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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1875-02-16_Ordinaria. Acta de sesión 1875/02/16_Ordinaria
Acta de sesión 1875/02/16_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.105/1.1875-02-16_Ordinaria
Título Acta de sesión 1875/02/16_Ordinaria
Data(s) 1875-02-16 (Creación)
Volume e soporte Follas, 21-22
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Leída el acta anterior fue aprobada. Visto el expediente adicional de expropiación de los terrenos ocupados con las obras del camino de Lalín a Carballiño en su trozo 1º cuyo importe asciende a pesetas 6.683,62; Vista una nota de la Contaduría en que manifiesta las existencias de fondos en Caja por si con arreglo a ellas se considera conveniente librar alguna suma para cubrir esta atención; y considerando que la ejecución de las obras de este camino está detenida por no haberse podido satisfacer hasta ahora las expropiaciones, se acuerda que se libre la cantidad que la misma importan en uno o más plazos, según la ordenación lo considere prudente para que no queden desatendidos otros pagos urgentes, y que se de comisión al Sr. Diputado provincial D. Ramón Mª Villar Ulloa para que se sirva disponer los pagos individuales a los expropiados rogándole que acepte el encargo. Visto el presupuesto de ingresos y gastos del Ayuntamiento de Covelo para el año de 1874-75 en el que aparece que, si bien se aprobó el remate del puente de Barcia de Mera, no se consigna partida alguna para su pago; puesto que el producto de los bonos que designa para este objeto la Junta municipal es ideal a juzgar por lo que dice el Alcalde a esta Comisión provincial contestando a las explicaciones que se le han pedido acerca de dichos bonos, los cuales, dice no existen: Visto el dictamen del Negociado proponiendo que el Ayuntamiento reúna la expresada Junta que por no poseer bonos ni otra clase de efectos públicos, le haga ver la necesidad de incluir en el presupuesto las 7.750 pesetas que debe satisfacer por el sobredicho puente, preguntándose también al Ayuntamiento los medios acordados para cubrir el déficit del presupuesto, se acuerda que se diga al Alcalde reúna la Junta municipal haciéndole entender la responsabilidad en que incurre al negarse a arbitrar recursos con que atender a la obra del puente Mera como obligación impuesta y aceptada ya al distrito, a fin de que vote el ingreso real y efectivo correspondiente sin perjuicio de que se hagan las peticiones oportunas para obtener del Ministerio de Hacienda los valores equivalentes al 30% de los bienes de propios que fueron vendidos al distrito. Enterada la Comisión de la reclamación que han hecho los sobrestantes de caminos provinciales pidiendo que se les aumenten las indemnizaciones por visitar a las obras que están en construcción y visto el informe del Ingeniero Jefe y el dictamen de la Contaduría, se acuerda de conformidad con esta que se les aumente la indemnización a sesenta pesetas mensuales; y que a la de campo se le aumente una pesetas por día, todo desde 1º de marzo próximo y sin perjuicio de darse cuenta a la Diputación. Visto un oficio del Ayuntamiento de Oia pidiendo autorización para presentarse como parte en el Juzgado ordinario para gestionar en el procedimiento que se sigue por ocultación de documentos y malversación de caudales contra D. Agustín Pulido, D. Agustín Rodríguez Díaz, D. Julián Martínez Domínguez y D. Manuel Pérez Cerqueira. Considerando que la acción que se intenta proseguir es criminal y que el articulo 81 de la ley municipal no se refiere a las acciones de esta índole sino a las puramente civiles, se acuerda desestimar la solicitud de autorización que para litigar pidió el Ayuntamiento de Oia. Con lo cual, se levantó la sesión.
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