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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1838-10-04_Ordinaria. Acta de sesión 1838/10/04_Ordinaria
Acta de sesión 1838/10/04_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.12.996/2.1838-10-04_Ordinaria
Título Acta de sesión 1838/10/04_Ordinaria
Data(s) 1838-10-04 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 217 1. Reunidos los señores Jefe político (Guzmán el Bueno), Intendente (Valladares), González, Rovira, Fontano; el presidente manifestó que habiéndose ausentado los diputados después de repartir la cuota territorial y por consumos que correspondió a la provincia por la contribución extraordinaria de guerra sin que en aquel período pudiese verificar la del comercio e industria, por que no se recibiera el acta de repartimiento de la Junta consular de A Coruña, ejecutado por esta el dividendo que el Intendente pasó a esta corporación para que procediese a lo más que previene la Ley de 30 de junio último, acordaron los diputados en comisión convocar a los demás individuos y asociados señalando el 1º del actual para dar principio a los trabajos que con tanta premura exige el Gobierno de SM por Real Orden de 21 de febrero último autorizando a los intendentes para que repartan las cantidades impuestas a las provincias siempre que las diputaciones no lo ejecuten a los 10 días de recibida la excitación que dirijan para el cumplimiento de la ley precitada. Los perjuicios que podrían seguirse a la provincia se llegase este caso son incalculables, y sólo con las luces que suministren los diputados serán algún tanto menos sensibles. Sin embargo de este urgente servicio, así como el de la aprobación de repartos por lo territorial y examen de expedientes de arbitrios para cubrir la cuota de consumos y consultar que algunos ayuntamientos tienen pendientes para proceder a dar cumplimiento a las disposiciones de la diputación a fin de hacer efectivas las cuotas por los 2 conceptos; y prescindiendo de otros asuntos de no menos importancia paralizados por falta del curso que pende de la resolución de la corporación, ha sido ineficaz la convocatoria, pues que sólo han concurrido de los señores ausentes Rovira, manifestando los demás imposibilidad de poder venir por falta de salud unos, por hallarse tomando baños minerales otros, a excepción de Varela que tiene licencia por 2 meses. En tal estado y siendo necesario ocuparse del despacho de cuanto penda de la deliberación de la diputación, no obstante a que esta no se halla constituido con nº de señores que la ley determina, la misma autoriza para que con los que se reúnan procedan a resolver en caso de urgencia. No admite dilación el reparto de comercio y la aprobación de los repartos de la territorial y expediente de propuesta de arbitrios para cubrir la de consumos; por consiguiente los señores que están reunidos decidirán el medio de hacer compatible el cumplimiento de las obligaciones de la corporación con la falta de individuos que se nota. En virtud de lo expuesto por el Jefe político y de la excitación que el Intendente renovó para que por parte de la diputación ya sea reunida en su totalidad ya con un sólo individuo, se ocupe del objeto para que fue convocada, acordaron unánimemente hallarse en el caso del artículo 157 de la ley de 3 de febrero de 1823 y se declaran autorizados para proceder a verificar con los asociados el comparto de la cuota que cupo al comercio y resolver acerca de los demás incidentes de que penda el cumplimiento de la ley de 30 de junio citada para hacer efectiva la contribución extraordinaria de guerra. ------ Folla: 217 2. El presidente manifestó igualmente que de los 6 asociados que nombró la Diputación para el repartimiento de la cuota de comercio se le presentaran 20 de Vicente, Francisco Javier Brabo, Juan Godoy y José María Pesqueira. José Portela y Ramón Torres, contestaron se hallaba en los baños de Ancora en Portugal el 1º y el 2º que estaba enfermo. Pero no siendo obstáculo para que con los que concurrieron se dé principio a las operaciones para que fueron nombrados podrán mandarse el que se presentasen, y en conformidad de lo que dispone el artículo 15 de la ley de 30 de junio proceder al repartimiento de la cuota comercial. En su consecuencia se acordó que se pase recado de atención a los expresados asociados manifestándoles que la corporación les espera reunidos con el objeto de ocuparse del dividendo de la cantidad que por extraordinaria de guerra correspondió al comercio e industria de esta provincia. ------ Folla: 218 3. Habiendo entrado los señores asociados nombrados por la Diputación para el repartimiento de la cuota de comercio, se leyó el Art. 15 de la ley de 30 de junio último, y las actas del dividendo por la Junta consular de A Coruña así como la comunicación de Brabo y Godoy, 2 de los comisionados que por esta provincia concurrieron a dicha operación. Enterados los señores acordaron nombrar una comisión compuesta de Fontano, de Vicente, Bravo y Godoy para que presenten su dictamen acerca del asunto a fin de poder deliberar. ------ Folla: 218 4. Se dio cuenta de una solicitud de Gregorio Triñanes, Domingo Obejero y Juan Calvete, pidiendo como presidente, secretario y escribiente del ayuntamiento de Cambados se les franquee certificado de no haberse producido queja alguna contra los mismos a esta Corporación de las operaciones de la quinta de 50.000 hombres y movilización de Milicia Nacional, en virtud de los decretos de 26 y 30 de agosto de 1836. Y se acordó que, con arreglo a los antecedentes, se le libre por el presente secretario y Visto Bueno del Jefe político el certificado que solicita. ------ Folla: 218 5. Se acordó que se informe con satisfacción al Jefe político acerca del que pide José Boente, presbítero exclaustrado del convento de Herbón [Provincia de A Coruña. Ayuntamiento de Padrón], vecino de San Lourenzo de Arnosa en el ayuntamiento de Ponteareas. ------
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