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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1925-07-29_Extraordinaria. Acta de sesión 1925/07/29_Extraordinaria
Acta de sesión 1925/07/29_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.150/1.1925-07-29_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1925/07/29_Extraordinaria
Data(s) 1925-07-29 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 38 1. Presidencia del Sr. Lois Vidal encargado del despacho de los asuntos por acuerdo de ésta Comisión de 11 del actual. Vocales Sres. Espinosa Orrea, Trapote Legerén, Massó García y Laforet Cividanes en sustitución del Señor Fraga Aguiar. Abierta la sesión a las doce de éste día se dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial adoptó los siguientes acuerdos. ------ Folla: 38 2. Hospital. No acceder a pretensión del enfermo Juan A. Chedes. Expedida en 9 del actual la orden para ingreso por cuenta de fondos provinciales en el Hospital de esta ciudad de Juan Antonio Chedes, del Ayuntamiento de Vilanova para ser operado de un sarcoma de cuello y devuelta que ha sido dicha orden con nota de aquel establecimiento en la que se consigna que no tuvo lugar aquel ingreso por no poder ser tratado y solicitar el interesado su envío del Hospital a Santiago; se acuerda manifestarle la imposibilidad de conceder el auxilio que solicita para trasladarse a la expresada ciudad, por no tener relación ésta Corporación con otro Hospital que no sea el de Pontevedra. ------ Folla: 38 3. Manicomio. Corriendo turno en la relación de dementes para ser desconocidos José Moldes y Antonio Pereira. Vistos los oficios de los Sres. Alcaldes de Pontevedra y Ponteareas, participando que los enfermos de enajenación mental José Moldes García y Antonio Pereira Fernández, que se dice naturales y vecinos de las parroquias de Areas el 2º y Campañó el 1º, son desconocidos en aquellas localidades, no obstante las gestiones practicadas en averiguación de su paradero, se acuerda hacerlo constar en acta y correr el turno en la relación de dementes que por cuenta de fondos provinciales se hallen pendientes de ingreso en el Manicomio de Conxo. ------ Folla: 38 4. Manicomio. Corriendo turno en la relación de dementes por ausencia y curación de Rosalía Cousido y Palmira Rodríguez. Se acuerda así mismo correr el turno en la expresada relación de los dementes pendientes de ingreso en el citado manicomio y ser baja en la misma, de Rosalía Cousido Carballido, del Ayuntamiento de Ponteareas, y Palmira Rodríguez del de Tui, por haber participado los respectivos Alcaldes que la primera de aquellas se ausentó para América y la segunda se encuentra curada del delirio mental que padecía. ------ Folla: 38,39 5. Asilo de Vigo. Estancias de junio. Declarar de abono a la Superiora del Asilo de Hermanitas de los pobres de Vigo, la cuenta importante noventa pesetas, por estancias de ancianos en aquel establecimiento durante el mes de junio último, debiendo librarse dicha suma contra la consignación del capitulo 19, articulo 1º del presupuesto vigente. ------ Folla: 39 6. Asilo de Tui. Abono estancias de Benigno Suárez. Declarar de abono a la superiora del Asilo de Hermanitas de los pobres de Tui, la cuenta importante ciento treinta y seis pesetas veinticinco céntimos por estancias causadas en aquel establecimiento por el anciano Benigno Suárez Ramos, desde 28 de marzo último a 23 de julio actual, con inclusión de los gastos ocasionados en el entierro de dicho asilado, debiendo librarse dicha suma contra la consignación del capitulo 8º, articulo 4º del presupuesto vigente. ------ Folla: 39 7. Asilo de Tui. Ingreso de la anciana Esclavitud Martínez de A Guarda. Decretar el ingreso en el Asilo de Hermanitas de los pobres de Tui, de la anciana Esclavitud Martínez sin 2º, de 82 años de edad, natural y vecina del Ayuntamiento de A Guarda, pobre de solemnidad y sin familiares que puedan subvenir a su alimentación y cuidado. ------ Folla: 39 8. Abono cuenta a D. Emilio Tilleiro. Declarar de abono al comerciante de ésta Plaza, Don Emilio Tilleiro Abal, la cuenta importante cuarenta pesetas, por una plancha eléctrica facilitada para las habitaciones particulares del Sr. Gobernador civil, debiendo librarse dicha suma contra la consignación del capitulo 11, articulo 10º del presupuesto vigente. ------ Folla: 39 9. Informe en instancia de Adolfo Pastoriza, para extraer arena. Visto el oficio del Sr. Gobernador civil al que acompaña copia de instancia que D. Adolfo Pastoriza dirige al Sr. Comandante de marina de la provincia de Pontevedra solicitando autorización para extraer 20 metros cúbicos de arena de las playas de Loira, Ardan y Aguete; y vistos así mismo los informes que por orden de ésta Comisión emiten los Sres. Director Jefe de caminos y Arquitecto provincial, manifestando que no existe obra alguna en la actualidad por cuenta de ésta Diputación que exija el empleo de arena; se acuerda informar a la citada autoridad gubernativa en sentido favorable a la autorización solicitada por el referido Sr. Pastoriza. ------ Folla: 39 10. Informe en instancia de Adolfo Graña para extraer arena. Visto el oficio del Sr. Gobernador Civil, que acompaña copia de instancia que D. Eugenio Graña Guimerans dirige al Sr. Comandante de Marina de la provincia de Pontevedra, solicitando autorización parra extraer 50 metros cúbicos de arena de la parte Sur del río de la playa de Loira y vistos así mismo los informes que por orden de ésta Comisión emiten los Sres. Director Jefe de caminos y Arquitecto provincial manifestando que no existe obra alguna en la actualidad por cuenta de ésta Diputación que exija el empleo de arena; se acuerda informar a la citada autoridad gubernativa en sentido favorable a la autorización solicitada por el referido Sr. Graña. ------ Folla: 39 11. Licencia de 30 días al Oficial, D. Celso Sánchez. Conceder treinta días de licencia al oficial de Contaduría de ésta Diputación D. Celso Sánchez Marta, para poder hacer uso de las aguas termales del Balneario de Cuntis. ------ Folla: 39 12. Hospital de S. Lázaro. Aumento de precio de estancias a 5,50 ptas. Dado cuenta de comunicación del Sr. Administrador del Gran Hospital de Santiago, participando que en el presupuesto de ingresos formado por la Excma. Diputación de A Coruña para el corriente ejercicio de 1925-26, se consigna como precio de cada estancia en el Hospital de San Lázaro de aquella ciudad 5,50 pesetas, en vez de las 5 que antes se cobraba, a cuyo precio se liquidarán las estancias del leproso acogido en dicho Hospital por cuenta de esta Diputación, Juan Rodríguez Pernas a partir del día 1º del corriente mes de julio, se acuerda quedar enterada, y pasar aquel escrito a la ordenación de pagos. ------ Folla: 39 13. "The West Galicia". Se dio cuenta de una comunicación suscrita por el Sr. Williamson, Gerente de la Compañía "The West Galicia Railway Company Lid", interesando se le comunique en que se funda la decisión de no satisfacerle la subvención de 70.000 pesetas que ha reclamado; se acuerda manifestarle que ésta Comisión se remite en un todo al informe emitido en 23 de noviembre de 1923, evacuando el que interesaba el Ministerio de Fomento, para resolver la reclamación que ante el mismo había formulado. ------ Folla: 39 14. Poio. Interesando al Alcalde expediente, filiación y riqueza de los padres de un niño abandonado. Se dio cuenta de comunicación del Sr. Gobernador dando traslado de la que le dirige el Sr. Alcalde de Poio, participándole el fallecimiento de una anciana que tenía en su poder un niño de cuatro años de edad, que quedó abandonado en poder de una vecina que por caridad y provisionalmente recogió, sin que pueda por más tiempo sostenerla, se acuerda interesar del expresado Sr. Alcalde que instruya y remita a ésta Comisión el expediente indispensable, al que deberá unir partida de nacimiento del Juzgado municipal, fé de bautismo, certificación de óbito de los padres y certificación de riqueza de estos con relación de los bienes que aparezcan amillarados a su nombre. ------ Folla: 39,40 15. Telegrama Director General de Administración sobre anticipo a la Diputación de 230.000 ptas. Dióse cuenta de telegrama que por conducto del Sr. Gobernador dirige el ILtmo. Sr. Director General de Administración que literalmente dice: "En el prorrateo hecho para distribuir anticipo a que se contrae el R.D. de 9 de los corrientes ha correspondido a esa Diputación el de 230.000 pesetas- Lo participo a V.S. para su conocimiento y el de la Corporación, significando le están ya dadas las ordenes a la Ordenación de pagos de este Ministerio, para que se libre dicha cantidad a nombre del Presidente de la misma, debiendo tener presente éste que si tal cantidad resultase mayor que la correspondiente recibir, conforme al articulo 2º del citado R.D. tiene que reintegrar el exceso en evitación de responsabilidades y comunicarlo a éste Departamento". Se acuerda quedar enterada y pasar estos antecedentes a la ordenación de pagos. ------ Folla: 40 16. Agrupación Artística de Vigo. Denegando subvención. Vista la instancia de D. Jesús Rial Costas, Presidente de la Asociación "Agrupación Artística" domiciliada en Vigo, en solicitud de que se le conceda una subvención para contribuir a la realización de un certamen de orfeones que habrá de celebrarse en aquella ciudad el 30 de agosto próximo; se acuerda significar al citado Sr. Rial, el sentimiento de ésta Comisión, por no poder acceder a lo que solicita, por no existir en presupuesto consignación alguna para atender a ésta petición. ------ Folla: 40 17. Ponte Sampaio. Aplazamiento de ingreso definitivo de un niño en la Inclusa. Dióse cuenta de oficio del Sr. Alcalde de Ponte Sampaio, participando que en la tarde del 20 del actual, apareció abandonado en el portal de la casa de Ramón Reyes Pérez, del barrio del Puente, un niño recién nacido que ingresó provisionalmente en la Inclusa provincial por decreto del Sr. Vicepresidente; se acuerda aplazar su ingreso definitivo en aquel asilo, en espera del resultado de las gestiones que realiza el Sr. Presidente para devolver el niño a la persona que lo abandonó. ------ Folla: 40 18. Informe cuentas provisionales ejercicio 1924-25. Informar en sentido favorable a la aprobación las cuentas de fondos de la Diputación correspondientes al ejercicio de 1924-25, en consonancia con lo dispuesto en el articulo 126 de la Ley provincial de 29 de agosto de 1882, debiendo pasar a la censura de la Diputación en armonía con lo establecido en los artículos 127 y 128 de la referida Ley y el 296 del Estatuto provincial vigente. ------ Folla: 40 19. Renuncia de D. José Busto, encargado del motor del pozo. Habiendo manifestado D. José Busto, la imposibilidad de continuar prestando sus servicios como encargado del motor del pozo de los jardines para elevar el agua a la techumbre del Palacio provincial por tener que fijar su residencia en Ourense; se acuerda admitir la renuncia de aquel cargo. ------ Folla: 40 20. Relevación a D. Enrique Zaratiegui de pago de cuota de un demente. Visto el escrito de D. Enrique Zaratiegui, exponiendo la imposibilidad en que se encuentra de continuar satisfaciendo a la Diputación, las estancias de un demente pobre en el Manicomio de Conxo, mientras permanezca recluido su familiar, por haber mermado considerablemente sus recursos económicos y considerando que al interesar de varios Señores, y entre ellos el exponente una pensión igual a la que satisfacen los dementes pobres en aquel Manicomio, ya tuvo en cuenta que si los donantes disminuían sensiblemente sus ingresos, se les relevaría de tal obligación y encontrándose en este caso D. Enrique Zaratiegui por virtud de su jubilación forzosa, se acuerda relevar a este Señor del compromiso de satisfacer la cuota mensual equivalente a las estancias de un demente, participándolo a la ordenación de pagos y Depositaría a los efectos oportunos. ------ Folla: 40,41 21. Informe desestimando reclamación de Don José de la Gándara contra arbitrio de energía eléctrica a la "Sociedad General Gallega". Dando cumplimiento a lo dispuesto en el Estatuto provincial se acuerda informar a la Superioridad la reclamación producida por D. José de la Gándara Cividanes, en nombre y representación de la Sociedad General Gallega de Electricidad" que fue presentada en la Secretaría de esta Diputación en 16 de julio corriente. La Diputación provincial en la sesión de 30 de junio último, aprobó el arbitrio sobre la energía eléctrica desarrollada en la provincia, mediante aprovechamientos hidráulicos y la exacción de cuotas. En el articulado se especifica con toda claridad las entidades y particulares que están sujetas al pago y desde cuando nace la obligación de contribuir con las exenciones tanto permanentes como temporales. Para la percepción de este arbitrio se señala un tipo fijo de imposición de cuatro pesetas por kilovatio-año y el rendimiento se calcula en 20.000 pesetas. Con fecha seis de julio fue remitido el anuncio para su inserción en el Boletín Oficial, y en el correspondiente al día 13 aparece publicado. En el último párrafo se indica el plazo de exposición. La reclamación producida por D. José de la Gándara Cividanes está presentada el 16, y por tanto dentro de los quince días que señala el articulo 217 del Estatuto. Examinado dicho recurso, la Comisión acuerda informar: 1º. El reclamante no acredita la representación que dice ostenta. 2º. No impone esta Diputación arbitrio alguno sobre producción hidro-eléctrica que pertenezca a la entidad recurrente y exista fuera de la provincia, sino que la tributación es solamente por las que la "Sociedad Gallega" u otra entidad o particular tengan dentro de la provincia y radiquen en la misma. 3º. La ordenanza para la exacción de cuotas por el arbitrio sobre la Energía Eléctrica desarrollada en la provincia, mediante aprovechamientos hidráulicos aprobada en 30 de junio último, en su articulo 2º determina quienes están sujetos al pago y aclara que lo están los aprovechamientos existentes dentro de los límites de la provincia. 4º. Dicho articulo y en general toda la ordenanza se ajusta a los preceptos del Estatuto por ser riqueza radicante en la provincia. 5º. Gramatical y legalmente, riqueza radicante es aquella que tiene su raíz, su origen y desenvolvimiento en un lugar determinado, así que, aquella fuerza hidro-eléctrica que nace en la provincia, es riqueza radicante en la misma. 6º. El articulo 3º de la repetida Ordenanza dice: que la obligación de contribuir, nace, desde el momento en que la fuerza mecánica de las corrientes de aguas públicas se transforma en energía eléctrica. Con estas consideraciones, la Comisión provincial, acuerda informar al Excmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de la Gobernación que entiende procede desestimar la reclamación interpuesta por D. José de la Gándara, en primer lugar por falta de personalidad del reclamante, y además porque el señalamiento del arbitrio está ajustado a las prescripciones del Estatuto provincial y al establecer la Diputación provincial cumplió los requisitos que la Ley previene. Sin embargo el Excmo. Señor Subsecretario, resolverá lo más procedente. ------ Folla: 41 22. Informe desestimando reclamación contra el presupuesto del mismo arbitrio. Por comunicación del Señor Gobernador de 28 de julio transcribiendo orden del Sr. Director General de Administración se remite la reclamación del mismo Sr. Gándara Cividanes contra el presupuesto y por el mismo arbitrio de energía eléctrica. La Comisión provincial hace extensiva a esta reclamación el informe sobre la creación del arbitrio, entendiendo que procede desestimarlo. Ambas instancias deben ser remitidas a la Superioridad. ------ Folla: 41,42 23. Informe de solicitud del Director Jefe de caminos. Vista la comunicación del Director Jefe de caminos provinciales, presentando instancia dirigida al Presidente del Directorio Militar en súplica de que se modifiquen los artículos 45 y 50 del Reglamento de Vías y Obras provinciales inserto en la Gaceta del 16 del corriente, en el sentido de que se respeten los derechos de los Ayudantes de obras públicas para desempeñarlas de Jefes de Sección de Vías y obras provinciales. Tanto de la instancia del Sr. Domínguez Ansendo, como de los antecedentes que existen en ésta Corporación, se ve claramente que en 22 de noviembre de 1907, se acordó por la Comisión provincial anunciar un concurso para proveer la plaza de Director Jefe de caminos provinciales de la Diputación de Pontevedra. Este anuncio se publicó en el Boletín Oficial de 26 de noviembre de igual año. Únicamente solicitó dicho cargo el Ayudante de Obras públicas, Don Teodosio Domínguez Amoedo y la Excma. Diputación en sesión de 30 de diciembre de aquel año y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley General de Obras Públicas de 13 de abril de 1877 y el 66 del Reglamento para ejecución de la misma de 6 de julio de 1877, nombró a este Señor Director Jefe de caminos provinciales. Es satisfactorio consignar que desde la posesión dicho Señor desempeña el cargo con la mayor competencia y celo, haciéndose acreedor no sólo a la estimación de la Corporación , sino que es preciso reconocer que produciría trastornos parra la buena marcha de los servicios provinciales el que el Señor Domínguez dejara de desempeñar la Jefatura de Caminos. En el orden legal entiende la Comisión informante que deben ser respetados en sus derechos los Jefes de caminos provinciales que sena Ayudantes de Obras públicas, pues para ser nombrados les daba condiciones la Ley general de Obras públicas anteriormente citada y en el caso del Señor Domínguez debe haber consolidado el derecho a ocupar esta plaza el contar 17 años y 7 meses en el desempeño de la misma. Por ello, ésta Comisión al informar la instancia que el Sr. Domínguez dirige al Excmo. Sr. Presidente del Directorio une su súplica a la de dicho Señor, interesando puedan conservar las plazas de Jefes de sección de Vía s y Obras provinciales los Ayudantes que fuesen nombrados al amparo de las disposiciones que estaban vigentes al hacer tal nombramiento. ------ Folla: 42 24. Licencia de 30 días al Oficial Sr. Rey Suárez. Conceder treinta días de licencia al Oficial de Secretaría D. Manuel Rey Suárez Rivadas para poder hacer uso de aguas medicinales. Se levantó la sesión. ------
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