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Acta de sesión 1891/07/22_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/1.1891-07-22_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1891/07/22_Ordinaria

  • Data(s) 1891-07-22 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 196 (Sres. Limeses vicepresidente, García Vidal, Besada, Martínez Casal.) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 196 2. Vistas las comunicaciones del Sr. ingeniero jefe de Caminos Provinciales, fechas 10 de junio último y 13 del actual manifestando en la 1ª que con objeto de poder hacer inmediatamente el empleo del acopio de materiales contratado por D. Severo Lueiro para la conservación de la sección de Ponteareas a Mondariz, perteneciente al camino provincial de Arcade a Ponteareas, se ha verificado en virtud del párrafo B del art. 22 de las condiciones facultativas la recepción parcial del material que se hallaba en estado se ser recibido, según consta en el acta que acompaña, de la que resulta que faltaban aun por acopiar 200 metros cúbicos de cuarzo, además del remachaqueo del cuarzo acopiado y no recibido; y en la 2ª que ni el contratista ha terminado todavía las obras de su contrata, ni ha remachado el cuarzo que en 8 de mayo último día de la recepción parcial, estaba acopiado y mal machacado; la Comisión Provincial, teniendo en cuenta que es urgente el empleo del material no recibido, acuerda se oficie al Sr. ingeniero jefe de Caminos Provinciales, a fin de que, considerando como prorrogado el plazo de ejecución de dichas obras hasta el día de la fecha, proceda a la recepción del material que resulte ser admisible. ------ Folla: 196,197 3. Vistos dos oficios y un telegrama dirigidos por el alcalde de Cambados al Sr. Gobernador, como también dos de éstos dirigidos al mismo por los concejales electos en el mes de mayo último, que debieron tomar posesión en sus cargos en 1º del corriente, de los que resulta no hallarse aun constituido en legal forma aquel Ayuntamiento, y cuyos antecedentes se sirve remitir a informe de esta Comisión el Sr. Gobernador; Esta Corporación, después de haber examinado dichos antecedentes, acuerda manifestar a aquella superior autoridad que, en su opinión, procede que se prevenga al alcalde de Cambados que inmediatamente convoque a sesión extraordinaria para posesión de sus concejales electos, citándoles al efecto con señalamiento de día y hora, y remitiendo al Gobierno Civil las diligencias originales de citación. ------ Folla: 197 4. Visto el expediente instruido en el Juzgado de 1ª Instancia de Redondela en virtud del cual se decretó la reclusión en un manicomio del presunto demente Manuel Martínez Lorenzo, vecino de la parroquia de Tameiga en el distrito de Mos; y Visto que se ha justificado debidamente la pobreza de dicho enfermo, se acuerda el sostenimiento del mismo en el Manicomio de Conxo por cuenta de fondos provinciales; y ofíciese a la Dirección de aquel establecimiento para que se sirva disponer la conducción del demente a Conxo desde esta Capital a cuya cárcel deberá trasladarse para lo que se ruegue al Sr. Gobernador disponga al efecto conveniente. ------ Folla: 197 5. Se dio cuenta del expediente relativo a la autorización solicitada por el Ayuntamiento de Poio para imponer arbitrios extraordinario con objeto de cubrir el déficit de 3.901´29 pts que le resulta en su presupuesto; y Considerando que, según aparece de los antecedentes, ni se le ha dado la publicidad que la ley previene al acuerdo objeto de tales arbitrios, ni se han cumplido los trámites prescritos por la regla 2ª de la 2ª disposición de la Real Orden de 3 de agosto de 1878; La Comisión acuerda manifestar al Sr. Gobernador por vía de informe que, a su juicio, precede devolver el expediente de referencia al Ayuntamiento de Poio, a fin de que sean subsanados los defectos que quedan mencionados, y de hecho lo remita nuevamente para los efectos que procedan. ------ Folla: 197 6. Esta Comisión Provincial se ha enterado nuevamente del expediente de apremio y ejecución contra el Ayuntamiento de Meaño formado por el comisionado nombrado al efecto, D. Andrés Martínez López, por débitos atrasados a fondos provinciales; y de la reclamación de 1.706´80 ptas a que por dicho servicio se cree con derecho este interesado; y en atención a que el referido Ayuntamiento, a quien se dio vista de tal expediente y reclamación, viene oponiéndose al pago reclamado por su acuerdo de 25 de enero último y si tan solo considera de abono el importe de 25 dietas únicas que a su juicio aparecen legalmente justificadas, cree conveniente este Cuerpo provincial, y así lo acuerda, que antes de resolver se dé previamente conocimiento al reclamante Martínez de la certificación relativa al acuerdo mencionado, a fin de que, en vista de su contenido, exponga lo que a su derecho crea convenirle para lo que se le concede el término de 10 días. ------ Folla: 197,198 7. Visto el expediente de subasta de su casa almacén perteneciente al Ayuntamiento de Bueu, instruido por consecuencia de la autorización concedida por el Gobierno Civil en 18 de julio de 1889, según acredita la certificación que le encabeza, en virtud de lo que dispone la regla 2ª del art. 85 de la ley municipal vigente, el cual se ha servido el Sr. Gobernador remitir a informe de esta Comisión. Visto que la venta de la referida casa almacén ha sido por hallarse en estado ruinoso, y destinar sus productos a enjugar el déficit del presupuesto municipal, y satisfacer los intereses del importe de la casas y terreno que el Ayuntamiento adquirió de D. Francisco Fontenla. Visto que, tasada dicha casa almacén en la cantidad de 6.000 pesetas, y rematada en subasta pública en 10.000 por D. Manuel Gómez en 29 de junio último, no sufrieron por dicha venta menoscabo alguno los intereses del municipio. Visto que la Reales Ordenes de 17 de abril y 10 de julio de 1879 no oponen a que el Sr. Gobernador dispense su aprobación a la venta efectuada, supuesto se halla comprendida en la regla 2ª del art. 85 de la citada ley; La Comisión acuerda manifestarlo así al Sr. Gobernador, por vía de informe a los fines que considere procedentes. ------ Folla: 198 8. Se dio cuenta de la instancia presentada por los sargentos talladores que han intervenido en las operaciones de medición en el reemplazo actual y revisiones de los anteriores, pidiendo se les conceda alguna gratificación por dicho servicio; y en su vista se acuerda que, con cargo a lo consignado para quintas en el presupuesto, se satisfagan 200 pts que se distribuirán entre todos los sargentos talladores. Se levantó la sesión. ------

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