ATOPO
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Acta de sesión 1908/02/27_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.114/1.1908-02-27_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1908/02/27_Ordinaria

  • Data(s) 1908-02-27 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 6 1. Presidencia del Sr. Casas. Señores que asistieron: García Vidal, Fociños, Areal, Sampedro y Otero (Don Prudencio) Abierta la sesión a las 12 de la mañana se dio lectura del acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 6,7 2. Acto seguido haciendo uso de las atribuciones que le confiere el caso 3º del art. 98 de la Ley provincial vigente y previa declaración de urgencia adoptó los acuerdos siguientes: 1º. Quedar enterada de la Comunicación del Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Instrucción pública, declarando cesante a Dña. Isolita González, escribiente de la Escuela Normal de Maestras de Pontevedra, nombrando en su lugar a Dña. Matilde Chaves y González, con el sueldo anual de 750 pesetas con cargo al presupuesto provincial. 2º. Decretar el ingreso en la Inclusa del niño de cinco años de edad, Francisco Graña Carabelos, huérfano de madre y natural de Marín. 3º. Contestar a la Junta escolar organizadora del Centenario del Batallón Literario de 1.808 con residencia en Santiago, manifestándole que el acuerdo adoptado por la Excma. Diputación en Abril de 1.905 prohibe otorgar subvenciones para obras y festejos de fuera de la provincia de Pontevedra, mientras no estén solventados los créditos que de esta índole se han concedido a Corporaciones y particulares de eta provincia, cuya resolución impide a la Comisión permanente el conceder cantidad alguna a la repetida Junta escolar con destino a las fiestas que han de verificarse en Santiago en el mes de Mayo para conmemorar el Centenario de la Independencia. 4º. Contestar al Sr. Director de la Real Escuela Oficial de Avicultura con residencia en Arengs del Mar (Cataluña) que en el vigente presupuesto no existe partida que consienta el sostener un alumno en dicha escuela para dedicarse al estudio de las materias que son objeto de enseñanza en la referida escuela. 5º. Contestar al oficio que con fecha 17 del mes próximo pasado dirige el Alcalde de esta ciudad trasladando otro del Juez de 1ª Instancia solicitando el ingreso en el Hospital, del herido José Piñeiro Domínguez y recomendando se adopten medidas para la seguridad de dicho lesionado; manifestando al repetido Alcalde que perteneciendo el Hospital al Ayuntamiento de esta Capital corresponde a la Comisión de Beneficencia municipal el adoptar las medidas de precaución que recomienda el Sr. Juez. 6º. Se dio cuenta del expediente instruido con motivo del Reglamento que se confeccionó para regular los servicios del nuevo cementerio de Vilagarcía; y Resultando: que en este expediente se cumplieron los requisitos que previene la Real Orden de 1º de Marzo de 1.907 sin que se haya formulado reclamación alguna contra tal cuerpo de doctrina acerca del cual emite informe favorable el Excmo. Sr. Arzobispo de la Diócesis; la Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado, acordó evacuar en trámite prevenido por el número 4º de la Real Orden de que se ha hecho mérito en relación con el art. 76 de la vigente Ley municipal. 7º. Decretar el ingreso en el Asilo de Hermanitas de los pobres de esta Capital de Carmen Braña García, pobre de solemnidad que se halla en el Hospital sin padecer dolencia alguna. Se levantó la sesión. ------

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