ATOPO
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Acta de sesión 1874/02/05_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.101/1.1874-02-05_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1874/02/05_Ordinaria

  • Data(s) 1874-02-05 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 26,29

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta anterior ha sido aprobada. Queda enterada esta Comisión provincial de un oficio del Sr. Gobernador dando parte e haber destituido al ayuntamiento de Campo y nombrado en su ligar otro. Visto el oficio del Sr. Gobernador pidiendo vista de los empleados de la Diputación que se inscribieron en la Milicia Nacional, se acuerda contestarle que a pocos días se remitirá la nota que reclama. Queda enterada de un oficio del Sr. Gobernador transcribiendo otro de la Audiencia del territorio participando que pro consecuencia de causa criminal instruida por resultado de elecciones provinciales, fue declarado suspenso del cargo de concejal de Marín D. Ángel Casas y se acuerda decirle que este señor no es ac6ualmente individuo del Ayuntamiento. Vista una comunicación del Sr. Gobernador pidiendo nota del acuerdo de 15 del mes último sobre pago de dietas al veterinario castrense nombrado para la requisa de caballos, se acuerda mandarle copia certificada del acta de dicho día. Se le da conocimiento al Alcalde de Tui para que entere a los interesados, de un oficio del ingeniero jefe de que acordó construir una tajea en el camino de Tui al crucero de Patas en la finca de propiedad de Juan José Díaz, y que se va a instruir expediente adicional para la tasación y pago de daños causados por el mismo camino en fincas de propiedad de Dª María Joaquina Domínguez y D. Francisco Domínguez. Visto el expediente de denuncia y pobreza de Manuel Fernández Núñez y resultando que a pesar de lo resuelto en sesión de 27 de octubre y 11 de diciembre último, no remitió el Alcalde de Salceda la partida de bautismos de aquel, se acuerda recordárselo con amonestación. Dado cuenta de una instancia suscrita por 24 vecinos del distrito de Oia pidiendo que se plantee el servicio médico por ser esta una de las más apremiantes necesidades del país, se acuerda que inmediatamente se establezca dicho servicio según lo dispuesto en la Ley de Sanidad y reglamento de 24 de octubre último. Visto el expediente de demencia y pobreza de Serafina Magariños vecina de Cotobade y resultando justificados ambos extremos, se acuerda pasar el expediente al Sr. Gobernador para que se sirva dirigir la demente al Manicomio. Dado cuenta del expediente instruido a instancia de Dª Josefa Pereira esposa de D. Martín Posada, secretario que ha sido del Ayuntamiento de Soutomaior reclamando lo que por dicho destino está adeudando el municipio y Considerando que el Ayuntamiento no acreditó hubiese satisfecho a D. Agustín Posada las mensualidades reclamadas. Considerando que el depositario tiene entregado todos sus documentos y caudales, previa cuenta, sin que resultase adeudar cosa alguna. Considerando que si en esta cuenta hubiese mediado error, o ha aprobación adoleciese de algún defecto legal, esto solo podrá apreciarse al resolver definitivamente sobre las indicadas cuentas, aurea de las cuales media apelación, se acuerda sin perjuicio de exigir en su día la responsabilidad que corresponda si estuviese satisfecha la cantidad o lo mas que proceda. Visto un oficio del Ingeniero jefe proponiendo la aprobación del expediente de expropiación forzosa de los terrenos comprendidos en una parte del camino de Lalín a Carballiño, se aprueba y se acuerda pasarlo al Contratista para su pago con arreglo a las condiciones de la contrata, manifestando al ingeniero que con respeto a los que no se conformaron con la tasa de los peritos, se resolverá en su día lo que proceda. Rectificando según lo acordado por esta Comisión Provincial las ordenanzas de Cangas, se pasan al Sr. Gobernador para los que los del artículo 71 de la ley municipal. Vista una comunicación del Sr. Gobernador militar solicitando que se autorice al Ayuntamiento de Vigo para sufragar los gastos de la requisa, se acuerda contestarle que queda autorizado dicho Ayuntamiento para que anticipe los gastos que en este servicio suman y que por la Deputación le tomará en cuenta su importe en el cupo que le correspondió para el presupuesto provincial, encargándole que procure formar y justificar la cuenta. Se acuerda facilitar al Comisionado de apremio contra el Ayuntamiento de esta Capital el duplicado que reclama de la comunicación de requerimiento con arreglo a lo que dispone el artículo 53 de la Instrucción de 3 de diciembre de 1869. Se aprueba la nota de suministro remitida por el Comisario de Guerra para valorar los del tercer trimestre del año económico de 1873 -74. No habiendo otros asuntos de que tratar se levantó la sesión.

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