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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1873-01-31_ Ordinaria.. Acta de sesión 1873/01/31_ Ordinaria.
Acta de sesión 1873/01/31_ Ordinaria.
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.100/4.1873-01-31_ Ordinaria.
Título Acta de sesión 1873/01/31_ Ordinaria.
Data(s) 1873-01-31 (Creación)
Volume e soporte Follas, 62-69.
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Leída el acta anterior ha sido aprobada. Se aprueba la distribución de fondos para el mes próximo formada por la Contaduría con estricta sujeción al presupuesto provincial. Ha pasado al ponente los Sres. Armesto y Martínez el presupuesto provincial refundido y adicional de 1872 a 73 con las liquidaciones del anterior. Dado cuenta nuevamente de la reclamación que hizo D. José Rocafort contra el Ayuntamiento de Marín por la cuota que le ha impuesto para gastos municipales, la cual ha quedado pendiente de resolución en 29 del actual por no haber recaído el voto unánime de los tres Sres. vocales que asistieron a la sesión, se acuerda aprobar por mayoría el voto emitido por los Sres. Limeses y Armesto. Igualmente se aprueba por mayoría la proposición del Sr. Armesto relativa a las Comisiones de apremio, contra los deudores a los fondos provinciales, la cual quedará también pendiente de resolución en la sesión de 29 del actual, por no haber votado unánimemente los Sres. vocales de la Comisión. Dado cuenta de las instrucciones que ha redactado la Contaduría para el Oficial Interventor del Hospital de Santiago para los efectos que procedan, se aprueban aquellas acordándose que se publiquen en el Boletín trasladándose a Administrador de Santiago, dándole al mismo tiempo conocimiento de quien sea el Oficial Interventor. Se acuerda convocar a la Diputación provincial para el día 12 del próximo Febrero a fin de examinar y votar el presupuesto adicional y acordar lo que proceda sobre los asuntos siguientes: 1º. Anexión de las parroquias de Aldán y Hío del Ayuntamiento de Bueu al de Cangas. 2º. Devolución de los valores procedentes de la fundación de Don Pedro Valladares. 3º. Aprobación del proyecto de la variación del camino de San Pedro de Margarid al Puente Basete. 4º. Oficio del Sr. Presidente de la Audiencia en el que se da conocimiento de la reclamación que ante la misma ha producido D. Alejandro Morado. 5º. Proposición pendiente sobre organización del personal de obras públicas. 6º. Reposición sobre fomento de la ganadería. 7º. Examen y aprobación de actas de Diputados electos. Visto el expediente instruido acerca de la variación de una parte del trozo del camino de Ponteareas a Setados, en el cual el Director Don León Uceira devengó 90 pesetas y 6 céntimos por la indemnización kilométrica de 1.241 metros, las que propone el Ingeniero Jefe se le abonen, de conformidad con el mismo, se acuerda que se pague al expresado Director la citada indemnización a cuyo efecto trasladase la comunicación del Ingeniero a la ordenación de pagos para que mande expedir el libramiento oportuno. Manifestó el Sr. Martínez que en la sesión anterior cuya acta está aprobada indicó sus deseos del que se consultase con el Gobierno de M. acerca de las sesiones que celebra la Comisión, esto es, si las que se efectúan fuera de las que tiene señalado en días concretos, deben entenderse que son extraordinarias y como nada de esto se hubiese determinado, pide a la Comisión se sirva resolver lo que considere conveniente, y se acuerda que se haga la consulta. Vista la comunicación que en 11 de Diciembre último ha dirigido a esta Comisión la Junta provincial de Instrucción primaria pidiendo la aprobación del Reglamento interior de la Escuela Normal de Maestras, se acuerda manifestar a dicha Junta que la Diputación provincial se ocupará oportunamente del examen de dicho Reglamento, y que estando que lo que acuerde no le sea comunidad no proceda la Junta a dictar medida alguna ni a disponer la formación de claustro, puesto que sólo para los exámenes de maestras lo permite la orden de S.A. el Regente del Reino expedida en 21 de Diciembre de 1869, sometiéndose este asunto a la Diputación por ser de su competencia y no tener carácter urgente, tanto más cuanto el Reglamento de que se trata fue antes aprobado por dicha Corporación. Vista la consulta que en 29 de Diciembre último ha hecho el Alcalde de Ponte Sampaio acerca de lo que debe practicar para obligar a la Junta de Asociados a concurrir a las sesiones, se acuerda contestarle que con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 3º del artº 93 de la ley municipal, imponga a cada uno de los Asociados , que sin justa causa dejen de asistir a las sesiones una multa de 8 pesetas y si aun esta medida no fuese bastante, haga uso de las formalidades establecidas en los artículos ¿177 ? de la misma ley, advirtiéndole que según el artº 142 de la misma es válido lo que acuerden los asociados convocados por segunda vez a sesión extraordinaria cualquiera que sea el número de los concurrentes. Vista otra consulta del Alcalde de Pazos de Borbén sobre la forma de obligar a su antecesor al pago de lo que adeuda por cédulas de empadroamento, se acuerda decirle que dicha consulta la produzca en la Administración Económica de la provincia por ser la competente en esta clase de asuntos. Dado cuenta del expediente instruido en el Ayuntamiento de Campo, sobre cierre de un caño en el camino público que conduce a Puente Pirre, se acuerda oficiar al Ingeniero Jefe para que por cuenta de quien haya lugar nombre una persona facultativa que apersonándose con el Alcalde de Campo, reconozca e informe después lo que a su juicio crea conveniente para en su vista resolver esta Comisión si el asunto es de su incumbencia o pertenece a los Tribunales de justicia, practicándose dicho reconocimiento con citación y audiencia de los interesados. Vista la reclamación producida por D. José Grobas por el crédito que tiene a su favor, procedente del tiempo que ha servido la plaza de Secretario del Ayuntamiento de O Grove, y considerando que a pesar de estar mandado diferentes veces ejecute el pago el Alcalde no lo ha verificado presentando ahora como causa principal el crecido número de acreedores que dice el mismo reclaman créditos, contra Grobas, todo lo cual induce a creer que el fin que se propone es solo entorpecer el pago y con objeto de evitar esto y al mismo tiempo que los legítimos acreedores tengan asegurado el pago, se acuerda que en el plazo de 4 días remita a esta Capital las 1.256 pesetas 29 céntimos las cuales se entregarán en la Depositaría provincial en calidad de depósito con deducción de las cantidades embargadas o retenidas judicialmente, concediéndose 8 días a los acreedores a quienes hará saber el Alcalde que en dicho término presenten igual mandato judicial por lo que les adeude aquel y pasado este término se entregará lo restante al Grobas; dígasele también que cumplido que sea este acuerdo, se revolverá lo que proceda acerca de la multa. Se aprueba la cuenta del Carpintero que, colocó una puerta en los sótanos de este palacio, rebajada que sea a la partida de 130 reales. Paso al Sr. Limeses el expediente sobre competencia entablada por el Señor Gobernador al Juzgado de Cambados. Vista la nota puesta por el Oficial de Secretaría D. José Arribas a la solicitud de D. Ramón Sanjurjo Pardiñas quejándose del Ayuntamiento de O Grove por la excesiva cuota que le ha impuesto para gastos municipales y resultando que dicho Oficial se ha permitido quejarse del derecho puesto por el Señor Gobernador mandando que aquella instancia sea registrada y oyendo al Negociado se de cuenta a esta Comisión, se le previene que a lo sucesivo se abstenga de hacer apreciaciones que se refieren a Autoridades Superiores, cuyas apreciaciones son enteramente ajenas de su cometido. Pídase informe al Ayuntamiento el cual lo evacuará en el término de tercer día. Vista la solicitud de la Regente de la Escuela Normal de Maestras, pidiendo que se le conceda mayor localidad que la que ocupa, se comisiona a los Sres. Martínez y Limeses para que asociados del Arquitecto giren una visita al establecimiento y procuren arreglar este servicio dando cuenta a la Comisión. Vista la queja producida por D. Manuel Pena y Gil contra el Alcalde de Sayar por no haber cursado una alzada que interpuso para ante esta Corporación, se acuerda que se reclame de dicho Alcalde el informe que dejó de evacuar con arreglo al artº 133 de la ley municipal encargándole remita todos los antecedentes referentes a la cuestión especialmente el dictamen que debió dar la Comisión del Ayuntamiento que practicó la venta o reconocimiento del sitio en que se construyeron o rectificaron los muros, todo en el término de 4 días. Vista una solicitud de D. José Neira pidiendo que se le vendan las arañas y un portierr de la Diputación, se acuerda que se ponga a la Diputación la venta de los muebles y efectos inservibles a cuyo efecto forme la Contaduría el inventario de los que existan. Pasaron a los Sres. ponentes los siete expedientes de las vistas que se efectúaron en esta fecha y en la de 29 del corriente. Siendo las once y media de la noche, se levantó la sesión.
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