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1960-12-27_Ordinaria. Acta de sesión 1960/12/27_Ordinaria
Acta de sesión 1960/12/27_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.068/1.1960-12-27_Ordinaria
Título Acta de sesión 1960/12/27_Ordinaria
Data(s) 1960-12-27 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 67 Señores: Presidente; Sr. Landin Carrasco. Vicepresidente; Sr Puig Gaite. Diputados: Sr. Alvarez Alvarez, Alvarez Rodríguez, Areses Pérez, Blanco Fuentes, Carballal Morgade, Fernández Alonso, González Taboada, Legerén Campos, Lorenzo Docampo, Massó Garcia, Pérez Crespo, Piñeiro Durán, Queimadelos Puime, Rey Daviña. Secretario: Sr. Cabanillas Pérez. Interventor: Sr. Dapena Mouriño. 1. Presidida por el ILtmo. Sr. Don Prudencio Landin Carrasco y con asistencia del Vicepresidente Sr. Puig Gaite y de los Diputados Sres: Alvarez Alvarez, Alvarez Rodríguez, Areses Pérez, Blanco Fuentes, Carballal Morgade, Fernández Alonso, González Taboada, Legerén Campos, Lorenzo Docampo, Massó García, Pérez Crespo, Piñeiro Durán, Queimadelos Puime y Rey Daviña, celebra sesión ordinaria el Pleno de esta Excma. Diputación en el salón de Actos del Palacio Provincial siendo las diecisiete horas del dia de hoy veintisiete de diciembre de mil novecientos sesenta, actuando como Secretario el Oficial Mayor Sr. Cabanillas Pérez y asistiendo también el Interventor de Fondos Sr. Dapena Mouriño. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos que figuran incluidos en el Orden del dia, adoptándose los acuerdos siguientes: Se da lectura de las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria correspondientes al dia 28 de noviembre último, las que han sido aprobadas. ------ Folla: 67,68 2. Aprobar propuesta para liquidación del expediente de las Cien Escuelas, con Vivienda para Maestro construidas por esta Diputación en colaboración con el Ministerio de Educación Nacional. Aceptar propuesta definitiva para liquidación del expediente de las cien Escuelas y Viviendas para Maestro, construidas por la Excma. Diputación Provincial en colaboración con el Ministerio de Educación Nacional, que formula la Comisión Informativa de Cooperación Provincial, en la que se recogen determinadas soluciones en relación con la anulación de algunas obras, reparación de otras, terminación de las de construcción avanzada y pase a la Junta Provincial de Construcciones Escolares de las restantes, por entender que tal Estudio viene a solucionar de forma absoluta y definitiva, el problema hace tiempo planteado con referencia al expediente en cuestión, debiendo darse traslado a la Junta Provincial de Construcciones Escolares para su conocimiento y aceptación. Dicha Propuesta que es consecuente al estudio realizado por la Comisión de Cooperación Provincial, para el que hubo necesidad de proceder, previamente, a girar visita de inspección a cada uno de los edificios Escuelas para comprobar su estado y funcionamiento, se resume y concreta en la forma siguiente: a) Anular las siete Escuelas que se indican en el apartado 1º por no haber sido empezadas o hallarse apenas iniciadas, perdiendo esta Excma. Diputación la cantidad de 35.664,12 pesetas, que ha sido aprobada en parte de la obra ejecutada. b) Anular, asímismo, las dos Escuelas del apartado número 2, perdiendo también este Organismo la cantidad de 203.190,06 pesetas pagada por dichas obras. c) Entregar al Ayuntamiento de Pontecesures la obra del apartado número 3, por estar en desacuerdo con el proyecto de origen, perdiendo, igualmente esta Diputación, la cantidad de 41.182,06 pesetas, pagada con cargo a dicha Escuela. d) Entregar a Construcciones Escolares, para su total terminación, las seis Escuelas del apartado número 4 perdiendo esta Diputación la cantidad de 283.793,94 pesetas, pagada con cargo a la obra realizada en las mismas. e) Reparar por esta Diputación las seis Escuelas del apartado número 5, con cargo al superávit constituido por las cantidades pendientes de abonar y a las economías del Presupuesto "E", redactado para financiar el Plan de Escuelas, aplicando la diferencia que pudiese resultar de esta cantidad en diversas obras de pintura y decoración que es necesario realizar en las 33 Escuelas que se indican como bien construidas. f) Solicitar de la Junta Provincial de Construcciones Escolares apruebe a la Diputación con cargo al Presupuesto del año 1961 la cantidad de 2.195.130,11 pesetas, para reparar las 45 Escuelas restantes y ponerlas en condiciones de funcionamiento para ser utilizadas debidamente en los fines para que fueron construidas. Al propio tiempo, se acuerda hacer constar en acta las meritísimas y destacadas gestiones realizadas por el Excmo. Sr. Gobernador Civil, Don Rafael Fernández Martínez, cerca del Ministerio de Educación Nacional, que han dado como resultado la feliz resolución de este problema y agradecer igualmente al Jefe de Negociado de esta Diputación, Don Manuel Crespo Alfaya, la diligente actividad puesta en el estudio y el certero enfoque dado al expediente, lo que permitió hallar una solución completamente satisfactoria al mismo, debiendo darse traslado de este acuerdo al Negociado de Personal, a los efectos de la debida constancia en su expediente personal. ------ Folla: 68 3. Denegar solicitud de subvención al Ayuntamiento de Rodeiro para camino de San Salvador y de Portela a Perros y Aldán. Se da cuenta de escrito que formula el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Rodeiro, solicitando se tenga en cuenta por la Excma. Diputación, a efectos de concesión en los Planes de Cooperación, de subvención para continuación y terminación del camino local de San Salvador (Rodeiro), a Civeiro (Lugo), así como para el de Portela a Perros y Adelán. La Comisión Informativa de Cooperación informa en el sentido de que tal subvención no puede ser incluida en los Planes aprobados, si bien entiende debe tenerse en cuenta dicha petición, sin perjuicio de que, previamente a la formulación de venideros planes, deba solicitarlo nuevamente. ------ Folla: 68 4. Denegar solicitud de subvención al Ayuntamiento de Portas para el camino que de San Juan conduce a la Iglesia de Santa Maria. Vista la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Portas, interesando la concesión de una subvención para la terminación del camino que, de San Juan, conduce a la Iglesia de Santa Maria, iniciado por el Ayuntamiento, la Corporación resuelve en el sentido de no acceder a la petición formulada por no existir consignación presupuestaria, aun teniendo la comprensión de la conveniencia de esta Via. ------ Folla: 68 5. Acceder al cambio de aplicación de subvención solicitado por el Ayuntamiento de Forcarei dentro del Plan Bienal 1959-60. Se da cuenta de instancia que eleva el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Forcarei, en representación de dicha Corporación municipal, por la que solicita, cumplimentando acuerdo adoptado por aquella, en sesión plenaria del 20 de octubre último, que las 100.000 pesetas consignadas en el Plan Bienal de Cooperación 1959-60, en calidad de subvención para el "Plan especial de fuentes, lavaderos y conducciones de agua" en dicho Municipio, se transfieran al concepto de "Instalaciones telefónicas" que figuraban en aquel Plan Bienal y cuya subvención fué anulada. el Pleno, teniendo en cuenta el informe favorable que rinde la Comisión de Cooperación Provincial, acuerda acceder al cambio de aplicación de subvención que se interesa y que por el Negociado correspondiente se sigan los trámites preceptivos hasta la conclusión del expediente. ------ Folla: 68 6. Acceder a lo solicitado por el Ayuntamiento de Meaño sobre cambio de aplicación de subvenciones con cargo al Plan Bienal 1959-60. Se da cuenta de certificaciones de acuerdos adoptados por el Ayuntamiento de Meaño, en sesiones de 29 de octubre y 9 de noviembre del corriente año, por los que se resolvieron interesar de esta Excma. Diputación Provincial, la aprobación del cambio de aplicación de subvenciones por importe de 35.000 pesetas y 5.600 pesetas, concedidas respectivamente para "Ampliación del Mercadillo Ferial", en aquel término y "Arreglo del Cementeiro Municipal de Dena", con cargo al Plan Bienal de Cooperación 1959-60, a fin de ser aplicadas, respectivamente asimismo, en el "Arreglo de los Grupos Escolares de Lores y Meaño" e "Instalación telefónica" en dicho municipio. el Pleno, teniendo en cuenta el informe favorable que rinde la Comisión de Cooperación Provincial, acuerda acceder a lo solicitado, debiendo seguirse por el Negociado correspondiente los trámites preceptivos hasta la conclusión del expediente. ------ Folla: 68 7. Aceptar en principio propuesta de creación de una Brigada Movil para reparación de carreteras y cc.vv. debiendo perfilarse definitivamente y estudiar las posibilidades de financiación. Se estudia proyecto que eleva la Comisión Informativa de Obras Públicas y Paro Obrero, relativo a establecimiento, organización y funcionamiento de una Brigada Móvil para reparación y conservación de cc.vv. y carreteras provinciales". el Pleno acuerda aceptar, en principio, dicho Proyecto, por considerarlo acertado y conveniente para los intereses generales y que pase al Sr. Ingeniero-Director del Servicio de Vias y Obras Provinciales al objeto de que dicho Técnico perfile definitivamente todos los puntos del mismo, elevándolo después a la Comisión Informativa de Hacienda con el fin de estudiar las posibiidades económicas de financiación de la Brigada, debiendo remitirse copias a los Sres. Diputados de la Corporación para mejor conocimiento de este asunto, el que habrá de estudiarse nuevamente en la próxima sesión. ------ Folla: 68 8. Solicitar de la Comisión Provincial de Servicios Técnicos la inclusión en sus Planes de la terminación del c.v. de la Cª de Pontevedra a Camposancos por Bértola-Tomeza a la misma que interesa el Ayuntamiento de Vilaboa. Se estudia escrito que formula el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Vilaboa, por el que solicita se habiliten los créditos precisos para proseguir la construcción del c.v. de la carretera de Pontevedra a Camposanco, por Bértola-Tomeza, a la misma carretera, cuya explanación se halla totalmente realizada, faltando el afirmado y obras de fábrica. el Pleno, teniendo en cuenta lo informado por el Servicio de Vias y Obras y por la Comisión Informativa de Obras Públicas y Paro Obrero, en el sentido de entender de gran interés esta obra y por otra parte, la no existencia de consignación presupuestaria para tal atención, acuerda solicitar de la Comisión Provincial de Servicios Técnicos la inclusión de la misma en alguno de sus Planes, constituyendo la aportación de esta Diputación los pagos hechos por la obra de explanación ya realizada, así como la expropiación de terrenos llevada a cabo hasta la fecha. ------ Folla: 68 9. Adjudicar a Hidroeléctrica de Grava-Silleda las obras de electrificación de todos los pueblos de la parroquia de Zobra (Lalín). Adjudicar a "Hidroeléctrica de Grava-Silleda" las obras de electrificación de la totalidad de los pueblos comprendidos en los proyectos técnicos redactados para la parroquia de Zobra (Lalín) en los términos fijados en el contrato otorgado en 6 de octubre de 1958, entre el Ilmo. Sr. Presidente de esta Excma. Diputación y el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lalín, y en las condiciones señaladas en la propuesta formulada por la Empresa adjudicataria y aceptada por la Corporación Provincial, en sesión de 30 de enero del corriente año. Al efecto, se acuerda igualmente facultar a la Presidencia para formalizar el oportuno contrato con sujeccion a las cláusulas contenidas en la propuesta de "Hidroeléctrica de Grava", de fecha 28 de diciembre de 1959, de que se deja hecho mérito. ------ Folla: 68 10. Aprobar última certificación de las obras del c.v. de Mañufe a Nande. Prestar aprobación a la certificación técnica número 2 y última de las obras de "Reparación del c.v. de Mañufe a Nande" por un importe a financiar por esta Excma. Diputación de 34.191,49 pesetas, según compromiso contraido con la Comisión Provincial de Servicios Técnicos, en el Plan Provincial 1959, la cual será librada con cargo al Capitulo 11º, Articulo 3º, Partida 8 del Estado de Gastos del Presupuesto Extraordinario "G". ------ Folla: 68 11. Aprobar última certificación de la Escuela y Vivienda del Maestro, en Sotelo de Montes, Forcarei, denominada "A". Prestar aprobación a la 5ª y ultima certificación técnica de las obras de construcción de una Escuela y Vivienda del Maestro en Soutelo de Montes, Ayuntamiento de Forcarei, denominada "A" cuyo importe asciende a 26.689,34 pesetas las que serán libradas a favor del contratista, el Ayuntamiento, de las mismas y con cargo al Capitulo 11º, Articulo 8, Partida 5 del Presupuesto Extraordinario "E". ------ Folla: 68 12. Aprobar última certificación de la Escuela y Vivienda del Maestro, en Sotelo de Montes, Forcarei, denominada "B". Prestar aprobación a la 5ª y ultima certificación técnica, final de las obras de construcción de una Escuela y Vivienda del Maestro en Sotelo de Montes, Ayuntamiento de Forcarei, denominada "B" cuyo importe asciende a 26.689,34 pesetas las que serán libradas a favor del contratista, el Ayuntamiento, de las mismas y con cargo al Capitulo 11º, Articulo 8, Partida 5 del Presupuesto Extraordinario "E". ------ Folla: 69 13. Aprobar resumen de cuentas de gastos ocasionados durante el 3º trimestre 1960 que eleva el Servicio Forestal que corresponden a las propuetas que se indican. Visto el resumen de Cuentas de gastos ocasionados durante el tercer trimestre del corriente año, de las propuestas aprobadas por el Patrimonio Forestal del Estado y la Excma. Diputación y que a continuación se detallan, estiman que los conceptos que comprenden dichas cuentas, corresponden a las que con arreglo al Consorcio, debe contribuir la Diputación en la proporción establecida en las Bases de dicho Consorcio y por consiguiente deben ser aprobadas, sin perjuicio de la aceptación definitiva por la Subdirección del Patrimonio Forestal del Estado. Cuenta nº Propuestas Importe Pesetas 1 Repoblación monte Navallos y otros 24.464,71 2 id id Outeiro do Coto y otros 35.418,75 3 Reposición de marras monte Abelera nº 331 65.479,76 4 id id id Barroca nº 34 4.306,97 5 id id id Montouto 20.833,02 6 id id id Coirego nº 352 13.132,34 7 id id id Outeiro nº 375 7.926,21 8 id id id Castelo nº 343 7.883,09 9 id id id Castelo nº 344 6.353,58 10 id id id Judios nº 680 11.115,94 11 id id id Suapica 7.232,12 12 id id id Picolongo 34.791,70 13 id id id Sierra de Carrio 7.183,80 14 id id id Escusa nº 293-6º 13.758,20 15 Vivero Central de Figueirido 1960 49.998,61 16 Propuesta Complementaria, carretera de Aguasantas al Pé da Múa 19.390,63 17 Carretera forestal al Monte Xiabre (2º trozo) 170.931,82 18 Senda forestal al monte Conla 8.636,17 19 Senda forestal al monte Cotadoiro y Val Grande 38.201,07 20 Senda forestal al monte Bazar 67.303,37 21 Senda forestal al monte Pedra que Fala 40.171,52 22 Caseta de Vigilancia del monte Montecelo 10.926,02 23 Caseta de Vigilancia del monte Cotadoiro nº 711 11.704,07 24 Caseta de Vigilancia del monte Salgueirón nº 477 11.550,36 25 Proyecto de la Casa forestal del monte Castrove 20.984,07 26 Conservación Obras y Construcciones monte Carabela 24.691,21 27 id id id monte Costa de Morade nº 534 21.592,54 28 id id id Cruceiro nº 535 40.693,10 29 id id id Carrascal nº 491 11.797,26 30 id id id Ceo nº 404 9.554,45 31 id id id Suido nº 427 14.101,59 32 id id id Suido nº 428 22.999,56 33 Trabajos selvicolas: Claras y Limpias Agueiros nº 1 25.458,28 34 id id id id Armada nº 2 74.612,05 35 id id id id Porreiro nº 18 21.040,24 36 id id id id Reiris nº 20 40.925,56 37 id id id id Santa Maria nº 21 26.557,96 38 id id id id Xiabre nº 69 27.276,34 39 id id id id Torre y Villamans 34.504,34 40 id id id id Xesteiras nº 69 24.938,84 41 id id id id Salgueirón nº 478 39.256,70 42 id id id id Serra nº 479-1º 6.907,50 43 id id id id Costa de Sons nº 474-4º 19.053,65 44 id id id id Carrascal nº 491 1.787,11 45 id id id id Pedra que Fala nº 498 7.393,79 46 id id id id Buxel nº 479 14.013,94 47 id id id id Corneira nº 125 34.699,13 48 id id id id Fuente Cedras y Vayas nº 127 31.458,13 49 id id id id Requeijón nº 6 18.554,92 50 Confección Proyecto de la carretera al monte Acibal 9.573,45 51 Confección Proyecto de la carretera al monte Pé da Múa 7.729,38 52 Vigilancia de Incendios, año 1960 377.159,04 Suma y sigue 1.697.927,96 Reparación carretera Figueirido a Cruz da Maceira 161.311,65 Proyecto casa forestal del Morrazo 54.242,44 Reparación carretera Figueirido Cruz de Maceira (Monte Arce y Chan de Castiñeiras nº 293-3º) 187.386,09 Claras y Limpias-Devolución de aprovechamientos 1.629.949,15 Personal de Guarderia, año 1959 1.110.294,21 Total Pesetas 4.841.111,50 Se aprueban estas cuentas y que se eleven al Patrimonio Forestal del Estado para su sanción. ------ Folla: 69 14. Aprobar resumen de cuentas de Reintegros correspondientes al 3º trimestre de 1960, y que eleva el Servicio Forestal. Visto el resumen de las Cuentas de Reintegros ocasionados durante el tercer trimestre del corriente año, de las propuestas aprobadas por el Patrimonio Forestal del Estado y la Excma. Diputación y que a continuación se detallan, se estima que los conceptos que comprenden dichas cuentas, corresponden a las que con arreglo al Consorcio, deben contribuir la Diputación en la proporción establecida en las Bases de dicho Consorcio y por consiguiente deber ser aprobadas sin perjuicio de la aceptación definitiva por la Subdirección del Patrimonio Forestal del Estado. Cuenta nº Propuestas Importe Pesetas 1 Repoblaciones 116,54 2 Marras 3,27 3 Viveros 1,39 4 Obras y Construcciones 210,90 5 Conservación de Obras y Construcciones 1.441,57 6 Trabajos selvicolas autofinanciados 1.561,52 7 Proyecto de la carretera al monte Acibal 1.839,35 8 Proyecto de la carretera al monte Pé da Múa 4.294,46 9 Vigilancia de Incendios, año 1960 0,96 Total Pesetas 9.469,96 Se aprueban dichas cuentas y que se eleven al Patrimonio Forestal del Estado para su sanción. ------ Folla: 69,70 15. Dar cuenta de escritos del Subdirector del Patrimono Forestal del Estado en relación con el Consorcio establecido con esta Diputación,y en consecuencia facultar a la Presidencia para que continue las gestiones a fin de confirmar las manifestaciones de dicha Autoridad. Se da cuenta de comunicación de 16 de diciembre actual, del Subdirector del Patrimonio Forestal del Estado, en la que traslada acuerdo del Pleno del Consejo del Patrimonio Forestal, que textualmente dice: "Excmo. Sr.: El Pleno del Consejo del Patrimonio Forestal del Estado en sesión de fecha 6 de diciembre de 1960, nº 8 de actual acordó, y el Director General de Montes, Caza y Pesca Fluvial hizo ejecutivo, en relación con las Diputaciones Gallegas lo siguiente: 1º. Que se dé a las Diputaciones un plazo hasta 1º de marzo de 1961 para el Establecimiento de nuevos Consorcios que sustituyan a los otorgados en el año 1941. 2º. Que no se realicen nuevas repoblaciones con cargo a dichos consorcios, continuando el Patrimonio encargandose de la conservación y explotación de los terrenos ya repoblados. Lo que de orden del Director General, tengo el honor de comunicar a V.E.- Dios guarde a V.E. muchos años. Madrid, 16 de diciembre de 1960. El Subdirector M. Navarro firmado y rubricado. Al pié: Excmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra. Por su parte el Sr. Presidente da cuenta de carta de la misma fecha y del propio Subdirector del Patrimonio Forestal del Estado en la que se dice: "Madrid, 16 de diciembre de 1960. Excmo. Sr. Don Prudencio Landin Carrasco. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra. Mi querido amigo: Recibirás un oficio en relación con las Diputaciones Gallegas transcribiendo un acuerdo del Consejo, y que en realidad el tuyo no te afecta, dado que, por las circunstancias especiales de la misma, que hemos tenido objeto de analizar en mi grata visita a Pontevedra y en la entrevista que tuvimos con el Director General de Administración Local, resulta que para la provincia de Pontevedra el Consorcio de 1941 continúa siendo válido. No obstante, puesto que el acuerdo se torna con carácter general, para las Diputaciones Gallegas, me he visto en la precisión de transcribirtelo. Recibe un cariñoso abrazo. M. Navarro firmado y rubricado. Finalmente, el Presidente explica que en las gestiones realizadas en Madrid lo convenido verbalmente con la Subdirección del Patrimonio ha sido lo que refleja la carta transcrita, carta que, además, ha sido confirmada por el propio Subdirector, con lo que la Diputación de Pontevedra quedaría en muy buena situación para afrontar futuros planes de repoblación, ya que no se alteraría el Consorcio de 1941 como se pretendía en un principio, por el Patrimonio Forestal del Estado. Por ello, se acuerda, por unanimidad, facultar a la Presidencia, para que continue las gestiones ya iniciadas, a fin de conseguir la confirmación oficial del contenido de dicha carta, dada la importancia que ello tiene para esta Diputación Provincial, dejandose por el momento, sin contestación el oficio primeramente aludido. ------ Folla: 70 16. Aprobar propuesta de conservación del Arboreto de Lourizán para el año 1961. De conformidad con lo informado por la Comisión de Agricultura, se acuerda prestar aprobación a las propuestas que eleva el Sr. Ingeniero del Centro Forestal de Lourizán para conservación del Arboreto del Plan de 1961 que importa 59.922,11 pesetas, así como la de conservación del Vivero del mismo Arboreto y referido al Plan de 1961 que se cifra en 13.954,12 pesetas, sumando ambas propuestas 73.876,23 pesetas, y que se eleven al Patrimonio Forestal del Estado para su sanción definitiva. ------ Folla: 70 17. Desestimar la solicitud de rescisión de concierto para pago de arbitrio sobre la riqueza provincial formulada por D. Constantino Garrido Varela de A Estrada. Se da cuenta de informe del Negociado de Arbitrios que copiado, literalmente dice: "Vista la instancia suscrita por Don Constantino Garrido Varela, propietario de un taller de camas, sito en el Ayuntamiento de A Estrada, en la que solicita que por haber mermado la producción de su taller en un 50%, se deje sin efecto el concierto que tenía establecido con esta Diputación con Don Constantino Garrido Varela, en 15 de enero de 1960, por un importe de 5.000 pesetas, en cuya base tercera dice: "El concierto entrará en vigor con efectos a partir del dia primero de enero de 1960, y su duración será de un año, terminando, por tanto, el dia 31 de diciembre de 1960. No obstante, podrá ser prorrogado de año en año por la tácita, si no se avisa su revisión o rescisión, por cualquiera de las partes, con un trimestre de antelación como mínimo a su vencimiento. "El Jefe del Negociado de Arbitrios que suscribe, tiene el honor de informar a V.E. que según la referida base tercera del contrato, el mencionado industrial debía haber denunciado el concierto con fecha anterior a 30 de septiembre del presente año y no con la fecha de once de octubre como figura en la instancia, por lo que es del parecer del que suscribe, que no habiendo sido denunciado el concierto en tiempo y forma según las Bases del aludido contrato, debe quedar este concierto prorrogado para el año 1961". El Pleno está de acuerdo con el informe transcrito. ------ Folla: 70 18. Ratificar Resolución Presidencial disponiendo que los Carniceros-Tablajeros de Vigo, queden sometidos al pago del arbitrio provincial mediante declaración jurada. Se da cuenta de Resolución Presidencial de fecha 2 de diciembre de 1960, que literalmente dice así: "Por acuerdo de esta Diputación de 28 de septiembre último, se resolviera cobrar por Administración, el arbitrio sobre la riqueza provincial a tablajeros carniceros de Vigo, mediante convenio que la Comisión Municipal Permanente de Vigo aceptar también. Posteriormente y como se demorase tal cobro, se aclaró en reunión ultimamente celebrada en presencia del Ilmo. Sr. Alcalde de aquella ciudad, entre el Diputado y Concejal vigués Don Faustino Alvarez Alvarez y el Sr. Interventor y Jefe del Negociado de Arbitrios de esta Diputación, que habian surgido dificultades para proceder a aquella exacción que ya no interesa verificar directamente al Ayuntamiento. Y para que no sufran más demoras estas percepciones legales sin que sea procedente hacer nuevas concesiones a los tablajeros de dicha ciudad; esta Presidencia resolvió disponer, en defensa de los intereses provinciales que quede sometido al pago por los carniceros tablajeros de Vigo, al régimen de declaración jurada como preceptúan los articulos 12 al 15 de la vigente Ordenanza. el Pleno acuerda ratificar la preinserta Resolución. ------ Folla: 70,71 19. Fijar los precios medios de los articulos que se citan afectos del pago del arbitiro sobre la riqueza provincial. Se da cuenta de informe del Negociado de Arbitrios en el que dice: "El articulo 4º de la Ordenanza Reguladora del Arbitrio sobre la Riqueza Provincial, establece que la base de imposición para la exacción del mismo será el precio de tasa o el determinado en los módulos oficiales, y en defecto de ambos el de venta. Por la dificultad de poder comprobar el precio de venta, sujeto siempre a variaciones en razón de la oferta y la demanda que motivan las transaciones, la Ordenanza ha previsto y otorga facultades a la Diputación para que fije cada año los promedios de precio más equitativos a efectos de calcular la base contributiva. Al amparo y en cumplimiento de tal precepto el Jefe del Negociado de Arbitrios, previo los estudios practicados y con la conformidad del Sr. Interventor, propone al Pleno la aprobación de los siguientes precios medios, a efecto de la mejor aplicación del arbitrio provincial durante el ejercicio de 1961, como sigue: Articulos Precio Arbitrios Leche: 0,0 Para consumo directo 4,00 Ptas L. 0,05 Ptas. L. Para la industria 3,50 " " 0,05 Ptas. L. Quesos del pais frescos 36,00 " K. 0,70 " K. Mantequilla 57,00 " " 1,10 " " Ternera (canal) 46,00 " " 0,90 " " Vacuno menor (canal) 35,00 " " 0,70 " " Vacuno mayor (canal) 30,00 " " 0,60 " " Cabrio: Mayor (canal) 20,00 " " 0,40 " " Cabritos (canal) 28,00 " " 0,55 " " Lanar: Lechales 36,00 " " 0,70 " " Mayor 25,00 " " 0,50 " " Porcino (canal) 35,00 " " 0,70 " " Jamones 75,00 " " 1,50 " " Embutidos 70,00 " " 1,40 " " el Pleno acuerda de conformidad con la preinserta propuesta. ------ Folla: 71,72 20. Fijar promedios de producción y precios de los articulos sujetos a tributación por el arbitrios provincial, y normas para confección del Padrón de contribuyentes por Productos del Campo, correspondiente al ejercicio de 1960. Se da cuenta de informe del Negociado de Arbitrios en el que dice: "Para poder establecer la estimación del rendimiento por Ha. de la producción sujeta al arbitrio sobre la riqueza provincial obtenida en el año 1960, así como los precios medios que de conformdiad con lo establecido en el articulo 4º de la Ordenanza Reguladora, han de servir de base para determinar el valor de esta producción, el Jefe de Negociado de Arbitrios, previo los estudios practicados y con la conformidad del Sr. Interventor, tiene el honor de proponer al Pleno de esta Diputación, lo siguiente: 1º. Fijar la estimación de producción a los efectos del arbitrio correspondiente a la cosecha de 1960, en la siguiente cuantía. Regadio: Maiz 1.700 Kgs. Ha. Centeno No se cultiva Patata 20.000 Kgs Ha Secano: Maiz 1.500 Kgs. Ha. Centeno 1.400 Kgs. Ha. Patata 18.000 Kgs. Ha. 2º. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º de la Ordenanza Reguladora del Arbitrio señalar el promedio de precios para la producción de 1960, a efectos de calcular la base contributiva, en la siguiente forma: Maiz 4,00 Ptas. Kg. Centeno 3,50 " " Patata 1,50 " " Establecer la norma de no fijar promedio de producción y precios a las leguminosas y productos horticolas por entender que el rendimiento de producción es similar al de la patata. 3º. Que por los Ayuntamientos de la provincia se proceda a confeccionar el apéndice al Padrón del año 1959, de esta imposición, comprensivo de las alteraciones que se hubieran producido durante dicho ejercicio, quedando así formado el Padrón para 1960. 4º. Una vez rectificado este documento, que por los Ayuntamientos se proceda a la confección de las listas cobratorias, las que en unión del Padrón de 1959 y apéndice deberán ser expuestas al público durante quince dias para oir reclamaciones. 5º. Declarar excluidos del Padrón de contribuyentes a aquellos que figuren en el Padrón de la Contribución Rústica y Colonias con liquidos imponibles inferiores a 300,00 pesetas siempre que tengan la consideración de vecinos del término municipal en que radiquen los terrenos de cultivo. Igualmente, declarar excluidos del Padrón de contribuyentes a aquellos que figurando en el Padrón de la Contribución rústica y Colonias, como Forasteros, tengan asignados liquidos imponibles inferiores a 300,00 pesetas, de acuerdo con el articulo 42 de la Ley de 26 de diciembre de 1957. el Pleno acuerda de conformidad con la preinseta propuesta. ------ Folla: 72 21. Aprobar la unificación de la Tasa Municipal y el Arbitrio provincial de Rodaje y Arrastre del Ayuntamiento de Mondariz. Se da cuenta de informe del Negociado de Arbitrios en el que dice: "El Ayuntamiento de Mondariz, por oficio número 1613 de 2 del actual, solicita de esta Diputación la unificación de la Tasa Municipal de Rodaje sobre bicicletas y carros conjuntamente con el Arbitrio Provincial de Rodaje, y para lo cual transcribe el acuerdo de aquella Corporación Municipal de 27 de octubre último. El Jefe del Negociado de Arbitrios que suscribe, tiene el honor de informar, que por el Pleno de esta Diputación en sesión celebrada el 29 de noviembre de 1955, se tomó el acuerdo por el cual los Ayuntamientos que solicitaran la unificación de la Tasa de Rodaje, conjuntamente con el Arbitrio Provincial, aportarían: 1º. La confección del Padrón por sus funcionarios. 2º. Exposición al público para oir reclamaciones que formulen los interesados. 3º. Registro de altas y bajas, comunicandolo a la Diputación. 4º. Abonarán el 3,50% de los ingresos producidos por la tasa, en concepto de premio de cobranza a los Recaudadores. Como quiera que el Ayuntamiento de Mondariz, según se desprende del referido acuerdo, acepta en todas sus partes las condiciones de esta Diputación, es del parecer del que suscribe proponer a V.E. la unificación de la Tasa de Rodaje sobre carros y bicicletas conjuntamente con el Arbitrio provincial y que se incluya en el Padrón que se confeccione para el ejercicio de 1961. el Pleno acuerda de conformidad con la preinserta propuesta. ------ Folla: 72 22. Aprobar la unificación de la Tasa Municipal y el Arbitrio provincial de Rodaje y Arrastre del Ayuntamiento de As Neves. Se da cuenta de informe del Negociado de Arbitrios en el que dice: El Ayuntamiento de As Neves, por oficio número 978 de 20 del actual, solicita de esta Diputación la unificación de la Tasa Municipal de Rodaje sobre bicicletas y carros conjuntamente con el Arbitrio Provincial de Rodaje, y para lo cual transcribe el acuerdo de aquella Corporación Municipal de 25 de noviembre último. El Jefe del Negociado de Arbitrios que suscribe, tiene el honor de informar, que por el Pleno de esta Diputación en sesión celebrada el 29 de noviembre de 1955, se tomó el acuerdo por el cual los Ayuntamientos que solicitaran la unificación de la Tasa de Rodaje, conjuntamente con el Arbitrio Provincial, aportarían: 1º. La confección del Padrón por sus funcionarios. 2º. Exposición al público para oir reclamaciones que formulen los interesados. 3º. Registro de altas y bajas, comunicandolo a la Diputación trimestralmente a los efectos de control y recaudación. 4º. Abonarán el 3,50% de los ingresos producidos por la tasa, en concepto de premio de cobranza a los Recaudadores. Como quiera que el Ayuntamiento de Mondariz, según se desprende del referido acuerdo, acepta en todas sus partes las condiciones de esta Diputación, es del parecer del que suscribe proponer a V.E. la unificación de la Tasa de Rodaje sobre carros y bicicletas conjuntamente con el Arbitrio provincial y que se incluya en el Padrón que se confeccione para el ejercicio de 1961. el Pleno acuerda de conformidad con la preinserta propuesta. ------ Folla: 72 23. Aprobar propuesta fijando el precio de los impresos de declaraciones juradas a efectos de tributación por el arbitrio sobre la riqueza provincial. Se da cuenta de informe del Sr. Interventor en el que dice: El articulo 12 de la Ordenanza que regula la exacción del Arbitrio sobre la riqueza provincial, aprobada por esta Corporación y que surtirá efectos a partir de 1º de enero de 1961, dice: "Las personas sujetas al pago del arbitrio, por alguno de los conceptos contenidos en la presente Ordenanza, cuya cobranza no realice directamente el Ayuntamiento, o se efectúa por el sistema de Padrón-matricula, concierto gremial o individual, vienen obligados a recoger dentro de los dias 25 al 30 de los meses de marzo, junio y septiembre y diciembre de cada año, en los Ayuntamientos en que radique la industria o explotación, o en la Diputación, si están enclavados en la capital, los impresos por triplicado, previo abono del valor de los mismos, para la presentación de la declaración jurada de las especies o productos que grava el arbitrio, obtenidos en el trimestre. Los impresos de declaraciones juradas de los productos naturales y transformados, se vienen facilitando gratuitamente a pesar de que su importe suele costar aproximadamente 0,50 pesetas cada ejemplar de declaración. Como quiera que en cumplimiento del mencionado articulo, las personas que interesen los impresos de declaraciones juradas, deben abonar el valor de los mismos, el Interventor que suscribe, tiene el honor de proponer a V.E. que el precio que se podría imponer sería el de una peseta por ejemplar. Los impresos una vez enumerados, serán contabilizados y entregados a la Depositaría de Fondos para ser expedidos al público y a los Ayuntamientos por el valor que se acuerde". el Pleno acuerda de conformidad con la preinserta propuesta. ------ Folla: 72 24. Aprobar Cuentas de Caja correspondientes al 3º trimestre de Presupuesto Ordinario. Visto informe de la Intervención de Fondos provinciales, la Corporación acuerda prestar aprobación a las Cuentas de Caja del Presupuesto Ordinario, que corresponden al 3º trimestre del ejercicio económico de 1960, y que eleva el Sr. Depositario, siendo su resumen el siguiente: Importan los ingresos 32.632.396,62 Importan los gastos 29.849.701,28 Existencia en Caja para el siguiente trimestre 2.782.695,34 ------ Folla: 72 25. Aprobar Cuentas de Caja correspondientes al 3º trimestre de Presupuesto Extraordinario "A". Visto informe de la Intervención de Fondos provinciales, la Corporación acuerda prestar aprobación a las Cuentas de Caja del Presupuesto Extraordinario "A", que corresponden al 3º trimestre del ejercicio económico de 1960, y que eleva el Sr. Depositario, siendo su resumen el siguiente: Importan los ingresos 10.145,66 Importan los gastos 0,00 Existencia en Caja para el siguiente trimestre 10.145,66 ------ Folla: 72 26. Aprobar Cuentas de Caja correspondientes al 3º trimestre de Presupuesto Extraordinario "C". Visto informe de la Intervención de Fondos provinciales, la Corporación acuerda prestar aprobación a las Cuentas de Caja del Presupuesto Extraordinario "C", que corresponden al 3º trimestre del ejercicio económico de 1960, y que eleva el Sr. Depositario, siendo su resumen el siguiente: Importan los ingresos 25.106,25 Importan los gastos 0,00 Existencia en Caja para el siguiente trimestre 25.106,25 ------ Folla: 72 27. Aprobar Cuentas de Caja correspondientes al 3º trimestre de Presupuesto Extraordinario "D". Visto informe de la Intervención de Fondos provinciales, la Corporación acuerda prestar aprobación a las Cuentas de Caja del Presupuesto Extraordinario "D", que corresponden al 3º trimestre del ejercicio económico de 1960, y que eleva el Sr. Depositario, siendo su resumen el siguiente: Importan los ingresos 49.717,74 Importan los gastos 0,00 Existencia en Caja para el siguiente trimestre 49.717,74 ------ Folla: 72 28. Aprobar Cuentas de Caja correspondientes al 3º trimestre de Presupuesto Extraordinario "G". Visto informe de la Intervención de Fondos provinciales, la Corporación acuerda prestar aprobación a las Cuentas de Caja del Presupuesto Extraordinario "G", que corresponden al 3º trimestre del ejercicio económico de 1960, y que eleva el Sr. Depositario, siendo su resumen el siguiente: Importan los ingresos 4.601.301,77 Importan los gastos 4.103.557,21 Existencia en Caja para el siguiente trimestre 497.744,56 ------ Folla: 72 29. Aprobar Cuentas de Caja correspondientes al 3º trimestre de Presupuesto Extraordinario "F". Visto informe de la Intervención de Fondos provinciales, la Corporación acuerda prestar aprobación a las Cuentas de Caja del Presupuesto Extraordinario "F", que corresponden al 3º trimestre del ejercicio económico de 1960, y que eleva el Sr. Depositario, siendo su resumen el siguiente: Importan los ingresos 1.205,50 Importan los gastos 0,00 Existencia en Caja para el siguiente trimestre 1.205,00 ------ Folla: 72 30. Aprobar Cuentas de Caja correspondientes al 3º trimestre de Presupuesto Extraordinario "E". Visto informe de la Intervención de Fondos provinciales, la Corporación acuerda prestar aprobación a las Cuentas de Caja del Presupuesto Extraordinario "E", que corresponden al 3º trimestre del ejercicio económico de 1960, y que eleva el Sr. Depositario, siendo su resumen el siguiente: Importan los ingresos 344.117,87 Importan los gastos 23.957,37 Existencia en Caja para el siguiente trimestre 320.160,50 ------ Folla: 73 31. Aprobar Cuentas de Caja correspondientes al 3º trimestre de Presupuesto Especial del Hogar Provincial. Visto informe de la Intervención de Fondos provinciales, la Corporación acuerda prestar aprobación a las Cuentas de Caja del Presupuesto Especial del Hogar Provincial, que corresponden al 3º trimestre del ejercicio económico de 1960, y que eleva el Sr. Depositario, siendo su resumen el siguiente: Importan los ingresos 355.701,93 Importan los gastos 354.445,54 Existencia en Caja para el siguiente trimestre 1.260,42 ------ Folla: 73 32. Aprobar Cuentas de Caja correspondientes al 3º trimestre de Presupuesto Especial de Contribuciones. Visto informe de la Intervención de Fondos provinciales, la Corporación acuerda prestar aprobación a las Cuentas de Caja del Presupuesto Especial de Contribuciones, que corresponden al 3º trimestre del ejercicio económico de 1960, y que eleva el Sr. Depositario, siendo su resumen el siguiente: Importan los ingresos 2.338.286,75 Importan los gastos 1.760.810,54 Existencia en Caja para el siguiente trimestre 577.476,21 ------ Folla: 73 33. Aprobar Cuentas de Caja correspondientes al 3º trimestre de Presupuesto Especial de Vias y Obras. Visto informe de la Intervención de Fondos provinciales, la Corporación acuerda prestar aprobación a las Cuentas de Caja del Presupuesto Especial de Vias y Obras, que corresponden al 3º trimestre del ejercicio económico de 1960, y que eleva el Sr. Depositario, siendo su resumen el siguiente: Importan los ingresos 1.005.038,02 Importan los gastos 372.453,18 Existencia en Caja para el siguiente trimestre 632.584,84 ------ Folla: 73 34. Devolver al Negociado de Personal para ampliación de informe, instancia de D. Gonzalo Blanco Paz sobre reconocimiento de servicios a efectos de jubilación. Se da cuenta de instancia dirigida a la Presidencia por el Oficial del Servicio de Recaudación de Contribuciones, Don Gonzalo Blanco Paz, exponiendo que por haber cumplido la edad, reglamentaria de jubilación se le reconozcan, a efectos pasivos, como servicios al Estado y a la Diputación, los prestados desde abril de 1936 a 1º de enero de 1948 en el extinguido "Arriendo de Contribuciones" de esta Provincia, y para completar el mínimo de 15 años que acredita el derecho a pensión. Visto el informe del Negociado de Personal, y a fin de resolver con más elementos de juicio, se acuerda que lo amplie, indicando si este funcionario percibe o percibirá cantidad alguna en concepto laboral, o si tiene derecho a ello por haber estado en Agencia Recaudatoria de Contribuciones, en el extinguido "Arriendo" y se informe asimismo si existen antecedentes de reconocimiento de servicios a algún funcionario del Servicio de Recaudación de Contribuciones. ------ Folla: 73 35. Conceder al Ingeniero de Montes D. José Taboada Lobit, el pase a la situación de excedencia voluntaria. Se da cuenta de instancia del Ingeniero de Montes, Don José Taboada Lobit, solicitando la excedencia voluntaria en el servicio previo abono de su cuenta de atrasos que ha devengado por el tiempo que estuvo cesantes a consecuencia de incompatibilidad de funciones acordada por el Pleno. Visto el informe del Negociado de Personal, se acuerda abonarle sus haberes hasta 31 de diciembre actual; asimismo los atrasos que reclama tan pronto se apruebe por la Delegación de Hacienda el Presupuesto Ordinario para el ejercicio económico de 1961, en el que existe la consignación debida. Al propio tiempo se concede al Sr. Taboada Lobit, la excedencia voluntaria que solicita, por duración minima de un año y máxima de diez, y en la condiciones que se determinan en el articulo 62 del vigente Reglamento de Funcionarios de Administración Local de 30 de mayo de 1952. ------ Folla: 73 36. Pasar a informe de la C. de Hacienda instancia de Igualatorio Medico Colegial, sobre aumento de cuota por mejora de servicios. Se da cuenta de instancia suscrita por el Presidente del Consejo de Administración del Igualatorio Médico Colegial S.A. manifestando su deseo de mejorar los servicios sanitarios que viene dispensando a los empleados de esta Diputación, mediante la elevación de la prima actual (75 ptas) a 100 pesetas por asegurado. A estos efectos acompaña un proyecto de contrato a suscribir entre dicho Igualatorio y esta Diputación, desarrollado en once estipulaciones. el Pleno, a fin de resolver con los necesarios elementos de juicio, acuerda para este asunto a informe de la Comisión de Hacienda y de la Intervención de Fondos provinciales. ------ Folla: 73 37. Ratificar Resoluciones Presidenciales sobre gratificaciones eventuales a funcionarios. Ratificar las Resoluciones Presidenciales de fecha 16 de diciembre actual, sobre gratificaciones eventuales a los funcionarios que en las mismas se relacionan y en la cuantía que se indica. Estas Resoluciones Presidenciales llevan los números de Registro de Salida 6.875 a 6.885 ambas inclusive. ------ Folla: 73 38. Ratificar contratos laborales de trabajo con el personal del Hogar Provincial que se relaciona. Ratificar los contratos de trabajo formalizados por la Presidencia en 1º de diciembre del año en curso, con los empleados del Hogar Provincial que a continuación se relacionan: Doña Maria Solar Vázquez, Doña Victoriana Fernández Rodríguez, Doña Maria Insua Durán, Don Manuel Martínez Martínez, Doña Remedios Vázquez Sueiro, Doña Maria del Carmen Covelo Neira, Don Celestino Miguel Beato Rodríguez, Don Arturo Rodríguez Ozores, Don Manuel Fontán Acuña, Don Ricardo Aboal Carmuega y Don José Mella Peleteiro. ------ Folla: 73 39. Señalando nuevos haberes al Auxiliar D. José Barreiro Mariño por causar baja en la Agrupación Temporal Militar y alta en el escalafón General de esta Diputación. Se da cuenta de Orden de la Presidencia del Gobierno de 6 de diciembre actual (Boletin Oficial del Estado número 298) que dice asi: "Causa baja en la Agrupación Temporal Militar para destinos Civiles, el Sargento de Infanteria Don José Barreiro Mariño, destinado en la Diputación Provincial de Pontevedra, retirado en 22 de noviembre de 1960, debiendo hacersele nuevo señalamiento de haberes conforme a lo establecido en el articulo 23 de la Ley de 30 de marzo de 1954". Por Orden de 22 de septiembre de 1954 (B.O. del Estado número 270) se adjudicó con carácter definitivo al Sr. Barreiro Mariño, una vacante de Auxiliar del cuerpo Administrativo de esta Diputación, habiendo tomado posesion del cargo el dia 7 de octubre del mismo año. Vistos los articulos de pertinente aplicación de la Ley de 15 de julio de 1952, Orden de 21 de marzo de 1953 y Ley de 30 de marzo de 1954, el Pleno tiene a bien acordar: 1º. Que el funcionario Don José Barreiro Mariño pase a formar parte del Escalafón General del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de esta Diputación con efectos a partir de 22 de noviembre de 1960 y antigüedad de 7 de octubre de 1954. 2º. Que al causar baja en la Agrupación quedan fijados sus haberes del modo siguiente: a). El importe de todas las gratificaciones fijas o eventuales que no tengan naturaleza de sueldo y que con carácter general disfrutan los Auxiliares Administrativos de esta Diputación (2.250 ptas de plus eventual de carestia de vida, más 6.000 pesetas de plus especial). b). La gratificación equivalente al sueldo base que le correspondería percibir según su categoria (14.000 pesetas). Estos haberes se establecen sin perjuicio de que su importe se incremente si le correspondiese ascenso en el Escalafón respectivo. Contra este acuerdo podrá interponerse el recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en los plazos que determinan los articulos 52 y 58 de la Ley de 27 de diciembre de 1956. ------ Folla: 73 40. Fijar haberes a varias Viudas pensionistas de esta Diputación. A propuesta del Negociado de Personal y aceptandose el informe emitido por el mismo, se fijan los haberes de las Viudas que a continuación se relacionan, del modo siguiente: Pensiones de viudedad Con arreglo a Ley Común Mejora graciable 1º Doña Andrea Garrido García 3.600,00 4.400,00 2º Doña Herminia Negreira Silva 3.600,00 2.400,00 3º Doña Josefa Fernández Cabanillas 3.600,00 2.400,00 Estas rectificaciones se practican para atemperarlas al Decreto de 30 de noviembre de 1956 en su articulo 5-2º y reflejar así la verdadera situación legal en los respectivos Padrones individuales de inscripción de pensionistas en la Mutualidad Nacional de la Previsión Social. ------ Folla: 73 41. Rectificar el haber de jubilación del Médico jubilado D. Francisco López Pereira. Se da cuenta de informe del Negociado de Personal que copiado literalmente, dice así: "Al procederse a la inscripción del Padrón individual de Pensionistas de esta Corporación-Modelo 301-01, a fin de ser remitido a la Mutualidad Nacional de Previsión de Administración Local, se observó que al Medico jubilado de esta Corporación Don Francisco López Pereira, se le había dejado de computar un quinquenio a su sueldo consolidado; por esta razón el haber de jubilación que a dicho pensionista se le fijaba venía siendo en menor de lo que legalmente le corresponde. Verificada esta revisión, el Negociado de Personal tiene el honor de proponer al Pleno que los haberes pasivos del Sr. López Pereira queden fijados de la manera siguiente: 80% de su sueldo regulador (13.066,66) 10.453,32 Ptas. 30% incremento Decreto 30-11-1956 3.135,99 " Total haber de jubilación 13.589,31 Ptas Además las dos pagas extraordinarias que "como pasivo" le concede la Orden de 18 de noviembre de 1953, con motivo de Navidad y 18 de julio. Todo ello con efectos a partir del dia 3 de cotubre de 1959, fecha ésta en que se omitió el cómputo del quinquenio indicado". el Pleno aprueba en sus propios términos el preinserto informe, acordando que el haber de jubilación del Médico Don Francisco López Pereira, quede rectificado en los términos que se indican. ------ Folla: 73,74 42. Aprobar nómina de horas extraordinarias causadas por el personal laboral del Hogar Provincial en los meses de mayo a septiembre de 1960. Vista la nómina de horas extraordinarias devengadas por el personal laboral, que en la misma se relaciona, correspondiente a los meses de mayo a septiembre de 1960, autorizada por la Administración del Hogar Provincial en 30 de septiembre último, y teniendo asimismo en cuenta los informes favorables de la Comisión de Beneficencia y Obras Sociales, Negociado de Personal e Intervención de fondos; el Pleno tiene a bien acordar que el pago de dicha nómina de "horas extraordinarias", que asciende a la cantidad de pesetas 4.165,93, se libre con cargo al Capitulo I, Articulo 1º, Partida 34, del vigente Presupuesto Ordinario de Gastos. ------ Folla: 74 43. Dejar sobre la Mesa expediente de abono de horas extraordinarias y vacaciones no disfrutadas por el maestro de taller de panaderia del Hogar D. Ricardo García Salgado. Se da cuenta de expediente tramitado como consecuencia de oficios números 395 y 706 de 23 de abril y 1º de agosto, respectivamente, del año en curso, del Sr. Administrador del Hogar Provincial, solicitando abono de dias festivos trabajados y vacaciones no disfrutadas por el maestro de panaderia de dicho Centro benéfico, Don Ricargo García Salgado, y que corresponden a los años 1959 y 1960. Vistos los informes del Negociado de Personal, Intervención de Fondos y dictamen de la Comisión de Beneficencia y Obras Sociales; y considerando que sería conveniente el concretar el importe del abono de dias solicitados, así como la procedencia de éste en la parte que afecta a vacaciones no disfrutadas; a propuesta del Sr. Secretario, el Pleno acuerda dejar este asunto sobre la Mesa. ------ Folla: 74 44. Conceder a los funcionarios que se indican gratificaciones por trabajos extraordinarios. Se da cuenta de Moción de la Presidencia que dice así: "El Presidente que suscribe, haciendo uso de la facultad que le concede el número 3 del articulo 87 del Reglamento de Funcionarios de Administración Local, ha concedido, durante el corriente ejercicio, a propuesta de los respectivos Jefes de Servicios, las gratificaciones a favor de los empleados en activo y por los conceptos y cuantía que, a continuación se expresan: Al Oficial de Secretaria Don Manuel Blanco Filgueira, por servicios especiales en la Delegación Provincial de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales, durante los meses de enero y diciembre, ambos inclusive, del corriente año, 16.800 pesetas. Al personal de Intervención, por trabajos especiales en la liquidación del Presupuesto de 1959, 3.300 pesetas. A los funcionarios de Intervención: Sres. Don Fernando López Viaño, José Luis Goitia y Soledad Tapia, por trabajos especiales en horas extraordinarias para la confección del Presupuesto para 1961, 3.000,00 pesetas. A los funcionarios Don Fernando López Viaño y D. José Luis Goitia, por horas extraordinarias en sentar las operaciones contables en el "Diario de Intervención de Gastos" durante la ausencia de la empleada Doña Maria del Carmen Santos Blanco, por razón de licencia por alumbramiento disfrutada por la referida funcionaria, 2.400,00 pesetas. Y a los efectos prevenidos en el repetido número 3 y articulo 87 del mentado Reglamento, esta Presidencia, lo pone en conocimiento del Pleno de la Corporación. Pontevedra, 23 de diciembre de 1960. Firmado: Prudencio Landin. el Pleno acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 74 45. Elevar consulta a la Dirección Gral. de Administración Local, en relacion con la provisión de la plaza de Capellán y Auxiliar para el Gran Hospital. Se da cuenta de oficio de Monseñor Don Lino García y García, Arcipreste de Lérez, de fecha 3 de octubre último dirigido a la Presidencia, aludiendo al nombramiento provisional hecha por el Cardenal Arzobispo de Santiago a favor del Sacerdote Don Celso Alcaina Canosa para el cargo de Capellán del Hospital Provincial. Asimismo queda enterada la Corporación de oficio de su Eminencia Rvdma. el Cardenal Arzobispo de Santiago de Compostela de 3 de diciembre actual, insistiendo en la necesidad de proveer debidamente el expresado cargo de Capellán, e incluso, además, un Capellán auxiliar para suplir al titular en vacaciones, ausencias, enfermedades y horas libres, con obligación de residir habitualmente en el Centro. el Pleno acuerda elevar consulta a la Dirección General de Administración Local, remitiendo a este Centro Directivo todos los antecedentes del caso, a fin de resolver en su dia lo procedente, con los debidos asesoramientos de la Superioridad. ------ Folla: 74 46. Aprobar y declarar de abono relación de estancias de acogidos en el Patronato del Niño Jesús del Remedio de Madrid. De conformidad con lo informado por la Comisión de Beneficencia y Obras Sociales e Intervención de Fondos; el Pleno acuerda prestar aprobación y declarar de abono, con cargo al Capitulo XI, Articulo Uº Partida 133 del vigente Presupuesto de Gastos, la relación de estancias devengadas por menores internados en el Patronato del Niño Jesús del Remedio de Madrid, destinado a la protección de niños, hijos de familias leprógenas, correspondiente a los trimestres 1º, 2º, y 3º del corriente año de 1960, cuyo importe asciende a la cantidad de 8.490 pesetas. ------ Folla: 74,75 47. Conceder una gratificación a D. José Covelo Neira, para compensarle por su cometido de administrador interino del Colegio de A Lanzada. A propuesta de la Comisión de Beneficencia y Obras Sociales; el Pleno acuerda no admitir por el momento, la renuncia de la Administración del Colegio de Sordomudos instalado en el Sanatorio Maritimo de A Lanzada, cargo que le había sido conferido al Sr. Administrador del Hogar Provincial, Don José Covelo Neira, y para compensarle de los trabajos y desplazamientos necesarios a dicho fin, y los que pueda realizar en el futuro, asignarle la gratificación de 9.000 (nueve mil) pesetas por una sola vez, y que le será satisfecha con cargo al Presupuesto Provincial de Gastos de 1960. ------ Folla: 75,76 48. Aprobar convenio de colaboración del servicio de Inseminación Artificial Ganadera entre esta Diputación y la Dción. Gral. de Ganaderia. De conformidad con lo informado por la Comisión de Agricultura, Ganaderia y Repoblación Forestal, se acuerda prestar aprobación al contrato de 9 de diciembre actual, del Convenio de colaboración del Servicio de Inseminación Artificial Ganadera entre esta Excma. Diputación y la Dirección General de Ganaderia con efectos a partir del primero de mayo del corriente año y cuyo texto literal se transcribe a continuación: En Pontevedra, a nueve de diciembre de mil novecientos sesenta De una parte: El Sr. Jefe Provincial de Ganaderia Don José Luis García Ferrero que interviene en nombre y representación de la Dirección General de Ganaderia en esta provincia. De la otra: El ILtmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, Don Prudencio Landin Carrasco, quien actúa en nombre y representación de la misma. De mutua conformidad celebran el presente contrato por el que se regula el presente documento y como antecedentes del mismo hacen constar: Habiendo surgido dificultades económicas que impiden a la Dirección General de Ganaderia continuar sosteniendo los gastos del Centro Primario de Inseminación Artificial Ganadera de Pontevedra y siendo la Excma. Diputación consciente de la importancia que para el incremento de la riqueza provincial tiene y ha de tener el Servicio de Inseminación Artificial Ganadera y al objeto de que la Excma. Diputación de Pontevedra obtenga el reconocimiento Pleno de unas facultades que le servirán de estimulo para continuar realizando la labor de mejora ganadera, y si preciso fuera, ampliando el esfuerzo económico que de tiempo atrás dedica a tan plausible fin, los reunidos celebran la presente convención que se contén en las siguientes: Cláusulas Primera.- La Excma. Diputación de Pontevedra se hace cargo en esta fecha del Centro Primario A. de Inseminación Artificial Ganadera de su capital, que hasta ahora dependía a todos los efectos, de la Dirección General de Ganaderia. Segunda.- Dicho Centro dependerá en el aspecto administrativo y económico de la Excma. Diputación Provincial, conservando su dependencia técnica, en todo lo que se refiere a inspección y vigilancia de la Dirección General de Ganaderia, directamente y a través de su Servicio Provincial, cuyo Jefe de Servicio será el Inspector Asesor Técnico, tanto del Centro Primario como de los Centros Secundarios de él dependientes. Tercera.- Todos los Centros Sencundarios existentes en la actualidad en la provincia, así como todos aquellos que se instalen en el futuro, previa autorización de la Dirección General de Ganaderia, dependerán administrativamente de ese Centro Primario. Cuarta.- El personal técnico y auxiliar y subalterno del Centro Primario, será nombrado por la Excma. Diputación Provincial y percibirá sus haberes con cargo al presupuesto de la Corporación, a cuyo efecto se formalizarán los correspondientes contratos laborales y de arrendamiento de servicios. Quinta.- Serán de cargo de la Excma. Diputación: a). Alimentar y cuidar los sementales suministrandoles las raciones alimenticias adecuadas en relación con el régimen higiénico - sexual que indique el personal técnico que regente dicho Centro. b). Dotar de sementales en número preciso y reemplazarle a medida que las necesidades del servicio lo reclamen. No obstante la Dirección General de Ganaderia proporcionará sementales de excelente genealogía al Centro, siempre y cuando sus disponibilidades presupuestarias lo permitan. c). Satisfacer los gastos generales del funcionamiento, luz, material y demás precisos para el cumplimiento de estos fines. d). Renovar el material, instrumental y reactivos precisos para el Centro Primario. Sexta.- Los Veterinarios inseminadores técnicos de los Centros Secundarios, serán nombrados por la Dirección General de Ganaderia a propuesta de la Diputación y percibirán sus honorarios del cobro del Servicio de los ganaderos ususarios, de acuerdo con lo estipulado con la cláusula siguiente. Séptima.- La Excma. Diputación fijará en todo momento la tarifa aplicable por el Servicio de Inseminación Artificial, la cual deberá encontrarse ajustada a los topes máximos legales y sometida a conocimiento y aprobación de la Dirección General de Ganaderia. Octava.- El material inventariable que hasta la fecha ha sido entregado al Centro Primario y a los Secundarios de él dependientes, por la Dirección General de Ganaderia, será inventariado y utilizado por los Centros existentes en la provincia, debiendo ser entregados a la Dirección General de Ganaderia en las condiciones en que se hallan en tal momento si el Centro volviera a funcionar bajo su dirección. Novena.- La Diputación Provincial no está obligada a suministrar ni reponer material alguno a los Centros Secundarios. Décima.- La cesión de sementales por la Dirección General al Centro Primario, se formalizará en los contratos establecidos a tal fin por este Organismo. Undécima.- La Excma. Diputación llevará de acuerdo con la Jefatura Provincial de Ganaderia, el control de productos de inseminación artificial, ganadera, y a tal efecto se formalizarán los oportunos libros genealógicos, en los que habrán de registrarse obligatoriamente los nacimientos de productos, a cuyo fin los Veterinarios Titulares vendrán obligados a comunicar mensualmente al Servicio de Ganaderia de la Excma. Diputación los productos obtenidos en inseminación en sus diferentes partidos Veterinarios. Duodécima.- El presente convenio entrará en vigor el dia 1º de mayo de 1960, y cuantas dudas puedan surgir en el funcionamiento del Servicio, así como las posibles modificaciones del presente convenio que la práctica aconseje se resolverán por acuerdo entre los Organismos firmantes. Y para que conste firman este documento por duplicado, en un solo efecto y lugar "utsupra". El Jefe Provincial de Ganaderia; firmado : José Luis Garcia Ferrero.- El Presidente de la Diputación firmado:Prudencio Landin Carrasco. ------ Folla: 76 49. Aprobar contrato de Cesión de Sementales para el Servicio de Inseminación Artificial Ganadero, establecido entre esta Diputación y la Dción. Gral. de Ganaderia. De conformidad con lo informado por la Comisión de Agricultura, Ganaderia y Repoblación Forestal, se acuerda prestar aprobación al contrato de 9 de diciembre de 1960 de Cesión de Sementales para el Servicio de Centro Primario de Inseminación Artificial Ganadera de Pontevedra cuyas cláusulas literales se insertan a continuación: Cesión de sementales para el Servicio del Centro Primario de Inseminación Artificial Ganadera de Pontevedra. La Dirección General de Ganaderia y en su nombre Don José Luis García Ferrero, Jefe del Servicio Provincial de Ganaderia de Pontevedra, hace entrega a la Excma. Diputación Provincial de los sementales siguientes: Bonito II.- Raza Rubia Gallega, especie vacuna, nacido en diciembre de 1955, adquirido en el Ayuntamiento de Lugo. Lindo II.- Especie vacuno, Raza Rubia Gallega, nacido en junio de 1957, adquirido en el Ayuntamiento de Lugo. Cal III.- Especie vacuno, Raza Rubia Gallega, nacido en agosto de 1958, adquirido en el Ayuntamiento de Lugo. 443 Priegola Harkerysls Theo Inca.- Especie vacuno, Raza Holandesa Frisia, adquirido en la Granja Priégola, 4 años edad. Auktyc Adkma. Especie vacuna, Raza Holandesa Frisia, 4 años de edad. Porriño.- Especie vacuno, Raza Holandesa Frisia, nacido en abril de 1958, adquirido en la Granja Do Louro. Cláusulas Primera.- Los seis ejemplares entregados son propiedad del Estado, teniendolos la Excma. Diputación en calidad de depósito. Segunda.- La entrega se hace por tiempo indefinido, a no ser que causas especiales obligaron a la Diputación a desprenderse de alguno de ellos. Tercera.- La Excma. Diputación queda obligada a proporcionar a los sementales las atenciones higiénicas, cuidados sanitarios y la alimentación que determinen los técnicos dependientes de la Dirección General de Ganaderia. Cuarta.- La Excma. Diputación se obliga a facilitar a los funcionarios de la Dirección General de Ganaderia cuantos datos le sean, interesados para el debido estudio y enjuiciamiento de los sementales cedidos, permitiendo asimismo, el acceso a los locales en los que se alberguen dichos sementales. Quinta.- Cuando algún semental de los cedidos no reuna las condiciones convenientes para el Servicio del Centro de I.A.G. a juicio del Jefe del mismo, lo manifestará al Servicio Provincial de Ganaderia mediante instancia acompañada de certificado en que se haga constar las causas o defectos que motiven el derecho. La Jefatura Provincial de Ganaderia con su informe lo elevará a la Dirección General de Ganaderia para su resolución. Sexta.- Cuando la Dirección General de Ganaderia autorice el derecho del semental y su destino para el sacrificio, la Excma. Diputación no tendrá derecho a percibir emolumento alguno al ser enajenado. Séptima.- La muerte de alguno de los sementales cedidos será comunicada por el Jefe del Centro al Jefe del Servicio Provincial de Ganaderia, comunicando las causas de la misma. El citado Organismo dará cuenta a su vez, a la Dirección General de Ganaderia, quien podrá disponer las averiguaciones oportunas. Octava.- De la vigilancia en el cumplimiento de lo establecido en el presente contrato queda encargado el Jefe del Servicio Provincial de Ganaderia. Este contrato se extiende por triplicado, entregandose un ejemplar a la Excma. Diputacion Provincial, otro para su archivo en la Jefatura Provincial de Ganaderia y el tercero se enviará a la Dirección General de Ganaderia. Lo firman en Pontevedra a veintinueve de octubre de mil novecientos sesenta. El Jefe Provincial de Ganaderia.- firmado José Luis Ferrero García. El Presidente de la Diputación firmado: Prudencio Landin. Vº.Bª El Director General de Ganaderia. ------ Folla: 76 50. Dejar sobre la Mesa prórroga del contrato de arrendamiento de servicios del personal del Centro Primario de Inseminación Artificial. Se da cuenta de informe de la Comisión de Agricultura, Ganaderia y Repoblación Forestal, proponiendo la próroga por un semestre de los contratos de arrendamiento de servicios y laborales formalizados con el personal del Centro Primario de Inseminación Artificial; como asímismo de "nota de dicho Centro interesando el abono de las pagas de julio y navidad". A petición del Sr. Secretario, se acuerda dejar este asunto sobre la mesa para que por el Negociado de Personal se informe detalladamente sobre el particular, a fin de resolver el Pleno con los necesarios elementos de juicio en la próxima sesión que se celebre. ------ Folla: 76 51. Dar cuenta a la Jefatura Provincial de Ganaderia del precio de las dosis para Inseminación en los Centros Secundarios, para conocimiento de los respectivos Veterinarios. A propuesta de la Comisión de Agricultura y Ganaderia, se acuerda comunicar a la Jefatura Provincial de Ganaderia, a fin de que a su vez lo notifique a los Sres. Veterinarios de la provincia, con Centros Secundarios de Inseminación Artificial Ganadera, que a partir de primero de enero de 1961 los gastos por transporte de semen desde el Centro Primario a los respectivos Centros Secundarios será por su cuenta y que el precio de la dosis enviada y aplicada será de tres pesetas. ------ Folla: 76 52. Aprobar proyectos y presupuestos de adaptación de dos locales en la Granja "Areeiros" para cria de ternero 1ª edad y alojamiento en 2ª edad. De conformidad con lo informado por la Comisión de Agricultura y el Sr. Interventor, el Pleno acuerda prestar aprobación a los proyectos y presupuestos de adaptación de dos locales en la finca "Areeiros", para cria de terneros de primera edad que importa 10.188 pesetas, y para la de alojamiento de terneros de segunda edad que suma 26.568 pesetas, autorizando a la Presidencia para su contratación directa y debiendo satifacerse los indicados gastos con cargo al Capitulo II, Articulo Uº, Partida 150 bis, del vigente Presupuesto de Gastos. ------ Folla: 76 53. Enterarse del desenvolvimiento económico del Circuito de Inseminación en el mes de noviembre y disponer el ingreso en Arcas provinciales del beneficio producido. La Comisión de Agricultura y Ganaderia eleva informe del Servicio de Fomento Ganadero de esta Excma. Diputación, dando cuenta de la marcha y desenvolvimiento económico durante el mes de noviembre último del Circuito de inseminación Artificial del que resulta que por el 70% de ingresos en dicho periodo corresponden a la Administración provincial 952 pesetas. El Pleno queda enterado y acuerda que por dicho Servicio se efectúe en Arcas provinciales el ingreso del referido importe de 952 pesetas. ------ Folla: 76 54. Autorizar a la Presidencia para adquirir un semental para el Centro Primario de Inseminación Artificial de la raza rubia gallega. De conformidad con la propuesta del Servicio de Ganaderia Sr. Paniagua que informan favorablemente la Comisión de Agricultura y el Sr. Interventor, se acuerda adquirir un semental para el centro Primario de Inseminación Artificial de la raza rubia gallega, cuyo importe no podrá exceder de la cantidad de 26.000 pesetas, autorizandose a la Presidencia para efectuar el contrato de compra de modo directo y resolviendo se satisfaga este gasto con cargo al Capitulo II, Articulo Uº, Partida 109 bis del vigente Presupuesto de Gastos. ------ Folla: 76 55. Encomendar al Servicio de Ganaderia formule petición de un semental para el Centro Primario de Inseminación al Ministerio de Agricultura. A propuesta de la Comisión de Agricultura y Ganaderia, se acuerda encomendar al Servicio de Ganaderia de esta Excma. Diputación formule en nombre de la Presidencia petición al Ministerio de Agricultura para que se digne facilitar un semental con destino al Centro Primario de Inseminación Artificial Ganadera de esta provincia. ------ Folla: 76,77 56. Autorizar a la Mutua Ganadera de A Guarda para sacrificar el semental denominado "Alpis" aplicando su valor para la creación de un Centro Secundario. De conformidad con la propuesta de la Comisión de Agricultura y Ganaderia y lo informado por el Servicio de Fomento Ganadera de esta Excma. Diputación, se acuerda acceder a lo solicitado por la Mutua Ganadera de A Guarda y, como solución adecuada, autorizar a la misma para sacrificar el semental que se le cediera llamado "Alpis" de raza holandesa, aplicando el importe de su valor en el dia de la cesión a la creación de un Centro Secundario de Inseminación Artificial protegido por esta Diputación. ------ Folla: 77 57. Ratificar Resolución designando Vocal suplente de la Junta provincial de Coordinación de transportes a D. Antonio Posse de la Linde. Se acuerda ratificar resolución presidencial número 6.874 dictada en 16 del corriente, por la que se designó Vocal suplente de la Junta provincial de Coordinación de Transportes como representante de los usuarios viajeros, al Jefe de Negociado Don Antonio Posse de la Linde. ------ Folla: 77 58. Adquirir 20 ejemplares de la obra "Historia de Vigo" y facultar a la Presidencia para su distribución. Se da cuenta de atenta carta de Don José A. Alvarez Blanquez por la que se suplica la adquisición por este Organismo de algún ejemplar de la obra "Historia de Vigo", de la que es autor. el Pleno, acuerda adquirir 20 ejemplares de la referida obra, facultando a la Presidencia para que señale las Bibliotecas Públicas de nuestra provincia, entre las que se distribuirá el referido libro. ------ Folla: 77 59. Dar cuenta de telegrama cursado a la Dción. Gral, de Sanidad comunicando cantidad presupuestada en 1960 para atenciones psiquiátricas. Se da cuenta de telegrama contestando al que cursó la Dirección General de Sanidad, en el que interesaba se comunicase a la Secretaria General del Patronato Nacional de Asistencia Psiquiátrica, la cantidad presupuestada para el presente año de 1960 por esta Diputación en todos los conceptos para atenciones y asistencia psiquiátrica en esta Provincia, que dice así: "Diputación Provincial Pontevedra ha presupuestado atenciones asistencia psiquiátrica para presente año dos millones novecientas veintiocho mil doscientas noventa y dos pesetas con sesenta y ocho céntimos (2.928.292,68 pesetas). Saluda de, Prudencio Landin. Presidente. el Pleno acuerda quedar enterado. ------ Folla: 77 60. Aprobar expediente de revisión de precios de laRampa al Mosteiro en el c.v. del empalme de la Cª de Cambados a Vilargacia de Arousa a S. Salvador de Meis. Prestar aprobación al expediente de revisión de precios incoado a la rampa al Mosteiro en el c.v. del Empalme de la carretera de Cambados a Vilagarcia de Arousa a San Salvador de Meis, de cuyas obras es contratista Don Mariano Alba Quintana, que arroja un saldo a favor de dicho Sr. de 38.307,32 pesetas que serán libradas con cargo a la consignación del Capitulo 6º, Articulo 1º, Partida 2ª del vigente Presupuesto Especial de Vias y Obras. ------ Folla: 77 61. Acrecer en Dña. Pilar Abeigón Sánchez la parte de la pensión que disfrutaban sus hermanas Carmen y Maria Luisa. A propuesta del Negociado de Personal y aceptando el Pleno su informe, se acuerda que en la pensión de Orfandad concedida por esta Corporación conjuntamente a favor de las hermanas, Carmen, Maria Luisa y Pilar Abeigón Sánchez, causen baja en el disfrute de la misma las dos primeras, por haber contraido matrimonio, acreciendo su parte a la última de las expresadas, que es la única que conserva aptitud legal para el goce de la pensión, conforme el articulo 84 y demás de pertinente aplicación del vigente Estatuto de Clases Pasivas del Estado. ------ Folla: 77 62. Enterarse de cartas de agradecimiento de "Reyes Hermanos" y Montañeros Celtas. Diose cuenta de carta que dirige a la Presidencia la Sociedad Ltda. "Reyes y Hermanos" de esta capital, agradeciendo la valiosa cooperación prestada por los Servicios de esta Excma. Diputación para extinción del incendio producido en sus almacenes dias pasados. También se entera el Pleno de carta de la Secretaria del Centro de Montañeros Celtas domiciliado en Vigo, agradeciendo el trofeo-donativo de esta Diputación para el concurso fotográfico en su XIV edición. ------ Folla: 77 63. Enterarse de cena extraordinaria de Nochebuena a los acogidos en Centros benéficos y agradecer donativo a este fin concedido por "Embotelladora Celta, S.A." La Presidencia da cuenta a sus compañeros de Corporación de que, facultando como en años anteriores, ha dispuesto la organización, que se llevó a efecto con todo éxito de la cena extraordinaria de Nochebuena con que la Diputación obsequia a los acogidos en sus centros benéficos, así como de los obsequios recibidos de Embotelladora Celta, S.A. de Vigo, para aquellos establecimientos benéficos, por lo que el Pleno al quedar enterado con satisfacción, acuerda se testimonie su gratitud al Consejero - Delegado, Don Manuel Garalla y al Diputado Provincial Don Faustino Alvarez Alvarez, por la gentileza con que han suministrado refrescos Pepsi - Cola para los acogidos. ------ Folla: 77 64. Aprobar moción de la Presidencia sobre construcción de un grupo de 50 viviendas para funcionarios. Por la Presidencia se expone sucintamente que tiene en estudio la construcción de viviendas con destino a los funcionarios de esta Diputación, necesidad tan sentida en la actualidad. Estas viviendas en número de unas 50 podrían distribuirse, atendiendo a la superficie habitable, en cinco tipos, con un Presupuesto de obra de unas 14.160.000 pesetas aproximadamente, de cuya cantidad habría de deducirse la subvención aportada en estos casos por el Estado. Las cantidades a desembolsar por los funcionarios para la conservación de las viviendas y amortización del capital invertido en un plazo de 20 años, podrán ser de 680 pesetas mensuales para las de tipo inferior hasta 1.400 pesetas para las del tipo 5º superior. A estos efectos, la Diputación podría concertar una operación de préstamo con una Entidad de crédito de las legalmente autorizadas para estos casos. La Excma. Corporación, por unanimidad, hace suya la iniciativa de la Presidencia, que estima de la mayor necesidad y urgencia, facultando al Presidente para realizar las gestiones de todo orden que sean necesarias a fin de llevar a cabo, lo antes posible, esta plausible mejora. ------ Folla: 77 65. Hacer constar la satisfacción por la concesión de la Medalla de Oro de la Juventud al Excmo. Sr. Don Rafael Fernández Martínez, Gobernador Civil. Hacer constar en acta la satisfacción del Pleno de la Corporación, al serle concedida por la Superioridad al Excmo. Sr. Don Rafael Fernández Martínez, Gobernador Civil de la Provincia, la Medalla de Oro de la Juventud, a quien con todo afecto felicita esta Diputación por tan merecido distinción y agradece al Excmo. Sr. Ministro Secretario General del Movimiento y Delegado Nacional de Juventudes, la acertada designación en la persona de nuestra primera autoridad de la Provincia. ------ Folla: 77 66. Dar cuenta de telegrama cursado al Excmo. Sr. D. Pedro Nieto Antunez felicitandole por su nombramiento de Subsecretario de Marina Mercante. Por la Presidencia se entera al Pleno de telegrama que ha cursado el dia 24 del corriente al Excmo. Sr. Don Pedro Nieto Antunez en nombre propio de esta Corporación provincial felicitandole por el merecidísimo nombramiento hecho por el Gobierno a favor de ilustre Jefe de la Marina Española para el elevado cargo de Subsecretario de la Marina Mercante en cuyo puesto le desea esta Excma. Diputación los mayores éxitos a la vez que le ofrece su incondicional colaboración. ------ Folla: 77,78 67. Dar cuenta de escrito de la Dirección general de Administración Local, comunicando aprobación de cantidades a consignar para Cooperación provincial y recursos niveladores. Se da cuenta de atento escrito de fecha 22 del corriente mes, del Ilmo.Sr. Director General de Administración Local, transcribiendo a la vez resolución de igual fecha del Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación, por la que, vista la instancia que oportunamente fué elevada por este Organismo, ha tenido a bien aprobar para el ejercicio de 1961 las cifras propuestas por esta Excma. Diputación Provincial de 4.541.116,37 pesetas para Cooperación provincial y 619.877,71 pesetas para nivelación de presupuestos municipales deficitarios de esta Provincia, menores de 20.000 habitantes. El Pleno quedó enterado, debiendo transcribirse en acta dicho escrito, que figura a continuación: "Ilmo. Sr.: El Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación, con esta fecha, me dice lo que sigue: Vista la instancia que eleva la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, solicitando la aprobación de las cifras que se propone consignar en su Presupuesto ordinario para el ejercicio de 1961, con destino a la nivelación de presupuestos municipales y a la cooperación provincial, en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 30 de julio de 1960, dictando normas sobre presupuestos de las Corporaciones Locales. Resultando que, se proyecta por dicha Corporación destinar para el ejercicio de 1961 las cifras de 619.877,71 pesetas para nivelación de presupuestos deficitarios de Municipios menores de 20.000 habitantes con disminución de 124.420,21 pesetas respecto al ejercicio anterior y la cifra de 4.541.116,37 para cooperación provincial con aumento de 534.995,37 pesetas sobre dicho ejercicio. Resultando que, se acompaña a la instancia estado demostrativo del problable rendimiento del arbitrio sobre la riqueza provincial para el ejercicio de 1961, en el que se calcula la cantidad de 26.555.555,55 pesetas con un aumento sobre el correspondiente al ejercicio de 1960, de 3.055.555,55 pesetas, y de su distribución con el siguiente detalle: a) Participación del 10 por 100 de los Ayuntamientos donde se exaccione el arbitrio. 2.655.555,55 b) Recurso nivelador de presupuestos deficitarios para Municipios menores de 20.000 habitantes. 619.877,71 c) Cooperación provincial a los servicios municipales 4.541.116,37 d) Dotaciones ordinarias de la Diputación 18.739.005,92 Rendimiento total del arbitrio 26.555.555,55 Resultando que, con respecto a las economias que la Diputación trata de introducir en sus atenciones específicas para elevar la cifra de cooperación, se manifiesta que el aumento constante de los servicios impide aumentar en mayor cantidad que la efectuada para el ejercicio de 1961 la consignación de cooperación. Resultando que, la Jefatura del Servicio Provincial de Inspección y Asesoramiento de Pontevedra, informa en sentido favorable las cifras proyectadas por la Diputación. Considerando: que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 629 de la Ley de Régimen Local, texto refundido de 24 de junio de 1955, corresponde a este Ministerio señalar las consignaciones presupuestarias que las Diputaciones han de destinar a cooperación provincial y nivelación de presupuestos municipales y resolver sobre las materias con ellas relacionadas. Considerando que, en la solicitud de que se trata se ha cumplido con las normas dictadas en la citada Orden de 30 de julio de 1960, acompañandose los documentos que al efecto se determinan. Considerando que, las razones aducidas por la Corporación provincial en orden a la revisión de las consignaciones para nivelación y cooperación a fin de intensificar la política de inversiones locales y de transformación del medio rural, compartidas en su informe por el Jefe del Servicio Provincial de Inspección y Asesoramiento, son dignas de tenerse en cuenta, ya que, en efecto representan una importante proporción de los rendimientos del arbitrio sobre la riqueza provincial, recurso fundamental con que se dotan dichas atenciones no obstante las diferencia en más previstas en el rendimiento del arbitrio para el próximo ejercicio. Este Ministerio ha tenido a bien aprobar para el ejercicio de 1961 las cifras propuestas por la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, de 4.541.116,37 pesetas para cooperación provincial y 619.877,71 pesetas para nivelación de presupuestos deficitarios. Lo que traslado a V.I. para su conocimiento y efectos.- Dios guarde a V.I. muchos años, Madrid, 22 de diciembre de 1960.- El Director General de Administración Local. Jefe Superior del Servicio de Inspección y Asesoramiento, firmado: José Luis Moris.- ILtmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra. ------ Folla: 78 68. Acuerdos relativos a la apertura de la avenida de circunvalación en la Villa de Ponteareas. Se da cuenta de comunicación que dirige el Sr. Alcalde de Ponteareas de fecha 17 de los corrientes, relacionado con la apertura de la avenida de circunvalación de dicha Villa, así como del informe emitido por el Ingeniero de Vias y Obras de esta Diputación, acordándose lo siguiente: a). Que por el facultativo de esta Diputación Provincial se redacte el proyecto de ensanche del tramo inicial de 300 m. aproximadamente de la carretera de Ponteareas a As Neves. b). Aceptar la cooperación del Ayuntamiento de Ponteareas y notificarle las alineaciones que proceda al desmonte y adecuación de los terrenos afectados, y c). En cuanto al acondicionamiento de riego asfáltico de la faja de terreno que con el ensanche se adicionaria al referido sector de la carretera, se decide participar al referido Ayuntamiento que una vez dado el presupuesto de todo ello, haga la oportuna petición a este Organismo con objeto de incluirlos en futuros planes de Cooperación o buscar una solución económica para dicha obra. ------ Folla: 78 69. Consignar satisfacción por el nombramiento de Dctor. General de Pesca a D. Ignacio del Cuvillo Merello, felicitandole. La Corporación acuerda consignar en acta su satisfacción por el merecido nombramiento, para la Dirección General de Pesca del Excmo. Sr. Don Ignacio del Cuvillo Merello, al que se elevará esta felicitación deseandole en el nuevo puesto toda suerte de éxitos y ofreciendole la colaboración de la Diputación. Se levantó la sesión. ------
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