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Acta de sesión 1922/05/24_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.143/1.1922-05-24_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1922/05/24_Extraordinaria

  • Data(s) 1922-05-24 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 22 Presidencia del Sr. Villamarín. Vocales Sres. Boente, García Golmar, Casas; (D. Antonio) González Fraga y Bueno Casar. 1. Abierta la sesión a las once de la mañana se dio lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 22,23 2. Seguidamente examinó el expediente relativo a la solicitud de registro minero denominado "Provenir" sita en el paraje llamado "Gándaras de campaña" en el término municipal de Valga. Resultando: que D. José Trigo García vecino de Moaña ha presentado en el Gobierno civil el día 7 de abril de 1921 un escrito solicitando la concesión de la demasía de 12 pertenencias de mineral de arcilla y caolín en expresado paraje propiedad del Estado al que correspondió el número 591 de registro publicado que fue en el Boletín oficial de 13 de julio siguiente a los efectos del artículo 24 del reglamento general para el régimen de la minería de 16 de junio de 1905 se presentó reclamación de D. Eugenio Escudero Lastra y D. Manuel Posada Fernández, este último, denunciador del anteriormente presentado con el nombre de "Victoria" número 589 en el expresado paraje de "Gándaras de Campaña" e informado por V. E. en la sesión de 20 del actual en el sentido de que procedía admitirlo definitivamente. Considerando que de los antecedentes que integran este expediente aparece evidentemente cierto que la concesión de que se trata ha sido solicitada extemporáneamente por el Sr. Trigo García con perjuicio de tercero porque declarada la prioridad de la denuncia del registro minero "Victoria" número 589 y siendo antagónica con el la concesión y designación de perímetro de la nombrada "Provenir" que motiva este informe, es evidente que conforme a lo determinado por el artículo 53 del repetido reglamento procede declarar la nulidad del expediente instruido a instancia de D. José Trigo García aceptando en consecuencia los extremos de la oposición contra el mismo formulada; por lo que la Comisión de conformidad con las demás consideraciones que constan en el dictamen del negociado, acordó informar al Sr. Gobernador en el sentido de que se está en el caso de dictar providencia anulatoria del registro de 12 pertenencias mineras de arcilla y caolín denominada "Provenir" den el término municipal de Valga. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

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