ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.391
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.762

Acta de sesión 1876/05/23_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.106/1.1876-05-23_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1876/05/23_Ordinaria

  • Data(s) 1876-05-23 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 37v,38v

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta anterior fue aprobada. Dado cuenta nuevamente del expediente de subasta de la impresión del boletín oficial en el año de 1876-77, y visto lo manifestado por la contaduría suministrando datos para hacer este servicio por administración toda vez que en las presentes subastas no ha habido proposiciones, se acuerda que sin perjuicio de resolver en su caso sobre la administración aumentar el tipo en 1.250 y que con urgencia se pase a la contaduría para que anuncie la subasta para el día 3 de junio próximo. Se señala el día ocho de junio próximo para celebra la vista pública de la alzada interpuesta por José Lamas contra un acuerdo del ayuntamiento de Redondela. Se desestima una pretensión del peón caminero de la carretera de A Estrada a Pontevea que pide aumento de sueldo. Visto un oficio del alcalde de Cotobade sobre concesión de terreno comunal para edificar una casa Manuel Fernández García, se acuerda decirle que no procede la donación que de dicho terreno desea hacerle el ayuntamiento por carecer de atribuciones al efecto. Se acuerda que se remitan al señor Gobernador por antecedentes que reclama para cursar la apelación del ayuntamiento de O Carril que no se ha conformado con una providencia de esta Comisión acerca del arbitrio impuesto sobre el transporte de efectos a la estación del ferrocarril. Visto lo informado por la señora directora del hospicio de esta capital respecto de una asilada llamada Carmen hija de Rosario Veiga, que la ha reclamado, se acuerda que se oficie a dicha directora para que se sirva disponer que la expresada niña sea entregada a su madre. Se acuerda prevenir al Alcalde de Cuntis cumpla lo acordado por esta Comisión en 11 de abril último relativamente a una alzada interpuesta por D. José Fontenla y otros contra un acuerdo del ayuntamiento por el que se les obliga a pagar los trabajos verificados en la rectificación de un reparto previniéndole que a lo sucesivo evite estos recuerdos. Dado cuenta de una comunicación de la junta provincial de instrucción pública pidiendo que se obligue al ayuntamiento de Catoira a pagar a los maestros del distrito lo que les está abundando, según así lo solicitan estos, se acuerda que pase la instancia al ayuntamiento para que atienda como corresponde, la pretensión de dichos maestros dándose cuenta de esta providencia a la expresada junta. Se aprueba el presupuesto de gastos carcelarios del partido de esta capital y se le previene al alcalde remita un duplicado de ellos a esta comisión. Enterada de una comunicación del Ingeniero jefe pidiendo que se le remita el expediente de expropiación de terrenos de la Carretera provincial de Touticeira: visto lo informado por la Contaduría y dicho verbalmente a dicho ingeniero jefe; se acuerda que se le facilite previo recibo aquel expediente, selladas y rubricadas sus hojas, por un plazo de 15 días, siempre que los trabajos de la Contaduría no permitan sacar dicha copia por la misma oficina. Queda enterada la Comisión provincial de una comunicación del ingeniero jefe participando que con la urgencia que desea el ayuntamiento de Marín no puede ocuparse un director del levantamiento de un plano del callejón de la Eiriña pro estarlo de otros asuntos de reconocida preferencia de caminos de la provincial. Visto un oficio del juez de primera instancia de Pontecaldelas que ha pasado el señor gobernador a informe de la Comisión provincial sobre que sujetos pueden tener responsabilidad en la sustracción de cuentas y otros documentos del ayuntamiento de A Lama, se acuerda evacuar dicho informe manifestando al señor gobernador que las cuentas municipales de aquel ayuntamiento correspondientes a los años de 1866-67 y 1867-1868 que abrazan el período desde 1º de julio de 1866 a igual mes de 1868, la desaparición o recibo de los pliegos de reparos no puede en ningún caso favorecer al cuentadante, depositario ni al secretario, toda vez que dicho pliego pueden reproducirse; que con respecto a los meses sucesivos al de junio de 1969, los ingresos y pagos deben figurar en la cuenta correspondiente al año de 1868-69, y que por lo tanto, no estando esta rendida, si ella fuese producida al ayuntamiento, igual interés pudiera tener en su desaparición el que cesó en octubre o noviembre de 1868 que el que le sustituyo. Reservar primera y tercera de 1874 por mas que podía tener interés en dicha desaparición los mozos todos reclamados que no fueron juzgadas las reclamaciones tal interés sería de todo punto infructuoso para ello puesto que en el archivo de esta Corporación existen testimonios fehacientes de ambos expedientes de los que se pueden mandar copias, o efectuarse las compulsas que el ayuntamiento reclame. Con lo cual se levantó la sesión.

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición