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Acta de sesión 1927/06/17_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.152/1.1927-06-17_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1927/06/17_Ordinaria

  • Data(s) 1927-06-17 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 98 1. Presidencia del Sr. Fraga Aguiar con asistencia de los vocales señores Espinosa Orrea, Lois Vidal, Sarmiento Gil y Pimentel Abeleira en sustitución de Trapote Legeren. Abierta la sesión a las doce de este día, se dio lectura al acta de la anterior, que fue aprobada. ------ Folla: 98 Seguidamente, haciendo uso de las atribuciones que le conceden los artículos 20 y 117 del Estatuto provincial, adoptó los acuerdos siguientes: 2.Se designa al diputado vocal de esta Comisión, don .......................................... para que en unión del señor presidente accidental, don Daniel Fraga Aguiar, constituyan la mesa que presidirá la subasta de acopios para conservación del camino provincial de Noalla a Caldas de Reis, secciones 1ª y 3ª de Coirón a Leiro y Vilanoviña a Caldas de Reis, que habrá de celebrarse en esta Diputación a las 12 de la mañana del día 28 del actual, actuando de secretario al que lo es de esta Corporación, don José Ramón Cerviño. ------ Folla: 98 3. Cumpliendo lo prevenido en el artículo 3º de la Instrucción de 9 de agosto de 1879, se acuerda de conformidad con el señor comisario de guerra, don Eladio Martínez, fijar los precios de los suministros que los pueblos de la provincia hayan facilitado y faciliten a las fuerzas del Ejército y Guardia Civil en el corriente mes de junio, en la siguiente forma: Ración de pan ..................................................................... 0,630 kilogramos ................. 0,42 pesetas. Cebada para caballos del Ejército ......................................... 4,500 kilogramos ................. 2,51 pesetas Cebada para mulos y caballos de la Guardia Civil .................. 4,000 kilogramos ................. 2,23 pesetas. Centeno ............................................................................. 4,000 kilogramos ................. 2,09 pesetas Maíz ................................................................................... 4,000 kilogramos ................ 1,64 pesetas. Paja o heno ........................................................................ 6,000 kilogramos ................. 0,92 pesetas. Hierba seca ........................................................................ 1,000 kilogramo .................. 0,23 pesetas. Aceite .................................................................................1,000 litro ........................... 2,70 pesetas. Carbón .............................................................................. 1,000 kilogramo ...................0,39 pesetas. Leña .................................................................................. 1,000 kilogramo .................. 0,08 pesetas Petróleo ............................................................................. 1,000 litro .......................... 0,80 pesetas. ------ Folla: 98,99 4. Visto el oficio del señor alcalde de Tui, participando haber ordenado el ingreso en el asilo de ancianos de aquella localidad de la presunta demente, Perpetua Bernárdez Vázquez, mayor de 60 años, soltera, de aquella vecindad, a la que se instruyó y remitió expediente a esta Diputación, para ingreso en un manicomio, que tuvo entrada en 21 de mayo último, y registrado con el número 47, haciendo en aquella fecha el 7 de enero, y resultando que la presente demente se halla en estado francamente tranquilo sin que, según afirma la Alcaldía, se observe el menor síntoma que haga temer la exacerbación de dicha enfermedad, se acuerda dar de baja en el turno de dementes el expediente de esta interesada, y decretar su ingreso en el asilo de ancianos desamparados de Tui, por cuenta de fondos provinciales, en la primera vacante que en el mismo ocurra. ------ Folla: 99 5. Prestar aprobación al proyecto reformado del camino vecinal de la carretera de Ponte Bora al límite de Trabazo, confeccionado por la Dirección de Vías y Obras provinciales, e informado favorablemente por la Jefatura de Obras Públicas, comunicando este acuerdo a la expresada Dirección de Vías y Obras para que a su vez lo haga a la entidad peticionaria. ------ Folla: 99 6. Visto el proyecto de la 1ª sección del camino vecinal, número 270 de la carretera de Barbantiño a Pontevedra, kilómetro 642,400 a la iglesia de Viascón, redactado por la Dirección de Vías y Obras de esta Diputación, así como el informe favorable emitida por la Jefatura de Obras Públicas, esta Comisión provincial acuerda prestar su aprobación al proyecto de referencia, de conformidad con el artículo 26 del Reglamento de Vías y Obras provinciales, y proceder a su ejecución invitando previamente a don Casimiro Gómez Cobas, para que una vez aceptada su oferta, ingrese en arcas provinciales la cantidad de siete mil ciento ochenta y seis pesetas, treinta y dos céntimos, a que asciende el importe total de aquella obra, ya que en presupuesto no figura consignada cantidad alguna a tal objeto, y según dispone el artículo 4º del citado Reglamento no podrá anunciarse subasta o concurso, sino existe en la Corporación el crédito suficiente para verificarlo, debiendo después redactarse por la Dirección de Vías y Obras el pliego de condiciones para la subaste, que habrá de insertanse en el Boletín Oficial par ala realización de aquellas obras. ------ Folla: 99 7. Conceder al oficial de Secretaría de esta Diputación, don José Álvarez Limeses, treinta días de licencia para atender a su salud. ------ Folla: 99 8. Declarar de abono al señor director jefe de Caminos Provinciales, la cuenta importante quinientas noventa pesetas, cuarenta y tres céntimos por conservación de los mismos durante el mes de mayo último, debiendo librarse dicha suma con cargo al capítulo 11º, artículo 5, del presupuesto vigente. ------ Folla: 99 9. Declarar de abono al señor director de Vías y Obras provinciales la cuenta importante doscientas cincuenta y siete pesetas, por indemnizaciones y gastos de locomoción correspondientes a los caminos provinciales que se detallan en la relaciones unidas, durante el mes de mayo próximo pasado, debiendo librarse dicha suma con cargo a la consignación del capítulo 11º, artículo 1º del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 99 10. Resultando deficiente la cantidad de 390,40 pesetas consignada en el artículo 2º, capítulo 1º del presupuesto vigente para el pago de la prima de seguros contra incendios de este palacio provincial, por haber sido elevada por la nueva Ley del Timbre al 5% de la prima del capital asegurado; se acuerda autorizar al señor interventor de fondos de esta Diputación para transferir al expresado artículo 2º del capítulo 1º la cantidad de 19,25 pesetas del artículo 8º del mismo capítulo para el completo de las 409,65 pesetas, que importa el recibo que vence en 30 del corriente mes. ------ Folla: 99 11. habiéndose adquirido planta para el jardín de esta Palacio provincial, y encontrándose en malas condiciones los paseos, la Comisión acuerda el arreglo de los mismo con graba, arena y jabre en la cantidad que se considera precisa, librando con cargo al capítulo 11º, artículo 10º del presupuesto la cantidad de trescientas cincuenta pesetas a favor del señor director de Vías y Obras para el pago de jornales y materiales, rendimiento la oportuna cuenta para su examen y aprobación, si procediese. ------ Folla: 99 12. Adjudicada provisionalmente el día 9 del actual por la mesa designada a tal efecto, según consta del acta levantada, la subasta anunciada en el Boletín Oficial del 16 de mayo último para las obras de conservación del camino provincial de A Cañiza a la estación de Arbo, sección única, al único postor que resultó ser don Marcial Peralba Fontanes, vecino del ayuntamiento de O Porriño, el que se comprometió a ejecutar aquellas obras por el tipo de 49.750 pesetas, con estricta sujeción al pliego de condiciones que regulará tal servicio, se acuerda elevar a definitiva la expresada subasta, por haber transcurrido el plazo de cinco días que previene el R.D. de 2 de julio de 1924, sin haberse formulado reclamación alguna, ni contra la capacidad jurídica del rematante, ni contra la validez del contrato, debiendo extenderse ante el señor secretario de esta Corporación autorizante, el correspondiente documento, de conformidad con lo que determina el apartado 4º del artículo 5º del Reglamento de Contratación, aprobado por R.D. de 2 de julio citado, debiendo el adjudicatario constituir en el plazo de diez días, la fianza definitiva de 4.975 pesetas, equivalente al 10% de la cantidad por que ha sido adjudicado aquel servicio. ------ Folla: 99 13. Declarar de abono al ayuntamiento de Bueu la cantidad de treinta pesetas, importe de un bagaje facilitado al carabinero Baltasar Baliño González, trasladado por orden superior desde aquel ayuntamiento al de Moaña, satisfaciéndose dicha suma con cargo a la consignación que figura en presupuesto para el suministro directo del servicio de bagajes en el partido judicial de Pontevedra. ------ Folla: 99,100 14. Dada cuenta de comunicación del Excmo. Sr. gobernador civil, transmitiendo acuerdo de la Dirección General de Obras Públicas, por el que se condiciona la incautación por el Estado de la carretera provincial de Guillarei a los baños de Caldelas, cuya incautación solicitó esta Diputación y el ayuntamiento de Tui, por ser una solución de continuidad entre carreteras del Estado. Resultando: que la expresada Dirección General propone que podría acceder a lo solicitado, imponiendo a esta Diputación la obligación previa de dejar en buenas condiciones para el tránsito de la citada carretera ejecutando al efecto las obras que exigirá el proyecto de reparación total de aquella vía, o bien que la reparación la haga el Estado, comprometiéndose en este caso, este organismo provincial a reintegrarle de su importe, y visto el informe emitido por el señor director de Caminos Provinciales, según el que la reparación de la repetida carretera importará aproximadamente 33.600 pesetas; esta Comisión estimando conveniente que el Estado realice aquellas obras, acuerda significar al señor gobernador civil que por la Jefatura de Obras Públicas, se proceda a la reparación necesaria de la expresada vía, para proceder después a la recepción y entrega de la misma al Estado, abonando la Diputación el importe de la aludida reparación, e interesando de la expresada Jefatura que antes de proceder a la ejecución de aquellas obras, se dligne remitir a esta Diputación el proyecto de reparación de las mismas, para su examen y conformidad, si procediese. Se levantó la sesión. ------

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