ATOPO
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Acta de sesión 1921/04/23_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.141/1.1921-04-23_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1921/04/23_Extraordinaria

  • Data(s) 1921-04-23 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 11 Presidencia del Sr. Riestra Calderón. Vocales Sres. García Vidal, Echeverría, García Golmar, Puig y Corbal. 1. Abierta la sesión a las once de la mañana, se dio lectura de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 11 2. Seguidamente examinó el expediente y proyecto para construcción de un cementerio católico en la parroquia de Loureiro, termino municipal de Cotobade. Resultando: que las malas condiciones higiénicas y capacidad que ofrece el cementerio existente, impulsaron a los vecinos de la citada parroquia a construir por su cuenta un un cementerio que reúna las condiciones necesarias a satisfacer las necesidades de la misma, y a evitar el triste espectáculo que ofrecen los despojos de los allí sepultados que aparecen al descubierto cuando hay que abrir fosas, deficiencias que además del peligro que suponen para la salud pública, dieron lugar a quejas, sin que la precaria situación económica del Ayuntamiento permitiese la ejecución de una nueva necrópolis, no obstante considerar rigurosamente juntas aquellas reclamaciones. Resultando que aceptada por el Ayuntamiento tal oferta e iniciado el expediente previo dictamen de dos médicos y junta de sanidad, se procedió a la designación del terreno, formación de planos, conducciones y presupuesto que se eleva a 8.000 pesetas. Considerando: que subordinada la tramitación a este expediente a los requisitos que exige la R. O. de 16 de julio de 1888 y dependiendo su aprobación definitiva del Sr. Gobernador, por no alcanzar a 15.000 pesetas el coste de la obra proyectada la comisión de conformidad con las demás consideraciones que constan en el dictamen del negociado, acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que utilizando la facultad que le concede el apartado 3º de la citada R. O. se sirva prestar aprobación al expediente y proyecto de que queda hecho mérito, declarando de utilidad pública su ejecución, y dispensando a la vez la construcción de la capilla, en atención a lo exiguo de su coste, que no permite la posibilidad de sostener un capellán que en ella pudiera ejercer las funciones de su ministerio, a los fines de los que allí hayan de inhumarse. Se levantó la sesión. ------

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  • Nota

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