ATOPO
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Acta de sesión 1903/02/06_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.107/3.1903-02-06_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1903/02/06_Ordinaria

  • Data(s) 1903-02-06 (Creación)

  • Volume e soporte Follas: 12,13v

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Leída el acta anterior, fue aprobada. Se acuerda señalar para celebrar sesiones ordinarias los días 6, 7, 13, 14, 20, 21, 27 y 28. Vista la instancia de D Joaquín Nogueira Alonso en súplica de que sea recluido en el manicomio de Conjo D. José García Venis, su próximo pariente, cuya demencia se acredita, en cuya instancia se obliga a reintegrar por meses vencidos en las cajas provinciales el importe de las estancias que causase sino fuesen de abono por cuenta de la provincia; y Visto que el acuerdo de la Excma. Diputación que reduce a 50 el número de dementes que en el manicomio pueden asilarse por cuenta de fondos provinciales, impide estimar en su primera parte la súplica formulada por el D. Joaquín Nogueira; Se acuerda que el demente José García Venis figure entre los dementes pobres cuyas estancias abona la Diputación en el Manicomio de Conjo, si bien aceptando el compromiso que en su instancia formula el D. Joaquín Nogueira Alonso de reintegrar por meses vencidos a las cajas provinciales el importe de las estancias que cause el demente José García Venis, de Vigo, a cuyo efecto se harán las debidas formalizaciones, siendo deber de la Contaduría provincial dar cuenta a esta Comisión incumplimiento del compromiso contraído por el Sr. Nogueira Alonso, si llegase el caso. Se acuerda interesar del Sr. Ordenador de pagos el abono de la cantidad de 24.000 pesetas consignadas especialmente en el presupuesto adicional al ordinario de 1902 para remedio de los daños causados en los campos de la provincia por los temporales del mes de julio último, significándole la conveniencia de que si existiese alguna dificultad de contaduría o de carácter legal que a juicio de la Ordenación impidiese el pago, se digne manifestarla para conocimiento de los Sres. Alcaldes de los pueblos damnificados que diariamente solicitan el cumplimiento de la obligación contraída. Visto el expediente incoado por el ayuntamiento de ¿Bueu? Para la construcción de una casa consistorial y un matadero adicionado a esta; y Considerando: que con las obras del matadero, que se adicionan a las de la Casa Consistorial, no se produce aumento en el tipo de subasta ya aprobado. Se acuerda informar al Sr. Gobernador en el sentido de que procede aprobar dicho expediente. Vistos dos expedientes instruidos en el Gobierno Civil de esta provincia a instancia de D. José Borés y romero; en solicitud de que se le conceda autorización para aprovechar aguas del río Tea en los distritos municipales de Mondariz y Ponteareas con destino a producir energía eléctrica para usos industriales. Considerando: que las reclamaciones contra la concesión que se solicita se basan en que se estimase la solicitud del Sr. Borés se priva a los vecinos que las formulan del agua necesaria para sus molinos, argumento que destruye el Sr. Borés asegurando que a los vecinos de Ponteareas y Mondariz no se le irrogará perjuicio alguno pudiendo disfrutar como hasta aquí de los aprovechamientos que poseen. Se acuerda informar al Sr. Gobernador en sentido favorable a lo solicitado por D. José Borés y Romero. Visto el proyecto reformado de reparación y ensanche de la sección de Ponteareas al manantial de aguas minero – medicinales de Chan de Gándara (Mondariz) perteneciente al camino provincial de Arcade a Ponteareas cuyo presupuesto de contrata asciende a la cantidad de 163.479,86 pesetas. Se acuerda aprobarlo y anúnciese la subasta para el día 23 de marzo próximo a las doce, con arreglo a lo dispuesto en el R.D. de 26 de abril de 1900 y reformas en el introducidas por el de 12 de julio de 1902 y reformas en el introducidas por el de 12 de julio de 1902, teniéndose presente además lo prevenido en el de 20 de junio de 1902, relativo al contrato ante los obreros y el rematante. Visto que el ayudante de caminos provinciales D. Bonifacio Vázquez, certifica haberse realizado obras en el camino de A Estrada a su cementerio, por valor de 7.814,08 pesetas, y que este camino fue subvencionado por la Excma. Diputación en la cantidad de 5.000 pesetas. Se acuerda el pago de la mencionada subvención al ayuntamiento de A Estrada, toda vez que se acredita la inversión de mayor cantidad en obras realizadas. Se levantó la sesión.

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