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Acta de sesión 1891/04/25_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/1.1891-04-25_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1891/04/25_Ordinaria

  • Data(s) 1891-04-25 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 120 (Sres. Matos vicepresidente. Salgado, García Vidal y Nine.) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 120,121 2. Vista la tardanza del Alcalde de Meaño en cumplimentar el acuerdo de esta Comisión en el expediente de débitos; y resultado de la delegación confiada al oficial de esta Diputación D. Juan Álvarez que le fue comunicado en 28 de febrero último, se acuerda recordarle dicho servicio comunicándole con que si dentro del 5º día no lo cumplimentase, se pondrá tal desobediencia en conocimiento del señor gobernador civil para que se digne pasar a los tribunales de justicia al citado alcalde y que el pliego en que este acuerdo se comunique sea certificado en forma, con objeto de que no se pueda alegar su extravío como pretexto para dilatar el anterior acuerdo. ------ Folla: 121 3. Vista la liquidación de las obras de conducción y abastecimiento de aguas a la villa de A Estrada; habiéndose cumplido las formalidades legales y oída la Contaduría, se acuerda, de conformidad con la misma, que se satisfaga su importe en la parte que resta por pagar y asciende a 3.267´56 pts con cargo a lo consignado para este objeto en el presupuesto adicional del actual ejercicio. ------ Folla: 121 4. Vista la certificación del importe de las obras ejecutadas con referencia a marzo último en los trozos 1º, 2º, 3º y 4º del camino de Vilapouca a Ponte Vea y el informe de la Contaduría de fondos provinciales que, teniendo en cuenta que la partida consignada para las obras de referencia en el presupuesto adicional vigente ha sido eliminada por el señor Ministro de la Gobernación, propone que se satisfaga el importe de las obras ejecutadas y el de las que se ejecuten en lo sucesivo con cargo al remanente de 446´65 pts, remanente de lo incluido para dichas obras y al crédito de 30.000 pts incluido en presupuesto ordinario para el camino de Noalla a Caldas de Reis, sección de Vilanoviña; Se acuerda que con cargo al remanente indicado y a la referida partida de 30.000 pts se abonen las obras ejecutadas sin que esta transferencia pueda entenderse acordada para las obras que en dicho camino se ejecuten en lo sucesivo. ------ Folla: 121,122 6. Vista la división en distritos del término municipal de Bueu que ha de regir en las próximas elecciones de concejales y la reclamación entablada por la minoría de aquel Ayuntamiento. Resulta que por la división acordada por la mayoría, se forman 3 distritos; el primero que comprende la 1ª sección de Bueu con mas el barrio de Portela de la sección 2ª (nº de residentes 3.038), el 2º que comprende la 2ª sección de Beluso excepción hecha del barrio de la Portela (nº de residentes 2.163) y el 3º toda la 3ª sección de Cela (nº de residentes 1.679). Que al primer distrito se asignan 3 concejales; 4 al 2º y 4 al 3º. Considerando que conforme al art. 13 del Real Decreto de 5 de noviembre último debe tener el término municipal el nº de secciones que le correspondan según el censo electoral y que con la división acordada se infringe esta disposición por cuanto al Ayuntamiento de Bueu le corresponden 3 secciones solamente y la desmembración del barrio de la Portela de la sección 2ª que se agrega al primer distrito, exige la formación de 4 secciones. Considerando que si para salvar tal inconveniente se pretendiese unir dicho barrio de A Portela a la sección 1ª, formando una sola sección, se infringiría el art. 10 del citado RD que prescribe que las secciones no podrán exceder en ningún caso de 500 electores. Considerando que no existe la debida proporción entre el número de residentes que cuenta cada distrito y el de concejales que le asigna, Se acuerda, en cumplimiento de lo prescrito por el número 4 del art. 38 de la Ley municipal vigente modificar la división acordada, estableciendo 3 distritos correspondientes a las 3 secciones en que conforme al censo electoral se divide el término municipal de Bueu; asignando a la 1ª 5 concejales, 5 a la 2ª y 4 a la 3ª. Y comuníquese al señor gobernador para conocimiento del alcalde de Bueu. El vocal señor Matos formula voto particular porque entiende que es ajustada a derecho y a las condiciones de localidad la división acordada por el Ayuntamiento de Bueu. ------ Folla: 120 5. Visto el expediente de reclusión preventiva de la presunta demente Rudesinda Alonso Sánchez; y considerando que aparecen indicios bastantes para sospechar la existencia de una enajenación mental; y que se hace necesario someterla a la observación, sin que cuente esta Diputación Provincial con lugar conveniente al efecto Se acuerda que, por cuenta de los fondos provinciales, pase la demente de referencia al Manicomio de Conxo con encargo al director de dicho establecimiento de que manifieste mensualmente el resultado de sus observaciones referentes al estado de la enferma. ------

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