ATOPO
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Acta de sesión 1922/05/20_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.143/1.1922-05-20_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1922/05/20_Extraordinaria

  • Data(s) 1922-05-20 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 21 Presidencia del Sr. Villamarín. Vocales Sres. Boente, García Golmar, casas (D. Antonio), González Fraga y Bueno Casar. 1. Abierta la sesión a las once de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 21 2. Seguidamente examinó el expediente del registro número denominado "Victoria" sito en el término municipal de Valga. Resultando: que D. Manuel Pousada Fernández, vecino de Vigo en escrito de 7 de enero de 1921 solicitó del Gobierno de la provincia la concesión de 15 pertenencias para una mina de hierro en el paraje denominado "Gándaras de Campaña" parroquia de Santa Cristina y anunciada en el Boletín la admisión de tal solicitud de registro, se ha formulado escrito de opinión por Manuel Fernández y Manuel Rodríguez a nombre de los vecinos de aquella parroquia invocando perjuicios que habrá de originarles la concesión solicitada por estar la superficie del monte destinada a aprovechamiento de leñas, pastoreo de ganados y esquilmes. Considerando: que aun en el supuesto de que los reclamantes ostentasen la representación de los demás vecinos que invocan y admitiendo también como reales los perjuicios alegados por los mismos, nunca podía ser admisible la oposición formulada porque de haber algún derecho preexistente en favor de los opositores, estos podrían y debían ejercitarlo conforme a lo estatuido en el Reglamento de 18 de ¿diciembre? de 1890 llegado el caso de ser perjudicados con ocasión del beneficio de los minerales no siendo por tanto admisible la oposición formulada a la explotación que se intenta por tratarse de verdaderas fuentes de riqueza que constituyen la prosperidad de las comarcas en donde son explotadas sin que pueda establecerse parangón entre las insignificantes ventajas que aquel pequeño radio ofrece - a decir de los reclamantes - con las que pueda reportar el desarrollo de la industria minera en la que un crecido número de obreros encontrará ocupación lucrativa arrancando del subsuelo el mineral que mas tarde convertirán en metales como resultado de su inteligencia y de su esfuerzo, beneficios que también alcanzan al estado que recauda el tanto por ciento del producto bruto del mineral correspondiente al canon por superficie; la comisión acuerda informar al Sr. Gobernador en el sentiedo de que procede desestimar la oposición formulada dando al expediente la tramitación indicada en el artículo 31 del reglamento de 16 de junio de 1905. Se levantó la sesión. ------

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