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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1913-12-18_Extraordinaria. Acta de sesión 1913/12/18_Extraordinaria
Acta de sesión 1913/12/18_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.125/1.1913-12-18_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1913/12/18_Extraordinaria
Data(s) 1913-12-18 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 47 1. Presidencia del Sr. Otero (D. Prudencio). Señores que asistieron: Senra, López Boullosa, Sequeiros, Taboada y Golmar. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 47 2. Seguidamente se dió cuenta del recurso de alzada interpuesto por D. Francisco Vidales y otros vecinos de Vigo contra acuerdo adoptado por el ayuntamiento de dicha ciudad en 24 de octubre último sobre interposición de demanda contenciosa administrativa. Resultando que en sesión celebrada en el referido día el ayuntamiento se enteró de la resolución del Gobierno civil revocado acuerdo de aquella Corporación que imponía a D. Julián Lago Cordero determinada alineación en una casa, acordando en el mismo acto interponer contra ella recurso contencioso administrativo ante el Tribunal provincial correspondiente. Considerando que el acuerdo recurrido se adoptó con manifiesta infracción del art. 86 de la Ley municipal corroborado por el art. 15 del R.D. d e1909 que imponen a los Ayuntamientos como requisito previo para interponer demandar el dictamen de dos letrados, trámite esencial que su omisión constituye defecto de forma en el modo de proponer la demanda, según reiteradamente sostiene el Tribunal Supremo de lo contencioso administrativo en sentencias de 12 de diciembre de 1896, 4 de enero y 11 de mayo de 1808 y 20 de septiembre de 1911; la Comisión en virtud de las demás consideraciones legales que se citan en el dictamen del Negociado acordó informar al Sr. Gobernardor en el sentido de que procede estimar el recurso interpuesto y declarar la nulidad del acuerdo recurrido. Se levantó la sesión. ------
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