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1966-12-29_Ordinaria. Acta de sesión 1966/12/29_Ordinaria
Acta de sesión 1966/12/29_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.13.074/1.1966-12-29_Ordinaria
Título Acta de sesión 1966/12/29_Ordinaria
Data(s) 1966-12-29 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 12 Presidente Sr. Lorenzo Docampo Vicepresidente Sr. Puig Gaite Diputados Sr. Casal Aboy Sr. Gómez Rodríguez Sr. González Taboada Sr. Martínez Garrido Sr. Massó García Sr. Peláez Casalderrey Sr. Piñeiro Acosta Sr. Salgueiro Costas Sr. Valeiras de Tierra Secretario Sr. Pérez Jofre de Villegas Interventor Sr. Dapena Mouriño 1. Presidida por el Ilmo. Sr. D. Enrique Lorenzo Docampo, y con asistencia del Vicepresidente, Ilmo. Sr. D. Antonio Puig Gaite, y de los Diputados señores: D. José Casal Aboy, D. Manuel Gómez Rodríguez, D. Luís González Taboada, D. Luciano Martínez Garrido, D. José Mª Massó García, D. José Luís Peláez Casalderrey, D. Victoriano Piñeiro Acosta y D. Ricardo Valeiras de Tierra y D. Domingo Salgueiro Costas, celebró sesión ordinaria el Pleno de la Excma. Diputación, en el Salón de Actos del Palacio Provincial, a las diecisiete horas treinta minutos del día veintinueve de diciembre de mil novecientos sesenta y seis, en primera convocatoria. Actúa como Secretario interino D. Luís Pérez Jofre de Villegas y como Interventor D. Josué Dapena Mouriño. No asistieron, previa excusa, los Diputados Sres. Carbón Rodríguez, Hernández Zunzunegui y Otero Rey. Abierta la sesión, se aprueban por unanimidad, los borradores de las actas de las dos sesiones extraordinarias, celebradas el día 22 de diciembre de 1966. ------ Folla: 12 Aprobar expedientes de fallidos de los arbitrios, años y localidades que se citan. 2. Se da cuenta de expedientes de fallidos, informados por el Jefe de la Sección de Rentas y Exacciones e Interventor de Fondos provinciales, en el sentido de que pueden ser aprobados por el Pleno y que corresponden a los conceptos, Ayuntamientos, años y cuotas que a continuación se indican: Arbitrio Productos del Campo Totales Ayuntamiento de Vilagarcía Año..........1958...........579'51 Año..........1959...........580'51 Año..........1960........1.292'68 Año..........1961.............53'68 Año..........1962.............53'68.................................2.560'06.- Ayuntamiento de Meaño Año..........1958...........371'08 Año..........1959...........369'40 Año..........1960...........379'00 Año..........1961...........379'00 Año..........1962...........379'00 Año..........1963...........709'00 Año..........1964...........709'00.................................3.295'48.- Ayuntamiento de Crecente Año..........1962.............41'85 Año..........1963.............52'00 Año..........1694.............52'00....................................145'85.- Ayuntamiento de Valga Año..........1962.............33'42 Año..........1963.............19'00 Año..........1964.............19'00......................................71'42.- Ayuntamiento de Arbo Año..........1963.............73'00 Año..........1964.............73'00....................................146'00.- Arbitrio sobre Rodaje y Arrastre Año........Cuota........Placa........10%........Tasa...........Total Ayuntamiento de Baiona 1964......337'50.......22'50........33'75......-------..........393'75.- 1965......270'00.......18'00........27'00......-------..........315'00.- 1966......247'50.......27'50........24'75......-------..........299'75.- Ayuntamiento de Gondomar 1964.......90'00.........6'00..........9'00.......-------..........105'00.- 1965.......90'00.........6'00..........9'00.......-------..........105'00.- 1966.......90'00........10'00.........9'00.......-------..........109'00.- Ayuntamiento de Nigrán 1964....1.035'00......69'00......103'50.....620'00......1.827'50.- 1965......945'00.......63'00.......94'50......630'00......1.732'50.- 1966......810'00.......90'00.......81'00......540'00......1.521'00.- Ayuntamiento de Vigo 1964...14.992'50....807'00...1.499'25.....-------.....17.298'75.- Ayuntamiento de Cerdedo 1965......202'50.......13'50.......20'25......149'00.........385'25.- Ayuntamiento de A Estrada 1965......787'50.......52'50.......78'75....1.750'00.....2.668'75.- El Pleno por unanimidad acordó aprobar los fallidos mencionados. ------ Folla: 12 Ratificar Resoluciones Presidenciales dando de baja en el Libro General de Rentas y exacciones cargos por estancias en el hospital a los enfermos que se relacionan. 3. Se da cuenta de propuesta del Sr. Interventor de Fondos provinciales que, literalmente copiada dice así: "El Ilmo. Sr. Presidente por medio de resoluciones números 6.207, 6.334, 6.428 y 6.429 de fechas 15,16 y 27 de diciembre actual, ha dispuesto dejar sin efecto los cargos núms. 3/64,123/63,257/65 y 335/65 del Hospital Provincial correspondientes a los enfermos Jesús Tomás Morlán Vidal, Carmen Romero Goy, Amelia Riveiro Negro y José Arosa Radio por importe de 2.258'00 pts., 3.228'00 pts. y 2.508'00 pts., respectivamente. Toda vez que se trata de bajas en el Libro General de Rentas y Exacciones correspondientes a cantidades procedentes de resultas que han de justificarse por medio de la oportuna certificación del acuerdo del Pleno, el Interventor que suscribe propone se ratifiquen por el mismo las Resoluciones Presidenciales antes indicadas y se disponga la baja en el citado Libro de las cantidades que a continuación se indican con las aplicaciones que se hacen constar: Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 97, 10% Imposición Provincial Ref. 35, Carmen Romero Gay, Cargo 123/63...............273'00.- Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 100, Farmacia Hospital Ref. 27, Carmen Romero Gay, Cargo 123/63..............225'00.- Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 101, Tasa Hospital Ref. 38, Carmen Romero Gay, Cargo 123/60...........2.730'00.- Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 80, 10% Imposición Provincial Ref. 1, Jesús Tomás Morlán Vidal, Cargo 3/64............187'00.- Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 83, Farmacia Hospital Ref. 1, Jesús Tomás Morlán Vidal, Cargo 3/64............225'00.- Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 84, Tasa Hospital Ref. 1, Jesús Tomás Morlán Vidal, Cargo 3/64.........1.870'00.- Cap. 8º, Art. 2º, Concepto 60, 10% Imposición Provincial Ref. 42, Amelia Riveiro Negro, Cargo 257/65...............351'00.- Ref. 53, José Arosa Radio, Cargo 335/65....................228'00.- Total..................579'00.- Cap. 8º, Art. 2º, Concepto 64, Tasa Hospital Ref. 41, Amelia Riveiro Negro, Cargo 257/65...........3.510'00.- Ref. 52, José Arosa Radio, Cargo 335/65.................2.280'00.- Total...............5.790'00.- Suma total.....................11.879'00.- Habida cuenta de las consideraciones expuestas, acuerda ratificar las Resoluciones Presidenciales núms. 6.207, 6.334, 6.428 y 6.429 y dar de baja en el Libro General de Rentas y Exacciones las cantidades que en la anterior propuesta se relacionan y en los Capítulos, Artículos y Conceptos que también de especifican. ------ Folla: 13 Aprobar propuesta de intervención dando de baja en el Libro General de Rentas cantidades consideradas como no realizables. 4. Se da cuenta de propuesta del Sr. Interventor de Fondos provinciales que, literalmente copiada, dice así: "Realizadas diversas comprobaciones en el Libro General de Rentas y Exacciones, con objeto de ajustar la relación de deudores que ha de figurar en la Liquidación correspondiente al Presupuesto del ejercicio actual, se ha observado la existencia de cantidades que no procede considerar como realizables, así como la liquidación defectuosa de otras varias que deben ser suprimidas, por lo que el Interventor que suscribe, tiene el honor de proponer la baja de las cantidades que a continuación se relacionan con aplicación a los conceptos y referencias que se señalan: Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 86, Parque Móvil, 1964 Referencias núms. 2, 3 y 5.....................................13.400'00.- Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 103, Parque Móvil, 1963 Referencias núms. 1 y 2...........................................2.980'00.- Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 110, a reintegrar de la MUNPAL, 1963 Ref. núm. 1...........................................................300.000'00.- Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 112, Parque Móvil, 1962 Referencias núms. 1, 2 y 3.....................................22.425'00.- Cap 8º, Art. 3º, Concepto 115, Taller Mecánica y Fontanería, 1962 Ref. núm. 2....................................................................24.75.- Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 116, a reintegrar de la MUNPAL, 1962 Ref. núm. 1...........................................................300.000'00.- Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 123, Parque Móvil, 1960 Ref. núm. 1..................................................................195'48.- Cap. 8º, Art. 3º, Concepto 126, a reintegrar Presupuesto Extra "E", 1954......................400.000'00.- Total pesetas........1.039.025'23.- el Pleno, de conformidad con la anterior propuesta, acuerda dar de baja en el Libro General de Rentas y Exacciones las cantidades que se relacionan y en los Capítulos, Artículos, Conceptos y Referencias que también se especifican. ------ Folla: 13 Aprobar propuesta de intervención dando de baja en el Libro General de Rentas cantidades consideradas como no realizables. 5. Se da cuenta de propuesta del Sr. Interventor de Fondos provinciales que, copiada literalmente, dice así: "Realizadas diversas comprobaciones en el Libro General de Gastos, con objeto de ajustar la relación de acreedores que han de figurar en la liquidación correspondiente al Ejercicio actual, se ha observado la existencia de errores materiales que hacen figurar en la misma cantidades que no procede considerar como realizables, así como la liquidación defectuosa de otras varias que deben ser suprimidas y la existencia de cantidades que debieran ser satisfechas con cargo a los Presupuestos de esta Diputación y que por tratarse de compensaciones que habrían de ser realizadas mediante una simple formalización, sin que por otras parte pueda llevarse a cabo la misma en el corriente ejercicio, por no existir las consignaciones necesarias para ello, el Interventor que suscribe tiene el honor de proponer la baja de las cantidades que por distintos conceptos se relacionan a continuación, con aplicación a las referencias, dentro de los mismos, que se señalan: Cap 8º, Art. 1º, Partida 283, Dietas y gastos de viaje de personal Fomento Ganadero......13.607'00.- Cap. 8º, Art. 1º, Partida 295, Seguros sociales laboral.......................................................26.955'23.- Cap 8º, Art. 1º, Partida 306, Agua y alcantarillado...................................................................338'00.- Cap. 8º, Art. 1º, Partida 331, Estancias Supernumerarios Santiago..................................103.410'00.- Cap. 8º, Art. 1º, Partida 347, Taller mecánica y fontanería......................................................121'50.- Cap. 8º, Art. 1º, Partida 352, Atrasos clases pasivas..........................................................15.861'17.- Cap. 8º, Art. 1º, Partida 353, Fomento y embellecimiento pueblos y rutas..........................50.000'00.- Cap. 8º, Art. 1º, Partida 356, Beca "José Antonio"................................................................3.333'34.- Cap. 8º, Art. 1º, Partida 357, Beca "Matías Montero"............................................................3.333'34.- Cap. 8º, Art. 1º, Partida 358, Beca Colegio Menor F.J..........................................................7.000'00.- Cap. 8º, Art. 1º, Partida 359, "Beca Calvo Sotelo".................................................................3.333'34.- Cap 8º, Art. 1º, Partida 361, Beca Escuela Periodismo.........................................................4.000'00.- Cap. 8º, Art. 1º, Partida 362, Dos becas mercantiles e industrial..........................................2.000'00.- Cap. 8º, Art. 1º, Partida 366, Aportación marisma Bao........................................................31.020'00.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 372, Haberes oficinas centrales....................................................11.056'84.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 373, Haberes Hospital Provincial...................................................53.844'52.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 374, Material oficinas Diputación........................................................300'00.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 378, Pensiones clases pasivas........................................................2.077'53.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 383, Contribuciones especiales.......................................................1.407'65.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 385, Material oficina Diputación..........................................................605'00.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 386, Gastos menores Diputación.......................................................434'95.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 387, Deudas ejercicios anteriores...................................................7.555'00.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 389, Reparación Hogar Provincial...................................................3.200'00.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 391, Deudas ejercicios anteriores.................................................28.918'40.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 392, Obras Finca "Areeiro"..................................................................18'23.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 398, Reparación edificio provincial................................................26.325'87.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 399, Vestuario y ropas de hogar.....................................................4.500'00.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 400, 10% Participación ayuntamientos, 1962..................................1.164'56.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 401, Intereses Consorcio Forestal.................................................38.278'75.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 404, Pago nuevos empréstitos....................................................204.527'23.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 405, 10% Participación ayuntamientos arbitrio 1960....................35.299'57.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 407, 10% Participación ayuntamientos arbitrio 1959..........................176'87.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 409, Subvención cc.vv. ayuntamientos..........................................60.000'00.- Cap. 8º, Art. 2º, Partida 411, Construcción cc.vv. paro obrero.............................................9.888'61.- Total pts............................................................................753.892'50.- El importe de las bajas antes relacionadas que ascienden a la cantidad de 753.892'50 pts., se realizará de manera provisional, no se liquide el ejercicio del corriente año. El Pleno resuelve de conformidad con la precedente propuesta. ------ Folla: 13 Enterarse de Memoria del Servicio de Fomento Ganadero y expresar satisfacción por el resultado obtenido. 6. Se da cuenta de memoria del Servicio de Fomento Ganadero de la Excma. Diputación, formada y presentada por el veterinario de este servicio D. Francisco Carrera Abeijón, comprensiva del resultado de la labor realizada por el servicio en colaboración con el de Mejora Ganadera creado como consecuencia de concierto con la Dirección General de Ganadería, correspondiente al año 1966. enterado el Pleno con el detenimiento debido, acuerda prestar su conformidad a la misma, manifestando su satisfacción por el resultado por la labor desarrollada. ------ Folla: 14 Aprobar cambio de aplicación en las partidas del crédito de 20 millones a concertar con el Banco de Crédito Local de España para fines de Cooperación. 7. Por la Comisión de Cooperación y Desarrollo y consecuente a escrito formulado por el Director-Gerente del Banco de Crédito Local de España, por medio del cual se señalan determinadas condiciones para concretar la operación de crédito con esta Excma. Diputación, se eleva informe en el sentido de proponer, dentro de los fines que el Banco señala, varios cambios o modificaciones, teniendo en cuenta razones estimables de conveniencia y oportunidad de las inversiones a realizar, a fin de cubrir las más perentorias necesidades sentidas en la Provincia. el Pleno, tras detenido estudio de la propuesta, resuelve de conformidad con la misma y acuerda someter a la consideración de la citada Entidad crediticia, la estructuración del préstamo, que resultaría con las finalidades, destinos y cuantías que se indican: a) Mantener en su total integridad la partida de "Caminos y pavimentos y mejora de caminos y carreteras", en la cuantía fijada de seis millones de pts. b) Reducir a dos millones la fijada en seis millones para "Abastecimiento de aguas y alcantarillado" como ayuda a los pueblos, toda vez que, de momento, es imposibles absorber una mayor inversión en la provincia en tales atenciones. c) Reducir igualmente a medio millón de pts. la cifra de dos millones fijada para "Instalaciones Telefónicas", en base a idéntica consideración que la del apartado anterior. d) Destinar al "Montaje, ampliación y renovación del Parque Móvil" los cinco millones quinientas mil pts. que resultan de las economías producidas por las reducciones a que alude en los apartados b) y c) que anteceden. Se justifica plenamente la propuesta en este punto por la apremiante necesidad de plantearse seriamente la conversión de la red viaria provincial, en deplorable estado. e) La partida de seis millones de pts. fijada para el montaje del "Servicio Provincial de Incendios", se transfiere a la "Primera fase de Ampliación del Hospital Provincial", en razón de que la organización de aquel servicio necesita un largo y complejo proceso, mientras que, por otra parte las obras del Hospital, subvencionadas por el Estado para 1968, deben ser iniciadas prontamente, en calidad de anticipo al Estado, sin perjuicio de revertirlas nuevamente a la partida del Servicio de Incendios, en cuanto el Estado abone dicha cantidad. En síntesis, el préstamo quedaría así: Importe del crédito.....................................................................................20.000.000'00.- Finalidades y destino: Construcción de caminos y pavimentación y mejora de caminos y carretera..............6.000.000'00.- Abastecimiento de aguas y alcantarillado, como ayuda a los pueblos.........................2.000.000'00.- Instalaciones telefónicas.................................................................................................500.000'00.- Montaje, ampliación y renovación del Parque Móvil....................................................5.500.000'00.- 1ª Fase ampliación Hospital Provincial (sustituye a Servicio Provincial de Incendios)..6.000.000'00.- Total inversiones.....................................................................................20.000.000'00.- ------ Folla: 14 Enterarse de comunicación del Ministerio de Gobernación aprobando el Plan complementario de Gobernación 1966/67. 8. Enterarse de comunicación que dirige el Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación, participando la aprobación del programa de inversiones acordado por esta Excma. Diputación en 30 de junio de 1966, que ha de entenderse con la denominación de "Plan complementario de Cooperación 1966/67", sin que la mencionada aprobación dispense a la Diputación de obtener las autorizaciones que pudieran resultar precisas en materia de remuneraciones de personal. ------ Folla: 14 Enterarse de informe del resultado de la gestión del servicio de Contribuciones durante el ejercicio de 1966 y felicitar al mismo. 9. Por dada cuenta del informe emitido por el Jefe del Servicio de Recaudación de Contribuciones, en el que se pone de manifiesto el resultado obtenido por la recaudación realizada en periodo voluntario durante el 2º semestre y todo el ejercicio de 1966, al que se unen los cuadros sinópticos del movimiento habido en Contribuciones del Estado, Arbitrios Municipales y cuotas de Entidades y Organismos, que reflejan un movimiento en cargos de 111.969.409'46 pts. e ingresos por 105.658.398'93 pts., por Contribuciones del Estado, al que se logró un porcentaje total del 94'36%, destacando las zonas de: Ponte Caldelas, A Estrada, Lalín, Redondela, Tui, A Cañiza, Caldas de Reis e Vigo, todas las cuales son acreedoras al premio de buena gestión que otorga la Dirección General del Tesoro Público. Por Arbitrios Municipales, con un movimiento en cargos de 2.436.388'47 pts., se obtuvieron unos ingresos de 2.350.961'90 pts., lográndose una media de recaudación del 96'49%. En cámara de la Propiedad Urbana, con un movimiento en cargos de 731.383'00 pts. se obtuvieron unos ingresos de 685.226'00 pts., con un porcentaje de 93'69%. En cámara Sindical Agraria, con cargos de 2.341.224'00 pts., se realizaron ingresos por 2.151.390'00 pts., con una recaudación del 91'89%. En Plagas del Campo, con unos cargos de 807.763'14 pts. se realizaron ingresos por 750.704'68 pts., con un porcentaje del 92'94%. También se efectuó recaudación por Libro Español y Cámara de la Minería de Galicia, con unos movimientos de pts. en cargos de 28.580'00 y 21.980'00 pts. respectivamente, y unos ingresos de 24.606'00 y 10.915'20 pts. respectivamente. el Pleno, ha visto con satisfacción el resultado obtenido y al acordar prestar conformidad al mismo, acuerda felicitar al Servicio y sus Recaudadores, habida cuenta de la óptima gestión realizada por este importante concepto de la recaudación. ------ Folla: 14 Adjudicar a Mª. del Carmen Freire Carragal y Mª. del Deza Prada las becas de Estudios Medios para hijos de funcionarios. 10. Aceptando propuesta del Tribunal que juzgó los méritos de los concursantes a dos "Becas de Estudios Medios para Hijos de Funcionarios Provinciales", el Pleno acuerda la concesión de las mismas a los aspirantes Mª. Cruz Freire Carragal y Mª. del Carmen Deza Prada. Dichas becas están dotadas económicamente con la cantidad de 5.000 pts. por curso académico, comenzando su disfrute en el presente 1966/67. ------ Folla: 14 Adjudicar a D. José Luís Galiñanes la beca de estudios religiosos en el seminario de Santiago y dejar desierta la del seminario de Tui. 11. Aceptando propuesta del Tribunal que juzgó los méritos de los aspirantes a dos "Becas de Estudios Religiosos" en los Seminarios de Santiago y Tui, respectivamente, el Pleno acuerda la concesión de la que corresponde al Seminario de Santiago, al concursante D. José Luís Galiñanes Domínguez, declarando desierto el concurso de la Beca del Seminario de Tui, por no haber presentado la correspondiente documentación el único solicitante Benigno Lama Costas. La beca que se adjudica está dotada económicamente con la cantidad de 5.000 pts. por curso, comenzando su disfrute en el presente 1966/67. ------ Folla: 14 Aprobar contrato con modificaciones para prestación de servicios médico farmacéuticos a personal militar. 12. Se da cuenta del contrato formalizado por la Presidencia con el Sr. Teniente Coronel Presidente de la Junta Local de Adquisiciones y Enajenaciones Militares, con fecha 7 de diciembre de 1966, en cumplimiento del acuerdo plenario del día 25 de noviembre del mismo año, contrato cuyo objeto es la prestación al Ejército del Servicio de Asistencia Médico-farmacéutica de la Clínica Militar del Hospital Provincial. En este contrato se han introducido algunas modificaciones de detalle, que no afectan al fondo del proyecto aprobado en la expresada sesión del día 25 de noviembre, aceptando con ello las sugerencias formuladas por el Ministerio del Ejército. enterado el Pleno, acuerda aceptar las expresadas modificaciones, y en su virtud aprobar el contrato formalizado con fecha 7 de diciembre de 1966, en los términos que constan en el acta de la presente sesión, y que son del tenor literal siguiente: Contrato En el Palacio Provincial de Pontevedra, a siete de diciembre de mil novecientos sesenta y seis, en presencia del Secretario interino de la Corporación D. Luís Pérez Jofre de Villegas, se reúne el Ilmo. Sr. D. Enrique Lorenzo Docampo, Presidente de la Excma. Diputación, actuando en representación de la misma, según acuerdo plenario del día 25 de noviembre pasado, y D. Francisco Fernández de Ana, Teniente Coronel de Infantería en su calidad de Presidente de la Junta Local de Adquisiciones y Enajenaciones Militares, actuando como tal, en representación del Ministerio del Ejército. El objeto de esta reunión es formalizar contrato de prestación por la Diputación, al Ejército, de Servicios Sanitarios en el Gran Hospital Provincial de Pontevedra, contrato cuyo proyecto fue aprobado por la Corporación Provincial en sesión dicha del día 25 de noviembre, y aceptado por aquel Ministerio. En su virtud, se formaliza el repetido contrato con sujeción a las siguientes Estipulaciones Artículo 1º La Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, pondrá a disposición del Ejército, los locales que a continuación se describen: Salas de "La Concepción " y "Santo Ángel". La primera dispondrá de veintiocho camas, cuatro apartados independientes de una y dos camas para los señores Jefes y Oficiales, Suboficiales y familia, un cuarto de baño y servicios higiénicos, un cuarto de estar, un despacho, y una clínica para la Dirección de la Clínica Militar. La sala de "Santo Ángel", con veintidós camas, un cuarto de baño y un apartamento de dos camas y una galería comedor. Artículo 2º La alimentación de los hospitalizados en la Clínica Militar será de cuenta de la Diputación Provincial. El régimen alimenticio, procurará, en lo posible, adaptarse al vigente para las Enfermerías Militares. Artículo 3º La asistencia facultativa en estas salas, será prestada por el Jefe de la Clínica Militar y por los señores Oficiales Médicos con destino en la Plaza. Los servicios quirúrgicos y de especialidades que requieran estos hospitalizados serán prestados únicamente por el personal perteneciente al cuadro facultativo de este Hospital Provincial a requerimiento del Jefe de la Clínica Militar. Artículo 4º La Diputación facilitará todo el instrumental de curas, mobiliario, ropas y demás enseres, así como el material de oficina, impresos, papel, etc... hasta un máximo de ocho mil pts, y asimismo todo el personal necesario para el servicio de las Salas, tal como Hermanas de la Caridad, Mozos de Sala, Enfermero y una Enfermera para atención del personal femenino hospitalizado. Artículo 5º La farmacia del Hospital Provincial facilitará los medicamentos que precise el personal hospitalizado en la Clínica Militar, previo abono de su importe por tarifación mensual del gasto que resultase en ambas salas, cuya nota nos viene facilitada según las peticiones del Jefe de la Clínica Militar. Artículo 6º El personal sanitario del Destacamento en núm. que no exceda de seis, tendrá derecho a dormir en la Clínica Militar, pero corriendo su alimentación a cargo de la Unidad administrativa de Tropas de la que dependa. Artículo 7º La Excma. Diputación Provincial, se obliga a recibir en los locales a este efecto indicados y hasta donde lo permite la capacidad de los mismos, a todo el personal perteneciente a los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire que deba recibir asistencia en la Clínica Militar. La hospitalización del personal femenino con categoría de tropa, se efectuará en la Sala de Mujeres del Hospital Provincial, estando encargados de su asistencia directa los señores Médicos de la Beneficencia Provincial, Jefes de las respectivas Clínicas. El ingreso en el Hospital se verificará mediante la oportuna baja de hospital reglamentaria. Artículo 8º El Ministerio del Ejército se compromete a abonar a la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, por cada estancia-día causada por el personal de tropa y asimilado a esta categoría, la cantidad de ciento setenta y cinco pts. Por cada estancia-día que causen los señores Suboficiales y asimilados a esta categoría y sus familiares, doscientas setenta y cinco pts. Por los acompañantes de los enfermos hospitalizados en los locales independientes, abonará el Ministerio del Ejército una cantidad igual por estancia-día causada a la que corresponda según la categoría del enfermo a quien acompaña. En el precio de la estancia no va incluido el suministro de medicamentos para el personal hospitalizado que se tarifará aparte según el coste. Se efectuará mensualmente por la Administración del Hospital Provincial el coste de estos servicios. El pago de las estancias causadas según la facturación mensual a que alude el párrafo precedente, se efectuará por meses vencidos a través del Hospital Militar de Vigo, cuyo establecimiento está afecta la Clínica Militar a que se refiere este contrato. Artículo 9º El Jefe de la Clínica Militar procurará, en lo posible, atemperar sus deberes y Ordenanzas Militares, con el Reglamento de régimen interno del Hospital Provincial, para con esta coordinación conseguir la mejor marcha de estos servicios; tal como permisos de salida al exterior, visitas a los hospitalizados, etc. Artículo 10º La Excma. Diputación se obliga a prestar los servicios de Rayos X, Quirúrgicos, de Anestesia y Laboratorio, y la asistencia facultativa que sea requerida a los Jefes de Clínica, así como a sus respectivos servicios de guardia, a todo el personal que se encuentre hospitalizado. El pago de estos actos y material causante, se realizará aplicando la Tarifa de Tasas de la Beneficencia Provincial, que figura en la correspondiente Ordenanza aprobada por el Pleno en sesión del 25 de noviembre último, incorporándose a cada uno de los ejemplares de este contrato, una copia certificada de dichas tarifas, las cuales, en cuanto afectan la Personal Militar con derecho a asistencia en el Hospital Provincial, no podrán ser modificadas durante la vigencia del contrato o de cualquiera de sus prórrogas. El enfermo no hospitalizado que desee hacer uso de los servicios Médico-quirúrgicos del Hospital Provincial, podrá disfrutarlos siempre, previo pago de las cantidades comprendidas en las tarifas mencionadas en el párrafo precedente, que le sean aplicables, y siempre que venga acompañado de la correspondiente petición del Jefe de la Clínica Militar. Artículo 11º La Excma. Diputación se compromete y obliga a consignar en el Presupuesto Ordinario de Gastos la cantidad de treinta mil pts. anuales, para atender a la conservación del mobiliario y utillaje de las salas de la Clínica Militar, librándose a favor del Médico Director de la misma las cantidades necesarias para abonar las facturas de los trabajos que con motivo de ello se ocasionen. Artículo 12º La consignación presupuestaria indicada en el artículo anterior lo será con carácter acumulativo a sobrantes de consignación no utilizados en Ejercicios anteriores. Artículo 13º Este contrato entrará en vigor el día 1º de enero de mil novecientos sesenta y siete. La duración será de un año, automáticamente prorrogado por tiempo indefinido, siempre que no sea denunciado con dos meses de anticipación por alguna de las partes contratantes, como mínimo. Artículo 14º Para lo no previsto en el presente contrato, se estará a lo dispuesto en el vigente Reglamento para la contratación de los servicios del Ramo de Guerra. Artículo adicional. Si por cualquier circunstancia de emergencia, tal como observación y revisión de Mozos, epidemias, etc., la Clínica Militar precisara mayor núm. de camas de las estipuladas en este contrato, la Dirección del Hospital Provincial, habilitará la fórmula adecuada para satisfacer tal demanda. ------ Folla: 15 Aceptar la prestación del servicio de telecobaltoterapia de la facultad de medicina de santiago para enfermos del hospital provincial. 13. Se da cuenta de una comunicación del Magfco. y Excmo. Sr. Rector de la Universidad de Santiago de Compostela, núm. 4.171, de fecha de 8 de noviembre último, que copiada literalmente dice así: "Ilmo. Sr.: El Ilmo. Sr. Decano de la Facultad de Medicina de esta Universidad, con fecha 29 de octubre último me dice lo que sigue: "Magfco. y Excmo. Sr.: en contestación al atento oficio de V.M.E., núm. 3452 de fecha 6 de octubre actual, que me traslada otro del Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra sobre posible convenio con los Servicios de Isótopos Radioactivos y de la Unidad de Telecobaltoterapia de esta Facultad de Medicina, este Decanato tiene el honor de comunicar a V.M.E. que, de acuerdo con el informe favorable emitido por los Jefes de ambos Servicios, son aprobadas las tarifas que la Excma. Diputación de Pontevedra propone para asistencia a los enfermos procedentes del Hospital Provincial de Pontevedra". Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y demás efectos". enterado el Pleno y considerando que según se expresa en dicha comunicación la Facultad de Medicina de Santiago de Compostela acepta la prestación a esta Excma. Diputación del Servicio de Isótopos Radioactivos y de la Unidad de Telecobaltoterapia y Radiumterapia en los términos propuestos en el acuerdo del Pleno de la Corporación Provincial del día 28 de julio último, y con las tarifas consignadas en el mismo, por unanimidad acuerda que a partir del 1º de enero de 1967 se recabará de dicha Facultad de Medicina la prestación de aquellos servicios a los enfermos procedentes del Hospital Provincial de Pontevedra que los precisen en las condiciones mencionadas en el acuerdo de 28 de julio citado, teniendo en cuenta que el envío del enfermo al Servicio de Isótopos Radioactivos exigirá autorización previa del Sr. Director del Hospital Provincial a propuesta del respectivo Jefe del Servicio Médico, y en cuanto al Servicio de Unidad de Telecobaltoterapia y Radiumterapia, reconocimiento por los Servicios de Rayos X y Terapia física del Hospital, con dictamen del Jefe de este Servicio. Igualmente se acuerda facultar a la Presidencia para la realización de cuantas diligencias y actos sean precisos para ejecución del presente acuerdo. ------ Folla: 15 Quedar enterado de visado de la Dirección General de Administración Local de amortización y creación de puestos de trabajo. 14. Se da cuenta de oficio de la Dirección General de Administración Local, Sección 1ª-11ª, de fecha 5 de diciembre de 1966, que dice lo siguiente: "De conformidad con la norma 8,3 de la Instrucción núm. 1 de 15 de octubre de 1963 para aplicación de la Ley 108/63 de 20 de julio, esta Dirección General ha resuelto otorgar su aprobación a la amortización en el cuadro de puestos de trabajo de esa Excma. Diputación Provincial de dos puestos de peones carpinteros y creación en su lugar de dos oficiales de 1º de Carpintería de Taller con el jornal de 110'53 pts. diarias". el Pleno acuerda quedar enterado, disponiéndose que por la Presidencia reformalicen los oportunos contratos de trabajo con los interesados. ------ Folla: 15 Quedar enterado del fallecimiento del mozo de sala del hospital D: José Dorado Tato. 15. Se da cuenta de escrito del Sr. Administrador del Hospital Provincial, por el que participa el fallecimiento del Mozo de Sala D. José Dorado Tato, ocurrido el 20 de octubre último. Asimismo se entera el Pleno de que le ha sido tramitado a su viuda, del funcionario fallecido, el expediente de capital seguro de vida, pensión de viudedad y socorro por gastos de sepelio. el Pleno acuerda quedar enterado y que conste en acta el sentimiento de la Corporación por el fallecimiento de D. José Dorado Tato, notificándose este acuerdo a su viuda, Dª. Laureana Pérez Torres. ------ Folla: 15 Aceptar resolución de la MUNPAL fijando pensión de jubilación a D. José Adonis Noya Mouriño. 16. Se da cuenta de escrito núm. 71.333 de 25 de octubre pasado, de la Oficina Principal de la MUNPAL por el que se participa a esta Diputación, haber sido resuelto el expediente de jubilación por invalidez ordinaria tramitado a favor de D. José Adonis Noya Mouriño, Capataz de Vías y Obras. Se le fija a D. José Adonis Noya Mouriño una pensión de jubilación de 5.669'00 pts. mensuales con cargo a la MUNPAL y con efectos de 1º de septiembre de 1966. el Pleno acuerda darse por enterado, prestando conformidad al expediente, y que se abone su pensión y atrasos al beneficiario, por fijarse a esta Diputación como oficina pagadora. ------ Folla: 16 Declarar jubilado por invalidez ordinaria al practicante D. José Abilleira Rodríguez. 17. Se da cuenta de escrito núm. 70.792 de octubre último, de la Dirección Técnica de la MUNPAL, por el que se participa a esta Diputación que visto el expediente de jubilación por invalidez incoada a favor de D. José Abilleira Rodríguez y dado el informe emitido por nuestra asesoría médica, procede que por esta Corporación sea adoptado el oportuno acuerdo de jubilación, remitiendo a esta Oficina Principal el correspondiente modelo 301/21. Vistos los Artículos 20 de la ley 11/60, de 12 de mayo, así como el 5º y 7º, 1º del Decreto 784/61 de 8 de mayo y Circular M-25/63(36), el Pleno por unanimidad acuerda declarar jubilado por invalidez ordinaria a D. José Abilleira Rodríguez, quien será baja en el servicio activo el 31 de diciembre actual. Asimismo se acuerda que certificación de esta Resolución sea elevada a la MUNPAL, a fin de que por ésta se le asigne al jubilado su correspondiente pensión. ------ Folla: 16 Adjudicar una palaza vacante de jefe de sección a D. Manuel Crespo Alfaya. 18. Se da cuenta de expediente tramitado para cubrir en propiedad, mediante concurso restringido, de méritos, una plaza vacante de Jefe de Sección, previamente convocada en los BB.OO. de la Provincia y del Estado de 15 y 19 de julio de 1966, con dotación prevista en el Presupuesto Ordinario de 1967. Aceptando el Pleno la propuesta del Tribunal juzgador, según acta levantada por el mismo el 16 de diciembre actual, acuerda nombrar Jefe de Sección al Jefe de Negociado D. Manuel Crespo Alfaya, asignándosele, a efectos económicos, el grado retributivo 17, de la Ley 108/63, de 20 de julio, que corresponde a funcionarios administrativos de esta categoría en Corporaciones de 8.001 a 100.000 habitantes, sin exigencia de título superior. D. Manuel Crespo Alfaya tomará posesión de su cargo ante el Sr. Secretario General al ser notificado el presente acuerdo, desde cuyo momento devengará sus nuevos haberes. ------ Folla: 16 Aceptar con los reparos que se indica, resolución de la MUNPAL actualizando pensión a Dª. Elisa Fraiz Vázquez. 19. Se da cuenta de escrito de la Dirección Técnica de la MUNPAL, de 20 de diciembre en curso, que tuvo entrada en el Registro General de esta Diputación el 23 del indicado mes, por el que se participa haber sido resuelto el expediente de actualización de pensión a Dª. Elisa Fraiz Vázquez, viuda del funcionario que fue de esta Diputación D. Cruz Gallástegui Unamuno. Se le fija como pensión de viudedad actualizada, a Dª. Elisa Fraiz Vázquez, 3.582'00 pts., mensuales con efectos de 1º de enero de 1965, y en consideración a que la Mutualidad asigna el grado 15 a la plaza del causante. Visto el informe del Negociado de Personal, el Pleno acuerda: 1º) Que al estar encuadrada esta Diputación en las de 8.001 a 100.000 habitantes, la misma entiende que no es el grado 15 el que corresponde a la plaza del causante, sino el 14 como Técnico, o, en todo caso, el 17 si la plaza hubiera de encuadrarse como llevada con Dirección o Jefatura, por lo que el Pleno acuerda formular este reparo ante la Mutualidad al objeto de que se asigne a la plaza que desempeñó el Director del Servicio de Investigaciones Biológicas, el verdadero grado teniendo en cuenta la clasificación de esta Diputación. 2º) Que, no obstante lo anterior, por la Intervención de Fondos y Negociado de Personal se lleve a cabo los trámites correspondientes para incluir en nómina con la nueva pensión actualizada a Dª. Elisa Fraiz Vázquez, al asignarse a esta Diputación como oficina pagadora, debiendo pues, la beneficiaria percibir esta pensión con los efectos indicados, sin perjuicio de que, en su caso sufriera rectificación de la cuantía de la misma como consecuencia de variar el grado 15 en la Resolución asignada. ------ Folla: 16 Elevar a la MUNPAL expediente a efectos de declaración de jubilación de D. Ramón Lorente Sanjurjo. 20. Se da cuenta de instancia suscrita por D. Ramón Lorente Sanjurjo, Interventor de Fondos que fue de esta Diputación, quien interesa la jubilación forzosa por invalidez. Visto el informe del Negociado de Personal, los certificados médicos expedidos por los Sres. D. José Manuel Valenzuela Otero y D. Rafael Latorre Silva, visto el Decreto de 8 de mayo de 1961 y circular M-25/1963(36), en su Norma 1ª A, el Pleno acuerda que el expediente completo sea elevado a la Oficina Principal de la MUNPAL, por conducto de su Provincial en esta Capital, a fin de que por la misma se revise el expediente que nos ocupa y califique la invalidez del presunto causante. ------ Folla: 16 Enterarse de Comunicación de la Dirección General de admón. Local designando en comisión a D. Leovigildo Alonso Fonturbel jefe provincial del S. de Inspección. 21. Se da cuenta de escrito del Ilmo. Sr. Director General de Administración Local, en su calidad de Jefe Superior del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales, núm. 8.062 de 28 de noviembre último, por el que se nombra, en comisión de servicio, a D. Leovigildo Alonso Fonturbel para desempeñar el cargo de Jefe Provincial del mencionado Servicio en esta Capital. Asimismo se entera el Pleno de que el Sr. Alonso Fonturbel tomó posesión del referido cargo, ante la Presidencia de esta Diputación, el día 1º de diciembre actual. el Pleno acuerda quedar enterado y que por la Intervención de Fondos, como se concreta en el escrito de referencia, se certifique de los haberes que corresponden a D. Leovigildo Alonso Fonturbel, por el desempeño del indicado cometido, por el periodo 01-12-1966 a 31 de dicho mes y año. ------ Folla: 16 Enterarse del nombramiento de jefe provincial del Servicio de Inspección a favor de D. Juan Mahillo Santos y conceder gratificación a D. Manuel Blanco Filgueira por su desempeño interino. 22. Se da cuenta de escrito del Ilmo. Sr. Director General de Administración Local, en su calidad de Jefe Superior del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales, de fecha 11 de noviembre último, por el que se participa a esta Diputación haber sido nombrado Jefe Provincial del indicado Servicio al Ilmo. Sr. D. Juan Mahillo Santos, y que transitoriamente queda adscrito al Servicio Central, y que, entretanto se proceda al nombramiento de funcionario para la Jefatura Provincial de Pontevedra, ésta será desempeñada con carácter accidental por D. Manuel Blanco Filgueira, Jefe de Negociado de esta Excma. Diputación Provincial. el Pleno acuerda quedar enterado y, como efectivamente el Sr. Blanco Filgueira desempeñó tal cometido durante el mes de noviembre último, se satisfaga al mismo la gratificación de 2.188'00 pts., en concepto de diferencia de sueldos, previa la autorización de la Dirección General de Administración Local. ------ Folla: 16 Dar cuenta de disposición a efectos de reconocimiento de servicios que coincide con el criterio aplicado por esta Corporación. 23. Se da cuenta de Orden del Ministerio de la Gobernación de 2 de abril de 1964, que dispone: "Los servicios que determinarán el derecho a quinquenios habrán de ser efectivos, esto es, prestados a la Administración Local día por día, bien en propiedad o con carácter interino, temporal o eventual". Asimismo conoce el Pleno de la circular M-50/1966(64), que guarda relación directa con la Orden de referencia. Y a la vista de las citadas normas, el Pleno considera: 1º) Que esta Diputación, en los casos que se le han planteado, y siguiendo el consejo de la Dirección General de Administración Local, en fechas anteriores a 2 de abril de 1964, ya vino reconociendo a sus funcionarios el tiempo de servicios prestados con carácter interino, temporero o eventual, y a efectos de quinquenios, y esta Diputación cotiza por el incremento del sueldo derivado de tal reconocimiento, pues la base de cotización la toma del sueldo consolidado por el funcionario, de conformidad con el Art. 13-4 de la Ley 11/60 de 12 de mayo, por lo que en la generalidad se cubrirá el periodo de carencia que concretan el Art. 1º y 2º a) de la meritada Circular, en cuyos supuestos no existe problema alguno. En los Padrones de afiliación cubiertos, modelo 201-5, enviados a la MUNPAL ya se ha concretado el tiempo y carácter de tales servicios. 2º) En el supuesto del apartado b) del Art. 2º de la tan citada Circular, esto es, en el supuesto de que no se diere el periodo de carencia, esta Diputación opta por aplicación de las disposiciones contenidas en los Estatutos de la Mutualidad para las prestaciones básicas, siempre y cuando tales normas sean más beneficiosas para el funcionario asegurado, ya que en otro caso se le respetarán los derechos adquiridos, en consideración, además, a que en 1º de diciembre de 1960, fecha en que entró en vigor la MUNPAL, esta Corporación Provincial tenía aprobado un Reglamento interno que regula los derechos de las "Clases Pasivas". ------ Folla: 16 Provistar mediante oposición libre una plaza de oficial de la escala técnica administrativa. 24. Se acuerda provistar en propiedad mediante oposición libre una de las plazas vacantes en plantilla de Oficial Técnico Administrativo, entre Licenciados en Derecho o en Ciencias Políticas o Económicas, de conformidad con el Art. 232-2, primer párrafo del Reglamento de Funcionarios de 30 de mayo de 1952, aprobando al propio tiempo el proyecto de Bases de Convocatoria y Programa confeccionados por el Negociado de Personal. ------ Folla: 16 Sacar a concurso restringido la provistan de la plaza de médico dermatólogo de la beneficencia provincial. 25. Habiéndose acordado la excedencia voluntaria por tiempo mínimo de un año, en sesión de 29 de septiembre último y con efectos de 1º de octubre siguiente, al Médico Dermatólogo de la Beneficencia Provincial, D. Bernardo Salom de la Hoz, y considerando el Pleno la necesidad de provistar nuevamente esta plaza, siendo el turno correspondiente el de concurso restringido de méritos entre Médicos pertenecientes a cualquiera de los Escalafones de las Beneficencias Provinciales, el Pleno acuerda: a) Declarar vacante la plaza de Médico Dermatólogo de la Beneficencia Provincial; b) Acordar su provisión en propiedad mediante concurso restringido de méritos, de conformidad con el Art. 14 del Reglamento de los Cuerpos Sanitarios Locales de 27 de noviembre de 1953 y disposiciones concordantes; c) Conforme a lo dispuesto en el Art. 15 del invocado Reglamento, se da cuenta de este acuerdo a la Dirección General de Sanidad, al tiempo que se solicita autorización de dicho Centro Superior para convocar el concurso indicado en la forma reglamentaria. ------ Folla: 16 Quedar enterado de Resolución Presidencial adjudicando a la "Casa Carbonell" el suministro de un incinerador para el hospital provincial. 26. Se da cuenta de Resolución Presidencial núm. 6.086, de fecha 7 de diciembre de 1966, por la que se adquiere de la casa "Carbonell", de Barcelona, un Incinerador especial "Rilet-Pillatt" con destino al Gran Hospital Provincial, por un importe de 123.000'00 pts., cumplimentando así acuerdo plenario de fecha 26 de agosto pasado en que se facultaba a la Presidencia para la adquisición directa de dicho material. El Pleno queda enterado. ------ Folla: 17 Quedar enterado de Resoluciones Presidenciales adjudicando a varias casas el suministro de material quirúrgico para el hospital comprendido en los lotes 2, 3 y 5. 27. Se da cuenta de Resoluciones Presidenciales de fecha 7 de diciembre de 1966, por las que se adquiere de las casas: "Kunne y Cía. Ltda.", de Vigo; "Material Médico Quirúrgico", de Madrid; "E. López Ferreiro", de Madrid, el material comprendido entre los Lotes núms. 2, 3 y 5, con destino al Gran Hospital Provincial, por importe global de 997.849'95 pts., cumplimentando así acuerdo plenario de fecha 29 de septiembre pasado en que se facultaba a la Presidencia para la adquisición directa de dicho material. El Pleno queda enterado. ------ Folla: 17 Quedar enterado de Resoluciones Presidenciales adjudicando a la Cª. "Instalaciones de Panadería, S.A." el suministro de un horno para el hogar provincial. 28. Se da cuenta de Resolución Presidencial núm. 6085, de fecha 7 de diciembre de 1966, por la que se adquiere de la casa "Instalaciones de Panadería", S.A., de Vizcaya, representada en la Capital por D. César Carrera Barreiro, un horno M-30/4, con destino al Hogar Provincial, por un importe de 227.840'00 pts., cumplimentando así acuerdo plenario de fecha 31 de octubre pasado, en que se facultaba a la Presidencia para la adquisición directa de dicho material. el Pleno acuerda quedar enterado. ------ Folla: 17 Quedar enterado de Resoluciones Presidenciales adjudicando a la Casa "Turu" el suministro de una amasadora y una divisora para el hogar provincial. 29. Adjudicar a la casa "Turu, S.A. "; de Tarrasa, el suministro de una amasadora modelo V-910 y una divisora semiautomática modelo D.M-230, con destino al Taller de Panadería del Hogar Provincial, por un importe global de 95.002'00 pts., debiendo librarse su importe con cargo al Cap. VI, Art. 1º, Partida 251 del vigente Presupuesto Ordinario de Gastos, de acuerdo con el informe que al efecto emite el Sr. Interventor de Fondos provinciales. Este material fue objeto de concurso anunciado en el B.O. de la Provincia núm. 148 y B.O. del Estado núm. 165 de 30 de junio y 12 de julio de 1966, respectivamente. ------ Folla: 17 Aprobar y declara de abono liquidación de obras de iniciación de vivienda del Guarda en la Finca Areeiro. 30. Prestar aprobación y declarar de abono, la liquidación de las obras de iniciación de la vivienda del Guarda de la finca "Areeiro", que eleva el Sr. Aparejador Provincial, cuyo importe de pts. 34.356'95, deberá ser librado a favor del contratista de las mismas D. Benigno Esperón Esperón, con cargo al Cap. II, Art. 4º, Partida 156 del Estado de Gastos del Presupuesto provincial vigente, de acuerdo con el informe que al efecto emite el Sr. Interventor de Fondos provinciales. ------ Folla: 17 Enterarse de comunicaciones oficiales cursadas. 31. Queda enterado el Pleno de telegrama cursado por el Jefe de la Casa Civil de S. E. el Generalísimo Franco, agradeciendo los sentimientos de adhesión testimoniados al Caudillo, con motivo de la aprobación de la Ley Orgánica del Estado; de telegrama del Excmo. Sr. D. Javier Sánchez Cantón, agradeciendo la felicitación cursada con motivo de su nombramiento como Presidente de la Real Academia de Bellas Artes; telegrama del Excmo. Sr. Ministro de Marina, agradeciendo la felicitación cursada con motivo de su discurso en TV., sobre la Ley Orgánica del Estado, y de carta del Excmo. Sr. Conde de Fenosa, agradeciendo los términos del telegrama cursado con motivo de la constitución de la "Fundación Barrié de la Maza". ------ Folla: 17 Hacer constar satisfacción por acuerdos adoptados por el Consejo Sindical del Noroeste. 32. Por la Presidencia se manifiesta al Pleno, que, como ya es público, se ha celebrado recientemente en Madrid una reunión del Consejo Sindical del Noroeste, a la que juntamente con otras jerarquías, tuvo la satisfacción de asistir, por lo cual hubo de contrastar el entusiasmo con que el expresado Consejo defendió la necesidad de la apertura de una nueva vía de penetración en Galicia, apoyando esta petición ante el Excmo. Sr. Ministro de Obras Públicas. enterado el Pleno, y considerando la trascendencia que para Galicia representa este acuerdo del Consejo Sindical del Noroeste por la importancia de la vía proyectada, y el interés puesto por el Excmo. Sr. Ministro de Obras Públicas en su pronta ejecución, por el Excmo. Sr. Ministro Secretario General de Movimiento y por D. José Luís Taboada, Delegado Nacional de Provincias, en apoyar esta iniciativa, por unanimidad acuerda hacer constar en acta su satisfacción por el repetido acuerdo de dicho Consejo Sindical, con la más expresiva felicitación a los señores mencionados. ------ Folla: 17 Aprobar presupuesto de reparación y conservación global del cc.vv. para 1967. Asuntos declarados de urgencia 33. Previa declaración de urgencia, se da cuenta al Pleno del Presupuesto Global de reparación y conservación de los Camino Vecinales en periodo de conservación, para el próximo ejercicio económico de 1967, que eleva el Sr. Ingeniero-Director de Vías y Obras provinciales, cuyo importe asciende a 4.323.000'00 pts. el Pleno acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 17 Aprobar presupuesto global de reparaciones y conservación de vías provinciales en período de conservación 1967. 34. Previa declaración de urgencia, se da cuenta al Pleno del Presupuesto Global de reparación y conservación de Vías Provinciales en periodo de conservación, para el próximo ejercicio económico de 1967, que eleva el Sr. Ingeniero-Director de Vías y Obras provinciales, cuyo importe asciende a 2.350.000'00 pts. el Pleno acuerda prestarle su aprobación. ------ Folla: 17 Invitar a los Ayuntamientos para cesión a esta Diputación de todos los cc.vv. construidos por la Comisión de Servicios Técnicos a efectos de conservación. 35. Previa declaración de urgencia, se da cuenta al Pleno de Moción de la Presidencia, proponiendo que la Excma. Diputación se haga cargo de la conservación de todos aquellos caminos vecinales que han sido construidos por la Comisión Provincial de Servicios Técnicos y entregados en su día a los Ayuntamientos en cuyo término municipal radican, incluyéndolos en la "relación de caminos vecinales en conservación". el Pleno, de acuerdo con dicha Moción, acuerda invitar a todos aquellos ayuntamientos en los que se hayan construido caminos que figuren en el Plan de Caminos Vecinales de este Organismo, a que hagan cesión de éstos a esta Excma. Diputación para ser incluidos entre aquellos cuya conservación está a cargo de la misma, ofrecimiento que harán mediante acuerdo plenario de la Corporación Municipal. ------ Folla: 17 Autorizar la iniciativa de encargar al ingeniero D. Plácido Bahamonte la ordenación rural de la comarca de la Lalín y el abono de los honorarios. 36. Previa declaración de urgencia y a tenor del contenido de la Moción Presidencial, a medio de la que se propone sea aprobada su iniciativa de encargar al Ingeniero Agrónomo D. Plácido Bahamonde, la Ordenación Rural de la Comarca de Lalín, a los efectos de su desarrollo agrícola-ganadero, así como autorizarle para acordar el pago, previos los trámites reglamentarios, el Pleno, de conformidad con lo propuesto, acuerda prestar aprobación a dicha iniciativa y autorizarla para ordenar el abono de los correspondientes honorarios, en cuantía de cien mil pts. con cargo a la Partida de Honorarios de proyectos para ordenación rural del Plan Extraordinario de Cooperación, financiado con cargo al superávit de liquidación del Presupuesto Ordinario 1965, ya aprobado por la Superioridad, y previo el cumplimiento de los trámites preceptivos y presentación de la memoria comprensiva de los trabajos realizados por dicho Técnico, desde el 1º de junio al 31 de diciembre actual. Con lo que, cumplido el objeto de esta sesión, se da por terminada la misma por el Sr. Presidente, siendo las diecinueve horas, de todo lo que, como Secretario, certifico. ------
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