se insertan. Aceptar propuesta del Director del Museo de Pontevedra, Jefe del Servicio Provincial de Cultura e Investigaciones Arqueológicas e Históricas que dice así: "ILtmo. Sr: Como Jefe del Servicio de Cultura de la Excma. Diputación, tengo el honor de reiterar una propuesta referente a la coordinación e implantación, con carácter provincial, y bajo la dependencia y orientación de este Servicio, de los trabajos de selección y orientación profesional que reclaman insistentemente las empresas y centros de productividad y que en otras provincias han desarrollado en forma ejemplar las Corporaciones provinciales. A la urgencia de estos servicios debe añadirse otra razón; el cuadro de servicios de cultura de nuestra Diputación es muy reducido en comparación con el de otras que en muy distintas esferas llenan tareas de investigación, enseñanza, etc. En pocos terrenos puede trabajarse con más provecho que en el que indicamos. La tarea a realizar tiene una inmensa repercusión práctica y revierte en beneficio de la población obrera y de las empresas. Al lado de otras tareas estéticas o especulativas esta nota de tipo utilitario, pero tampoco ajena al área cultural, completaria, admirablemente, el cuadro de actividades del servicio. Respondiendo a indicación de la Presidencia, el que suscribe habia iniciado con éxito las gestiones para realizarlo en 1956. La imposibilidad de arbitrar recursos económicos, reflejada en el acuerdo adoptado por la Diputación, impidió la ejecución. Ahora puede plantearse de nuevo en forma tal que no tenga repercusión en el presupuesto provincial, salvo el caso de que graciablemente la Diputación desee favorecerlo con locales o instrumental. Las bases para el funcionamiento del centro indicado que me honro en someter a la Corporación de su digna presidencia, son las siguientes: 1ª. Se crea, bajo la inmediata dependencia del Servicio de cultura de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, un centro de "Selección y Orientación Profesional" que actuará coordinando las tareas que actualmente realizan los laboratorios oficiales de Psicotecnia que funcionan en la provincia (Instituto de Pontevedra y Tribunal Tutelar de Menores) y ampliandolos a la esfera de la productividad. 2º. Los servicios que prestará el nuevo centro serán los siguientes: a). Preorientación, orientación y selección para el trabajo o la profesión a elegir. b). Examen fisiopatológico de aprendices y obreros, exploración de aptitudes psicomotrices, rendimiento intelectual y aptitudes especiales. c). Orientación caracterológica y psicopedagógica en general. d). Orientación de empresas y centros de aprendizaje, percentilaje de accidentes de trabajo, prevención de enfermedades profesionales etc. 3º. La organización del Centro no implicará que quienes colaboren en los citados Organismos o en otros cuya cooperación pueda requerirse, se incorporen, ni directa ni indirectamente, al funcionariado provincial ni hayan de recibir de la Diputación remuneración alguna por sus trabajos. La Diputación, graciablemente, podrá, en cambio, favorecer al Centro dotándolo de instrumental en depósito, de locales o editando sus publicaciones. 4º. Una Junta rectora, formada por el Presidente y Vicepresidente de la Diputación, el Diputado Delegado de Cultura y Arte, el Jefe del Servicio de Cultura y un Jefe de Sección del nuevo Centro aplicará estas bases, redactará el Reglamento y supervisará las tareas de la Institución. 5º. El Servicio de Cultura presentará anualmente, en el mes de enero, a la Diputación, una Memoria-resumen de las actividades del Centro, las cuentas del año y los presupuestos y tasas que regirán en el año entrante. 6º. El Centro realizará gratuitamente, los servicios que la Diputación requiera para la de personal de todos sus servicios, la selección de becarios, beneficencia provincial e hijos de funcionarios. Podrá, sin embargo, percibir directamente de las empresas o particulares las tasas que autoricen las disposiciones vigentes en forma análoga a los cobros por servicios que realiza el Hospital Provincial. 7º. La Diputación se reserva para el futuro de la aprobación de los nombramientos de Jefes de Sección del Centro, que habrán de tener, forzosamente, diploma o certificado español de las especialidades (Universidad de Madrid) (Cursos de Vitoria u otros análogos). La constitución se realizará con el personal que, reuniendo estas condiciones rige los establecimientos existentes. 8º. La Corporación se reserva también el derecho a exigir que el Servicio tenga su sede en los locales del Palacio de la Diputación o en otro edificio del patrimonio de la Provincia. Dios guarde a VI muchos años.- Pontevedra 28 de febrero de 1958.- José Filgueira Valverde.- Rubricado ILtmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra. ------ Folla: 83 15. Enterarse de carta de agradecimiento de la Sra. Vda. de D. Daniel de la Sota y Valdecilla. Quedar enterado de atenta carta de la Excma. Sra. Dña. Maria Teresa Martínez, Viuda de La Sota, agradeciendo las pruebas de cariño y dedicación que la Corporación acaba de dar con motivo del fallecimiento de su esposo el Excmo. Sr. D. Daniel de La Sota y Valdecilla, Ex-Presidente Honorario de esta Excma. Diputación, y cuyo testimonio de gratitud ruega trasmita a cuantos han intervenido en los actos celebrados con tan triste motivo, en su nombre y el de sus señores hijos. ------ Folla: 83 16. Exposición por la Presidencia del estado de la Hacienda Provincial y estudios las medidas para que las obras proyectadas se realicen en el plazo más breve posible. El Excmo. Sr. Presidente hace al Pleno una detenida exposición del estado actual de la Hacienda provincial, y de las medidas que son aconsejables para robustecerla, formulando asímismo un resumen general de las obras en curso de ejecución y del estado en que se encuentran los proyectos de las que se realizan por los Ayuntamientos en cooperación con la Diputación. El Pleno a propuesta del Sr. Suárez-Llanos Menacho, acuerda estudiar las medidas oportunas a fin de que las obras proyectadas tengan la debida ejecución en el plazo más breve posible. también a propuesta de la Presidencia de la Corporación acuerda dirigir atento ruego a la Comisión Provincial de Servicios Técincos para que se digne incluir en los planes de obras todas aquellas que tengan ya sus proyectos confeccionados y redactados y puedan ser de interés para los Ayuntamientos de esta provincia, menores de 20.000 habitantes. ------ Folla: 83 17. Asuntos declarados de urgencia. Declarar las vacantes de Diputados Provinciales que han de ser cubiertas y los Diputados que cesan por haber finalizado su mandato. Por Decreto de 21 de febrero de 1958, se convocaron elecciones para la renovación trienal de todas las Diputaciones Provinciales, Cabildos insulares y Mancomunidades interinsulares, con arreglo en lo dispuesto por la vigente Ley de Régimen Local, debiendo procederse, por tanto, a la declaración de las vacantes que habrán de cubrirse por el procedimiento electoral del Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Corporaciones Locales, de 17 de mayo de 1952. Por aplicación de las normas electorales del expresado Decreto, le corresponde cesar en sus cargos a los Diputados Provinciales siguientes: a) Diputados elegidos en virtud de la convocatoria hecha por Decreto de 8 de febrero de 1952, que continuan actualmente en el ejercicio del cargo: D. Frutos Cerecedo Lapatza, por el Partido Judicial de Cambados. D. Gerardo Carballal Morgade, por el de Ponte Caldelas. D. Juan Muiños Iglesias, por el Partido Judicial de Redondela. D. Evaristo Vázquez de Silva, de representación corporativa. b) Diputados elegidos en virtud de la convocatoria realizada por Decreto de 11 de febrero de 1955, para cubrir vacantes titulares hubieran debido cesar, normalmente, en la presente convocatoria: D. Manuel Campos Paseiro, por el Partido Judicial de A Estrada. D. Apolinar Bugallo Sineiro, de representación Corporativa. c) Diputados que cesaron en el ejercicio del cargo con posterioridad a la elección de 1955, por causas señaladas en el articulo 157 del Reglamento vigente de Organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Corporaciones Locales: D. José Jurado Romero cesó en 10 de julio de 1957 como Alcalde de Tui, hallandose actualmente el cargo vacante. D. Ernesto Vieitez Cortizo cesó en junio de 1957, por traslado de residencia, al ser nombrado Catedrático de Fisiología Vegetal de la Facultad de Farmacia de Santiago de Compostela, hallandose actualmente el cargo vacante. A los efectos expresados, el Pleno tiene a bien declarar las vacantes de Diputados Provinciales, en número de ocho, que habrán de ser cubiertas por sufragio indirecto el 30 de marzo del corriente año ante la Junta Provincial del Censo Electoral, correspondiendo cinco de ellas a representación municipal y las otras tres a representación corporativa. ------ Folla: 83 18. Adherirse a la petición del Sr. Gobernador Civil del ingreso de la Orden del Mérito Civil a favor del ex-Presidente D. Luis Rocafort Martínez. En la sesión extraordinaria celebrada por esta Excma. Corporación en 20 de febrero último, en la que ha cesado como Presidente después de más de seis años de gestión fecunda y brillante el ILtmo. Sr. D. Luis Rocafort Martínez, ha pronunciado palabras de despedida para el Sr. Rocafort en las que afirmaba que el Presidente relevado se marchaba con la satisfacción del deber cumplido, habiendose superado en el mejor servicio de la Provincia y de España, por lo que habria de proponer al Gobierno el ingreso en la Orden del Mérito Civil a favor de D. Luis Rocafort Martínez. La Corporación Provincial, por acuerdo unánime de todos los Sres. Diputados que la integran y a propuesta del nuevo Sr. Presidente, acuerda adherirse con el mayor entusiasmo a esta justa iniciativa del Excmo. Sr. Gobernador Civil. Se levantó la sesión. ------
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