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Acta de sesión 1918/12/04_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.134/1.1918-12-04_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1918/12/04_Ordinaria

  • Data(s) 1918-12-04 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 50 1. Presidencia del Sr. Nine. Vocales Señores López de Neira, Sarmiento, García Golmar, Otero Bárcena y Landín. Abierta la sesión a las once de la mañana se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 50 2. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la concede el caso 3º del articulo 98 de la Ley provincial, y previa declaración de urgencia adoptó los siguientes acuerdos. Aprobar la distribución de fondos por capítulos en cuantía de 40.064,23 pesetas para satisfacer las obligaciones del mes actual. ------ Folla: 50 3. Declarar de abono a las Superioras de los Asilos de Hermanitas de los pobres de Vigo y Pontevedra, las cuentas siguientes: A la primera la cantidad de ciento treinta y cinco pesetas; y a la segunda seiscientas noventa y siete pesetas con cincuenta céntimos, por estancias causadas en ambos establecimientos durante el mes de noviembre último, debiendo pagarse dichas sumas contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 50 4. Declarar de abono al Sr. Director Jefe de caminos provinciales, la cuenta importante trescientas noventa y nueve pesetas con sesenta céntimos por conservación de los mismos durante el mes de octubre último, debiendo pagarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para esta obligación. ------ Folla: 50 5. Declarar de abono al contratista de las obras de construcción del puente de losas sobre el río "Umia" D. Manuel Pena Eirín, la cantidad de tres mil setecientas veintiséis pesetas, según liquidación que formula el Sr. Director Jefe de caminos provinciales debiendo librarse contra la consignación que existe en presupuesto en el capitulo 13, articulo único. ------ Folla: 50 6. Pasar a informe del Sr. Director Jefe de caminos provinciales, el oficio del Alcalde de Poio, participando que están terminadas las obras de restauración del camino, fuente y crucero de San Salvador que subvencionó esta Comisión. ------ Folla: 50 7. Sacar a subasta el servicio de bagajes en toda la provincia durante el año venidero de 1919, por el tipo y demás condiciones del año anterior, o sean siete mil pesetas, debiendo celebrarse la subasta en el día 10 de enero próximo. ------ Folla: 50 8. La Comisión acordó ratificar al Sr. Vicepresidente la autorización que ya le había otorgado para que sena alta en el Hospital de esta ciudad, los individuos que sin tener dolencia permanente en aquel establecimiento. ------ Folla: 50 9. En este momento abandonó el salón en que la Comisión deliberaba el Señor Vicepresidente Don Miguel Nine. ------ Folla: 50,51 10. Dado cuenta de una instancia que suscribía Doña Argemira Nine Fraga, viuda de Don Narciso Carrera Goyanes, Inspector facultativo provincial cerca del gran Hospital de Santiago y demás establecimientos benéficos de la repetida ciudad, donde alberga enfermos la Diputación de Pontevedra, cuyo técnico falleció recientemente víctima de la epidemia gripal reinante, pidiendo se otorgase a sus hijos menores Don Luis y Don Fernando Carrera y Nine, una pensión anual de mil quinientas pesetas para ayuda de su educación y tan sólo hasta que lleguen a la mayor edad o hayan terminado una carrera, considerando que el Señor Carrero llenó con celo relevante su misión y que falleció dando un alto ejemplo de altruismo asistiendo como facultativo a cuantos menesterosos requirieron sus cuidados, así como los dementes atacados de tal epidemia en el Manicomio de Conxo, la Comisión por unanimidad acordó acceder a lo solicitado por la referida Sra. Dª. Argemira Nine, concediendo a sus dos citados hijos D. Luis Carrero Nine y D. Fernando Carrero Nine que nacieron en la ciudad de Santiago en 27 de enero de 1914 y 19 de febrero del corriente año, respectivamente como lo justifican las certificaciones del Registro Civil que aporta la pensión de orfandad a los dos de mil quinientas pesetas anuales que percibirán hasta que hagan llegado a cumplir los veintitrés años de edad, con el fin de que puedan seguir una carrera cuando cada uno en el percibo de tal pensión en el momento que hayan cumplido tal edad o que hayan ultimado su respectiva carrera profesional quedando autorizada durante la menor edad para percibir a nombre de los pensionados la referida cantidad anual, su citada madre Doña Argemira Nine Fraga y pagándose dicha suma contra la consignación de 1.970 pesetas que existen en el presupuesto vigente para haberes del referido facultativo. En este momento se retira del salón en que la Comisión deliberaba el Sr. López de Neira y entra el Señor Nine. Acto continuo el Sr. Otero Bárcena, expuso que a su juicio debía en la misma sesión de hoy proveerse la vacante que produjo el fallecimiento del Sr. Carrero, y que el proponía para dicho cargo a facultativo de tan reconocida competencia como el Sr. D. Luis Blanco Rivero, Catedrático de la Universidad de Santiago, el cual desempeñaría sus funciones gratuitamente y que no existiendo gravamen de ninguna clase para la Diputación, estimaba que la misma vería con satisfacción éste nombramiento. Abierta discusión por el Sr. Vicepresidente acerca de la resolución que debiera de adoptarse sobre la propuesta de que se ha hecho mención, el Sr. Landín dijo: que reconociendo en el Sr. Blanco Rivero, grandes merecimientos, sin embargo estimaba innecesario el que se hiciese el nombramiento de Inspector facultativo de esta Diputación cerca del Gran Hospital de Santiago, toda vez que en la actualidad la Diputación de Pontevedra no enviaba enfermos al referido establecimiento, y que la experiencia había enseñado que cuantos nombramientos se habían hecho en esta Corporación con carácter honorífico o gratuito habían perdido dentro de plazo muy corte éste aspecto, pues el desempeño de la función activa se había invocado al entrar en posesión del cargo como fundamento para reclamar haberes haciendo resaltar la desigualdad depresiva de tener sueldo todos los funcionarios provinciales y no percibirlo el que desempeñaba destino honorífico. El Sr. García Golmar, se expresó en análogo sentido a como lo había hecho el Sr. Landín añadiendo que para que en ningún momento pudiera trocarse en cargo remunerado el que esa objeto de discusión, debiera aportarse escrito del que aspiraba a tal plaza, consignando bajo de firma que jamás reclamaría haberes por el desempeño de tal destino. De no hacerse así juzgaba que a la larga con el nombramiento que se proponía se echaría sobre el presupuesto provincial una nueva carga completamente injustificada, puesto que ahora no se enviaban enfermos al Gran Hospital de Santiago. El Sr. Sarmiento manifestó que el votaría por que se proveyese el cargo en Don Luis Blanco Rivero, pero bajo el fundamento esencial de que había de ser con carácter gratuito u honorífico, pues de otra suerte apoyaba con su sufragio la supresión de la plaza; debiendo entenderse que cuando se solicitase haber debía estimarse su voto como emitido por la supresión. Requerido el Sr. Vicepresidente para dirimir la diversidad de criterio que había surgido en el seno de la Comisión, éste manifestó lo siguiente: que su deseo era votar la amortización de la plaza; pero habiéndole manifestado de palabra el Sr. Blanco Rivero su interés en desempeñarla gratuitamente no hay razón para desairarle ya que en esa forma no se gravan los intereses de la provincia. Más si llegase a variar de pensamiento -que no lo era- entiéndase entonces ratificado aquel voto o sea que procede la amortización de la referida plaza. En mérito de lo expuesto, la Comisión por mayoría acordó nombrar Inspector facultativo provincial cerca de los establecimientos benéficos de Santiago donde alberga enfermos la Diputación de Pontevedra a Don Luis Blanco Rivero, con carácter honorífico o gratuito. ------

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