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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1924-10-11_Ordinaria. Acta de sesión 1924/10/11_Ordinaria
Acta de sesión 1924/10/11_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.146/1.1924-10-11_Ordinaria
Título Acta de sesión 1924/10/11_Ordinaria
Data(s) 1924-10-11 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 45 1. Presidencia del Sr. Losada Diéguez. Vocales Señores Fraga, Trapote, Sarmiento, Massó y Lois. Abierta la sesión a las cinco de la tarde, se dió lectura al acta de la anterior que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 45 2. Seguidamente, haciendo uso de las facultades que la concede el caso 3º del articulo 98 de la vigente Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los siguientes acuerdos: Dado cuenta de escrito del Alcalde del Ayuntamiento de Arbo, solicitando se restablezcan las subvenciones concedidas por éste organismo en sesiones de 12 de abril de 1918 y 2 de julio de 1919, de 300 y 500 pesetas respectivamente para arreglo de la plaza y fuente de la parroquia de Sela, de aquel término y las de defensa de la presa o embalse de las aguas sobrantes de la indicada fuente, y caso de que no pudiesen reponerse se concedan dichas sumas a tal objeto del capitulo 11 del presupuesto destinado a obras diversas; se acuerda pasar dicha instancia a informe del Sr. Director Jefe de caminos y contador de fondos provinciales para en su virtud acordar lo procedente acerca de tal pretensión. ------ Folla: 45,46 3. Vista la instancia que suscriben varios habitantes de Ledesma y Cira, de los municipios de Carbia y Silleda, solicitando se dé preferencia entre las obras que habrán de ser ejecutadas por cuenta de fondos provinciales a las de terminación del camino de Callobre a Puente Ledesma en su último trozo y que para su resolución remite el Sr. Gobernador civil se acuerda pasar el referido escrito a informe de la Jefatura de caminos provinciales, como requisito previo, a fin de adoptar el acuerdo procedente. ------ Folla: 46 4. Dada lectura a la instancia que suscribe D. Ramón Durán de Moraña, en súplica de que como contratista de los acopios de materiales para conservación del camino provincial de Paradela a Cuntis (sección de Moraña a Cuntis) se le conceda prórroga de dos meses para dar término a esas obras, se acuerda enviarla a la Jefatura de caminos provinciales a fin de que emita el conducente informe. ------ Folla: 46 5. Visto el informe emitido por el Director Jefe de caminos que dice "Tengo el honor de devolver a V.S. la instancia producida por el Sindicato Agrícola Unión de Vinseiro y Cereixo", en súplica de que se nombre un peón conservador para atender al trozo 1º del camino vecinal del kilómetro 21 de la carretera de Chapa a Carril al kilómetro 12 de la de Vilapouca a Vinseiro que me ha remitido con su atenta comunicación número 524 de 10 del actual, y que paso a informar. El camino de que se trata que es una amplia carretera empezó a construirlo el municipio de A Estrada, con una subvención de la Diputación provincial, y así ejecutó el trozo 1º y parte del trozo 2º en una longitud de unos 5 kilómetros. Actualmente ese camino forma parte del plan de caminos vecinales a ejecutar por el Estado y su proyecto esta pendientes de aprobación en el Ministerio de Fomento. En cuanto sea aprobado y se empiece su construcción, el Estado se incautará de la conservación del trozo 1º. Interin tanto al Municipio corresponde sostener la conservación, pues la provincia no puede construir ni conservar los caminos que no estén en su plan aprobado pro R.D. del Ministerio de Fomento de 2 de julio de 1878, según dispone el articulo 28 de la Ley de carreteras de 1876. Es cuanto tengo el honor de informar a V.S. Se acuerda hacer suyo el preinserto informe, y que se comunique al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de A Estrada y al Sr. Delegado Gubernativo de aquel partido para constancia. ------ Folla: 46 6. Dado cuenta de la que presenta la Jefatura de caminos provinciales que asciende a 457 ptas o 5 céntimos por material de estudios necesarios para aquellas dependencias ocasionados durante el mes de marzo último y antes de proceder a su aprobación, se acuerda pasarla a informe con sus antecedentes del Sr. Contador de fondos provinciales. ------ Folla: 46 7. Vista la instancia de vecinos de la parroquia de San Martín de Caldelas, en el partido de Tui, en demanda de que se gire visita de inspección a la carretera provincial de los Baños de Caldelas y dado su estado deplorable se proceda a su reparación; se acuerda pasarla a informe del Sr. Director Jefe de caminos provinciales. ------ Folla: 46 8. Visto el oficio del Sr. Delegado Gubernativo del partido de Tui que dirige al Sr. Gobernador civil, supliendo a nombre de Comisión de vecinos del barrio de la Lomba del municipio de O Rosal, que se proceda a la reparación del puente de Palo, sobre el río de "Carballas" que pone en comunicación a los vecinos del de "Couselo" con la cabeza de aquel Ayuntamiento de gran necesidad, se acuerda pasarla a informe de la Jefatura de caminos provinciales. ------ Folla: 46 9. Dado cuenta de instancia de Modesto López del Ayuntamiento de Crecente, denunciando que dos plazas de peón caminero afectas al provincial de Pousa a A Cañiza se hallan desempeñadas por individuos de nacionalidad portuguesa y que se dedica a trabajos ajenos al cargo que les fue asignado y que remite a informe de éste organismo el Sr. Gobernador Civil; se acuerda que como requisito previo dictamine a su vez el Sr. Director Jefe de caminos al que se le pasarán los antecedentes. ------ Folla: 46 10. Prestar aprobación y declarar de abono al Sr. Director Jefe de caminos provinciales, la cuenta justificada de setenta y tres pesetas importe de obras de reparación del camino vecinal del lugar de los Molinos en la parroquia de Campañó y para que fue autorizada por acuerdo de éste organismo de 31 de julio de 1923, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto en el capitulo 3º, articulo 1º. ------ Folla: 46 11. Declarar de abono a la Superiora del Asilo benéfico de Hermanitas de los ancianos desamparados de Pontevedra, la cuenta detallada de estancias de ancianos que se albergan en dicho establecimiento correspondientes al mes de agosto último, importantes mil ciento sesenta y cuatro pesetas, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto para atenciones de Beneficencia. ------ Folla: 46 12. Declarar de abono al industrial de esta ciudad, D. Celestino Peón Villar, la cuenta de diez pesetas por certificaciones impresas para proclamación de candidatos facilitadas a la Junta provincial del censo en 23 de julio de 1923, debiendo librarse dicha suma contra la consignación que existe en presupuesto vigente, articulo único, capitulo octavo. ------ Folla: 46,47 13. Declarar de abono, en consonancia con lo dictaminado por el Negociado las cuentas de 10.680 y 06 pesetas respectivamente por estancias causadas en el Hospital de esta ciudad en el mes de julio último, la 1ª por enfermos pobres hijos de esta provincia y la segunda por mozos hospitalizados por acuerdo de la Comisión Mixta importantes en junto diez mil seiscientas ochenta y seis pesetas debiendo satisfacerse contra la consignación que existe en presupuesto para ésta obligación y cuya suma percibirá el Alcalde de Pontevedra. ------ Folla: 47 14. Declarar así bien de abono, de conformidad con o informado por el Negociado, las cuentas de 11.229 y 162 pesetas respectivamente, por estancias causadas en el Hospital de Pontevedra, durante el mes de agosto último, la 1º de enfermos pobres y la 2ª de mozos hospitalizados por acuerdos de la Comisión Mixta de Reclutamiento, debiendo satisfacerse dichas sumas que ascienden en junto a la de once mil trescientas noventa y una pesetas al Alcalde de Pontevedra, contra la consignación que existe en presupuesto para atenciones de Beneficencia. ------
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