ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.360
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.762

Acta de sesión 1887/01/03_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/1.1887-01-03_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1887/01/03_Ordinaria

  • Data(s) 1887-01-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 39 1. (Sres. Limeres, vicepresidente, Lois, Prada, Mucientes). Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 39 2. En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 74 de la vigente Ley Provincial, se acuerda designar en el presente mes para el despacho de asuntos ordinarios e incidencias de quintas, los días 3,4,5,7,8,11,12,14, 15,18,19,20,21,24,25,26,27,28 y 29 y para la recepción de mozos responsables a reemplazos anteriores al 1º de 1885 incluido el día 13. Publíquese la oportuna circular. ------ Folla: 39 3. Se dio cuenta de la nota remitida por el comisario de guerra de Vigo relativa al precio medio a que deben satisfacerse las especies de suministros facilitados a las tropas del ejército y guardia civil durante el mes de noviembre último. Visto que se hallan arregladas a los precios medios que han tenido los artículos de consumo en octubre próximo pasado cuyo estado se publicó en el boletín de 4 de diciembre siguiente, se acuerda aprobar dicha nota y que se publique en aquel periódico oficial para conocimiento de los pueblos de la provincia. Se dio igualmente cuenta de otra nota remitida por el propio comisario de Vigo, relativa a las especies de suministros facilitados en el mes de diciembre, y como se hallen arregladas a los precios que han tenido los artículos de consumo en el mes de noviembre publicadas en el boletín de 24 del citado diciembre, se acuerda aprobarla y que se le de la publicidad correspondiente. ------ Folla: 39 4. Vista la nota pasada a esta comisión por la contaduría, manifestando que al acordarse fuera conducido al manicomio de Conxo el demente José Mª Santiago por cuenta de los fondos de la provincia, no se ha fijado cantidad para tal conducción ni persona que lo acompañase, como en otras ocasiones, y de ahí que el Sr. Gobernador hubiese nombrado para ello a D. José Rey Gosende, inspector de orden público y Joaquín Castro Ponte, y considera preciso se resuelva la remuneración que a cada uno debe abonársele. Visto el acuerdo a que se hace referencia en el cual al expresarse que dicha conducción fuese por cuenta de los fondos provinciales y en la forma de costumbre, no cabe duda de que esa forma no era otra que la que se siguió en el transporte de los dos dementes anteriores para lo que se designó cantidad y sujeto que los acompañase. Considerando que en este caso nada pues habría que aclarar a no darse la circunstancia de que el Sr. Gobernador designe al inspector de orden público para que en unión del conductor D. Joaquín Castro acompañase al demente de que se trata, por hallarse este sujeto a la vigilancia de la autoridad. Se acuerda que, sin perjuicio de adoptar sobre estos servicios una medida general para lo sucesivo, se abone al D. Joaquín Castro la misma suma determinada anteriormente de 25 pesetas, y al inspector Sr. Rey, la de 20, por indemnización de gastos ocasionados. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición