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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1883-10-24_Ordinaria. Acta de sesión 1883/10/24_Ordinaria
Acta de sesión 1883/10/24_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.004/1.1883-10-24_Ordinaria
Título Acta de sesión 1883/10/24_Ordinaria
Data(s) 1883-10-24 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 254 Sres. vicepresidente [Ramón Romero], Patiño, Lois y Salgado. 1. Leida el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 254 2. Diose cuenta del expediente sobre liquidación con la empresa constructora de la carretera de Ourense a esta capital [Pontevedra] : Vista la liquidación del valor de las obras ejecutadas, materiales acopiados y demás gastos que son de abono, hechos en esta carretera por la empresa, aprobada en 4 de marzo de 1850, que por copia remite el ingeniero: Visto lo informado por contaduría en que se consigna un resumen de las cantidades que a juicio de la misma constituyen la obligación de la provincia, y de las que ésta satisfizo en distintas fechas: Considerando que el decreto sentencia del consejo de Estado de 22 de marzo de 1868, declaró que la obligación de pago a la empresa por el Estado quedó independiente de la provincia, no estableciendo solidaridad alguna entre ambas: Considerando que la Diputación en sesión de 3 de abril de 1878 aprobó el dictamen de la Comisión especial nombrada con motivo de este expediente, y que en aquel ha merecido el concepto de donativo hecho por el Estado a la provincia la parte de crédito satisfecho por el mismo por el liquidado en 1849, su importe 100.000 pesetas; se acuerda que teniendo en cuenta esto mismo forme la contaduría nueva liquidación para dar cuenta de esta y de la formada ya a la Diputación. ------ Folla: 254,255 3. Visto el expediente instruido con motivo de la alzada promovida por D. Manuel Pérez Alonso contra los acuerdos del ayuntamiento de Tui sobre concesión de un terreno sobrante de la vía pública en la carretera de Baiona: Considerando que para poder formar un juicio exacto y emitir una opinión fundada no existen datos bastantes en el expediente que permiten ver con claridad si el terreno que se disputa es resultado de alineaciones y constituye una parcela o un solar, o acaso procede de bienes propios, circunstancias que deben tenerse presentes para la resolución legal de este asunto; se acuerda decr al Sr. Gobernador que a juicio de esta Comisión, procede disponer que el ingeniero provincial o un director de caminos a su falta, pase a la ciudad de Tui y levante un plano o cuando menos un croquis que señale con la claridad precisa los puntos que son objeto de controversia, a cuya persona facultativa podrían remitirse también estos antecedentes a fin de facilitarle mejor el conocimiento de los mismos y que con vista de ellos expusiese su juicio. Se levantó la sesión. ------
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