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1862-03-15_Ordinaria. Acta de sesión 1862/03/15_Ordinaria
Acta de sesión 1862/03/15_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.999/4.1862-03-15_Ordinaria
Título Acta de sesión 1862/03/15_Ordinaria
Data(s) 1862-03-15 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 6 1. Reunidos los señores que al margen se expresan (D. Cosme Errea, Gobernador presidente, D. Ramón Sancho, D. Joaquín Yáñez, D. José Araujo, D. Francisco Javier Barros y D Basilio Besada), en el salón donde acostumbra a celebrar las sesiones este Cuerpo Provincial, a 15 de marzo de 1862, bajo la presidencia del sr. gobernador, se dio principio por lectura del despacho telegráfico de esta misma fecha contestando a la consulta hecha en el día de ayer; y en su vista se declaró abierta la sesión en la que se tomaron los acuerdos siguientes. ------ Folla: 6 2. Este cuerpo provincial quedó enterado de la Real Orden de 25 de octubre último que establece provisionalmente en el Instituto la cátedra de topografía y dibujo al cargo del Catedrático de Matemáticas del mismo D. Victoriano Yoldi. Y acuerda, cumpliendo con la precitada soberana disposición, informar que no ascendiendo a mas de dos mil reales anuales la definitiva creación de dicha cátedra, la entiende compatible con las facultades de la provincia y estado de un presupuesto, sobre todo considerando los beneficios de aquella enseñanza y que ella completan los estudios para aspirar al título de Agrimensor. ------ Folla: 6 3. Enterada la Diputación de la Real Orden de 31 de octubre del año último que establece como mínimo de indemnización los gastos para el inspector de primera enseñanza de esta provincia la cantidad de 40 reales vellón, acuerda consignar que, según los términos de la referida Real Orden, se entiende convenido en esta fecha aquel señalamiento, nada tiene que exponer. ------ Folla: 6 4. Se dio cuenta de comunicación de 23 de enero último del sr. Rector de la Universidad de Santiago, relativa a la creación de una escuela de sordomudos y ciegos en aquella ciudad, a que acompañan las bases para el establecimiento de dicha escuela. el presupuesto de sus gastos, y estado demostrativo del número de pobres de ambas clases que habrá de enviar cada provincia a recibir educación en la indicada escuela; todo en consonancia con las prescripciones de la Ley de 9 de septiembre de 1857 y Reales Ordenes de 13 de marzo de1860. La Diputación que en todo ello encuentra traducido un sentimiento de caridad cristiana altamente loable y al cual no puede menos de asentir hasta con el entusiasmo que inspira la idea de hacer felices en cuando cabe los desgraciados a quienes se dirigen los beneficios del establecimiento a que terminan las honrosas y razonadas excitaciones del sr. Rector, acuerda: que se consigne en el presupuesto provincial la cantidad de los 14.000 reales que aquel demanda de esta provincia, siempre que merezca este acuerdo la aprobación de SM a cuyo efecto se remita testimonio al Gobierno, dándose así mismo conocimiento al sr. Rector de la Universidad. ------ Folla: 6 5. Enterada la Corporación del expediente instruido por el ayuntamiento de esta ciudad [Pontevedra] sobre construcción de un edificio para escuela de primera enseñanza del distrito municipal, acordó informar a su tenor: que es efectivamente necesaria la obra que promueve la reconocida solicitud de la municipalidad de esta capital, así como el subsidio que implora de la benevolencia de SM atendida la absoluta carencia de recursos para dicha obra por el estado de los presupuestos municipales e imposibilidades de hacer en ellas consonancias capaces de ofrecer con que hacer frente a la misma. ------ Folla: 6 6. Se dio cuenta de comunicación del sr. gobernador sobre inclusión en el presupuesto adiccional de la cantidad de 39 reales a través de la obra del puente Tamuxe con un rédito del 6 % anual que eleva dicha partida a la de 675 reales 32 céntimos y reclamar el restante de aquella obra; la Diputación acuerda que se tenga presente la indicada cantidad al extenderse el presupuesto adiccional. ------ Folla: 6 7. La Diputación queda enterada del acuerdo que la de Ourense celebró a 15 de noviembre del año último sobre el ferrocarril gallego, y acuerda que se recomiende al celo de dicha corporación que medite nuevamente sobre la importancia de dicha vía y la necesidad de hacer un esfuerzo si se ha de llegar a su realización. ------ Folla: 6,7 8. Asímismo se enteró la corporación del pensamiento de suscripción nacional destinada al inventor del ictíneo [buque submarino] D. Narciso Monturiel. Y reconociendo este cuerpo provincial el mérito de dicha invención y el patriótico objeto de la junta iniciadora de la mencionada suscripción, acuerda contribuir a ella con la cantidad de 1.000 reales vellón, siempre que las demás Diputaciones de Galicia figuren como inscriptoras y el gobierno de SM lo autorice, cuyas circunstancias cumplidas, se hará efectiva dicha cantidad por cuenta de imprevistos. ------ Folla: 7 9. Se dio también cuenta de la Real Orden de 10 de noviembre del año último, que dispone que en los presupuestos provinciales no deben incluirse para el personal y ramo de montes, otras cantidades que las destinadas al pago de haberes de peritos agrónomos y guardas mayores, y acuerda que se tenga presente para la formación del presupuesto adicional. ------ Folla: 7 10. La Diputación se ha enterado de los antecedentes sobre celebración de la exposición de las 4 provincias de Galicia, que se acordó hubiese de tener efecto en la ciudad de Santiago el 25 de julio próximo así como de las graves dificultades que el sr. gobernador de A Coruña encuentra para que verifiquen, y del pensamiento que inicia de la creación de una casa de dementes en la indicada ciudad de Santiago, y en cuyo establecimiento se invierta lo presupuestado para dicho objeto. Después de la oportuna discusión, y considerando que la necesidad de la casa referida pudiera atender está cubierta ya con la existente en Valladolid, la cual satisface cumplidamente y con un sacrificio anual para la provincia menor que el que por de luego ocasionaría la creación de otra en Santiago, y considerando también que el establecimiento de este nuevo hospital habría de traer sucesivamente crecimiento de gastos supuesto que dado el primer paso del suyo recurrirán necesidades que demostrarían la gravedad de acometer dicha empresa por mas laudable que sea el pensamiento del sr. gobernador de A Coruña, este cuerpo provincial cree que al menos por ahora y hasta un muy maduro examen, se aplace la resolución a tenor de dicho pensamiento, y que puesto la exposición general gallega es irrealizable se verifique una provincial en esta ciudad invirtiéndose en las necesidades de este servicio la cantidad presupuestada para el sobre dicho tan análogo siempre que SM se sirva así autorizarlo en cuyo caso el sr. gobernador de acuerdo con la Junta Provincial de Agricultura formalice las bases y designe el día en que haya de verificarse la exposición provincial si fuese realizable en medio del poco tiempo que haya ya para prepararla y celebrarla en época oportuna. ------
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