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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1925-01-17_Ordinaria. Acta de sesión 1925/01/17_Ordinaria
Acta de sesión 1925/01/17_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.148/1.1925-01-17_Ordinaria
Título Acta de sesión 1925/01/17_Ordinaria
Data(s) 1925-01-17 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 3 1. Presidencia del Sr. Losada Diéguez. Vocales Señores; Fraga Aguiar, Trapote Legerén, Sarmiento Gil y Lois Vidal. Abierta la sesión a las cinco de la tarde se dio lectura al acta de la anterior, que por unanimidad fue aprobada. ------ Folla: 3 2. Seguidamente haciendo uso de las facultades que la concede el caso 3º del articulo 98 de la Ley provincial y previa declaración de urgencia, adoptó los siguientes acuerdos: Declarar de abono al comerciante de esta Plaza, D. Julio Antúnez, la cuenta importante cuatrocientas noventa y una pesetas setenta céntimos, por impresos y efectos de escritorio suministrado a la Comisión Mixta de Reclutamiento durante los meses de junio a noviembre último ambos inclusive, debiendo librarse dicha suma contra la consignación del capitulo 2º, articulo 1º del presupuesto vigente. ------ Folla: 3 3. Declarar de abono al droguero de esta ciudad, D. Ramiro Lino, la cuenta importante ciento treinta pesetas por utensilios para limpieza y conservación facilitados a esta Diputación desde el mes de octubre de 1923 a 31 de diciembre último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación del capitulo 3º, articulo 4º del presupuesto vigente. ------ Folla: 3 4. Visto el informe que en cumplimiento de acuerdo de esta Comisión de 23 de octubre último, emite la Contaduría en virtud del adoptado por la Comisión provincial de Palencia, reclamando el reintegro de treinta y seis pesetas a que se elevaron los gastos de conducción y socorros del prófugo Paulino Villaverde, detenido en la cárcel de aquella ciudad, y trasladado a la de Pontevedra por disposición del Sr. Gobernador y resultando que el expresado prófugo comprendido con el articulo o número 7 en el alistamiento de 1923 por el Ayuntamiento de Bueu fue conducido y tuvo ingreso en la prisión de ésta ciudad en 10 de julio último a disposición de ésta Comisión Mixta ante la que compareció el día 28 de aquel mes, y en el que por decreto de la misma fue puesto en libertad; se acuerda declarar de abono aquella suma con cargo al capitulo 8º del presupuesto vigente, debiendo por la Depositaría de ésta Diputación enviarse la repetida cantidad al Sr. Depositario de fondos provinciales de la de Palencia para reintegro del anticipo que hizo por acuerdo de la expresada Comisión. ------ Folla: 3 5. Declarar de abono a la Empresa "La Hulla Blanca", la cuenta importante treinta pesetas diez céntimos, por energía eléctrica suministrada al motor del pozo de los jardines de éste palacio provincial durante el mes de diciembre último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación del capitulo 12, articulo único del presupuesto vigente. ------ Folla: 3 6. Declarar de abono a D. Salustiano Fernández, propietario de la imprenta "El Pueblo", la cuenta importante trescientas treinta y siete pesetas cincuenta céntimos, por tres números extraordinarios del Boletín Oficial correspondientes a los días 25 de noviembre, 16 y 27 de diciembre últimos de 8 - 12 y 10 páginas respectivamente publicados por mandato del Sr. Gobernador debiendo librarse dicha suma contra la consignación del capitulo 8º, articulo único del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 3,4 7. Visto el escrito del Sr. Contador de fondos provinciales, exponiendo que en 21 de diciembre de 1923, y bajo el número 627, se expidió libramiento por 46,50 pesetas a favor de la encargada del menaje del Presidio, importe de su jornal correspondiente a dicho mes, y en 31 del mismo, y por libramiento, número 678 se libró de nuevo, por error, la misma cantidad y por igual concepto a la expresada perceptora y si bien advertido tal error se verificó el reintegro a la Caja del importe de éste último libramiento, mediante cargareme número 209 de 4 de enero de 1924, restableciéndose con tal reintegro la normalidad de los fondos provinciales, no ocurre así lo mismo con la consignación con cargo a la que se satisface el referido jornal que ha quedado reducida en dicha encargada del menaje los jornales correspondientes al último mes del ejercicio económico; se acuerda aceptarlo que para subsanar dicho defecto proponer en su informe el Sr. Contador de fondos provinciales. ------ Folla: 4 8. Declarar de abono al industrial de ésta ciudad D. Joaquín Viñas, la cuenta importante ochenta y dos pesetas por encuadernación de libros de actas, Gacetas y Boletines oficiales desde enero a diciembre del año último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación del capitulo 8º, articulo único del presupuesto vigente. ------ Folla: 4 9. Declarar de abono a la Superiora de la casa Hospicio de esta ciudad, la cuenta importante setecientas setenta y tres pesetas noventa céntimos a que ascendió la cena extraordinaria concedida por acuerdo de ésta Comisión de 13 de diciembre último a los asilados en aquel establecimiento en la tradicional Noche Buena, debiendo librarse dicha suma contra la consignación del capitulo 6º, articulo 2º del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 4 10. Dado cuenta del presupuesto modificado que por acuerdo de ésta Comisión de 31 de octubre último confeccionó la Jefatura de caminos provinciales, importante 2.405 pesetas a que se elevan los gastos que se consideran necesarios para el estudio de los trozos 1º y 2º del camino provincial de "Prado a Camanzo" y visto el escrito que el Sr. Alcalde de Carbia dirige a esta Comisión, participando acuerdo adoptado por aquella municipalidad en el sentido de que para facilitar y adelantar los estudios ofrece en concepto de ayuda el el 50% de los jornales de ocho peones para los estudios de campo de los dos trozos del expresado camino, sin perjuicio de que tan pronto se haya ultimado aquel trabajo procurará gestionar de los propietarios la cesión gratuita de los terrenos ocupados por la carretera, y visto así mismo el informe emitido por el Sr. Director Jefe de caminos, según el que contando con la rebaja que supone el auxilio de los mencionados peones, queda reducido el presupuesto reformado a la cantidad de mil ochocientas veintinueve pesetas; ésta Comisión en mérito a que la realización de aquellas obras de general y positivo interés que viene a llenar una necesidad sentida, uniendo dicha carretera con las del Estado y provincial, poniendo así en comunicación aquella poblada y rica Comarca, cuya vía figura incluida en el plan de caminos provinciales con el número 26 aprobado por la Excma. Diputación; se acuerda prestar aprobación al repetido presupuesto modificado, autorizando a la Jefatura de caminos para realizar la toma de datos de campo del estudio de los expresados trozos, cuyo importe se librará en su día contra la consignación que propone en su informe la Contaduría, o sea contra el sobrante que en el capitulo 13 resulta entre lo consignado y satisfecho al contratista de las obras de construcción del trozo 3º del camino de Callobre a Ponte Ledesma. Se levantó la sesión. ------
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